miércoles, 31 de agosto de 2016

CIERRE DEL PARÉNTESIS VERANIEGO.



Hoy concluye el mes de agosto, y por nuestra parte damos por concluido el paréntesis veraniego, en el que prácticamente nos hemos limitado –aunque tal vez no sea poco- a la impugnación del Decreto de oferta de empleo público de 2016 aprobado por el Gobierno de Aragón en el ámbito de administración general.

Aunque nos gustaría evitar las acciones judiciales, resulta imposible hacerlo mientras el Gobierno de Aragón siga instalado en su manifiesto incumplimiento del Estatuto Básico del Empleado Público y de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en su empeño de anular las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón favorables al derecho de acceso a la función pública.

¿A qué intereses sirve el Gobierno de Aragón cuando combate los derechos fundamentales de los ciudadanos? ¿Cuál será el logro obtenido por sus Servicios Jurídicos en el caso de prosperar los recursos de casación promovidos? ¿Contribuir al debilitamiento de nuestro Estado de Derecho? ¿Minimizar, en lugar de optimizar, la realización de los derechos fundamentales establecidos en nuestra Constitución? ¿Proclamar una vez más la gran mentira de la contención presupuestaria merced a la precarización y desprofesionalización de la función pública?

Imaginamos que estas o similares preguntas se las habrán formulado los responsables de la función pública autonómica a la hora de impulsar los recursos de casación contra las sentencias del TSJA referidas a las ofertas de 2014 y 2015. Y podemos imaginar la respuesta a la vista de los hechos.

También los sindicatos de la función pública han desaprovechado una oportunidad para dejar claro su grado de compromiso con el derecho de acceso a la función pública. Pero no nos sorprende en absoluto su mutismo, dado que llevan muchos años creyendo que los derechos de los ciudadanos pueden quedar sujetos a negociación colectiva, en un ejercicio constante de patrimonialización indebida de lo público.

Nos encontramos en el inicio de un nuevo curso, con signos preocupantes de inestabilidad e incapacidad política, tanto en el ámbito estatal como autonómico. En este escenario, creemos que hay que redoblar el esfuerzo de todos en el compromiso con los valores constitucionales compartidos, y ejercer desde la sociedad civil y el conjunto de la ciudadanía una responsabilidad y un compromiso con el interés general –desde el que afrontar los problemas que tanto nos acucian- para reclamar al conjunto de los responsables políticos diálogo y entendimiento en lo sustancial, y entre lo sustancial se incluye necesariamente el correcto funcionamiento institucional.

jueves, 25 de agosto de 2016

INFORMACIÓN A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE IMPUGNACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.



Desde la Asociación nos dirigimos hoy a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, para informarles de la interposición de recurso contencioso-administrativo, por la vía especial de protección de los derechos fundamentales, contra el Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2016 en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Creemos que la labor parlamentaria de impulso y control de la acción de gobierno no puede situarse al margen de las cuestiones de la función pública autonómica, y en especial de la defensa del derecho de acceso a la función pública, con el objetivo de corregir las elevadas tasas de interinidad existentes en la Administración autonómica.

En fechas recientes, tras la comparecencia efectuadas por representantes de la Asociación ante el Parlamento autonómico, formulamos ante éste una petición para que inste al Gobierno de Aragón a retirar los recursos de casación planteados ante el Tribunal Supremo contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que anularon las ofertas de empleo público de 2014 y 2015, por no incluir la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por interinos.

Seguimos aguardando el tratamiento que pueda darse desde las Cortes a nuestra petición, y las posibles iniciativas que puedan adoptar los Grupos Parlamentarios para reclamar al Gobierno de Aragón tal decisión, que solo redundaría a favor del derecho de los ciudadanos, corrigiendo la irregular situación en que se encuentra la provisión de puestos en la Administración autonómica.

Frente a quienes abogan por una separación e incomunicación entre sociedad e instituciones, desde esta Asociación defendemos justamente lo contrario. Deseamos que ciudadanos, es decir, sociedad civil e instituciones públicas estén en permanente comunicación para detectar los problemas y necesidades sociales y debatir medidas y soluciones que cabe arbitrar por parte de las instituciones, en el ejercicio de sus potestades públicas.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido al Grupo Parlamentario Popular de las Cortes de Aragón:

“Grupo Parlamentario Popular
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 25 de agosto de 2016.

