jueves, 4 de junio de 2015

DOCUMENTO DE PROPUESTAS DE BUEN GOBIERNO Y BUENA ADMINISTRACIÓN PARA LA IX LEGISLATURA DE LAS CORTES DE ARAGÓN: ENTREGA 1.



De acuerdo con lo previsto, proseguimos la publicación de los contenidos del Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración, con el fin de que todas las personas interesadas en realizar aportaciones o críticas al mismo, puedan formular las mismas mediante correo a la dirección asocfuncionpublica@yahoo.es. o a través de comentarios en el propio blog.

En esta primera entrega del documento se incluyen las tres primeras medidas correspondientes al bloque de Propuestas de Buen Gobierno, apartado “Organización institucional y calidad de las instituciones”.


Calidad institucional.

El primer objetivo en toda estrategia de buen gobierno es identificar los factores que definen tal dimensión en el ejercicio de las funciones y potestades públicas y evaluar el desempeño de cada una de las instituciones existentes, para detectar insuficiencias e impulsar programas y medidas de mejora. El buen gobierno es ingrediente básico de una cultura democrática sólida y es, además, el principal factor para generar una cultura cívica fuerte y facilitar el desarrollo social y económico de un país.

La calidad del desempeño institucional ha de ser una preocupación y un objetivo compartido por todos, por los poderes públicos y por el conjunto de la sociedad. De ahí también la importancia de establecer mecanismos para su medición, y en el caso del Estado autonómico español, el interés de medir el grado de calidad institucional o buen gobierno de sus diferentes niveles de gobierno, tanto estatal como autonómico, posibilitando con ello conocer la concreta situación de cada Comunidad Autónoma en relación con las otras, en terrenos tan fundamentales como la rendición de cuentas, la eficacia de gobierno, la calidad normativa, el imperio de la ley o el control de la corrupción, todos ellos indicadores utilizados por el Banco Mundial desde hace dos décadas para evaluar la calidad de las instituciones de más de 200 países y territorios.

Por lo tanto, resulta oportuno elaborar de manera periódica un informe que analice la calidad institucional, tarea que debiera encomendarse a una entidad de estudio con competencia y objetividad acreditadas.

Revisión del Estatuto de Autonomía de Aragón.

El contenido actual del Estatuto de Autonomía de Aragón (2007) requiere una revisión crítica que depure sus contenidos, subsanando carencias en su articulado, corrigiendo deficiencias en su regulación y eliminando todas aquellas previsiones de dudosa constitucionalidad.

No es posible aspirar al buen funcionamiento del Estado de las Autonomías si los Estatutos,  como normas institucionales básicas de cada Comunidad Autónoma y piezas esenciales en la articulación del Estado, recogen contenidos carentes de congruencia con la norma constitucional.

Frente a la tan demandada reforma constitucional, desde tantos sectores de la sociedad, sorprende la escasa demanda de una reforma del Estatuto de Autonomía, para eliminar todas sus incongruencias jurídicas y políticas y corregir sus insuficiencias o excesos, empezando por la desmedida apelación a la historia en su Preámbulo.

Entre las carencias es posible señalar la falta de regulación del derecho a la buena administración –contenido recogido en la mayor parte de los restantes Estatutos de Autonomía- o del derecho de petición a las Cortes de Aragón –facultad de los ciudadanos recogida en el artículo 77 de la Constitución Española respecto a las Cortes Generales-, objeto de una insuficiente regulación en el reglamento parlamentario. Es posible observar también una mala articulación entre Gobierno y Administración, pues ni al Gobierno se atribuye la dirección de la Administración ni al regular ésta se señala que actuará bajo la dirección del Gobierno. No es posible resolver errores u omisiones de tal calado en leyes autonómicas de desarrollo, como son la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón o la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma

El Estatuto de Autonomía está dirigido a ordenar las instituciones autonómicas y a definir sus diferentes competencias, dentro del marco constitucional diseñado. No obstante, son muchos los contenidos que chocan con los límites constitucionales, tanto en el enunciado de las pretendidas competencias exclusivas –cuando se trata en muchos casos de competencias compartidas, en las que corresponde al Estado la aprobación de la legislación básica- como en la ordenación, por ejemplo, del Poder Judicial en Aragón – abordando el Tribunal Superior de Justicia de Aragón o el Ministerio Fiscal-, pese a carecer la Comunidad Autónoma de competencia para ello.

Expresamos igualmente nuestro rechazo a la cláusula de reconocimiento de derechos históricos de Aragón, ya que supone un elemento contrario a la soberanía nacional como única fuente de legitimidad del ordenamiento jurídico estatal y autonómico, cuya pretensión de desarrollo en las dos últimas legislaturas ha dado lugar a iniciativas legislativas completamente disparatadas.

