sábado, 15 de febrero de 2014

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO: LOS AUTOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN QUE DEBIÓ CUMPLIR Y NO CUMPLIÓ EL GOBIERNO DE ARAGÓN.



Con los ecos todavía del debate de convalidación del Decreto-ley 1/2014 en el Pleno de las Cortes de Aragón de este pasado jueves, y al objeto de constatar si el Gobierno de Aragón ha dado o no cumplimiento a los autos de ejecución dictados por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón con fecha 11 de julio de 2013, para proceder a la ejecución de las sentencias que anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011 aprobadas por el Gobierno de Aragón, basta con leer el contenido de los mandatos judiciales dirigidos al Ejecutivo autonómico y lo que éste aprobó mediante el referido Decreto-ley, ya convalidado por las Cortes de Aragón.

En el incidente de ejecución forzosa promovido por esta Asociación para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010, que anuló el Decreto 67/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón adoptó, con fecha 11 de julio de 2011, la siguiente resolución judicial en forma de Auto:


LA SALA ACUERDA: Requerir al Gobierno de Aragón para que adopte todas las medidas necesarias a los efectos de que en el plazo de SEIS MESES se apruebe un nuevo Decreto de la Oferta de Empleo Público complementario del Decreto 67/2007, de 8 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, que incluya todas las plazas vacantes a fecha 31 de diciembre de 2006 cubiertas por funcionarios interinos, salvo aquellas que se prevea su efectiva amortización y las que estén reservadas a funcionarios de carrera con destino definitivo. Pudiendo la Administración aprobar un único Decreto complementario que incluya dicha oferta de empleo público y la de 2011, objeto de la ejecución seguida ante esta misma Sala con el número 1/2013. Sin costas”.


Asimismo, en el incidente de ejecución forzosa promovido para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012, que anuló la Oferta de Empleo Público para el año 2011 aprobada por el Gobierno de Aragón, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón adoptó, con fecha 11 de julio de 2011, la siguiente resolución judicial en forma de Auto:



“LA SALA ACUERDA: Requerir al Gobierno de Aragón para que adopte todas las medidas necesarias a los efectos de que en el plazo de SEIS MESES se apruebe un Decreto de la Oferta de Empleo Público complementario del Decreto 83/2011 de 5 de abril y al Decreto 133/2011 de 14 de junio por los que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2011 que incluya todas las plazas vacantes a 31 de diciembre de 2010 y cubiertas por funcionarios interinos, salvo aquellas que se prevea su efectiva amortización y las que estén reservadas a funcionarios de carrera con destino definitivo. Sin costas”.


 

Ambos Autos fueron notificados con fecha 15 de julio de 2013, por lo cual la terminación del plazo de SEIS MESES concedido al Gobierno de Aragón concluía el 15 de enero de 2014. In extremis, se publicaba en el Boletín Oficial de Aragón de 15 de enero de 2014 el Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas para la ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012. 
 

El incumplimiento de los autos resulta manifiesto, pues no estamos ante la aprobación de los Decretos complementarios, sino ante un Decreto-ley, norma que nada tiene que ver con lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón –y que encubre por sí misma el incumplimiento formal y material de los autos, al utilizar una norma inicialmente inatacable para los Tribunales-, y cuyo contenido no recoge las previsiones que debieran contemplar los citados Decretos complementarios, como la distribución de plazas a convocar de las diferentes Escalas o Clases de especialidad de funcionarios públicos. 

 

Basta la mera lectura del artículo 1 del Decreto-ley aprobado, en el que se establece la aprobación futura –sin determinar plazo- por el Gobierno de Aragón de los referidos Decretos complementarios para constatar el incumplimiento manifiesto de los autos judiciales. Tales Decretos son los que debía aprobar el Gobierno, acatando y dando cumplimiento a las resoluciones judiciales, y no en virtud de la aplicación futura de un Decreto-ley que se otorga a sí mismo el Gobierno de Aragón, modificando plazos y fijando un número global de plazas, que al quedar definido por Ley, resulta vinculante para todos, incluido el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

 

Como puede comprobarse, el propio artículo 1 del Decreto-ley reconoce que los Decretos complementarios se hayan pendientes de aprobación: ”el Gobierno de Aragón aprobará los Decretos de Oferta de Empleo Público complementarios de los Decretos 67/2007, de 8 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, y 83/2011, de 5 de abril y 133/2011, de 14 de junio, por los que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2011”. 


Si se hallan pendientes de aprobación, eso significa que la sentencia se halla pendiente de ejecución, habiéndose incumplido sus términos temporales y materiales. Ese incumplimiento manifiesto es el que el Gobierno quiso que se convalidase y respaldase por las Cortes de Aragón, instrumentalizando con ello al Parlamento en su desafío al cumplimiento de sentencias judiciales.

 

4 comentarios:

Anónimo dijo...

El asunto está perfectamente claro.

Anónimo dijo...

lo que está claro son las directrices politicas-de quién sea - para intentar evitar cumplir la sentencia en contenido y en plazos,
¡¡¡¡¡¡atención a lo que diga el TSJA!!!

Anónimo dijo...

¿Y qué me decís de la excusa de que necesitaban tiempo para determinar el número de plazas?
¿No estaba ya claro durante el proceso en la documentación que han manejado los distintos tribunales? ¿No solicitaron los jueces esa información en su momento, o al menos antes del incidente de ejecución?

Anónimo dijo...


La Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón a través del Servicio Aragonés de Salud, motivado por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y referida a la oferta de empleo de 2010 y a plazas vacantes que no se llegaron a ofertar estando ocupadas por personal interino o en situación de promoción interna temporal, convocará 1.364 plazas a distribuir entre 29 categorías profesionales.

Dichas categorías profesionales ofertadas coinciden con la existencia de plazas vacantes a fecha 31-12-2010 y que no son susceptibles de amortización efectiva ni reservadas a personal fijo con destino definitivo, tal y como ordena la mencionada sentencia.

Las convocatorias de esas plazas se llevarán a cabo a lo largo del ejercicio 2015 para no coincidir con el proceso selectivo que se está ejecutando en este año 2014 de 719 plazas correspondientes a las ofertas de 2010 y 2011 no convocadas en su momento por gobiernos anteriores.

HA.