Esta Asociación se dirigió ayer al Justicia de Aragón, formulando un
escrito de queja frente a la indeterminación de la duración de los cursos de
formación y periodos de prácticas que, habitualmente, se establecen en los
procesos selectivos para acceso a la función pública aragonesa, circunstancia
que provoca que haya personas cuya situación de funcionarios en prácticas,
pendientes del nombramiento definitivo como funcionarios de carrera, se
prolongue en estos momentos más de año y medio, algo que resulta difícilmente
justificable.
La situación en la que se encuentran los funcionarios en prácticas, al
no haberse determinado en las respectivas convocatorias de los procesos
selectivos, la duración máxima del periodo de prácticas a desarrollar para
superar finalmente el proceso selectivo, es un claro ejemplo de inseguridad jurídica
e indefensión que debiera corregirse por los responsables del Departamento de
Hacienda y Administración Pública, ajustando sus actuaciones a lo expresamente
establecido en la normativa aragonesa de función pública.
En concreto, el artículo 18 del Decreto
122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General
de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la
selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma
de Aragón, dispone que la convocatoria de todo proceso selectivo ha de
contener, entre otros elementos, el siguiente: “Determinación de las características y
duración del curso de formación y del periodo de prácticas cuando proceda”. Tal
obligación reglamentaria, sin embargo, no se viene respetando por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, al dejar indeterminada la duración de dicho periodo
de prácticas.
No parece
razonable que los procesos selectivos carezcan de unos plazos máximos de
resolución, como ocurre en todo procedimiento administrativo, que vinculen a los
órganos administrativos que los desarrollan, como son los Tribunales de Selección
y el Instituto Aragonés de Administración Pública, y ofrezcan la imprescindible
seguridad jurídica a los candidatos o aspirantes que participan en ellos, cuyas
condiciones básicas de desarrollo –entre las cuales ha de entenderse
comprendida la duración- han de ser de conocimiento público.
Ante el
general incumplimiento, tanto formal como real, de la obligación de delimitar
el plazo de duración del periodo de prácticas en los procesos selectivos, hemos
formulado una queja ante el Justicia de Aragón para que recuerde las
obligaciones que impone el ordenamiento jurídico y las exigencias que se
derivan de principios constitucionales tan relevantes como los de legalidad y
seguridad jurídica, con los que no resulta compatible la actuación que en esta
materia llevan a cabo tanto el Instituto Aragonés de Administración Pública
como la Dirección General
de Función Pública y Calidad de los Servicios.
Se reproduce
a continuación el contenido íntegro del escrito de queja formulado ante el
Justicia de Aragón:
“JULIO GUIRAL PELEGRIN, mayor de edad y con D.N.I.
nº 17.130.593, en nombre de la
Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, inscrita
en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma
de Aragón, con nº 01-Z-1989-2007, y con
domicilio, a efectos de notificaciones, en C/ León XIII, 21, 4º Centro,
50008-ZARAGOZA, comparece ante esa Institución y, al amparo de lo previsto en
el artículo 59 del Estatuto de Autonomía de Aragón y en la Ley 4/1985, de 27 de junio,
reguladora del Justicia de Aragón, formula el presente escrito de queja relativo
al incumplimiento de la normativa de función pública en la determinación de la
duración del periodo de prácticas en los procesos de selección de personal
funcionario de nuevo ingreso, fundando la queja en las razones siguientes:
- El desarrollo de los procesos selectivos
autorizados por las Ofertas de Empleo Público aprobadas por el Gobierno de
Aragón se regula, al margen de aquel contenido del Estatuto Básico del
Empleado Público que resulte de aplicación directa, en la Ley de Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón y en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General
de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de
la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Señala la Ley de Ordenación de la Función Pública, la posibilidad
de que tras el desarrollo de las pruebas selectivas, el proceso de selección
incluya un curso de formación, con carácter selectivo o no, y un periodo de
prácticas. Así, y de acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley, los aspirantes que
superen las pruebas selectivas y, en su caso, el curso de formación, así como
el periodo de prácticas que pueda establecerse, serán nombrados funcionarios de
carrera del Cuerpo correspondiente.
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto
122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General
de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la
selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma
de Aragón, la convocatoria de todo proceso selectivo ha de contener, entre
otros elementos, el siguiente: “Determinación
de las características y duración del curso de formación y del periodo de
prácticas cuando proceda”.
