Nunca hemos confundido profesionalidad con carrera
profesional, ni hemos identificado ésta con mero incremento retributivo. Profesionalidad
es competencia, solvencia técnica, compromiso, dedicación, vocación de
servicio, reciclaje permanente, y tantas otras cosas que debieran ser un
objetivo permanente de los responsables de la función pública, y línea de
actuación preferente de la política de recursos humanos de cualquier
Administración.
Uno de los elementos esenciales para configurar una
Administración profesionalizada es el sistema de provisión de puestos de
trabajo, que ha de estar presidido por la objetividad, la aplicación de reglas
conocidas y previsibles, y la realización efectiva de los principios de mérito
y capacidad. Nos parece evidente que la realidad actual de la Administración
autonómica muestra una grave descomposición del sistema de provisión de puestos
de trabajo –provocado en buena medida por el reiterado incumplimiento de las
normas de acceso a la función pública, con el consiguiente volumen de
interinidad que lastra el funcionamiento de todos los mecanismos de provisión-,
pues los concursos de provisión de puestos de trabajo no tienen ninguna
regularidad, y el mecanismo habitual al que se acude para cubrir vacantes es la
comisión de servicios, aplicada de manera totalmente discrecional y sin sujeción
a los límites temporales que marca la normativa, realidad a la que todos
parecen haberse acomodado. En un sistema de discrecionalidad, sin reglas
objetivas, todos tienen la oportunidad de prosperar al margen de sus méritos
profesionales, y así las expectativas individuales refuerzan todas las
disfunciones del sistema. Todo ello crea una cultura administrativa muy
perniciosa, en la que el respeto y la aplicación de las normas ceden ante otros
criterios que, con el consentimiento general, parecen regir en la ordenación de
la función pública.
Creemos por ello de inaplazable necesidad poner de
manifiesto la realidad existente y reaccionar frente a la deriva del sistema de
provisión de puestos, cada día más alejado de la normativa, empezando por una
severa crítica del uso y abuso de la libre designación en la provisión de
puestos de trabajo, como ámbito en el que domina la discrecionalidad política
en los nombramientos, incluidos también los órganos de control (como es el caso
de la Inspección General
de Servicios o la Intervención General,
y ahora la reciente reforma del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos,
cuyos puestos se cubrirán por el sistema de libre designación, configurando así
un sistema de justicia administrativa carente de los requisitos de objetividad e
inamovilidad en su composición, y haciendo prevalecer en su designación
criterios de confianza sobre mérito profesional).
La libre designación constituye una quiebra de la profesionalidad
de la Administración
que debemos señalar y superar, restringiendo su ámbito de aplicación, pues su
utilización abusiva en cada cambio de gobierno y sus efectos disfuncionales en
las estructuras administrativas y en los costes de personal parecen razones más
que suficientes para revisar en profundidad su actual regulación.
De cara a ello, esta Asociación se ha dirigido al
Consejero de Hacienda y Administración Pública, Fernando Gimeno, para
solicitarle información sobre los puestos de libre designación existentes en el
conjunto de la
Administración autonómica, y la evolución de los mismos en el
transcurso de la presente legislatura. A esa petición seguirán otras, sobre los
ceses producidos en dichos puestos a lo largo de la legislatura y el coste económico
derivado de los mismos. Igualmente nos vamos a dirigir, con la solicitud de
igual información, a las principales entidades locales aragonesas, como son los
Ayuntamientos de Zaragoza, Huesca y Teruel y las tres Diputaciones
Provinciales.
Esperamos con ello volver a poner de manifiesto una
de las más destacadas debilidades de nuestro sistema de función pública, cuya
superación requiere de un gran acuerdo y un decidido empeño de profesionalización
de la Administración Pública
que hoy, lamentablemente, no parece impulsarse desde ningún ámbito de decisión
política.
Se reproduce a continuación el contenido íntegro de
la solicitud de información dirigida al Consejero de Hacienda y Administración
Pública:
“JULIO GUIRAL
PELEGRIN, mayor de edad y con D.N.I. nº 17.130.593, en nombre de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, inscrita
en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad
Autónoma de Aragón, con nº 01-Z-1989-2007, y con domicilio, a efectos de notificaciones, en C/ León XIII, 21,
4º Centro, 50008-ZARAGOZA, comparece ante ese Departamento y EXPONE.
Que
uno de los objetivos de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa es la defensa y promoción de la profesionalidad
del personal al servicio de las Administraciones Públicas, reforzando el
sistema de mérito y capacidad en el acceso a los diferentes puestos de trabajo,
lo que requiere reducir significativamente el ámbito de la libre designación
como forma de provisión de puestos de trabajo, sustituyendo dicha fórmula en
las relaciones de puestos de trabajo por la más objetiva y garantista de
concurso de méritos.
La
aprobación de los decretos de estructura orgánica de la nueva organización
departamental de la
Administración autonómica y la consiguiente adecuación de las
relaciones de puestos de trabajo a la nueva realidad organizativa permite
evaluar el impacto de todo ello en las formas de provisión de puestos de
trabajo, y en los posibles avances o retrocesos en materia de
profesionalización en lo que al sistema de provisión de puestos se refiere.
Tanto
la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno, como la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de
Transparencia de la Actividad Pública
y Participación Ciudadana de Aragón, han venido a reconocer y garantizar a
todas las personas el derecho de acceso a la información pública, como medida
de transparencia de la gestión pública.
Que de acuerdo con lo
establecido en los artículos 25 y 27 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública
y Participación Ciudadana de Aragón, solicito de ese Departamento la
información disponible sobre el volumen de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma
cuya forma de provisión es la libre designación, así como su distribución entre
los diferentes Departamentos y organismos públicos, en la forma siguiente:
-
Nº de puestos de trabajo a 1 de julio
de 2015 cuya provisión se reserva a libre designación (con distribución por
Departamentos y organismos públicos).
-
Nº de puestos de trabajo a 1 de julio
de 2017 cuya provisión se reserva a libre designación (con distribución por
Departamentos y organismos públicos).
-
Nª de puestos de trabajo de libre
designación a 1 de julio de 2015 cubiertos de forma provisional (con
distribución por Departamentos y organismos públicos).
-
Nº de puestos de trabajo de libre
designación a 1 de julio de 2017 cubiertos de forma provisional (con
distribución por Departamentos y organismos públicos).
Sin
otro particular, agradezco de antemano su atención.
Zaragoza,
24 de agosto de 2017”