Por último, creemos que los Estatutos no deben incorporar contenidos orientados exclusivamente a recoger reivindicaciones frente a otras Comunidades Autónomas, ya se trate de recursos naturales –como el agua- o culturales, como son el patrimonio artístico o la lengua. Con ello los Estatutos, pieza estructura de la organización del Estado, parecen convertirse en fuente de tensión y conflicto entre las Comunidades Autónomas, como un conjunto de “normas a la greña”, incapaces para articular de manera racional y eficiente la estructura territorial del Estado y para garantizar el correcto ejercicio de las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas.

Responsabilidad y lealtad institucional.

El correcto ejercicio de la misión asignada a cada institución pública constituye la principal obligación de todo responsable institucional o cargo público, para contribuir al aseguramiento de las libertades públicas, a la realización de los derechos de los ciudadanos y a la satisfacción del interés general,

El desempeño de las funciones ha de realizarse en el marco de los principios y deberes básicos que impone la ordenación del Estado social y democrático de Derecho y del Estado autonómico, desde el pleno convencimiento de que la realización de los objetivos del sistema político reside, en gran medida, en que cada institución cumpla su respectiva misión y lo haga desde el respeto a las restantes instituciones y en colaboración con ellas.

Un claro ejemplo del deber de lealtad institucional es el cumplimiento por parte de las Administraciones de la obligación de facilitar al Justicia de Aragón la información solicitada en el ejercicio de su labor de protección de los derechos de los ciudadanos, o de rendir las cuentas relativas a la ejecución presupuestaria a la Cámara de Cuentas de Aragón.

El estado de cumplimiento del amplio número de deberes de colaboración entre las instituciones aconsejaría establecer un mecanismo de seguimiento y análisis por parte de alguna Comisión permanente de las Cortes de Aragón o del propio Justicia de Aragón, para destacar la importancia que dicha lealtad reviste en la construcción y funcionamiento de nuestro modelo constitucional de separación y descentralización del poder político.

Otro ejemplo esencial de lealtad lo constituye la remisión a las Cortes de Aragón por parte del Gobierno de Aragón de toda aquella documentación y antecedentes necesarios para el análisis de los Proyectos de Ley remitidos a la Cámara, como exige el artículo 122.1 del Reglamento de las Cortes de Aragón, aunque suprimido, de forma injustificada, en la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón de 2009. Es incomprensible que el deber de remisión al Parlamento de los antecedentes de todo Proyecto de Ley –previsto en el artículo 88 de la Constitución Española- no se contemple ni en el Estatuto de Autonomía de Aragón ni en la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón. Y que no se respete, siquiera, la previsión del Reglamento de las Cortes de Aragón, única norma que lo contempla.

La lealtad institucional debe impregnar las relaciones entre la Comunidad Autónoma y el resto de las instituciones públicas, y también entre las diferentes instituciones autonómicas y el conjunto de las administraciones públicas. Dicha lealtad ha de asegurarse en todo tipo de relaciones, pero muy en especial en el cumplimiento de los deberes respecto a los órganos de control externo,  como pueden ser el Justicia de Aragón o la Cámara de Cuentas de Aragón, y a los Tribunales de Justicia. Una lealtad que no solo exige respeto, sino sobre todo colaboración y apoyo para el respectivo desempeño de las funciones propias de cada órgano o institución.

11 comentarios:

Anónimo dijo...



Sería interesante una jornada para permitir una lectura crítica del actual Estatuto de Autonomía, cuyas lagunas y carencias son abundantes.

Anónimo dijo...

El servicio público coopta a un alto porcentaje de trabajadores en la gran mayoría de países. La literatura relativa a los trabajadores del sector público se ha centrado en explicar los factores que explican la decisión de un individuo de entrar a formar parte de un cuerpo de funcionarios o servidores públicos (Gabris y Simo, 1995; Buelens y Van den Broeck, 2007). Sin embargo, en los últimos años, nuestras investigaciones han prestado especial atención en los actuales trabajadores y trabajadoras. ¿Cómo asegurarse de que desarrollan sus carreras profesionales de la mejor manera posible? ¿Cómo lograr que encajen mejor en las organizaciones donde trabajan y alinear sus esfuerzos con los objetivos de dichas organizaciones? Estas complejas cuestiones confluyen en un tema común. ¿Qué motiva e interesa a los trabajadores públicos? Solo comprendiendo sus necesidades y sus deseos podremos lograr coordinarlos con las necesidades de sus organizaciones.

En este contexto, hemos llevado a cabo una investigación para determinar los valores de los trabajadores públicos aplicando el modelo triaxial (Dolan, 2011). El modelo triaxial distingue 60 valores claves para la expresión de la personalidad individual. Estos 60 valores se dividen en tres grandes ejes. El primero es el económico-pragmático y se refiere a los valores relacionados con la eficiencia, la producción o la consecución de los fines. El segundo eje es el ético-social y engloba las relaciones sociales, la cooperación, la familia, y conceptos como la justicia y la integridad. Finalmente, el tercer eje refleja la perspectiva emocional-desarrolladora y se refiere a valores como el amor, la pasión, la satisfacción, la empatía o la felicidad.