- No
obstante lo anterior, las diferentes convocatorias de procesos selectivos
aprobados por la
Administración de la Comunidad Autónoma
no determinan, en ningún caso, la duración de los periodos de prácticas ni
de los cursos de formación que se prevén en los respectivos procesos,
generando con ello situaciones anómalas de prolongados periodos de
prácticas de más de un año para algunos funcionarios de prácticas y
supeditando su duración a criterios de organización interna, como es la
celebración de cursos de formación comunes para procesos convocados en
fechas distintas y concluidos en
momentos claramente distanciados en el tiempo.
De ese modo, al no existir una fijación
previa de la duración máxima de los periodos de prácticas a realizar por los
aspirantes de cada proceso selectivo, y quedar condicionada su duración no a
razones objetivas intrínsecas del proceso selectivo, sino a las circunstancias
aleatorias que incidan en procesos selectivos distintos –como son los retrasos
acumulados en algunas clases de especialidad-, dada la práctica establecida por
el Instituto Aragonés de Administración Pública de agrupar la realización del
curso de formación para los funcionarios en prácticas de todas las clases de
especialidad que pertenezcan a un mismo Cuerpo o Escala, se incurre en una
manifiesta inseguridad jurídica que padecen los funcionarios en prácticas, con
quiebra evidente del principio de igualdad y claro incumplimiento de la
normativa por parte de los órganos de la Administración,
obligados con carácter general a determinar el plazo máximo para la resolución
de todo procedimiento administrativo –condición que cabe otorgar a un proceso
selectivo- y con carácter específico, como se exige en la correspondiente norma
reglamentaria, a detallar la duración del curso de formación y del periodo de
prácticas en la propia convocatoria del proceso selectivo.
- Son
las normas las que determinan el ámbito en el que los órganos
administrativos pueden ejercer sus facultades de ordenación, y es evidente
que tanto en la ordenación como en el desarrollo de los procesos
selectivos derivados de Oferta de Empleo Público, la Administración
autonómica ha omitido las garantías precisas para los aspirantes en lo que
afecta a la duración del curso de formación y periodo de prácticas que se puedan
prever en cada uno de los proceso selectivos convocados.
Debe recordarse que todos los órganos
de la Administración
se hallan sujetos al conjunto del ordenamiento jurídico, sin que resulte
admisible la derogación singular de reglamentos al dictar concretos actos
administrativos, pues como señala el artículo 52.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, “las resoluciones administrativas de
carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de
carácter general”.
El principio de sometimiento de la Administración al
ordenamiento jurídico no se agota con el respeto de las leyes, sino que se
extiende también al respeto de las normas reglamentarias dictadas por la propia
Administración, como ocurre en el caso presente, pues el Departamento de
Hacienda y Administración Pública, al aprobar las convocatorias de procesos
selectivos, no puede desvincularse del mandato que establece respecto al
contenido de la convocatoria el citado Decreto 122/1986, debiéndose establecer
la duración tanto del curso de formación como del periodo de prácticas que se
prevea.
- Así,
cabe apreciar en la
Resolución de 20 de septiembre de 2011, del Director
General de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para
ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración
de la Comunidad Autónoma
de Aragón, Escala Facultativa Superior, Farmacéuticos de Administración
Sanitaria (BOA nº 200, de 10 de octubre de 2011), la previsión de un curso
de formación y un periodo de prácticas, en sus bases sexta y octava, sin
que en ninguna de ellas se determine su duración. De hecho, los aspirantes
que superaron las pruebas selectivas fueron nombrados funcionarios en
prácticas mediante Resolución de 28 de agosto de 2012, del Director
General de la Función Pública
y Calidad de los Servicios (BOA nº 180, de 14 de septiembre de 2012), prácticas
que se prolongan hasta el momento actual, por un periodo que ya se
aproxima a los dos años, lo que evidencia la absoluta anomalía del
desarrollo de los procesos selectivos en la Administración
de la Comunidad Autónoma
y la completa indefensión e inseguridad jurídica en la que se hallan los
aspirantes a los diferentes procesos selectivos.
