Like the battle of Waterloo, the battle for Scotland was a damn close-run thing. The effects of Thursday’s no vote are enormous – though not as massive as the consequences of a yes would have been.
The vote against independence means, above all, that the 307-year Union survives. It therefore means that the UK remains a G7 economic power and a member of the UN security council. It means Scotland will get more devolution. It means David Cameron will not be forced out. It means any Ed Miliband-led government elected next May has the chance to serve a full term, not find itself without a majority in 2016, when the Scots would have left. It means the pollsters got it right, Madrid will sleep a little more easily, and it means the banks will open on Friday morning as usual.
But the battlefield is still full of resonant lessons. The win, though close, was decisive. It looks like a 54%-46% or thereabouts. That’s not as good as it looked like being a couple of months ago. But it’s a lot more decisive than the recent polls had hinted. Second, it was women who saved the union. In the polls, men were decisively in favour of yes. The yes campaign was in some sense a guy thing. Men wanted to make a break with the Scotland they inhabit. Women didn’t. Third, this was to a significant degree a class vote too. Richer Scotland stuck with the union — so no did very well in a lot of traditonal SNP areas. Poorer Scotland, Labour Scotland, slipped towards yes, handing Glasgow, Dundee and North Lanarkshire to the independence camp. Gordon Brown stopped the slippage from becoming a rout, perhaps, but the questions for Labour — and for left politics more broadly — are profound.
For Scots, the no vote means relief for some, despair for others, both on the grand scale. For those who dreamed that a yes vote would take Scots on a journey to a land of milk, oil and honey, the mood this morning will be grim. Something that thousands of Scots wanted to be wonderful or merely just to witness has disappeared. The anticlimax will be cruel and crushing. For others, the majority, there will be thankfulness above all but uneasiness too. Thursday’s vote exposed a Scotland divided down the middle and against itself. Healing that hurt will not be easy or quick. It’s time to put away all flags.
The immediate political question now suddenly moves to London. Gordon Brown promised last week that work will start on Friday on drawing up the terms of a new devolution settlement. That may be a promise too far after the red-eyed adrenalin-pumping exhaustion of the past few days. But the deal needs to be on the table by the end of next month. It will not be easy to reconcile all the interests – Scots, English, Welsh, Northern Irish and local. But it is an epochal opportunity. The plan, like the banks, is too big to fail.
Alex Salmond and the SNP are not going anywhere. They will still govern Scotland until 2016. There will be speculation about Salmond’s position, and the SNP will need to decide whether to run in 2016 on a second referendum pledge. More immediately, the SNP will have to decide whether to go all-out win to more Westminster seats in the 2015 general election, in order to hold the next government’s feet to the fire over the promised devo-max settlement. Independence campaigners will feel gutted this morning. But they came within a whisker of ending the United Kingdom on Thursday. One day, perhaps soon, they will surely be back.
(Artículo de Martin Kettle, publicado en "The Guardian" el 19 de septiembre de 2014)
7 comentarios:
Un apunte de Sevach:
La reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 25 de Abril de 2008 (rec.3010/2005) confirma la validez de un acuerdo plenario municipal sobre funciones y retribuciones del personal eventual, sin necesidad de negociación previa con los sindicatos.
La importancia de esta sentencia radica en que aborda con detalle esta figura (“eventuales” ) que ni son funcionarios públicos ni son personal laboral y cuyo nombramiento es libre para la Autoridad de turno. Sin embargo deja clara la excepcionalidad de tal figura y recuerda su total exclusión de las actuaciones profesionales propias de funcionarios. No deben invadir el terreno de las decisiones públicas sino quedarse relegados al asesoramiento, consejo u opinión.
la sentencia perfila su regulación en los siguientes términos.
a) Toma en cuenta y cita el recientísimo Estatuto Básico de los Empleados Públicos, en los siguientes términos: “la Ley 7/2007, de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto básico del empleado público, no aplicable a la fecha de los hechos pero que lo define de manera similar como “el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin”.
b) Afirma que tales puestos no deben ser la regla: “los puestos reservados a personal eventual son excepcionales”.
