miércoles, 19 de noviembre de 2014

EL JUSTICIA DE ARAGÓN ADMITE A TRÁMITE LA QUEJA POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS POR EL GOBIERNO DE ARAGÓN.



El Justicia de Aragón ha acordado admitir a supervisión, y reclamar el correspondiente informe del Departamento de Hacienda y Administración Pública, la queja que esta Asociación formuló ante dicha institución dado el incumplimiento del Estatuto de Autonomía de Aragón en que incurre el Gobierno de Aragón en la aprobación y remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad a las Cortes de Aragón.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, según la redacción resultante de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, dedica su Título VII a la Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma, y su artículo 111, relativo a los Presupuestos, dispone que corresponde al Gobierno de Aragón la elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda, aprobación y control. En concreto, y al objeto de ordenar temporalmente la tramitación parlamentaria de la Ley de Presupuestos de cada ejercicio, el apartado cuarto del artículo 111, establece que “el Gobierno remitirá a las Cortes de Aragón el proyecto de presupuesto antes del último trimestre del ejercicio en curso”, lo que significa que el correspondiente Proyecto de Ley ha de ser aprobado por el Gobierno de Aragón y remitido a las Cortes de Aragón con anterioridad al 1 de octubre.

Dicho requisito temporal se reitera en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo  1/2000, de 29 de junio, cuyo artículo 37 dispone: “El Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para cada ejercicio y la documentación complementaria deberá presentarse a las Cortes antes del último trimestre del ejercicio anterior, para su examen, enmienda y, en su caso, aprobación”.

El cualificado incumplimiento de ambas normas en que incurre el Gobierno de Aragón, al no haber remitido a los Cortes de Aragón por tercer año consecutivo el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma dentro del plazo estatutariamente señalado, justificaba en nuestra opinión la necesaria intervención de esa Institución para recordar y reclamar que el Ejecutivo autonómico ajuste su actuación a los términos establecidos por el Estatuto de Autonomía y la Ley de Hacienda.

Corresponde al Justicia de Aragón la defensa del Estatuto de Autonomía y la tutela del ordenamiento jurídico aragonés –del que forma parte la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma-, por lo que el reiterado incumplimiento de dichas normas por parte del Gobierno de Aragón, a la hora de aprobar y remitir a las Cortes de Aragón el Proyecto de Ley de Presupuesto, exige la intervención de dicha Institución para que, en el ejercicio de sus funciones, lleve a cabo las actuaciones oportunas para recordar al Gobierno de Aragón la necesidad de adecuar su actuación al principio de legalidad, y ajustar la aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma y su remisión a las Cortes de Aragón a los plazos estatutariamente establecidos.

La admisión a trámite de la queja planteada por esta Asociación debiera, por consiguiente, dar lugar al pronunciamiento reclamado.

1 comentario:

Anónimo dijo...



Esto quedará en nada, como en años anteriores.