Desde esta Asociación, como ya hicimos hace dos
años, con los anteriores responsables institucionales, nos hemos dirigido a los
Presidentes de las tres Diputaciones Provinciales aragonesas, para solicitar
que los puestos reservados a funcionarios con habilitación estatal –Secretario,
Interventor y Tesorero- sean provistos mediante concurso de méritos –asegurando
tanto el criterio de mérito y capacidad para acceder a los mismos como las
condiciones adecuadas de objetividad y imparcialidad en su desempeño-, pues ni
una cosa ni otra quedan suficientemente salvaguardar con la generalizada
utilización de la fórmula de libre designación para la cobertura de los mismos.
Los cambios derivados de las elecciones municipales
del pasado mes de mayo, que han supuesto una renovación en los órganos de
dirección política de las Diputaciones Provinciales, así como la necesidad de
avanzar en la profesionalización de las administraciones públicas, medida
indispensable para corregir los fallos institucionales que han permitido la
corrupción y el uso clientelar de las instituciones, aconseja reiterar la
petición entonces formulada, y que careció de respuesta o acogida por parte de
los responsables anteriores.
Es necesario que el discurso de la regeneración
democrática que han enarbolado numerosas fuerzas políticas se plasme en medidas
concretas que refuercen la profesionalidad de las administraciones públicas, y
el impulso de tales medidas debe ser una demanda constante de la sociedad, razón
por la cual entendemos oportuno reiterar nuestra petición de que aquellos
puestos cuyas funciones ejercen relevantes tareas de control de legalidad y
fiscalización del gasto público cuentes con unas condiciones de provisión que
refuercen dicha capacidad de control, algo que, como ha quedado demostrado, no
se produce con la libertad de nombramiento y de remoción que hace posible la fórmula
de libre designación.
Esperamos que los nuevos responsables
institucionales sean receptivos a la petición realizada. Similares peticiones
se dirigirán a los principales Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma,
así como al Gobierno de Aragón, al objeto de que los puestos de la Intervención General,
como órgano de fiscalización de la legalidad del gasto público, se cubran de
manera objetiva mediante concurso de méritos y sus titulares cuenten con garantías
suficientes de estabilidad en sus puestos, para actuar con plena objetividad y
ajeno a presiones políticas de cualquier tipo.
Se reproduce a continuación el contenido íntegro
del escrito dirigido al Presidente de la Diputación Provincial
de Zaragoza.
“En mi
condición de Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función Pública Aragonesa, organización comprometida con la defensa y
promoción de los principios constitucionales que ordenan la función pública, con
domicilio a efectos de notificaciones en Zaragoza, C/ León XIII, 21, 4.º, 50008
de Zaragoza, me dirijo a esa Diputación Provincial, en ejercicio del derecho
fundamental de petición, exponiendo:
1.
Que tanto las Administraciones Públicas como la
respectiva función pública que las sirve se hallan constitucionalmente ordenadas
por criterios cuya finalidad es asegurar el servicio objetivo al interés
general, lo que se concreta en los principios de igualdad, mérito y capacidad
que rigen el acceso a sus diferentes funciones y puestos, asegurando con ello
un desempeño profesional, objetivo e imparcial, con estricto sometimiento al
principio de legalidad, lo que supone un mecanismo eficaz de prevención de la
corrupción en las Administraciones Públicas, como se ha señalado en la
Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003.
2.
La labor que realizan los
funcionarios con habilitación estatal está llamada a asegurar, de forma
simultánea, la satisfacción de los principios de eficacia y de legalidad en la
actuación de las Administraciones Locales, tal y como ha señalado el Tribunal
Constitucional.
Dicho cometido tiene su
mayor garantía no solo en la reserva de su desempeño a funcionarios de
habilitación estatal, por su particular cualificación, sino en su provisión a
través de fórmulas que, en el acceso al puesto, aseguren plenamente la
virtualidad de los principios de mérito y capacidad, sin que los mismos puedan
ser sustituidos o removidos por razones de discrecionalidad política, y a la
vez refuercen, en sus condiciones de desempeño, la estabilidad y la autonomía
funcional que requiere todo ejercicio de funciones de asesoramiento,
supervisión y control.