Estimados señores:

En mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, entidad que tiene como objetivos la defensa y la promoción de los principios de legalidad, profesionalidad y ética pública en la actividad de las Administraciones Públicas, deseo comunicarles que el pasado 18 de agosto formulamos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón recurso especial, por la vía de protección de los derechos fundamentales, contra el Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2016 en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La razón de dicho recurso no es otra que la vulneración del derecho fundamental de acceso a la función pública, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española, al no incluirse en la citada oferta de empleo público la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, tal y como exigen los artículos 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Público y 7.4 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El incumplimiento de dicha obligación legal es el motivo por el que el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón han declarado nulas, en el pasado, las ofertas de empleo público aprobadas por el Gobierno de Aragón en 2007, 2010, 2011, 2014 y 2015, aunque las sentencias relativas a las dos últimas se encuentren pendientes del recurso de casación promovido por el Gobierno de Aragón ante el Tribunal Supremo.

Entendemos que el deterioro sufrido por la función pública en la Comunidad Autónoma de Aragón, con tasas de interinidad que rozan el 40 por 100 de la plantilla, constituye una cuestión que debe ser considerada por ese Grupo Parlamentario, dentro de su labor de control e impulso de la acción de gobierno, pues dicho deterioro no solo afecta gravemente al ejercicio del derecho de acceso a la función pública, sino también a la calidad y garantías de imparcialidad con que han de desarrollar su actividad los servidores públicos, asegurando el correcto funcionamiento de uno de los principales elementos del Estado de Derecho, como es el sometimiento de la Administración al principio de legalidad.

Asimismo, deseamos trasladarles nuestra preocupación por la falta de transparencia en que incurre la tramitación y aprobación de los decretos de oferta de empleo público, al no respetarse los deberes de publicidad activa que contempla la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón. Entre la información sujeta al régimen de publicidad activa figura la información de relevancia jurídica que señala el artículo 15 de la Ley 8/2015, como son los proyectos de reglamento o disposición general, así como las memorias, informes y dictámenes emitidos con motivo de su tramitación.

A pesar de la claridad con que se formula la obligación de publicidad activa respecto a la tramitación de las disposiciones generales elaboradas y aprobadas por el Gobierno de Aragón, cabe constatar que, salvo alguna contada excepción, los Decretos aprobados por el Ejecutivo autonómico en materia de oferta pública empleo han sido omitidos en el Portal de Transparencia.

Por ello, confiamos en que por parte de ese Grupo Parlamentario puedan impulsarse aquellas iniciativas oportunas para una mayor garantía del derecho de acceso a la función pública en el conjunto de las Administraciones de la Comunidad Autónoma de Aragón y un adecuado respeto del deber de publicidad activa en lo relativo a las ofertas de empleo público aprobadas por el Gobierno de Aragón.

Agradeciéndoles de antemano su atención, reciban un atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

jueves, 18 de agosto de 2016

DOS MIL DOSCIENTAS NOTAS DE BLOG.



Este espacio de información y debate que impulsamos desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa en 2007 ha alcanzado las dos mil doscientas notas. Es un mero dato cuantitativo, que no obstante deseamos remarcar, pues el punto en el que estamos no es sino el resultado de un esfuerzo sostenido en el tiempo, día a día, tratando de mantener la coherencia y el compromiso con los principios recogidos en nuestros Estatutos, en los que quisimos condensar los valores propios de una función pública democrática y de unos servidores públicos conscientes de sus obligaciones dentro de un Estado de Derecho.

Hemos tratado de aunar el espíritu crítico –la no aceptación de los constantes incumplimientos de la legalidad en la ordenación y actividad de la Administración, comenzando por la denuncia de la grave crisis que viene padeciendo el derecho de acceso a la función pública, cuestión que parece preocupar poco a los responsables políticos, tanto en Gobiernos como en Parlamentos-, con la reivindicación permanente del papel que corresponde jugar a las instituciones públicas en el desarrollo de la vida democrática.