- Por
todo lo señalado, entendemos que tanto el principio de legalidad como el
de seguridad jurídica imponen la necesidad de que las convocatorias de los
procesos selectivos determinen la duración de los cursos de formación y
periodos de prácticas que se incluyan en cada proceso selectivo, debiendo
ajustarse a dicho plazo máximo de duración la programación de los cursos
de selección que corresponde organizar al Instituto Aragonés de Servicios
Sociales, así como la elevación de la propuesta de candidatos que, una vez
superadas las prácticas correspondientes, deban ser nombrados funcionarios
de carrera del respectivo Cuerpo o Escala.
En virtud de
todo lo señalado, y al considerar que el desarrollo de los procesos selectivos
para el acceso a la función pública de la Comunidad Autónoma
de Aragón ha de ajustarse a las exigencias que imponen los principios
constitucionales de legalidad y seguridad jurídica, dando cumplimiento a
aquellas previsiones normativas que imponen determinar la duración de los
cursos de formación y periodos de prácticas que se contemplen en la
convocatoria de cada proceso selectivo, contenido que no obstante resulta
omitido de manera reiterada en las resoluciones de la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, dando lugar en la práctica a situaciones
injustificadamente anómalas, formulamos el presente escrito de queja ante esa Institución para que, en
el ejercicio de su función de garantía de los derechos de los ciudadanos y
tutela del ordenamiento jurídico aragonés, y previas las actuaciones oportunas,
recuerde al Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de
Aragón la necesidad de adecuar el contenido de las convocatorias y el desarrollo
de los procesos selectivos a lo determinado por el ordenamiento jurídico, lo
que exige precisar la duración máxima de los cursos de formación y periodos de
práctica que se contemplen en los procesos selectivos, adecuando a tales plazos
las actuaciones necesarias del Instituto Aragonés de Administración Pública.
Zaragoza, 10 de junio de 2014”.
18 comentarios:
¿Otro caso de inaplicación reiterada de las normas?
Bien identificado el problema.
Un ejemplo más de lo deteriorado que está el sistema de selección en nuestra Administración.
Acuse de recibo de la presentación telemática del escrito de queja:
Estimado señor:
En este día acusamos recibo al escrito que nos ha remitido por correo electrónico, que ha quedado registrado. Procedemos a estudiar su contenido y en breve nos pondremos de nuevo en comunicación con usted.
Si su escrito tuviera por objeto la formulación de queja contra alguna actuación administrativa le recordamos que su presentación no suspende la ejecutividad de las resoluciones administrativas o judiciales, ni los plazos legales para recurrir contra ellas si fuera procedente, ya que no es función del Justicia de Aragón suplantar las vías normales de actuación de la Administración o los Tribunales de Justicia.
Igualmente, le quiero significar que si sobre este asunto ejerciera sus derechos ante los Tribunales de Justicia, lo ponga en conocimiento de esta Institución.
Por último, señalarle que es conveniente que contemos con su dirección postal para posteriores contactos, por lo que, en caso de no haberla hecho constar, nos la comunique por esta misma vía.
Atentamente,
EL ENCARGADO DEL REGISTRO –
11-6-2014
Zaragoza, 11/06/14.- El consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, informa esta mañana sobre los criterios de elaboración del Boletín Estadístico de Personal de la Administración Pública. La comparecencia del responsable del Departamento en el Ejecutivo, que ha sido solicitada por IU, será el único punto del orden del día en el debate previsto para mañana, desde las 9:30 horas, en la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública.
Además de explicar las características del método para llevar a cabo este informe sobre el funcionariado, la comparecencia de Javier Campoy servirá también, de acuerdo con la petición formulada por IU, para explicar a los miembros de la Comisión “los objetivos que se persiguen con el mismo”.
El Boletín, tal como se explica en la propia web del Gobierno de Aragón, contiene información estadística sobre el número de personas al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma desde el análisis de diferentes variables, de carácter personal o referidas al puesto de trabajo. El Boletín Estadístico de Personal al servicio de la Administración Pública puede consultarse en el apartado de transparencia de la citada web del Gobierno autonómico.
Cortes de Aragón
El consejero de Hacienda ha comparecido esta mañana, a petición de IU, para explicar los criterios de elaboración de este informe, del que ha destacado su carácter novedoso y pionero, mostrándose además partidario de “valorar todas las propuestas” para “enriquecer” una herramienta que “todavía tiene muchas deficiencias”.
