El
Justicia de Aragón ha acordado admitir a supervisión, y reclamar el correspondiente informe del
Departamento de Hacienda y Administración Pública, la queja que esta Asociación formuló ante
dicha institución dado el incumplimiento del Estatuto de Autonomía de Aragón en que incurre el Gobierno de Aragón en la aprobación
y remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad a las Cortes
de Aragón.
El Estatuto de Autonomía de Aragón, según la
redacción resultante de la Ley Orgánica
5/2007, de 20 de abril, dedica su Título VII a la Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma,
y su artículo 111, relativo a los Presupuestos, dispone que corresponde al Gobierno de Aragón la
elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda,
aprobación y control. En concreto, y al objeto de ordenar temporalmente la
tramitación parlamentaria de la
Ley de Presupuestos de cada ejercicio, el apartado cuarto del
artículo 111, establece que “el Gobierno remitirá a las Cortes de Aragón el
proyecto de presupuesto antes del último trimestre del ejercicio en curso”, lo
que significa que el correspondiente Proyecto de Ley ha de ser aprobado por el
Gobierno de Aragón y remitido a las Cortes de Aragón con anterioridad al 1 de
octubre.
Dicho
requisito temporal se reitera en la
Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma
de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, cuyo artículo 37
dispone: “El Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma
para cada ejercicio y la documentación complementaria deberá presentarse a las
Cortes antes del último trimestre del ejercicio anterior, para su examen,
enmienda y, en su caso, aprobación”.
El
cualificado incumplimiento de ambas normas en que incurre el Gobierno de Aragón, al no haber remitido a los Cortes de Aragón por tercer año consecutivo
el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma
dentro del plazo estatutariamente señalado, justificaba en nuestra opinión la
necesaria intervención de esa Institución para recordar y reclamar que el
Ejecutivo autonómico ajuste su actuación a los términos establecidos por el
Estatuto de Autonomía y la Ley
de Hacienda.
Corresponde
al Justicia de Aragón la defensa del Estatuto de Autonomía y la tutela del
ordenamiento jurídico aragonés –del que forma parte la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma-,
por lo que el reiterado incumplimiento de dichas normas por parte del Gobierno
de Aragón, a la hora de aprobar y remitir a las Cortes de Aragón el Proyecto de
Ley de Presupuesto, exige la intervención de dicha Institución para que, en el
ejercicio de sus funciones, lleve a cabo las actuaciones oportunas para
recordar al Gobierno de Aragón la necesidad de adecuar su actuación al
principio de legalidad, y ajustar la aprobación del Proyecto de Ley de
Presupuestos de la
Comunidad Autónoma y su remisión a las Cortes de Aragón a los
plazos estatutariamente establecidos.
La
admisión a trámite de la queja planteada por esta Asociación debiera, por
consiguiente, dar lugar al pronunciamiento reclamado.
ResponderEliminarEsto quedará en nada, como en años anteriores.