lunes, 22 de junio de 2015

ACATAMIENTO SUI GENERIS DE LA CONSTITUCIÓN EN LA SESIÓN CONSTITUTIVA DE LAS CORTES DE ARAGÓN: ¿FRIVOLIDAD O RESERVA MENTAL?



La Ley Orgánica de Régimen Electoral General, en su artículo 108.8, dispone que “en el momento de tomar posesión y para adquirir la plena condición de sus cargos, los candidatos electos deben jurar o prometer acatamiento a la Constitución, así como cumplimentar los demás requisitos previstos en las Leyes o reglamentos respectivos”. Este precepto tiene carácter básico y es de aplicación a todos los procesos electorales previstos en nuestro país, entre ellos las elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.

Dicho acto de acatamiento expreso de la Constitución, ya sea bajo la forma de juramento o promesa, se prevé en el Reglamento de las Cortes de Aragón, al regular su artículo 2 el desarrollo de la sesión constitutiva de la Cámara. El apartado tercero de dicho artículo señala: “el Presidente prestará y solicitará de los Secretarios y posteriormente, de los demás Diputados electos, el juramento o la promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía, a cuyo efecto serán llamados por orden alfabético”.

La sesión constitutiva de la IX Legislatura de las Cortes de Aragón tuvo lugar el pasado día 18 de junio, en la que tomaron posesión de sus escaños los diputados elegidos por los ciudadanos el 24 de mayo de 2015, y el acto de acatamiento a la Constitución por parte de muchos representantes vino matizado y apostillado con singulares o estrambóticas declaraciones, que permiten dudar de la verdadera voluntad de acatar la norma fundamental de nuestro ordenamiento jurídico, y por ello ponen en entredicho la legítima adquisición de la plena condición de parlamentario.

Resultaría impensable que el Rey o un nuevo funcionario de carrera que entrara a servir en cualquiera de las instituciones del Estado, en el momento de la requerida manifestación de acatamiento constitucional, formulasen reservas, matices o apostillas personales que generasen cualquier tipo de duda sobre la verdadera manifestación de voluntad realizada. Los mismos parlamentarios que se permiten apartarse de la fórmula prevista serían, seguramente, los primeros en censurar esa licencia por parte de los servidores del Estado.

¿Qué falla en nuestra democracia cuando los parlamentarios elegidos por los ciudadanos no son capaces de acatar la Constitución de manera clara e inequívoca, ahorrándonos extravagantes declaraciones de intenciones que solo vienen a deslucir y cuestionar el acatamiento exigido?

La Constitución contiene en su artículo primero el reconocimiento del pluralismo político, del que es ejemplo claro la diversa composición ideológica de los Parlamentos existentes en nuestro sistema institucional. La Constitución ampara la realización de políticas de muy diverso signo, y prevé los posibles procedimientos a seguir por quienes propugnen la modificación de alguno de sus contenidos. Por ello, consideramos fuera de lugar todas las explicaciones o declaraciones innecesarias que una parte significativa de los Diputados han incluido en su “acatamiento constitucional”, y que, en algún caso, obligarían a repreguntar: “¿Pero, al margen de eso, jura o promete respetar la Constitución?”.

Cualquier poder público –y hay que entender que éstos se hallan encarnados por sus titulares- ha de ajustar necesariamente su actividad a las reglas constitucionales, como norma jurídica fundamental, porque así lo exige la cláusula de Estado de Derecho. Ese respeto a la Constitución, donde se reconocen los derechos fundamentales de los ciudadanos indisponibles por los poderes públicos, es premisa fundamental para la convivencia democrática, algo que los miembros de cualquier Parlamento –incluidas las Cortes de Aragón- debieran considerar antes de banalizar la solemnidad del compromiso público –con toda la ciudadanía y con los restantes poderes del Estado- que constituye el acto de acatamiento constitucional.

15 comentarios:

Anónimo dijo...


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Cortes de Aragón

Sesión constitutiva de las Cortes de Aragón.

Sesión constitutiva de las Cortes de Aragón. Cortes de Aragón

Los 67 parlamentarios de las Cortes de Aragón han arrancado este jueves la IX legislatura tras celebrarse, según el guión previsto, la sesión constitutiva. Modesto Lobón ha sido el encargado de dar comienzo a la legislatura a las 11.00 desde el hemiciclo situado en el palacio de La Aljafería. Lo hacía en calidad de presidente de la Mesa de Edad, al ser el diputado electo de mayor edad. Junto a él estaban en la mesa el socialista Darío Villagrasa, el diputado electo más joven, y Maru Díaz, diputada electa de Podemos y la segunda parlamentaria más joven.

Villagrasa, con un aplomo inusual en alguien tan joven (tiene 22 años) que se ve en semejante responsabilidad, ha sido el encargado de leer, como establece el reglamento, el decreto de convocatoria de las elecciones, las disposiciones del Título I del reglamento y la relación alfabética de diputados electos.