Cortes de Aragón
Zaragoza, 11/06/14.- El consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, ha apostado esta mañana por “la mejora permanente” para el Boletín Estadístico de Personal al servicio de la Administración pública. Una evolución para un instrumento que él mismo ha calificado como “herramienta novedosa para la transparencia” del Ejecutivo autonómico. “Nos permite cerciorarnos del compromiso que tenemos con el gobierno abierto”, ha añadido.
El responsable de este Departamento ha comparecido ante la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública para explicar, a petición de IU, los criterios con los que se elabora este informe y los objetivos perseguidos. Unos fines que, de acuerdo con las palabras de Campoy, pasan porque “los ciudadanos piden más claridad y una relación más profunda y abierta” y el informe “facilita un tránsito hacia una Administración más creíble”.
De acuerdo con la comparecencia de este consejero, el Boletín, del que ya se han publicado tres ediciones, la última con datos de diciembre de 2013, “ayuda en la mejor toma de decisiones y es mucho más difícil repetir los errores del pasado”, cuando, en su opinión, “se abusó de lo temporal y de las comisiones de servicio”. El informe, elaborado a partir del sistema integrado de gestión de recursos humanos del Ejecutivo, el SIRGA, incluye estadísticas sobre la distribución demográfica o formativa de los empleados y las diferentes relaciones de puestos de trabajo.
En opinión de Campoy, el informe es “una palanca indispensable para que los ciudadanos conozcan mejor su administración”. “Que sepan, de la forma más fiable, cómo se prestan los servicios públicos más característicos de nuestro Estado del Bienestar”, ha añadido en este mismo sentido. El titular de Hacienda ha trasladado además a los grupos su posición favorable para “valorar todas las propuestas para enriquecer una herramienta que todavía tiene muchas deficiencias”.
Desde el grupo solicitante, Adolfo Barrena ha manifestado que “bien hecho el informe puede ser una herramienta de la transparencia pero mal hecho sólo son datos a medias interpretables”. El diputado de IU ha reclamado que los próximos boletines incluyan aspectos “que deberían aparecer” como las categorías de los empleados en cada grupo, porque, en caso contrario, el boletín es “insuficiente”.
Cortes de Aragón
Por parte del PP, Jorge Garasa ha coincidido con el consejero en que “el informe se irá mejorando con el tiempo” y ha destacado, además, su carácter “pionero”. “Todo es mejorable. Yo le incidiría en intentar acortar los plazos de publicación, algo que me consta que ya tiene entre sus prioridades”, ha trasladado a Campoy. Garasa también ha destacado “la voluntad por recoger todos los organismos dentro del boletín en el menor plazo posible”.
La socialista Ana Fernández ha calificado el documento estadístico como “una buena herramienta”, pero ha añadido que “no comparte el triunfalismo del consejero”. “El boletín no sería posible sin el sistema integrado de gestión de recursos humanos que se puso en marcha la anterior legislatura”, ha reivindicado, asegurando que es el SIRGA “el que viene a dar el conocimiento necesario”. En su opinión, el informe de personal “requiere una profunda revisión”.
El diputado del PAR Antonio Ruspira ha realizado una “valoración realmente positiva” del boletín estadístico, aunque ha reconocido su carácter “todavía bisoño”. “El último fue el tercero, creo que hay que dejarle que recorra su camino”, ha añadido en este mismo sentido. En su opinión, “todo en esta vida es mejorable”, por lo que ha pedido a Campoy que “ponga toda la carne en el asador para intentar que, cada semestre, el último informe mejore al anterior”.
El portavoz de CHA, José Luis Soro, también ha defendido una “mejora en el documento que se traslade a la calidad de los servicios públicos”. Este parlamentario ha solicitado al consejero que se incluya el nivel de titulación de los empleados públicos por categoría y conocer “hasta dónde va a llegar la recopilación de datos y el despliegue”. Además, Soro ha reclamado a Campoy que comparezca “cuanto antes ante el plan de reequilibrio, la reforma fiscal o el nuevo sistema de financiación”.
Cortes de Aragón
Enhorabuena por haber logrado poner este tema en la agenda parlamentaria.
Mérito de la iniciativa de la asociación y de la receptividad del grupo parlamentario de IU, en este caso.
El trabajo da siempre fruto.
Campoy defiende el Boletín Personal como "herramienta de transparencia".
EFE
El consejero de Hacienda, Javier Campoy, ha defendido este miércoles la utilidad del Boletín Estadístico de Personal al servicio de la administración, como herramienta de transparencia hacia los ciudadanos y para la mejor toma de decisiones del Gobierno, aunque admite mejoras.
