Esta Asociación ha dirigido un escrito
a la Presidenta
del Gobierno de Aragón en el que solicita que el Gobierno de Aragón, a través
del Consejero que corresponda, aclare al Parlamento autonómico y al conjunto de
los ciudadanos aragoneses las circunstancias de aprobación del Proyecto de Ley de
medidas para la efectiva integración del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta
Resolución en el Servicio Aragonés de Salud, decisión adoptada por el Gobierno
de Aragón pese a contar con los informes contrarios de la Dirección General
de la Función Pública
y de la Dirección General
de Servicios Jurídicos, en los que se cuestionaba la constitucionalidad de sus
medidas.
En la pasada legislatura, otra
iniciativa similar de integración del CASAR, promovida en 2011 por el entonces
Departamento de Sanidad y Consumo ya fue descartada, tras las informes
desfavorables de la Dirección General
de Función Pública, Dirección General de Servicios Jurídicos, Secretaría
General Técnica del Departamento de Hacienda, Economía y Empleo y Consejo
Consultivo de Aragón, en los que se señalaban vicios de legalidad material que
impedían su aprobación.
El Gobierno de Aragón –en especial, su Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, Ricardo Oliván-,
con pleno conocimiento de los antecedentes existentes y de los informes
negativos emitidos en la tramitación del actual Anteproyecto de Ley –ya
convertido en la ley 12/2014, de 18 de diciembre, gracias a los votos de los
Grupos Parlamentarios Popular y del Partido Aragonés-, no dudó en remitir a las
Cortes de Aragón el citado Proyecto de Ley –sin aportar los antecedentes
necesarios, ocultando con ello los informes negativos emitidos- para obtener
con los votos de la mayoría la aprobación de una norma con claros vicios de
inconstitucionalidad.
Con ello, el Gobierno de Aragón habría
incurrido en una vulneración del ordenamiento jurídico –con pleno conocimiento
y voluntad de ello-, al haber adoptado una decisión contraria a derecho,
claramente advertida en los informes preceptivos emitidos en la tramitación del
proyecto normativo. Podrá alegar el Gobierno de Aragón que dichos informes eran
preceptivos, pero no vinculantes. Tal excusa tiene una clara réplica: el carácter
no vinculante de los informes no priva al Gobierno del deber de sometimiento a
las normas constitucionales, señalado en el artículo 9.1 de la propia
Constitución Española.
Al ignorar las advertencias formuladas
en los informes preceptivos, sin justificar de forma adecuada tal decisión, el
Gobierno viene a optar sencillamente por vulnerar los preceptos de la Constitución, algo
que lo sitúa al margen de la legalidad y de las reglas más elementales del
Estado de Derecho. Una votación puede permitir aprobar una Ley, pero no puede legitimar
una actuación ilegal como la realizada por el Gobierno de Aragón ni subsanar
los vicios de inconstitucionalidad en los que incurre.
Por ello, esta Asociación ha reclamado
a la Presidenta
del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, que el Gobierno de Aragón exponga
ante el Parlamento autonómico las razones que les han llevado a no atender los
informes jurídicos contrarios al Proyecto de Ley aprobado, al tiempo que le
comunicamos que esta Asociación va a solicitar –ante los órganos legitimados para
interponer recurso de inconstitucionalidad contra leyes autonómicas- la
impugnación de la Ley
12/2004, de 18 de diciembre, ante el Tribunal Constitucional, sin perjuicio de
aquellas otras acciones legales dirigidas a exigir a los miembros del Gobierno
la responsabilidad jurídica en la que pudieran haber incurrido con su irregular
decisión.
Se reproduce a continuación el escrito
dirigido a la Presidenta
del Gobierno de Aragón:
“Excma. Sra. Presidenta del Gobierno de
Aragón
Gobierno
de Aragón
Edificio
Pignatelli
Pº
María Agustín, 36
50071-ZARAGOZA
Zaragoza, 16 de enero de 2015.
