A lo largo de la presente semana, desde
la Asociación
nos hemos dirigido al conjunto de los responsables de Educación de las
diferentes Comunidades Autónomas para insistirles en la necesidad de aprobar
Oferta de Empleo Público para personal docente no universitario en 2014, y
realizar los procesos selectivos de manera coordinada en el conjunto del
Estado, dando con ello cumplimiento a lo previsto en el Estatuto Básico del
Empleado Público y, en su caso, dentro de los márgenes autorizados por la Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2014.
Sorprende la actitud de ciertos
responsables –como fue el caso de la Consejera del Gobierno de Aragón, Dolores Serrat,
en un momento inicial-, capaces de sostener la inoportunidad de convocar procesos
selectivos dado el reducido número de plazas que resulta de la aplicación de
las tasas de reposición establecidas. ¿Cómo es posible que las tasas de
reposición no solo no se ajusten a las necesidades reales de personal ni
respeten lo señalado en el Estatuto Básico del Empleado Público, sino que además
sirvan de coartada final para no aprobar Oferta de Empleo Público? Hay quien
confunde la calidad de un derecho con la cantidad de las plazas que permitan
ejercerlo. Nada autoriza a privar del disfrute del derecho a un conjunto de
ciudadanos por la apreciación subjetiva sobre el volumen de plazas que corresponde
ofertar.
Un Gobierno no está más o menos
obligado a aprobar una Oferta y desarrollar un proceso selectivo según el número
de plazas que corresponda ofertar. No estamos ante una cuestión de número, sino
de calidad. La lesión del derecho fundamental es la misma en cualquier caso,
pues no se califica en función del número de personas afectadas sino en función
del cumplimiento o no de las obligaciones legales que corresponden al Gobierno.
Ese sencillo mensaje es el que
pretendemos trasladar al conjunto de responsables de Educación de las distintas
Comunidades Autónomas, con independencia de que sigamos trabajando para que el
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas abandone el antijurídico
sistema de las tasas de reposición de efectivos, por el que se lleva a cabo el
vaciamiento del régimen de acceso establecido por el Estatuto Básico del
Empleado Público y el menoscabo del contenido esencial del derecho fundamental de acceso a la función pública.
Se reproduce a continuación el texto íntegro
del escrito dirigido al Consejero de Educación de la Comunidad Autónoma
de Castilla y León:
“Excmo. Sr. Consejero
Consejería de
Educación
Av. Monasterio
de Nuestra Señora del Prado, s/n.
47014-
Valladolid
Zaragoza, 13 de febrero de 2014.
Estimado
señor:
Como
presidente de la Asociación
para la Defensa
de la Función Pública
Aragonesa, inscrita en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma
de Aragón, con nº 01-Z-1989-2007, dedicada a la promoción y defensa de los principios constitucionales
que ordenan la función pública, como son los de legalidad, profesionalidad y
ética pública, deseo expresarle nuestra preocupación por el respeto del derecho
de acceso a la función pública en el conjunto de nuestras Administraciones
Públicas y solicitarle la adopción de las medidas necesarias para asegurar su
pleno ejercicio en el ámbito de la Administración educativa de esa Comunidad
Autónoma.
Constitución
Española ha venido a configurar, en su artículo 23.2, el derecho de acceso a la
función pública como un derecho fundamental, cuya realización debe ser
garantizada por el conjunto de los poderes públicos, a través de la aprobación
de la Oferta
anual de empleo público y del desarrollo de los correspondientes procesos
selectivos, en los términos establecidos, con carácter vinculante para el
conjunto de las Administraciones, en el Estatuto Básico del Empleado Público y
en las normas especiales que le sirven de desarrollo en cada ámbito de la Administración
Pública. En dicha Oferta, de acuerdo con lo señalado en la Sentencia de 29 de
octubre de 2010 del Tribunal Supremo, han de incluirse la totalidad de las
plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, salvo que se decida su
amortización. La no aprobación de la
Oferta de Empleo Público o la no inclusión de las plazas que
señala el Estatuto Básico del Empleado Público ha de considerarse, a la vista
de lo señalado por el Tribunal Supremo, como una vulneración del derecho
fundamental de acceso a la función pública del que son titulares los
ciudadanos.
Las
altas tasas de interinidad que se registran en la actualidad en la práctica
totalidad de las Administraciones Públicas son la prueba más evidente del
elevado grado de incumplimiento del régimen de selección de personal, que se
concreta tanto en la vulneración del derecho de acceso de los ciudadanos como
en el deterioro progresivo de la función pública, ya que la falta de
estabilidad del personal repercute negativamente en todos los ámbitos de
ordenación del sistema de empleo público, al estar éste diseñado a partir del
principio de fijeza o inamovilidad propio del funcionario de carrera. Es igualmente
constatable que las condiciones de precariedad en el empleo son un factor que
incide de manera negativa en la calidad de los servicios públicos y en el
desempeño de las funciones propias del personal funcionario.
Dado que el derecho fundamental de acceso a la
función pública se reconoce por la Constitución a todos los ciudadanos y vincula a
todas las Administraciones Públicas, desde esta Asociación hemos querido
dirigirnos a todos los responsables de Educación de las diferentes Comunidades
Autónomas, para recordarles la obligatoriedad de aprobar la correspondiente
Oferta de Empleo Público, en el marco del ordenamiento jurídico que regula el
régimen de selección del personal docente. Entendemos que todos los
responsables políticos de las Administraciones educativas de las respectivas
Comunidades Autónomas debieran asegurar de manera coordinada el correcto
funcionamiento de dicho sistema de selección, sin olvidar no obstante el
derecho que asiste a cualquier ciudadano a acceder a los puestos de trabajo de
cualquier Administración Pública, conforme a los principios de igualdad, mérito
y capacidad.
Corresponde
al Gobierno de esa Comunidad Autónoma la aprobación de la Oferta de Empleo
Público correspondiente a 2014, en los términos que marca el Estatuto Básico
del Empleado Público o, en su caso, en las condiciones autorizadas por la Ley de Presupuestos Generales
del Estado para 2014, a
pesar de que esta Asociación considera que las tasas de reposición previstas en
esta Ley lesionan indebidamente el contenido esencial del derecho fundamental
de acceso a la función pública.
Por todo ello, y en ejercicio del derecho
fundamental de petición que reconoce el artículo 29 de la Constitución
Española, le solicitamos que impulse la aprobación de oferta
de personal docente no universitario correspondiente a 2014 en el ámbito de esa
Comunidad Autónoma, asumiendo un claro compromiso para garantizar la
efectividad del derecho de acceso a la función pública y corregir las tasas de
interinidad existentes en la
Administración educativa.
Agradeciéndole
de antemano su atención, reciba un atento saludo.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
4 comentarios:
Buena iniciativa la de comprometer a todos los responsables de Educación en España. Y al Minsisterio? Y al Consejo Escolar del Estado?
Comentario:
Nos mandan un mensaje de tranquilidad a los opositores cuando muchos de nosotros en estos momentos no sabemos ni qué especialidad preparar? ¿Ahora resulta que va a haber dos años seguidos de oposición de ciertas especialidades? ¿O tal vez sea en el 2016? Esto es ya el colmo de la crueldad y la falta de respeto. Sabían de esa sentencia y hasta tres veces la señora dijo que no. Sólo le deseo que duerma mejor que muchos de nosotros, "los respetados opositores".
Comentario:
ello supondrá un efecto llamada para toda España. El resto de comunidades autónomas con la excepción de Andalucía y Galicia, no van a sacar oposiciones este año y ello supondrá que todo el mundo se presentará en Aragón por lo que nuestras posibilidades de optar a una plaza serán mínimas o inexistentes. Los sindicatos solo quieren que salgan estas plazas sin importarles que sean de otras comunidades autónomas las personas que las cojan. ¿podemos hacer nosotros lo mismo en otras CCAA?...No, porque hay plazas perfiladas en euskera, catalán o gallego o, simplemente esperan a que todo el mundo convoque para evitar el "efecto llamada". Sinceramente !parecemos tontos!
Comentario:
Todas las plazas vacantes ocupadas por interinos deberian haber estado convocadas para echar instancia antes del 31 de Enero de 2014, y no lo van a hacer, han incumplido la Sentencia. Dimisiones YA
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