c) Precisa con firmeza que tales eventuales no pueden usurpar “funciones públicas ni burocráticas”. Así afirma: “Y la consecuencia paralela que también se extrae es que deben quedar vedadas a ese personal eventual las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa. Estas actuaciones profesionales, por la directa conexión que tienen con los principios constitucionales de objetividad y eficacia administrativa, deben ser asignadas al personal público seleccionado bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad”.
d) Afirma que el personal eventual “como integrante del concepto de empleado público, tiene entre los derechos que se ejercen colectivamente el de la negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo”.
e) Finalmente señala que la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo no precisará negociación con la representación sindical si no afecta a las condiciones de trabajo del personal eventual (materas económicas, asistenciales, prestación de servicios), y en el caso concreto juzgado se señala que se trata de cambios inocuos pues se refieren a “la organización de los servicios (en cuanto al cambio de denominación, reforzamiento del carácter directivo de algunos puestos, asignación de funciones de coordinación de otros y creación de dos Direcciones de Area” y que “ha homologado su retribución al nivel correspondiente de los puestos respectivos den la estructura municipal”. O sea, el Tribunal Supremo da carta blanca a los Ayuntamientos para fijar sin negociaciones previas, y con amplia libertad de criterio, el número, denominación, inserción orgánica o ámbito funcional del personal eventual, e incluso para fijar su remuneración si se homologa con el personal funcionario.
Pero junto a esa vela al diablo, el Tribunal Supremo pone otra vela a Dios al decir con firmeza que los eventuales tienen prohibida la ingerencia en las decisiones administrativas propias de funcionarios en ámbitos donde debe reinar la objetividad.
La posibilidad de que pueda existir personal eventual no puede convertirse en una excusa para poner en riesgo la profesionalidad de la Administración pública, su imparcialidad, ni ser el germen de agravios comparativos que horaden la credibilidad del sistema. Además, la división de poderes sobre la que se asienta el sistema democrático como una conquista del Estado de derecho no puede renunciar a una subsiguiente y obligada separación de funciones y, por ello, en ningún caso el personal eventual debe asumir aquellas que corresponden en exclusiva a los funcionarios profesionales.
El tema es que los funcionarios tenemos ésto claro. Y el personal de los gabinetes no.
De hecho, muchos ignoran por completo cual es su función.
Acceden con alegría al nombramiento(pueden incluso llegar a pensar que no es por confianza política, sino por méritos objetivos) y desconocen por completo la naturaleza y los principios rectores de la organización donde se insertan.
Piensan que, de este modo, forman ya parte de la estructura jerárquica, burocrática y objetiva.
Obviamente, a partir de ahí, lo natural es la injerencia en las actuaciones profesionales propias de funcionarios.
Creo que algún día debería contemplarse que ya que la existencia del personal de gabinete responde a razones exclusivamente políticas, su financiación corra a cargo también exclusivamente del partido político en cuestión y no de los presupuestos de la Administración .Veriamos entonces cuantos tendrían ...
Agencia EFE
Zaragoza, 27 may (EFE).- La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa se ha dirigido hoy a la presidenta de la Comunidad, Luisa Fernanda Rudi, para denunciar el incumplimiento de la norma legal que obliga a la publicación de las resoluciones de nombramiento y cese del personal eventual.
En un comunicado, esta asociación se refiere, en concreto, a la publicación, el pasado 7 de mayo en el Boletín Oficial de Aragón, de un anuncio por el que se da publicidad al cese de personal eventual adscrito al gabinete de Presidencia del Ejecutivo autónomo.
Los responsables de la asociación insisten en la necesidad de cumplir con el régimen previsto para los nombramientos y ceses del personal eventual mediante resoluciones, "sin sustituirlas indebidamente por anuncios de publicidad que eliminan elementos sustanciales de su contenido y alteran los criterios de efectividad de nombramientos y ceses, posibilitando incorporaciones previas a la fecha de publicación". EFE
En realidad tal personal eventual - de confianza política- carece de toda legitimación, ya que no la tiene de meritocrática ni democrática. No deberían de existir o al menos no cobrar con cargo a fondos públicos. Si no es así, ¿cuántos asesores se pueden tener?¿cuántos puestos de nombramiento político?
Saludos.
Publicar un comentario