En
la tarde de ayer, en los locales de la Junta Municipal Centro del
Ayuntamiento de Zaragoza, tuvo lugar la reunión de la Junta Directiva de esta
Asociación, conforme a la convocatoria y el orden del día establecido, hecho público
a través de este blog.
Tras
la aprobación del orden del día y del acta de la reunión anterior, celebrada el
20 de mayo de 2014, el Presidente hizo un repaso a la actividad desarrollada por la Asociación
desde la anterior reunión de la Junta
Directiva, destacando la formalización del recurso
contencioso-administrativo frente a la Oferta de Empleo Público para 2014 de la Administración
General del Estado, ya admitida a trámite por la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
y la reciente comparecencia del Consejero de Hacienda y Administración Pública,
Javier Campoy, ante la correspondiente Comisión de las Cortes de Aragón, a
petición del Grupo Parlamentario Izquierda Unida, para analizar el contenido y
objetivos del Boletín estadístico de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma.
En
relación con el proceso judicial correspondiente a la Oferta de Empleo Público
del Estado, nos encontramos pendientes de que se nos dé traslado del expediente
administrativo, requerido ya por el Tribunal al Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, para poder, a la vista del mismo,
formular el escrito de demanda, en el que recoger los argumentos que nos llevan a
sostener la ilegalidad e inconstitucionalidad de dicha Oferta, al no respetarse
el contenido esencial del derecho de acceso a la función pública reconocido en
el artículo 23.2 de la Constitución
Española, y cuestionar la indebida aplicación de las tasas de
reposición de efectivos contempladas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, sin
conexión alguna con lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público. Se
expone por los asistentes la necesidad de que el debate de fondo –como es el
cuestionamiento de la idoneidad y licitud de las tasas de reposición de
efectivos- no quede circunscrito al proceso judicial, sino que se intente
trascender dicho ámbito, trasladando las razones de la Asociación a los
Subsecretarios de los diferentes Ministerios de la Administración
General del Estado, en cuanto responsables de la gestión de
personal en cada Departamento, así como a otras instituciones, como el Consejo
de Rectores de Universidades, recientemente posicionado en contra de la técnica
de las tasas de reposición, así como al Defensor del Pueblo y figuras análogas
existentes en las Comunidades Autónomas. El debate de la problemática del
acceso a la función pública no solo ha de ir dirigido a obtener una sentencia
favorable a nuestras tesis, sino también a convencer a los responsables de
personal de las distintas Administraciones e instituciones, así como a quienes
tienen como misión principal la defensa de los derechos fundamentales de los
ciudadanos.
Asimismo,
se valora positivamente el desarrollo de la comparecencia del Consejero de
Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón ante las Cortes de
Aragón para abordar las necesarias mejoras en la estructura y contenidos del
Boletín estadístico de personal, cuyas deficiencias actuales carecen de toda
justificación. Dado que el Consejero se mostró dispuesto a tomar en consideración
todas las propuestas de mejora que se le trasladen desde los diferentes Grupos
parlamentarios, se entiende oportuno por los asistentes dirigir un escrito a
todos los Grupos, con una relación de las principales mejoras que, a juicio de la Asociación, debieran
introducirse en dicho Boletín, con el fin de que cada Grupo pueda valorar la
oportunidad de trasladarlas como propias al responsable de Hacienda y
Administración Pública o, en el caso del Grupo Parlamentario Izquierda Unida,
como solicitante de la comparecencia, pueda promover una moción o proposición
no de ley para recabar la opinión general de la Cámara sobre las mejoras
necesarias. Consideramos que el Boletín
está llamado a ser un instrumento valioso de conocimiento de la realidad de la
función pública aragonesa –cosa que todavía no lo es- y un elemento
indispensable de control sobre la política de personal aplicada desde el
Gobierno de Aragón. Al margen de las sugerencias a realizar a los Grupos
Parlamentarios, se considera igualmente útil solicitar del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas la confección de anexos autonómicos más
amplios en su actual Boletín estadístico y la coordinación de boletines de
otras Administraciones Públicas, para asegurar que todos ellos se confeccionan
con iguales criterios y metodología.
Por
último, dentro de este apartado de información, se da cuenta de las recientes comunicaciones
remitidas por el Justicia de Aragón en relación con algunas de las quejas
planteadas, como la adjudicación de primeros destinos al personal funcionario
de nuevo ingreso en puestos reservados ocupados por interinos o la posible
impugnación ante el Tribunal Constitucional de las limitaciones al derecho de
acceso a la función pública contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2014.
Seguidamente,
y de acuerdo con el orden del día establecido, se entra en el análisis del
Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón, recientemente aprobado por el
Gobierno de Aragón y actualmente en tramitación en las Cortes de Aragón. Dicho
análisis se centra en aquellos contenidos que, a juicio de los asistentes,
debieran resaltarse en la comparecencia que, ante la Comisión de
Comparecencias y Peticiones Ciudadanas, han de protagonizar representantes de la Asociación la semana próxima.
