En primer lugar, y después de una larga espera hasta que el Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia que anuló la Oferta de Empleo Público de 2007, por no contener la totalidad de las plazas ocupadas por funcionarios interinos, como exige el Estatuto Básico del Empleado Público, se abordó la necesidad de reclamar al Departamento de Hacienda y Administración Pública la ejecución de las sentencias, ya firmes, del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por las que se anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, respectivamente, por vulnerar el derecho de acceso a la función pública que se reconoce a los ciudadanos en el artículo 23.1 de la Constitución Española. Ambas resoluciones judiciales han venido a modificar la doctrina jurisprudencial hasta ahora existente, al afirmar que la capacidad de autoorganización de la Administración -en la apreciación de las necesidades de incorporación de nuevos efectivos- ha de quedar sometida al respeto del derecho fundamental de acceso y al deber legar de incluir en la oferta la totalidad de las plazas cubiertas por funcionarios interinos. Tal y como insistió esta Asociación en sus recursos, no es posible admitir libertad de decisión de la Administración a la hora de cumplir un deber legal, como es el de incorporar en la oferta de empleo público las plazas ocupadas por funcionarios interinos.
Pese a algún encuentro mantenido con los responsables de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, al comienzo de esta legislatura, en relación con la necesidad de ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo, esta ejecución se vio pospuesta por la falta de firmeza de la sentencia, al hallarse pendiente un recurso de nulidad parcial de actuaciones de Comisiones Obreras, en lo relativo a la condena en costas que le fue impuesta por el Tribnal. Recientemente, sin embargo, ha sido resuelto el incidente y ha quedado declarada la firmeza del fallo del Supremo. Toca ahora a la Administración proceder a su ejecución, y así se acordó exigirla por escrito al Consejero de Hacienda y Administración Pública, con la indicación de que, de no darse respuesta a nuestra petición en el plazo de un mes, se instaría del Tribunal Supremo la ejecución judicial de la misma. Está claro que un Estado de Derecho no sólo precisa de que los Tribunales puedan corregir las arbitrariedades de la Administración, sino también de que las sentencias dictadas para restablecer la legalidad sean debidamente ejecutadas.
En segundo lugar, y de acuerdo con el orden del día de la convocatoria, se convino en la necesidad de reclamar de las instituciones aragonesas -y, particularmente, de las Cortes de Aragón- la aprobación de códigos de buen gobierno -o de ética pública-, con los que propiciar la ejemplaridad de los titulares institucionales y contribuir así a la regeneración democrática que precisa España en todos sus niveles de gobierno. Por ello, en fechas próximas la Asociación se dirigirá, como ya hizo en anteriores ocasiones -sin casi ningún éxito-, a las diferentes instituciones aragonesas para solicitar, al amparo del derecho fundamental de petición, la aprobación de códigos de buen gobierno, en los que se señalen los principios éticos y normas de conducta a los que han de ajustarse los titulares de las instituciones, estableciendo asimismo medidas de control que aseguren su cumplimiento y la sanción correspondiente en caso de vulneración.
En tercer lugar, y continuando con deliberaciones mantenidas en anteriores reuniones de la Junta Directiva, se acordó solicitar a las Cortes de Aragón una comperencia de los representantes de la Asociación ante su Comisión de Peticiones y Derechos Humanos, para poder exponer ante los representantes de los diferentes Grupos Parlamentarios el conjunto de medidas contenidas en el documento denominado Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración para la nueva legislatura de las Cortes de Aragón, documento que fue remitido a los diferentes Grupos Parlamentarios -sin que ello motivara, siquiera, un solo acuse de recibo- y a la Presidenta del Gobierno de Aragón, lo que dio lugar a una respuesta favorable a las propuestas del entonces Consejero de Hacienda y Administración Pública, Mario Garcés.
Esta Asociación es partidaria del diálogo de la sociedad civil con las instituciones públicas, pues el buen gobierno es un objetivo irrenunciable para todos, en el que los ciudadanos han de mantener un nivel de exigencia y de vigilancia permanente y los responsables públicos un compromiso inequívoco si no desean perder la confianza de los ciudadanos.
Finalmente, en el apartado de ruegos y preguntas, se expuso la necesidad de volver a reaccionar contra el préstamo de trabajadores a los Departamentos por parte de empresas públicas. Es evidente que la crisis en la oferta de empleo público, cuando las necesidades de funcionamiento de los diferentes servicios públicos no pueden ser atendidos por personas debidamente seleccionadas por principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, da lugar a procedimientos espúreos como el préstamo de trabajadores, sobre todo en aquellas áreas como agricultura y medio ambiente en las que se cuenta con empresas públicas con una abultada plantilla, contratada en gran medida para suplantar la labor de los funcionarios públicos, como reiteradamente se ha denunciado por esta Asociación a lo largo de todos estos años. Poco han cambiado las cosas en lo que se refiere a esta cuestión.
Quedo pospuesto, para una futura sesión, el necesario debate sobre las medidas de recorte presupuestario en el ámbito de función pública y la posible repercusión que ello pueda tener en la calidad de los servicios públicos y, en particular, el preocupante empeño en eliminar personal interino que ocupa plazas estructurales en las relaciones de puestos de trabajo, cuya cobertura ha de ser objeto de las ofertas de empleo público pendientes de realización en ejecución de las sentencias firmes obtenidas por esta Asociación. Su cese, en estos momentos en que todavía no se ha procedido a tal ejecución, cabría considerarlo como un fraude de setencia, que esta Asociación en su caso hará valer ante los Tribunales.