Jamás hemos compartido el discurso de descrédito hacia ninguna de las instituciones públicas, sabiendo diferenciar el problema de la corrupción pública –tanto política como administrativa- del valor innegable que corresponde a las instituciones en nuestro actual marco constitucional.

Hemos acudido, con motivo de nuestras diferentes iniciativas, al Defensor del Pueblo y al Justicia de Aragón, al Tribunal de Cuentas, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo y al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, a la Fiscalía General del Estado, al Congreso de los Diputados, al Senado, a las Cortes de Aragón, al resto de los Parlamentos autonómicos, al Presidente del Gobierno de España y a los miembros del Gobierno de Aragón, y a otras muchas autoridades públicas, españolas y europeas. Y hemos apelado a ellas siempre desde el respeto institucional y el convencimiento del valor de su función para garantizar el respeto de los derechos fundamentales y el cumplimiento de las normas, como garantía irrenunciable de nuestras reglas de convivencia.

Al margen del resultado obtenido en nuestras diferentes demandas, seguimos manteniendo el mismo respeto hacia todas las instituciones públicas, cuyo valor trasciende con mucho el tratamiento que hayan dado a nuestras peticiones, pero no por ello podemos dejar de insistir y profundizar en nuestros planteamientos, y reclamar el reforzamiento de los valores de legalidad, profesionalidad y ética pública en el ámbito de la Administración Pública y del conjunto de las instituciones. Hemos de proseguir con nuestra labor de debate y de exigencia, y de todo ello se irá dando cuenta en futuras notas de blog, poniendo nuestras ideas, nuestras dudas, nuestros resultados a disposición de todos.

miércoles, 17 de agosto de 2016

REITERADA PETICIÓN SOBRE LA NECESARIA PUBLICIDAD ACTIVA DE LOS DECRETOS DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO.



Al igual que hicimos el pasado año, en relación con la aprobación de la oferta de empleo público de 2015, hemos vuelto a reiterar a la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, como responsable en materia de transparencia pública, la necesidad de que el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón contenga los documentos básicos de la tramitación de los proyectos de decreto de oferta de empleo público, tal y como exige la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana.

Nuestra petición de 2015 no solo no fue atendida –como puede comprobarse con la persistencia del incumplimiento señalado-, sino que ni siquiera obtuvo respuesta, a pesar de formularse en ejercicio del derecho fundamental de petición, que obliga a la autoridad pública que la recibe a dar una respuesta razonada en un plazo no superior a tres meses desde su recepción.

Pero el silencio no es una estrategia compatible con el Estado de Derecho, los principios democráticos de gobierno y la obligada transparencia de la actividad pública, por lo cual esta Asociación vuelve y volverá a dirigirse a la Consejera del Gobierno responsable en la materia para que ponga fin al incumplimiento señalado y también para que respete el ejercicio del derecho de petición, en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico.

En el caso de no obtener satisfacción a nuestra petición, nos veremos en la obligación de elevar nuestra queja al Consejo de Transparencia de Aragón, en cuanto órgano al que le corresponde, entre otras, la función de control sobre el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como al Justicia de Aragón, en cuanto a la reiterada lesión del derecho de petición ejercido, al no obtener la respuesta debida por parte de la citada Consejera.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito de petición dirigido a la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales:

Excma. Sra. Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales
Edificio Pignatelli
Pº María Agustín, 36.
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 17 de agosto de 2016.

Estimada señora:

La aprobación de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, ha introducido el deber de publicidad activa para la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, entendiendo por ésta la obligación de difundir de forma permanente, veraz y objetiva la información que garantice la transparencia de la actividad pública.

Dicha información pública ha de ponerse a disposición de todos los ciudadanos a través del Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón, siendo responsables de dicho cumplimiento tanto el Departamento competente en la materia, actualmente el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales,  como las respectivas unidades de transparencia de los diferentes Departamentos, que han de facilitar la información de inclusión obligada en el citado Portal de Transparencia.

