lunes, 11 de enero de 2016

ESCRITO AL JUSTICIA DE ARAGÓN SOBRE SENTENCIA JUDICIAL QUE OBLIGA A AMPLIAR OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2015 DEL GOBIERNO DE ARAGÓN.



La pasada semana nos dirigimos al Justicia de Aragón para informarle de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en relación al recurso promovido por esta Asociación contra la Oferta de Empleo Público para 2015, aprobada por el Gobierno de Aragón, con el fin de que tuviese conocimiento del contenido del fallo y de las razones esgrimidas por el Tribunal para dicho pronunciamiento, y, al mismo tiempo, para que valorase la oportunidad de recomendar al Gobierno de Aragón la expresa aceptación de la sentencia recaída –sin formular recurso judicial alguno frente a la misma, con la consiguiente demora de su firmeza y ejecutividad- y ejerza un papel activo en la defensa del derecho de acceso a la función pública en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Valorando positivamente el papel desempeñado tanto por el Defensor del Pueblo como del Justicia de Aragón y demás Defensores autonómicos, hemos de constatar igualmente la necesidad de una mayor implicación por parte de tales instituciones en la exigencia de respeto al derecho de acceso a la función pública, pues el sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho ha de comenzar por su propia organización y selección de personal, de manera que la profesionalidad de sus miembros constituya la mejor garantía de calidad e imparcialidad de su actividad.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido al Justicia de Aragón:

Excmo. Sr. Justicia de Aragón
C/ Don Juan de Aragón, 7
50071-Zaragoza

Zaragoza, 8 de enero de 2016.

Estimado señor:

En mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, deseo informarle de la reciente resolución judicial adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón respecto a la impugnación por nuestra parte de las ofertas de empleo público para 2015 aprobadas por el Gobierno de Aragón y que declara contrarias a Derecho por omitirse en ellas la totalidad de las plazas vacantes cubiertas por funcionarios interinos, inclusión que no puede verse restringida por las previsiones presupuestarias.

Esta sentencia obliga al Gobierno de Aragón a modificar los Decretos de Oferta aprobados el 5 de mayo de 2015, para incluir en los mismos aquellas plazas de los diferentes ámbitos de la Administración de la Comunidad Autónoma (administración general, administración educativa y administración sanitaria) cubiertas por personal interino.

Es la cuarta vez que los Tribunales declaran contraria a Derecho una Oferta de Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón, al no incluir en la misma la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por interinos, de acuerdo con lo que exigen tanto el artículo 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Público como el artículo 7.4 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. El Tribunal Supremo anuló la Oferta de Empleo Público de 2007 y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo declarado por el Tribunal Supremo, ha anulado las Ofertas de Empleo Público de 2010 y 2011 y, con la nueva sentencia, la de 2015. Se hallan asimismo pendientes de resolución las impugnaciones formuladas frente a las ofertas de 2013 y 2014.

La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Aragón reitera las razones que motivaron ya las anteriores anulaciones, entendiendo obligado el respeto de la inclusión de plazas ocupadas por interinos que exigen tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley aragonesa de función pública, pues el incumplimiento de dichos preceptos suponen una lesión directa del derecho fundamental de acceso a la función pública que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución Española. Como señaló en su día el Tribunal Supremo, y reitera ahora el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, “no hay mayor negación del derecho consagrado en el artículo 23.2 de la Constitución que la negación de los procesos públicos de selección legalmente establecidos”.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón considera que es posible una interpretación de las normas en conflicto –como son las leyes presupuestarias y el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley aragonesa de función pública- adecuada al respeto del artículo 23.2 de la Constitución Española. Señala el Tribunal: “Si la Administración amparándose en esa prohibición de incorporación de nuevo personal, no tuviese la obligación de incorporar las plazas de interinos, estaría –como se dice en la demanda- desnaturalizando la estructura de nuestro sistema de incorporación en condiciones de mérito e igualdad a la función pública, permitiendo que el personal interino se mantenga indefinidamente en su puesto de trabajo, sin permitir que adquiera la condición de funcionario quien tiene más mérito y capacidad y así lo acredita en un proceso en condiciones de igualdad”. Con ello se estaría convirtiendo en ordinaria la provisión del puesto por interino, cuando es claramente extraordinaria. Han de respetarse las condiciones de acceso a la función pública para evitar el abuso de la figura del interinaje.

Esta Asociación se ha dirigido al Consejero de Hacienda y Administración Pública, como responsable de función pública, para solicitarle que no se plantee recurso de casación ante el Tribunal Supremo, con el único fin de retrasar la firmeza y efectividad del fallo judicial, y que se proceda a la correcta ejecución de la sentencia dictada, asegurando con ello el pleno restablecimiento del derecho de acceso a la función pública dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Consideramos oportuno, desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, que por parte de esa Institución, a la que corresponde la defensa y protección de los derechos de los ciudadanos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, se valore la oportunidad de recomendar al Gobierno de Aragón la aceptación del fallo judicial recaído y su oportuna ejecución, en los términos señalados por el Tribunal, de manera que se subsanen las carencias propias de la Oferta de Empleo Público aprobada en su día y se restablezca el pleno respeto al derecho fundamental de acceso a la función pública.

Agradeciendo de antemano su atención, reciba nuestro más atento y respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa

1 comentario:

Anónimo dijo...


HUESCA.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha resuelto el recurso planteado por la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, contra la oferta de empleo público de 2015 en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma, del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Aragonés de Salud.

diario del altoaragón