jueves, 25 de septiembre de 2014

EL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA UNIDA PREGUNTA AL CONSEJERO DE AGRICULTURA POR LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL INAGA.



Haciéndose eco de la cuestión planteada por esta Asociación a los diferentes grupos políticos de las Cortes de Aragón, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida ha formulado una pregunta oral al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Modesto Lobón, para que responda ante el Pleno de la Cámara sobre el abuso de la libre designación como forma de provisión de los puestos de trabajo técnicos del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

En la semana pasada desde esta Asociación nos dirigimos a los Grupos Parlamentarios para plantearles la posibilidad de impulsar medidas de control parlamentario dirigidas a corregir la situación existente en el INAGA. Pero también, en ejercicio del derecho fundamental de petición, reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, solicitamos tanto al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente como al Consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, la revisión de las características de los puestos de trabajo de dicho Instituto en lo que afecta a su forma de provisión.

Tal revisión resulta imprescindible para corregir el claro abuso en la utilización de la libre designación en que se incurre, debiéndose aplicar a dichos puestos similares criterios a los establecidos para las estructuras departamentales, donde las jefaturas de unidad se proveen mediante concurso de méritos. Con ello no solo se vendría a corregir la anómala situación existente en el INAGA en relación al conjunto de la Administración autonómica, sino que se reforzaría la profesionalidad e imparcialidad en la actividad de un organismo con relevantes funciones de evaluación y control ambiental, ámbitos idóneos para que la actividad técnica de los profesionales de dicho Instituto se vea asegurada por su inamovilidad en el puesto de trabajo.

Celebramos que desde el ámbito parlamentario se adopten iniciativas para controlar al Ejecutivo en materia de ordenación de los puestos de trabajo, pues la calidad institucional no es ajena al modo en que se definen los puestos que desempeñan las funciones de los órganos administrativos. El sometimiento a la legalidad de toda actuación administrativa ha de comenzar por el respeto a las normas de organización interna, establecidas precisamente para asegurar el correcto ejercicio de las potestades administrativas. La vulneración en que incurre la actual relación de puestos de trabajo del INAGA, por la extensión arbitraria de la libre designación como forma generalizada para la provisión de sus puestos, es incompatible con la legalidad de la función pública y constituye, además, un riesgo evidente de quiebra en la garantía del interés general y de los derechos de los ciudadanos.

La iniciativa adoptada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida supone, por ello, un nuevo ejemplo de colaboración entre la sociedad y los grupos parlamentarios como forma fructífera de profundizar en el ejercicio de la responsabilidad democrática y de avanzar en el diálogo entre los ciudadanos y las instituciones.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro de la pregunta formulada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente:


La relación de puestos de trabajo del INAGA revela que la totalidad de los puestos de contenido técnico, reservada a funcionarios de los Cuerpos Superior o Técnico de la Administración autonómica, tiene establecida como forma de provisión la de libre designación. Ello supone que, de 65 puestos en total, 36 se cubren de esa forma, la cual, sin embargo, no es la apropiada a tenor de lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo.

Además, las funciones atribuidas al INAGA, fundamentales en la protección de los recursos naturales y medioambientales, requieren que los técnicos que se encargan de las mismas sean seleccionados mediante procedimientos que aseguren su profesionalidad e independencia por encima de cualquier duda o sombra de sospecha.

Por todo lo cual se presenta la siguiente

PREGUNTA

¿Cuáles han sido las razones que han llevado al Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente a elegir como procedimiento para la selección del personal técnico del INAGA  el de libre designación? ¿Sobre qué argumentos jurídicos se apoya dicha decisión? ¿Dispone el Departamento de algún informe jurídico que justifique la adopción de tal procedimiento frente a lo indicado en el artículo 20 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo?

Zaragoza, a 23 de septiembre de 2014.

El Diputado Miguel Aso Solans


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