La necesaria superación
de los problemas de funcionamiento de las Administraciones Públicas y la
deseable consolidación de una función pública profesionalizada aconsejan que se
revisen y modificquen aquellos procedimientos de provisión de puestos que
impiden o no aseguran de forma suficiente el correcto desempeño de las
funciones públicas, de manera objetiva e imparcial, como sucede con la fórmula
de libre designación aplicada a puestos que ejercen funciones de asesoramiento
legal y control económico-financiero interno en las distintas Administraciones
Públicas.
La fórmula idónea para
asegurar el respeto a los principios de mérito y capacidad en el acceso a
dichos puestos de trabajo y la objetividad e imparcialidad en su desempeño
creemos que es la provisión mediante concurso de méritos, impidiendo con ello
que los titulares de los mismos puedan ser removidos discrecionalmente, por
razones ajenas a la profesionalidad en la realización de sus funciones.
3.
Dicho
criterio ha sido recogido de manera expresa en la Declaración de la X Asamblea de
Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local: Innovación e
Imparcialidad. Una profesión de futuro, con motivo del último Congreso bienal
celebrado en Madrid, los días 20, 31 y 22 de noviembre de 2014, en la que se
dice lo siguiente:
“Nosotros, los Secretarios, Interventores y
Tesoreros de Administración Local, con una historia bicentenaria que nace de
las fuentes del primer constitucionalismo español, estamos llamados a ser un
referente ético en el conjunto de las Administraciones Públicas. Nuestra labor,
en la primera línea de las relaciones con los ciudadanos y con los cargos públicos
democráticamente elegidos es, sin duda, el ámbito idóneo para poner a prueba
todos los valores éticos que nos hemos dado a nosotros mismos: profesionalidad,
lealtad, neutralidad, imparcialidad, dedicación, honestidad, objetividad,
independencia, integridad, excelencia, calidad, innovación, transparencia y
sobre todo vocación de servicio a la sociedad, a los ciudadanos, a quienes nos
debemos por encima de todo.
(...)
II. Las garantías para que no se perturbe el
correcto ejercicio de las funciones reservadas con independencia y objetividad,
así como el mantenimiento y reforzamiento de las garantías de objetividad y
transparencia en la selección y provisión de los SITAL con base,
exclusivamente, en los principios de mérito y capacidad.
Son garantías imprescindibles para el ejercicio de
nuestra profesión con independencia y objetividad las siguientes: 1. La desaparición del sistema de provisión
de puestos a través de nombramientos de libre designación” -el subrayado es
nuestro-
4.
Por todo ello, y al
amparo del derecho fundamental de petición reconocido en el artículo 29 de la
Constitución Española, entendemos oportuno dirigirnos a esa Diputación
Provincial al objeto de que se adopten las medidas oportunas para adecuar el
procedimiento de provisión de los referidos puestos de trabajo a los principios
de autonomía funcional y de mérito y capacidad que han de presidir el acceso al
desempeño de sus funciones, procediendo para ello a establecer el concurso de
méritos como forma de provisión de los mismos, convocando posteriormente su
provisión en los términos legalmente previstos.
5.
De conformidad con todo lo expuesto, como
Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa,
ante esa Diputación Provincial SOLICITO:
Primero: Que la provisión de los puestos de trabajo
reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional que resulten
vacantes se efectúe, sin excepciones, a través del sistema de concurso, entre
funcionarios de las Subescalas y categorías de la Escala de funcionarios de
Administración local con habilitación de carácter nacional, y no a través del sistema excepcional de
libre designación, impulsando para ello la oportuna modificación de la relación
de puestos de trabajo.
Segundo.- Que la posible creación de nuevos puestos
de trabajo reservados a funcionarios de la citada Escala de habilitación
nacional, a través de la relación de puestos de trabajo, contemple como forma
de provisión de los mismos el concurso de méritos y no la libre designación.
Zaragoza,
22 de octubre de 2015
Julio
Guiral Pelegrín Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función Pública Aragonesa
ILMO.
SR. PRESIDENTE DE LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA”.