lunes, 2 de marzo de 2015

EL SISTEMA DE ALERTAS ÉTICAS INTERNAS CONSTITUYE UNA CARENCIA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ESPAÑOLAS.



Dentro del Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración, elaborado por esta Asociación con motivo del inicio de la presente legislatura 2011-2015, se incluía como medida de buen gobierno la relativa al “Establecimiento de un sistema de alertas éticas”, en los términos siguientes: “Establecer un sistema con las debidas garantías de seguridad jurídica, confidencialidad y protección de los interesados para llevar a la práctica el compromiso previsto en el artículo 8 de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, para posibilitar que los funcionarios y demás empleados públicos puedan informar a los órganos competentes de los casos de corrupción o de conductas irregulares de las que sean conocedores con motivo de su actividad profesional”.

Es llamativo el hecho de que, en ninguna de las propuestas realizadas por parte del Gobierno, partidos políticos, organizaciones civiles o expertos –con la única excepción de Transparencia Internacional- para luchar contra la corrupción, se contenga mención alguna a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003, ratificada por España en 2006, lo que conlleva la obligación de dar desarrollo a sus diferentes previsiones. Entre las medidas de prevención de la corrupción en el sector público, una de las más relevantes es la técnica del whistleblowing –el toque de silbato o alerta ética- que puedan dar aquellos empleados públicos que detecten alguna irregularidad con motivo del desempeño de sus funciones, quedando protegidos frente a futuras represalias en su carrera profesional.

Con dicha técnica de alertas éticas, se reforzaría la integridad de la organización pública y se convertiría de manera efectiva a cada servidor público en un garante de la legalidad –en vigilante frente a cualquier riesgo de corrupción que pudieran detectar en el funcionamiento institucional-, dando con ello un paso de gigante en el insuficiente sistema de controles internos. Esta técnica, sin embargo, no ha merecido la menor reflexión por parte de nuestros responsables políticos ni por las organizaciones profesionales de la función pública. Sin embargo, es una previsión de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, que todavía aguarda su desarrollo en nuestro país, doce años después de su aprobación.

Esta técnica de alertas éticas o whistleblowing lleva años en vigor en los países anglosajones –un ejemplo de ello es la Public Interest Disclosures Act de 1998 vigente en el Reino Unido-, conforme a la cual cabe formular denuncias, tanto en el sector público como privado, frente a presuntos delitos, acciones ilegales o riesgos para la seguridad, el medio ambiente o la salud, quedando protegidos los denunciantes frente a posibles represalias, cuya vigencia refuerza la ética de las organizaciones y la confianza de los ciudadanos en su funcionamiento.

Italia dio desarrollo a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción en 2012, con el Gobierno de Mario Monti, incorporando la técnica del whistleblowing a su sector público. Dicha técnica acaba de ser implantada en la Agencia Tributaria Estatal, con la introducción de procedimientos para incentivar la denuncia de los empleados frente a eventuales comportamientos ilícitos o irregulares de superiores y compañeros. La Directora de la Agencia ha remitido a los 33.000 empleados de la entidad una carta y un manual sobre el procedimiento a seguir para efectuar las alertas o denuncias. Quien exige a los ciudadanos el cumplimiento de sus deberes fiscales, debe asegurar en su funcionamiento interno la máxima corrección e integridad, y a ello ha de contribuir un correcto sistema de denuncia interna de abusos, ha declarado.

Esta Asociación se ha dirigido reiteradamente a responsables del Gobierno y a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales para instar la puesta en marcha de este mecanismo de prevención de la corrupción en el conjunto de las Administraciones Públicas –lo que permitiría evitar la consumación de muchas irregularidades y abusos-, sin respuesta alguna por el momento, y también se ha dirigido a la Defensora del Pueblo Europeo, para instarle a impulsar una iniciativa comunitaria que pueda permitir la implantación de dicho mecanismo en el conjunto de los Estados de la Unión Europea, pues ésta también ratificó la Convención de Naciones Unidas en 2008. En breve, nos dirigiremos también a la Defensora del Pueblo española y a las instituciones autonómicas análogas, con idéntica demanda.

1 comentario:

Anónimo dijo...


Esta es una cuestión prioritaria, en la que no hay que dejar de insistir.