Esta Asociación se dirigió la semana
pasada a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón para
expresarles la necesidad de que la tramitación del Proyecto de Ley de Función Pública
de Aragón se supedite a la elaboración por el Gobierno de Aragón de una
correcta memoria económica de dicho proyecto normativo, señalando los costes
derivados de la misma y las condiciones de financiación de los mismos, tal y
como se exige en la Ley
del Presidente y del Gobierno de Aragón y en la Ley de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
Conocer el coste de una Ley –cuya repercusión
en el capítulo de gastos de personal del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
es directa- es un requisito indispensable para su tramitación y aprobación, si
admitimos que la función legislativa se fundamenta en un debate racional y
responsable. Tal conocimiento sobre las repercusiones económicas de una norma
legal es necesario en toda circunstancia, pero lo es especialmente en la actual
coyuntura económica y presupuestaria, en la que la Comunidad Autónoma
ha de cumplir exigentes objetivos de contención del déficit público y atraviesa
manifiestas dificultades en su equilibrio presupuestario.
El Gobierno ha remitido un documento
sin fecha ni firma a las Cortes de Aragón, al que se denomina “Memoria del
análisis del impacto normativo”, en cuya parte final, en escasas ocho páginas que
contienen datos y estimaciones carentes de la más elemental consistencia, se
incluye una “memoria de impacto económico y presupuestario”. Un documento, para
ser aquello que se denomina, ha de contener la información que resulta
preceptiva. La omisión total de todo análisis sobre los efectos derivados del
nuevo régimen retributivo, del cual el complemento ligado a la carrera es solo
una parte, pero sobre todo la ausencia de las condiciones de financiación para
las diferentes medidas de la Ley,
no permite admitir tal documento como memoria económica. Si los Grupos
Parlamentarios lo admiten, estarán vaciando de racionalidad y responsabilidad
el debate de la Cámara.
Los representantes de los ciudadanos no
pueden desentenderse de los intereses de la ciudadanía, y los ciudadanos
tienen el legítimo derecho de saber cuánto cuesta la Ley de Función Pública –y los
parlamentarios el deber de conocer ese dato antes de decidir y votar-, pues
debe saberse la repercusión que ello tiene en otros programas de gasto de la Comunidad Autónoma.
¿Cuánto es razonable gastar en el personal de la Administración del
total del presupuesto disponible?
La
Administración
es un instrumento y no un fin en sí misma y sus costes han de ajustarse a las
prioridades que imponen las necesidades de la sociedad y las políticas públicas
de desarrollo y de bienestar general que resulta preciso impulsar. ¿Es asumible,
en dicho contexto, el coste de la
Ley de Función Pública? Es difícil saberlo si no se determina
previamente ese coste, y sin un coste cierto o suficientemente aproximativo su
aprobación sería una temeridad por parte de las Cortes de Aragón.
Por ello, consideramos indispensable, y
así se lo hemos señalado a los Grupos Parlamentarios, que se exija al Gobierno
de Aragón la confección de una memoria económica suficiente, en la que se
determine el coste de la aplicación de la Ley y las condiciones de financiación del mismo. Ya
es censurable que un Gobierno no aporte esa información e incluso se permita
aprobar un Proyecto de Ley sin haber determinado previamente su coste. Igual
reproche cabe hacer a los sindicatos de la función pública, capaces de
respaldar un proyecto normativo sin la garantía de su viabilidad
presupuestaria, reincidiendo con ello en los vicios que han conducido al actual
colapso presupuestario de nuestra Administración. Ni siquiera hemos aprendido
lo más elemental. A semejante ejercicio de irresponsabilidad no debieran sumarse los parlamentarios, debiendo reclamar la confección de la memoria económica necesaria para decidir la aprobación o no de la futura ley de función pública.
Se reproduce a continuación el contenido
íntegro del escrito dirigido al Grupo Parlamentario Popular:
“Grupo Parlamentario Popular
Cortes
de Aragón
Palacio
de la Aljafería
50071-ZARAGOZA
Zaragoza, 11 de julio de 2014.