Su intervención ha durado cerca de 15 minutos tras los cuales se ha pasado a los juramentos o promesas de todos los parlamentarios, empezando por los componentes de la Mesa de Edad.

Para este acto solemne se habían dispuesto, en una mesa situada a los pies del atril de intervenciones un ejemplar de la Constitución, uno del Estatuto de Aragón y una Biblia. Tras Lobón, Villagrasa y Díaz, todos los diputados han ido pasando para expresar, con las formas 'sí, prometo' o 'sí, juro', su compromiso con el cargo. Como se había especulado, todos los diputados de Podemos han modificado esta fórmula para añadir que trabajarán "por abrir procesos constituyentes que devuelvan la soberanía y los derechos sociales a la gente".

También han modificado la fórmula Gregorio Briz y José Luis Soro, de CHA. Además, los diputados Andoni Corrales, Nacho Escartín y Marta de Santos, de Podemos, y José Luis Soro, de CHA, han prometido su cargo utilizando el aragonés (en el caso de Soro solo en parte).

heraldo de aragon

Anónimo dijo...


La sesión ha comenzado con la formación de la Mesa de Edad, la lectura del Decreto de la Convocatoria de elecciones, las disposiciones del Reglamento y la relación de los nuevos diputados, 35 hombres y 32 mujeres, de los que 29 que repiten en el cargo y 38 son por primera vez parlamentarios. La diputada de IU, Patricia Luquin, ha manifestado su defensa de la república tras prometer el cargo y uno de los dos representantes de CHA, José Luis Soro, lo ha hecho en aragonés y defendiendo el autogobierno. Tras jurar o prometer como diputados, en estos momentos se procede a la elección de los miembros de la Mesa de las Cortes, órgano rector del Parlamento.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2492625/0/cortes-aragon-celebran-sesion-constitucion/#xtor=AD-15&xts=467263

Anónimo dijo...


El disfrute de las prerrogativas parlamentarias se encuentran sometidas a la condición de que los diputados y senadores adquieran la condición de parlamentarios, lo que se obtiene mediante un proceso en el que se encuentran la proclamación como candidato antes de la celebración de las elecciones, la proclamación provisional y definitiva del candidato electo, la verificación por la propia Cámara de las posibles causas de incompatibilidad o inelegibilidad, y finalmente, prestar juramento o promesa de acatamiento constitucional.

Es este último requisito el que plantea mayores problemas dada la forma con la que algunos parlamentarios han emitidos su juramento o promesa de acatamiento constitucional. A esta cuestión dedicaremos una breve reflexión en el punto siguiente.

El juramento o promesa de acatamiento constitucional debe expresarse claramente, bien en el acta de la constitución definitiva, o bien, en el caso de enfermedad o imposibilidad física, en una sesión posterior o mediante documento fehaciente dentro de los tres meses siguientes de la presentación de la credencial expedida por el correspondiente órgano de la Administración electoral.

Es este un requisito constitutivo para adquirir la condición plena de parlamentario, sin cuyo cumplimiento no se perfecciona jurídicamente tal condición de diputado o senador.

La cuestión que se ha planteado estriba en que algunos parlamentarios en vez de someterse a la fórmula de promesa o juramento constitucional, añaden por su cuenta coletillas tales como “juro y/o acato por imperativo legal” o fórmulas similares a éstas. En este sentido no debemos perder de vista que el Estado de Derecho esta arropado por una suerte de exigencias formales, que no formalismos, precisamente para da carta de naturaleza a la clausula de que los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico con mayor razón que los ciudadanos, tal como tiene reconocido el Tribunal Constitucional.

josé fernando merino

Anónimo dijo...


La cuestión volvió a plantearse en el recurso de Amparo Nº 2954/90 promovido por D. Jose Luis Elcoro Unamuno y dos senadores electos más, contra el acuerdo del Presidente del Senado de 2 de octubre de 1990. El Tribunal, en su Sentencia de 8 de abril de 1991, volvió a declarar válida la fórmula de promesa de los senadores electos de HB que habían utilizado también la coletilla “por imperativo legal”.

Si bien, en el primer caso, al no existir una fórmula expresamente recogida en el RC podría mantenerse, aunque con dudas, la tesis del Tribunal Constitucional, en el segundo caso, y siempre desde nuestro juicio, el Tribunal fue demasiado lejos, pues aquí, como hemos visto, el art. 11.2 RS contiene una fórmula inequívoca y literal, a pesar de lo cual el TC consideró que el aditamento por imperativo legal, no violentaba ni conculcaba el art. 11.3 RS. No puede ignorarse que la naturaleza y jerarquía del Reglamento de las Cámaras por estar directamente conectado con la Constitución tiene rango de Ley.

La consecuencia de todo lo expuesto es que para el TC la formula sacramental del juramento o promesa no es una formalidad constitutiva en el acceso de los parlamentarios a su condición plena de diputados o senadores, lo cual a nuestro juicio violenta el art. 108.8 de la ley Orgánica de Régimen Electoral General; además de haber dado lugar a proteicas manifestaciones de los parlamentarios en su jura o promesa constitucional.