Se debaten aquellos elementos argumentales que debieran vertebrar tal
intervención, centrando la misma en el valor que la ley representa en un Estado
de Derecho y la importancia de aprobar normas viables, que fortalezcan el
principio de legalidad en lugar de erosionarlo, y en las manifiestas
insuficiencias del Proyecto de Ley aprobado, cuyas consecuencias directas son la
desprofesionalización de la
Administración Pública, dado que la
introducción de la función directiva y la ampliación del ámbito de la libre
designación, así como la eliminación de toda carrera vertical –reducida a mera
provisión de puestos- pretende consolidar una Administración clientelar y
plenamente sometida a criterios políticos en sus niveles de decisión,
liquidando el principio constitucional de objetividad en el servicio al interés
general, y la ausencia de estimación real de costes de la implantación de la
nueva ley y de respaldo presupuestario la convierten en una norma carente de
consistencia y de viabilidad. Los Grupos Parlamentarios han de conocer y
valorar el crecimiento de los gastos de personal que puedan derivarse de la
futura Ley y decidir políticamente sobre la idoneidad del coste de oportunidad
que ello impone a la acción pública de la Comunidad Autónoma.
¿Cuál es el horizonte de gasto que establece la carrera horizontal en sus distintas
fases de desarrollo y consolidación? ¿Es asumible? ¿Puede otorgarse un aval a
un modelo no evaluado en las actuales circunstancias financieras de la Comunidad Autónoma?
Este tipo de interrogantes, que esta Asociación no está en condiciones de
despejar, son los que se desean trasladar a los Grupos Parlamentarios, para que
actúen con la responsabilidad que les otorga su condición de representantes de los
ciudadanos, función que no puede verse coartada ni condicionada por la posición,
claramente de parte, adoptada por los sindicatos de la función pública.
Finalmente,
se aborda el último punto del orden del día propuesto para la reunión, relativo
a las actuaciones en defensa del acceso a la función pública. En este sentido,
se destaca el reciente escrito de petición dirigido a la Presidenta del Gobierno
de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, recordándole la obligación del Ejecutivo aragonés
de aprobar la Oferta
de Empleo Público para 2014, sin que tal obligación pueda verse dispensada por
las ofertas complementarias de 2007 y 2011 derivadas de la ejecución de
sentencias judiciales. Se prevé, tras el escrito a la Presidenta, plantear la
no aprobación de oferta para 2014 ante el Defensor del Pueblo y el Justicia de
Aragón, y en el caso de no obtener una respuesta satisfactoria del Gobierno de
Aragón, acudir al Tribunal Superior de Justicia de Aragón como reacción frente
a la inactividad del Ejecutivo en el cumplimiento de sus deberes legales, con
lesión de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Dentro de esta campaña a
favor del derecho de acceso, hay que situar igualmente todas las iniciativas
comentadas para acompañar el proceso judicial emprendido contra la Oferta de Empleo Público
para 2014 en la Administración
General del Estado.
Se
expresa igualmente la preocupación ante las previstas iniciativas de la Administración
General del Estado para impugnar todas aquellas ofertas o
procesos selectivos que no se ajusten de forma rigurosa a los límites de la Ley de Presupuestos Generales
del Estado, aunque se ajusten a lo señalado en el Estatuto Básico del Empleado
Público. Tales procesos judiciales son asimismo una ocasión para tratar de
hacer prevalecer el derecho fundamental de acceso sobre las indebidas
limitaciones presupuestarias que, a juicio de esta Asociación, han de incidir
sobre el volumen o amplitud de la plantilla de las Administraciones pero no
sobre el régimen de selección de personal, al quedar éste vinculado al
ejercicio de un derecho fundamental que, por definición, vincula y obliga a
todos los poderes públicos.
No
habiendo ruegos y preguntas, se da por concluida la reunión de la Junta Directiva.
6 comentarios:
Arduas tareas las que se afrontan.
El alcalde de Manchones, condenado a 9 años de inhabilitación por prevaricación.
HA
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado al alcalde de Manchones, Jesús Pardillos Julián (PAR), a nueve años de inhabilitación especial para ejercer empleo o cargo público como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa. Su decisión causó perjuicios a la familia Badules, a la que tendrá que indemnizar con 137.614 euros. Los magistrados de la Sección Tercera lo absuelven de las acusaciones de tráfico de influencias y falsificación en documento oficial que también pesaban sobre él.
HA.
Habría que actuar como se hizo en el caso de Mallén?
Trabajo meritorio el que se hace con independencia de los resultados.
En esa asociación se curra, por lo que deduzco.
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