Estimados
señores:
El
pasado día 24 de junio, representantes de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa
tuvimos la oportunidad de comparecer, a petición propia, ante la Comisión de
Comparecencias y Peticiones Ciudadanas de las Cortes de Aragón, para expresar
nuestra opinión desfavorable frente al Proyecto de Ley de Función Pública de
Aragón, remitido a ese Parlamento por parte del Gobierno de Aragón. Dicho
Proyecto de Ley, a nuestro juicio, incorpora una seria de previsiones que no
solo no avanzan en objetivos de profesionalización de la función pública, sino
que conllevan manifiestos retrocesos, como son la regulación de la función
directiva, de la provisión de puestos de trabajo y de la carrera profesional.
Al
margen de nuestras discrepancias materiales o de fondo con el proyecto
normativo, respecto a las cuales hemos tenido ocasión de manifestarnos, y de
las que dimos traslado a todos los Grupos Parlamentarios de esa Cámara en su
momento, no podemos dejar de insistir en la carencia de una memoria económica suficiente que permita
conocer de modo ajustado el coste de la aplicación de la futura Ley, en el caso
de que resulte aprobada, y las condiciones previstas para su financiación,
cuestión de máxima relevancia en todo momento, pero particularmente en el
actual contexto presupuestario y económico, donde se impone de forma
prioritaria el cumplimiento de exigentes objetivos de contención del déficit
público.
Como
algún Grupo Parlamentario señaló con motivo de nuestra reciente comparecencia,
el Proyecto de Ley remitido por el Gobierno de Aragón se acompañaba de una
“Memoria del análisis del impacto normativo”, que contenía un apartado final
relativo a “memoria de impacto económico y presupuestario”, pero la información
contenida en dicho documento no puede, a nuestro juicio, cumplir la exigencia
de memoria económica que establece el ordenamiento jurídico para todo proyecto
normativo. Dicha memoria no contiene una verdadera estimación de costes ni
muchos menos señala las condiciones de su financiación, como exigen tanto la Ley del Presidente y del
Gobierno de Aragón y la Ley
de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
Por
ello, a nuestro juicio no es posible admitir que el documento remitido a las
Cortes de Aragón con la calificación de “Memoria del análisis del impacto
normativo” satisfaga la exigencia que las leyes citadas imponen respecto a la
elaboración de una memoria económica. En primer lugar, el citado documento carece
de firma y de fecha, circunstancia que necesariamente lo priva de todo valor
jurídico. En un procedimiento administrativo mínimamente riguroso –como no
puede dejar de serlo el correspondiente al ejercicio de la iniciativa legislativa
gubernamental- no caben documentos anónimos, de los que nadie se hace
responsable.
Si
bien dicho defecto formal nos parece suficiente para privar de validez jurídica
al citado documento, ha de observarse también que el apartado relativo a
“memoria de impacto económico y presupuestario” no satisface ningún criterio
mínimo de calidad y congruencia. Un documento que no permite cuantificar el
coste derivado de una ley ni sus condiciones de financiación no puede ser
considerada como una memoria económica, aunque se le dé tal nombre.
Una
ley en la que se regula un nuevo régimen retributivo para los empleados
públicos de la
Administración de la Comunidad Autónoma
y se implanta un nuevo y costoso modelo de carrera administrativa, como es la
carrera horizontal aplicable a todo el personal de la Administración, no
puede ser tramitada sin una adecuada memoria económica, pues el principio de
legalidad impone la aplicación y respeto de las leyes aprobadas, lo que resulta
inviable sin una financiación suficiente para afrontar el coste que conlleva
tal aplicación. Aprobar una ley que va a determinar la evolución futura del
volumen del capítulo de gastos de personal del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
requiere de manera indispensable la aportación por el Gobierno de Aragón de una
memoria económica que determine un calendario de implantación de sus
previsiones de gasto, fijando el coste imputable a cada ejercicio y sus
condiciones de financiación, acreditando además que dicho gasto no compromete
los objetivos de contención del déficit que impone la legislación de
estabilidad presupuestaria.
En
consecuencia, creemos que por parte de los Grupos Parlamentarios debe exigirse
del Gobierno de Aragón una memoria económica que fije adecuadamente costes
derivados de la aplicación de la
Ley y condiciones de financiación, ya que tal información
resulta imprescindible para proceder a la tramitación y discusión de dicho
Proyecto. En el caso de que no se remitiese dicha memoria económica, entendemos
que procedería la devolución del proyecto de ley, por carecer de la
documentación indispensable para pronunciarse sobre el mismo.
Agradeciéndoles
de antemano su atención, reciban nuestro atento y respetuoso saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”