Entre la información sujeta al régimen de publicidad activa figura la información de relevancia jurídica que señala el artículo 15 de la Ley 8/2015, como son los proyectos de reglamento o disposición general, así como las memorias, informes y dictámenes emitidos con motivo de su tramitación.

A pesar de la claridad con que se formula la obligación de publicidad activa respecto a la tramitación de las disposiciones generales elaboradas y aprobadas por el Gobierno de Aragón, cabe constatar que los Decretos del Ejecutivo autonómico relativos a la aprobación de Oferta de Empleo Público han sido sistemáticamente omitidos en el Portal de Transparencia, con la reciente excepción de los relativos a la oferta de empleo para 2016 para personal docente no universitario. En particular, se omite toda información respecto al Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por ello, y de acuerdo con el derecho de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, le reiteramos nuestra solicitud de que adopte las medidas necesarias para que el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón incluya, como contenidos de relevancia jurídica sujetos al deber de publicidad activa, todos los proyectos normativos elaborados por el Gobierno de Aragón, y en particular los diferentes Decretos que aprueban las ofertas anuales de empleo público.

Agradeciendo de antemano su atención, reciba un atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

martes, 16 de agosto de 2016

REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: DECISIÓN DE IMPUGNAR LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016.



La Junta Directiva de esta Asociación, reunida el pasado lunes 8 de agosto, acordó por unanimidad promover un recurso contencioso-administrativo, por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, contra el Decreto 109/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, al considerar que el mismo es contrario al derecho fundamental de acceso a la función pública en condiciones de igualdad, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Esta Asociación desea afirmar su compromiso con el derecho de acceso a la función pública, reaccionando así frente a la resistencia mostrada por el Gobierno de Aragón para llevar a efecto las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en relación con las ofertas de empleo público de 2014 y 2015, al promover contra las mismas recurso de casación ante el Tribunal Supremo, como si el interés público defendido por el Ejecutivo autonómico pasase por impedir la aplicación de la legalidad en materia de acceso a la función pública, y mantener e incrementar la precariedad del personal al servicio de la Administración Pública, tras haberse alcanzado tasas de interinidad que rondan –según los propios datos facilitados por la Administración autonómica- el 40 por 100 del total de la plantilla.

Son ya cinco las ofertas de empleo público que esta Asociación ha logrado declarar nulas e ilegales, en sede jurisdiccional, por no incluir la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, tal y como exigen los artículos 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Público y 7.4 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Por tal motivo, no hay razón para admitir que la Oferta de 2016 vuelva a reincidir en los defectos reiteradamente señalados por los Tribunales, ya sea el Tribunal Supremo o el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El Gobierno de Aragón, presidido por Javier Lambán, debería explicar a los ciudadanos –y no a los sindicatos, que en modo alguno representan los intereses y derechos de la ciudadanía- las razones por las que se niega a ejecutar las sentencias favorables al derecho de los ciudadanos para acceder a la función pública, como derecho constitucional que goza de una protección reforzada, y que le llevan a reincidir en su vulneración cada vez que aprueban una oferta de empleo público, desatendiendo de forma absoluta los criterios fijados en los fallos condenatorios relativos a las ofertas de empleo público de 2007, 2010, 2011, 2014 y 2015.

Debiera igualmente explicar el Gobierno de Aragón las razones que le llevan a no aplicar, al contrario de lo que hizo el anterior Ejecutivo en relación con las ofertas de 2007 y 2011, sentencias favorables al respeto del derecho de los ciudadanos, y el injustificable empeño de procurar su revocación para impedir la efectividad del derecho y agravar la temporalidad en la función pública y la discriminación laboral que la misma lleva aparejada.

Únicamente la sumisión a los irracionales dictados del Ministerio de Hacienda y Administraciones Pública, en materia de oferta de empleo público, pueden explicar, que no justificar, la conducta del Gobierno de Aragón. La pretendida contención del gasto público se esgrime como único y falaz argumento, año tras año, para deteriorar de manera reiterada la profesionalidad y la calidad de la Administración, es decir, del conjunto de los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos.