martes, 30 de abril de 2013

QUEJA AL JUSTICIA DE ARAGÓN POR LA FALTA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL GOBIERNO DE ARAGÓN EN 2012 Y 2013.



Esta Asociación va a dirigirse al Justicia de Aragón, así como al Defensor del Pueblo, para formular una queja por vulneración del derecho de los ciudadanos a acceder a la función pública que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución Española, dada la falta de aprobación de Oferta de Empleo Público en los años 2012 y 2013, sin perjuicio de previsiones parciales referidas al ámbito de educación y de administración local.

Tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón imponen la obligación de aprobar con carácter anual una Oferta de Empleo Público que incluya, necesariamente, la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos. La falta de inclusión de éstas motivó precisamente la anulación de las Ofertas de 2007 y 2011, por sendas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, aún pendientes de ejecución, si bien esta Asociación ha instado del TSJA la ejecución forzosa de las mismas, ante la pasividad mostrada por el Departamento de Hacienda y Administración Pública.

NI los ajustes presupuestarios ni la grave crisis económica que padece nuestro país son razón suficiente para suspender el respeto y la vigencia de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, entre los que se encuentre el de acceso a la función pública en condiciones de igualdad y en los términos previstos en la ley. Dichos términos legales son, precisamente, que anualmente se apruebe la correspondiente Oferta de Empleo Público, incluyendo la totalidad de las plazas ocupadas por interinos.

El respeto de las condiciones de acceso a la función pública no está reñido en absoluto con el redimensionamiento de las Administraciones Públicas o la reducción de efectivos. La Oferta de Empleo Público ordena el acceso a la función pública, no su tamaño. El número de puestos de trabajo de que se dota la Administración –su volumen- se determina en el momento de la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, siendo dicho instrumento el que podrá determinar la innecesariedad de ciertos puestos y proceder a su supresión o a declararlos a amortizar, suprimiéndose en el momento en que se produzca el cese de sus titulares. Una Administración como la aragonesa que, en los últimos meses, ha procedido a la revisión de sus relaciones de puestos de trabajo ha de entenderse que tiene perfectamente fijadas sus necesidades de personal.

Una vez determinado el número y calidad de los funcionarios precisos para asegurar el funcionamiento de los diferentes servicios públicos, ha de asegurarse que la selección de dicho personal se realice conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, garantizando el derecho de acceso que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución a todos los ciudadanos españoles y, en la mayor parte de los casos, también a los de los restantes Estados de la Unión Europea.

Por lo tanto, los ajustes presupuestarios han de incidir en la dimensión o número de plazas de que se dotan las Administraciones, pero no pueden suspender las garantías constitucionales del régimen de acceso a la función pública, máxime en una situación de paro como la existente actualmente, pues la congelación de la Oferta de Empleo supone una vulneración del derecho al trabajo en el sector público que corresponde a todos los ciudadanos, tras superar los procesos selectivos en los que demostrar el correspondiente mérito y capacidad.

No es tolerable que por parte de los responsables de las Administraciones Públicas se justifique la paralización del acceso a la función pública por razones económicas, cuando informes de instituciones como el Justicia de Aragón o el Defensor del Pueblo han alertado de manera reiterada sobre las elevadas tasas de interinidad existentes en el sector público, cuya precariedad laboral además sirve para debilitar la posición del funcionario frente al poder político e incrementar los riesgos de arbitrariedad, abusos y corrupción. Garantizar el régimen de acceso a la función pública no es sólo respetar el derecho de los ciudadanos a incorporarse a la función pública, sino asegurar el modelo constitucional de Administración Pública, llamada a servir con objetividad los intereses generales y actuar con pleno sometimiento a la ley y al derecho.

La no aprobación de Oferta de Empleo Público y la precarización laboral del personal de las Administraciones Públicas constituye uno de los más graves menoscabos al Estado de Derecho, tanto en lo que se refiere a la garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos como al debilitamiento del principio de legalidad al que ha de someterse la actuación de las Administraciones y que ha de quedar garantizado por los funcionarios públicos.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy bien planteado. No hay que desistir

Anónimo dijo...


Aparecido en la edición digital de Heraldo de Aragón:

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa va a dirigirse al Justicia de Aragón y al Defensor del Pueblo para formular una queja por la falta oferta de empleo público del Gobierno de Aragón en los últimos años.

La asociación considera una vulneración del derecho de los ciudadanos a acceder a la función pública -que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución Española-, el que no se aprobase la Oferta de Empleo Público en los años 2012 y 2013.

Tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón imponen la obligación de aprobar con carácter anual una Oferta de Empleo Público que incluya, necesariamente, la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos. "La falta de inclusión de éstas motivó precisamente la anulación de las Ofertas de 2007 y 2011, por sendas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, aún pendientes de ejecución", aseguran desde la asociación.

La plataforma en defensa del empleo público presentará la queja ante el Justicia dado que "Ni los ajustes presupuestarios ni la grave crisis económica que padece nuestro país son razón suficiente para suspender el respeto y la vigencia de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, entre los que se encuentra el de acceso a la función pública en condiciones de igualdad y en los términos previstos en la ley". Dichos términos legales son, según señalan, que anualmente se apruebe la correspondiente Oferta de Empleo Público, incluyendo la totalidad de las plazas ocupadas por interinos.

Reducción de efectivos
La asociación considera además que el respeto a las condiciones de acceso a la función pública no está reñido con el redimensionamiento de las Administraciones Públicas o la reducción de efectivos. "La Oferta de Empleo Público ordena el acceso a la función pública, no su tamaño", explican. "El número de puestos de trabajo de que se dota la Administración se determina en el momento de la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, siendo dicho instrumento el que podrá determinar la innecesariedad de ciertos puestos y proceder a su supresión o a declararlos a amortizar, en el momento en que se produzca el cese de sus titulares".

Por último, los reclamantes señalan en una nota de prensa que el Justicia de Aragón y el Defensor del Pueblo ya alertaron sobre las elevadas tasas de interinidad existentes en el sector público, "cuya precaria situación laboral sirve para debilitar la posición del funcionariado frente al poder político e incrementar los riesgos de arbitrariedad, abusos y corrupción". A su parecer, la no aprobación de Oferta de Empleo Público y la precarización laboral del personal de las Administraciones Públicas constituye "uno de los más graves menoscabos al Estado de Derecho, tanto en lo que se refiere a la garantía de los derechos fundamentales como al debilitamiento del principio de legalidad al que ha de someterse la actuación de las Administraciones y que ha de quedar garantizado por los funcionarios públicos".

Anónimo dijo...


TAmbién la agencia EFE:

Zaragoza, 30 abr (EFE).- La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa va a presentar una queja ante el Justicia de Aragón y el Defensor del Pueblo por la falta de aprobación de Oferta de Empleo Público en los años 2012 y 2013.
En una nota de prensa, la asociación recuerda que tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón imponen la obligación de aprobar con carácter anual una Oferta de Empleo Público que incluya, necesariamente, la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos.
La falta de inclusión de éstas motivó precisamente la anulación de las Ofertas de 2007 y 2011, por sendas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, aún pendientes de ejecución aunque la asociación ha instado del TSJA la ejecución forzosa de las mismas.
Indican que "ni los ajustes presupuestarios ni la grave crisis económica" son razón suficiente para suspender el respeto y la vigencia de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, entre los que se encuentre el de acceso a la función pública en condiciones de igualdad y en los términos previstos en la ley.
Y dichos términos legales son, precisamente, "que anualmente se apruebe la correspondiente Oferta de Empleo Público, incluyendo la totalidad de las plazas ocupadas por interinos".
Añaden que el respeto de las condiciones de acceso a la función pública "no está reñido en absoluto con el redimensionamiento de las administraciones públicas o la reducción de efectivos", sino que las ofertas de empleo público "ordenan el acceso a la función pública, no su tamaño".
Una vez determinado el número y calidad de los funcionarios precisos para asegurar el funcionamiento de los diferentes servicios públicos, ha de asegurarse que la selección de dicho personal se realice conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, garantizando el derecho de acceso que reconoce la Constitución a todos los ciudadanos españoles, se indica en la nota.
Por lo tanto, los ajustes presupuestarios "han de incidir en la dimensión o número de plazas de que se dotan las administraciones, pero no pueden suspender las garantías constitucionales del régimen de acceso a la función pública, máxime en una situación de paro como la existente actualmente".
Así, aseguran que la congelación de la oferta de empleo supone "una vulneración del derecho al trabajo en el sector público que corresponde a todos los ciudadanos, tras superar los procesos selectivos en los que demostrar el correspondiente mérito y capacidad".
Además, alertan de que las altas tasas de interinidad existentes en el sector público sirven "para debilitar la posición del funcionario frente al poder político e incrementan los riesgos de arbitrariedad, abusos y corrupción". EFE

Anónimo dijo...


Enhorabuena, por el eco obtenido.

Anónimo dijo...

a lo mejor hacen algo de caso si esto sale en prensa