Estimada
señora:
El
Pleno de las Cortes de Aragón aprobó el pasado mes de diciembre, con los votos
de los grupos parlamentarios de la actual mayoría, la Ley 12/2014, de 18 de
diciembre, de medidas para la efectiva integración del Consorcio Aragonés
Sanitario de Alta Resolución en el Servicio Aragonés de Salud, a través del
procedimiento de lectura única.
Tanto
las condiciones de aprobación del citado Proyecto de Ley, por parte del
Gobierno de Aragón, como su tramitación parlamentaria, han venido determinadas
por un conjunto de circunstancias que ponen de manifiesto un mal funcionamiento
institucional y que permiten dudar de la correcta actuación por parte del
Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia y del conjunto del Gobierno de
Aragón.
No
resulta jurídicamente admisible el hecho de que un Consejero del Gobierno eleve
al Gobierno de Aragón, para su aprobación, un Anteproyecto de Ley carente de
respaldo jurídico, al ser contrarios al mismo todos los informes relevantes
emitidos en el procedimiento de elaboración del proyecto normativo. Así ocurre
en el caso del Anteproyecto de Ley de medidas para la efectiva integración del
Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución en el Servicio Aragonés de
Salud, elaborado por el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, al
contar con informes negativos emitidos por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios y la Dirección
General de los Servicios Jurídicos.
La
decisión del Gobierno de Aragón, al haber aprobado un Proyecto de Ley pese a
las advertencias de inconstitucionalidad realizadas en los citados informes, se
ve agravada por el hecho de que en la remisión del Proyecto a las Cortes de
Aragón no se faciliten al Parlamento tales informes, incumpliendo con ello la
obligación establecida en el artículo 122 del Reglamento de las Cortes de
Aragón, que señala que los Proyectos de Ley deben remitirse acompañados de los
antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos, y contraviniendo con
ello el deber de lealtad institucional
que ha de presidir las relaciones entre las diferentes instituciones de la Comunidad Autónoma
y, en especial, las relaciones entre Gobierno y Cortes de Aragón, en atención
al principio democrático que otorga centralidad al Parlamento en cuanto en su
condición de representante de todos los ciudadanos aragoneses.
Entendemos
que el Gobierno de Aragón, con su actuación, ha vulnerado reglas esenciales del
Estado de Derecho –al promover un proyecto normativo carente de respaldo
jurídico y con indicios de grave arbitrariedad- y del principio democrático, al
negar al Parlamento documentación fundamental para el estudio y enmienda del
Proyecto de ley remitido.
Tales
actuaciones, a nuestro juicio, debieran merecer una rectificación expresa por
parte del Gobierno, dando a conocer a todos los Grupos Parlamentarios los
informes negativos emitidos respecto al Anteproyecto de ley elaborado por el
Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, y procurando las
explicaciones oportunas por el representante del Gobierno que corresponda ante
las Cortes de Aragón, al objeto de exponer los fundamentos jurídicos que avalaron
la decisión del Gobierno de Aragón de apartarse del criterio señalado en los
informes emitidos por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios y por la Dirección General
de los Servicios Jurídicos, manteniendo y aprobando el texto de un proyecto
normativo presumiblemente contrario a la norma constitucional y a la
legislación básica en materia de función pública.
Esta
Asociación, comprometida con la legalidad y la profesionalidad de la función
pública, no puede dejar de reaccionar frente a una actuación del Gobierno de
Aragón como la señalada, por lo que nos vemos en la necesidad de comunicarle
que vamos a solicitar, ante el Defensor del Pueblo y ante el Ministerio de
Hacienda y Administración Pública, la impugnación de la citada Ley ante el
Tribunal Constitucional, por contravenir los artículos 9.3. 14, 23.2 y
149.1.18.ª de la Constitución
Española, además de otras posibles acciones legales que quepa
adoptar en defensa del Estado de Derecho.
Agradeciéndole de antemano su atención,
reciba un respetuoso saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”