En una comparecencia en la Comisión de Hacienda para explicar a petición de IU los criterios con los que se elabora el boletín, Campoy ha precisado que se acaba de publicar el tercero, con datos de diciembre de 2013, que se actualiza cada seis meses, y el próximo se publicará en octubre con los datos de junio de 2014, y que permite satisfacer las exigencias de más claridad de la ciudadanía respecto de los empleados públicos, que son los que prestan los servicios del estado de bienestar.
La puesta en marcha de este boletín, ha apuntado, es una iniciativa pionera del actual gobierno resultado de su compromiso con la transparencia, ya que en los más de 30 años de existencia de la comunidad nunca se había contado con información estadística de las principales magnitudes del empleo público.
Los datos que contiene provienen del programa Sirga (sistema integrado de recursos humanos que muy pronto usarán todos los organismos y áreas de las administración para el control de su personal), y se elabora en colaboración con el Instituto Aragonés de Estadística, con una metodología para extraer los registros de personal que a 30 de junio y a 31 de diciembre están activos o en prestación de servicio.
Recoge todas las variables de interés para cuantificar a los diferentes colectivos y caracterizarlos desde una perspectiva sociodemográfica, según sexo y edad, y de su relación con la administración (funcionario, laboral, eventual y altos cargos, antigüedad, nivel formativo, adscripción departamental, jornada completa o parcial, destino, grado de temporalidad o según el grupo de cotización a la seguridad social y mutualidades).
El boletín permite dar "un paso más" para ofrecer a los ciudadanos y a la administración una información más detallada como herramienta para saber cómo se están gestionando los recursos humanos, lo que hace mucho más difícil repetir errores del pasado, cuando se abusó de la provisión de puestos de carácter temporal, como las comisiones de servicio.
En ese sentido, ha destacado que las comisiones se han reducido de forma significativa, ya que con el anterior Gobierno se concedieron 2.595 entre julio de 2007 y julio de 2011 y con el actual Ejecutivo han bajado a 1.719.
HA.
El consejero de Hacienda, Javier Campoy, ha defendido este miércoles la utilidad del Boletín Estadístico de Personal al servicio de la administración, como herramienta de transparencia hacia los ciudadanos y para la mejor toma de decisiones del Gobierno, aunque admite mejoras.
En una comparecencia en la Comisión de Hacienda para explicar a petición de IU los criterios con los que se elabora el boletín, Campoy ha precisado que se acaba de publicar el tercero, con datos de diciembre de 2013, que se actualiza cada seis meses, y el próximo se publicará en octubre con los datos de junio de 2014, y que permite satisfacer las exigencias de más claridad de la ciudadanía respecto de los empleados públicos, que son los que prestan los servicios del estado de bienestar.
La puesta en marcha de este boletín, ha apuntado, es una iniciativa pionera del actual gobierno resultado de su compromiso con la transparencia, ya que en los más de 30 años de existencia de la comunidad nunca se había contado con información estadística de las principales magnitudes del empleo público.
Los datos que contiene provienen del programa Sirga (sistema integrado de recursos humanos que muy pronto usarán todos los organismos y áreas de las administración para el control de su personal), y se elabora en colaboración con el Instituto Aragonés de Estadística, con una metodología para extraer los registros de personal que a 30 de junio y a 31 de diciembre están activos o en prestación de servicio.
Recoge todas las variables de interés para cuantificar a los diferentes colectivos y caracterizarlos desde una perspectiva sociodemográfica, según sexo y edad, y de su relación con la administración (funcionario, laboral, eventual y altos cargos, antigüedad, nivel formativo, adscripción departamental, jornada completa o parcial, destino, grado de temporalidad o según el grupo de cotización a la seguridad social y mutualidades).
El boletín permite dar "un paso más" para ofrecer a los ciudadanos y a la administración una información más detallada como herramienta para saber cómo se están gestionando los recursos humanos, lo que hace mucho más difícil repetir errores del pasado, cuando se abusó de la provisión de puestos de carácter temporal, como las comisiones de servicio.
En ese sentido, ha destacado que las comisiones se han reducido de forma significativa, ya que con el anterior Gobierno se concedieron 2.595 entre julio de 2007 y julio de 2011 y con el actual Ejecutivo han bajado a 1.719.
HA.