Partiendo de estos tres distintos ejes, hemos identificado los valores predominantes en una muestra de más de tres mil trabajadores públicos de Andalucía (España). Asimismo, hemos observado que ciertas variables influyen en las distintas configuraciones de los valores expresados por los trabajadores y las trabajadoras del sector público.

Resulta interesante ver cuáles son los cinco valores predominantes en nuestra muestra de estudio. Son la aceptación (emocional), la adaptabilidad (pragmático), la pertenencia (ético), el compromiso (ético) y la efectividad (pragmático).

Anónimo dijo...


En alguna ocasión ha recibido un documento de algún ministerio, Ayuntamiento u organismo público del que no ha entendido nada? ¿Se ha visto obligado a llamar a algún número de información o a un amigo para que se lo explicara? ¿Le han puesto delante un contrato del que no entendía las cláusulas o ni siquiera alcanzaba a leer la letra? ¿Recuerda algún folleto de algún producto o servicio del que difícilmente ha comprendido cuáles eran las condiciones?

Si la respuesta a una, o a todas las preguntas, es afirmativa, entonces en este país tenemos un auténtico problema con el lenguaje que utilizan para comunicarse con nosotros (es un decir) tanto la Administración y los organismos públicos como buena parte de las empresas de las que somos clientes

Anónimo dijo...


Los esfuerzos de Gobiernos como el británico para hacer sencillo el contacto con sus departamentos a través de la Red está a años luz de los que, si existen, realizan aquí el Gobierno español o las comunidades autónomas. Para comprobarlo, asómese al portal gov.uk y, luego, salte a casi cualquier otra página institucional española, desde la de Presidencia de Gobierno hasta la del Ministerio de Educación: textos con tamaños de letra ilegible, buscadores ineficientes, lenguaje oscuro…

Anónimo dijo...


Si un experto le habla a otro en lenguaje especializado, no es oscuro, sino técnico y preciso; pero quien hable en su jerga a un ciudadano común pretende hacer prevalecer su estatus de poder. No hay entonces intención comunicativa alguna, ni comprensión mutua. Es un acto de agresión simbólica.

Anónimo dijo...


Piden que sea obligatorio que ayuntamientos se sometan a auditorías externas.

Anónimo dijo...


Barcelona, 3 jun (EFE).- El presidente del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña (CCJCC), Daniel Faura, ha pedido hoy que los nuevos alcaldes se comprometan a establecer la obligatoriedad de la auditoría externa de las entidades públicas locales, como ya se hace en el sector privado.

Faura cree que se debería crear en Cataluña un organismo independiente, "como existe en otros países como Reino Unido o Portugal", constituido por la Sindicatura de Cuentas, con participación de las asociaciones y federaciones de municipios

"La información relacionada con la regulación de la transparencia debe ser accesible, medible, relevante, verificable, comprensible y útil para los ciudadanos", ha indicado el presidente del CCJCC.

Faura ha hecho esta petición ante el hecho de que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía, excluye de sus competencias la auditoría del sector público.

El presidente de los auditores catalanes ha advertido que solo mediante la rendición de cuentas públicas "transparente y responsable y que no se limite a cumplir obligaciones legales, se podrá construir y consolidar la confianza en el sector público".

También ha defendido una "rendición de cuentas efectiva, con órganos de control independientes que revisen de forma periódica y oportuna la información formulada por los entes públicos".

Faura ha recordado que los profesionales del sector reivindican desde hace tiempo "la aplicación de controles internos, normas y procesos" para garantizar una "buena administración y rendición de cuentas".

El presidente del CCJCC ha alertado de que estos controles no pueden tener como misión "obstaculizar ni asfixiar la imprescindible y obligada innovación que requiere una gestión moderna, sino facilitar y apoyar esta gestión" y ha defendido que los servicios públicos deben estar regulados por "reglas razonables" que permitan una "gestión orientada a resultados" en base a la eficiencia, la eficacia y la equidad.

Leer más: http://www.lavanguardia.com/politica/20150603/54431600797/piden-que-sea-obligatorio-que-ayuntamientos-se-sometan-a-auditorias-externas.html#ixzz3c57UjK1b
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Anónimo dijo...


¿Quiénes elaboraron el texto actual del Estatuto?

Anónimo dijo...


¿Conocemos los debates en las Cortes de Aragón?

Anónimo dijo...



El Gobierno de Aragón defenderá "siempre" el Estatuto y rechaza un hipotético trasvase del Ebro

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2453325/0/gobierno-aragon-defendera-siempre-estatuto-rechaza-hipotetico-trasvase-ebro/#xtor=AD-15&xts=467263

Anónimo dijo...


¿Qué os parece la propuesta nº 173 de PODEMOS que figura en su programa para Aragón?:

“Promover la reforma de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, para transformar esta institución en un verdadero ente de control de la Administración Pública. Se estudiará también la forma en que el Justicia de Aragón pueda ser elegido directamente por los ciudadanos.”