La fórmula del Juramento de las Constituciones occidentales es siempre solemne e intangible, por lo que su incumplimiento supone la pérdida de la condición de parlamentario.

josé fernando merino

Anónimo dijo...


Una vez más, el Tribunal Constitucional prestó su impagable colaboración para que España siga siendo un país diferente y pintoresco. Parece que se trata de que no nos alejemos mucho del esperpento.
Así puestos, yo animaría a cada diputado y senador a que dijera su ocurrencia, aprovechando la solemnidad del momento y el público cautivo, a ver quién conseguía ser más ocurrente. “Con la expresa indicación de mi clara preferencia por las pelirrojas, y a pesar de cometer con ello clara discriminación respecto a las morenas y las rubias, juro…” podría ser por ejemplo una fórmula. Y se pueden discurrir muchas más, que dejarían las morcillitas de nuestros nacionalistas y las otras que hemos oído como insulsas y sin gracia.

Anónimo dijo...


Si me permiten opinar, no soy jurista, soy un simple ciudadano de a pie. Creo que en este mundo de los juristas, abogados, jueces, magistrado, etc. Creo que hay muy poco sentido común. Vamos a ver, todos los diputados juran por imperativo legal, entonces qué más da que añadan la coletilla, o no.
Si estoy equivocado espero que me ilustren.

Anónimo dijo...



no comparto que las cuestiones legales no tengan que ver con el sentido común. Tienen mucho que ver. En gran medida son lo deben ser la cristalización del sentido común, eso sí sobre una base compleja porque nuestra sociedad lo es.

Anónimo dijo...


Claro que las cuestiones legales tienen que ver con el sentido común. Es precisamente la falta de sentido común lo que hace que muchas sentencias sean arbitrarias e ilógicas.
En este caso, bajo mi punto de vista, la sentencia del Tribunal Constitucional si tuvo sentido común.

Anónimo dijo...


Los cargos tienen que jurar o prometer sujetarse a la legalidad, encabezada por la Constitución (que yo también quiero que se reforme, por cierto). Si aprovechas la ceremonia con público asegurado para hacer una declaración de amor a tu novia, una alabanza de tu suegra, o para expresar tu adhesión inquebrantable a la virgen de tu pueblo o a la Cofradía de la Alubia, en realidad estás demostrando muy poco respeto por ese acto solemne y su significado. Además de exhibir poco sentido del ridículo. Eso es lo que yo creo que es de sentido común.

Anónimo dijo...


Podemos discutir si es preciso o no este juramento, cuando en realidad la Constitución y en general, cualquier norma ha de ser cumplida por todos. Pero hete aquí que la ley exige en acto más de sometimiento a la norma a quienes van a desempeñar el cargo de parlamentario: la jura de la constitución, un compromiso especial de acatamiento. Y eso da igual cómo se diga o haga, siempre y cuando sea la declaración inequívoca y no induzca a confusión. Si yo digo, “sí, bueno, yo compraría…” no parece que quiera perfeccionar el contrato de compraventa; y si digo, “juro, por imperativo legal”, si no interpreto mal el castellano, estoy diciendo “juro porque quiero mi escaño (pero en el fondo no pienso cumplirla). Esta es la cuestión y no si uso una fórmula u otra.

Anónimo dijo...


Hay que aceptar la legalidad. Y luego, si quieres y puedes, por tener la mayoría suficiente, la cambias. Se me ocurren a bote pronto 45 o 50 cosas que no me gustan de la legalidad vigente, pero no se me ocurriría aburrir a nadie recitándole la lista si tuviera que hacer el juramento o promesa por acceder a un cargo público.

Anónimo dijo...


Aceptar significa estar de acuerdo en tu fuero interno. Y hay libertad de pensamiento. Jurar la Constitución conlleva respetarla y acatarla con todo lo que hay dentro. Tendrás que respetar al Jefe del Estado como tal y acatar su protección legal (administrativa, civil, penal..) ante terceros. Una vez diputado, y dentro de la ley, puedes manifestar tu disconformidad con la Constitución y promover su cambio, la forma de Gobierno del Estado, etc.

Anónimo dijo...



¿Quiénes fueron y qué dijeron? ¿Constará en acta?

Anónimo dijo...



La política en este país es un desmadre.

Anónimo dijo...


Los 67 diputados han jurado o prometido sus cargos, aunque los 14 de Podemos han utilizado como fórmula su compromiso de trabajar "por abrir procesos constituyentes que devuelvan la soberanía y los derechos sociales a la gente". Y tres de ellos lo han hecho en aragonés.

También los diputados de CHA han prometido su cargo, acatando la Constitución y el Estatuto de Autonomía (José Luis Soro ha prometido en aragonés defender los derechos y la libertad de la ciudadanía y trabajar por el autogobierno), mientras que la de IU, Patricia Luquin, lo ha hecho sin renunciar a sus principios republicanos.

efe