En su intervención, el diputado de IU Adolfo Barrena ha valorado la herramienta, pero ha insistido en que debe ser mejorada e incluir cuestiones que hoy no recoge, como el grado de formación del trabajador y la categoría que ocupa para saber el nivel de precariedad entre los alrededor de 49.100 empleados públicos. Además, ha planteado por qué hay una disfunción de datos con los del boletín de la administración central o los del informe del Justicia de Aragón.
Ana Fernández, del PSOE, también ha valorado esta herramienta, pero ha considerado que requiere "una profunda revisión", ya que no permite conocer las categorías, ni la adscripción de niveles, cuerpos y escalas.
Ha advertido de la discrepancia en el número de empleados respecto del boletín central (éste recoge 7.000 menos) y ha cuestionado los logros respecto de la reducción de comisiones de servicio o la temporalidad, que afecta al 35,8% del personal cuando el PP, ha dicho, iba a acabar con ella.
Además, ha llamado la atención sobre lo que queda por avanzar en igualdad en la administración, ya que del total de funcionarios, el 73% son mujeres y el 27% hombres y éstos ocupan el 65 por ciento de los altos cargos.
José Luis Soro, de CHA, ha coincidido en que es una herramienta útil pero mejorable y ha pedido a Campoy que aclare si ve razonable que de los 49.100 empleados a 31 de diciembre, el 36% eran temporales y el 10% tenían jornadas parciales.
Además, ha reclamado a Campoy que comparezca cuanto antes para explicar el plan de ajuste económico financiero, y también el nuevo sistema de financiación o la reforma fiscal, algo que el consejero, según ha dicho, hará "cuando toque". "No me voy a escaquear", ha asegurado.
En respuesta a los grupos, Campoy ha admitido que el boletín presenta deficiencias y ha asegurado que se valorarán las sugerencias y se incorporarán las mejoras que sean posibles.
HA.
Discrepancia .En absoluto es herramienta de transparencia ya qeu no se explica ni de dónde salen los datos ni lo que se hace con ellos y además no se respetan la variables sobre las que el EBEP dice que hay que informar ...una herramienta de transparencia seria si informase por ejemplo de manera sistemática de los cambios en el personal, bajas, amortizaciones,comisiones , asignaciones, bufandas, etc en tiempo real. ..el boletin actual no es más que información dirigida y dirijista ..además no hay norma legal que ampare las obligaciones y criterios de elaboración,..por otra parte la informaciòn deberia ser compatible con la que aparece en la ley de presupuestos y por último deberia estar tb. disponible en la web de cada departamento, como información sectorial de la que debe ser responsable cada SGT , con criterios claros. Y por último parece increíble la actitud de imposibilidad en reconocer que la idea y propuesta es de otros y presentarlo como idea y logro propio.
Referente a la información aparecida en vuestro blog, y específicamente en lo indicado el día 11 de Junio sobre "Duración de las prácticas en los procesos selectivos:queja al Justicia de aragón por falta de determinación.", decirles que soy una de las Farmacéuticas de Administración Sanitaria, que está en la situación del ejemplo que citaís y que estoy MUY, MUY AGRADECIDA al ver vuestra queja, la redacción de la misma es extraordinaria, tanto en la redacción como en el fondo, sin desviarse un ápice de la realidad; hace tiempo que llevaba en mente en poner una queja a título personal, y ahora sólo se me ocurre excusarme conmigo misma, pero cuando he leído la vuestra ha sido UN REVULSIVO, lo cuál os quiero agradecer a través de este email;
Así mismo, era para comunicarles mi intención de escribir una queja a título personal en este mismo sentido, en base a la legislación que citan en su blog. Para acabar quiero volver a agradecerles su buen trabajo e interés.
Un saludo, y gracias !!
Yo también quiero agradecerles el tiempo y el trabajo dedicado a esta cuestión de incumplimieto de la normativa, que deja en clara desigualdad a los funcionarios de nuevo ingreso.
En relación con el " abuso de las comisiones de servicio" del anterior gobierno, ¿el actual gobierno no abusa de las atribuciones temporales de funciones, totalmente arbritarias?
Si defendemos la legalidad que sea en todas las situaciones. No debería aceptarse un puesto con una forma de provisión arbitraria y luego cuando la situación no nos favorece reclamar la legalidad. Deberíamos ser coherentes.
Gracias por vuestro esfuerzo y ánimo.
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