lunes, 27 de mayo de 2013

EL MAL EJEMPLO DE LA PRESIDENCIA.



Con fecha 23 de agosto de 2011, desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa nos dirigimos a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, para solicitarle la adopción de las medidas oportunas para que todos los miembros del Gobierno de Aragón se ajustasen de forma estricta al deber de publicación de nombramientos y ceses del personal eventual que impone la citada Ley 2/2009, de 11 de mayo. Dicha petición no tuvo respuesta ni el incumplimiento del deber legal de publicación ha sido corregido por los Departamentos del Gobierno de Aragón.

El Boletín Oficial de Aragón de hoy nos ofrece una nueva muestra de ese incumplimiento, esta vez procedente de la propia Presidencia del Gobierno de Aragón, con la publicación del ANUNCIO de 7 de mayo de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se da publicidad al cese de personal eventual adscrito al Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

Creemos que la publicación del citado anuncio constituye un incumplimiento cualificado del ordenamiento jurídico, pues el mismo se produce a pesar del escrito remitido desde esta Asociación, de la sugerencia formulada por el Justicia de Aragón, de fecha 16 de diciembre de 2009, y, lo que es más significativo, tras la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Zaragoza, de 5 de mayo de 2012, que anuló los anuncios de publicidad por contravenir lo exigido por el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

A la vista de todo ello, la Asociación se ve en la necesidad de dirigirse nuevamente a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda Rudi, para reiterarle, esta vez al amparo formal del derecho fundamental de petición, la necesidad de que los miembros del Gobierno de Aragón respeten, en la forma indicada por el Justicia de Aragón y por los Tribunales, el régimen de publicidad previsto para los nombramientos y ceses del personal eventual, consistente en la publicación de las propias resoluciones de nombramiento y cese de dicho personal, sin sustituirlas indebidamente por anuncios de publicidad que eliminan elementos sustanciales de su contenido y alteran los criterios de efectividad de nombramientos y ceses, posibilitando incorporaciones previas a la fecha de publicación, algo que no sucede en ningún otro supuesto de nombramiento.

Debemos recordar, una vez más, que la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, en su artículo 25.5, incorporó la obligación de que los nombramientos y ceses de los Directores, Jefes y demás miembros de los Gabinetes hubieran de ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de Aragón. Tal deber de publicación se vio, sin embargo, desvirtuado a través de la inserción de meros anuncios de publicidad en el Boletín Oficial de Aragón, que se limitaban a dar cuenta de la identidad de las personas nombradas en puestos de naturaleza eventual.

Con tal forma de proceder, entendía esta Asociación que no se cumplía  la obligación establecida por la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, desatendiéndose la exigencia de publicación –que no de publicidad- de los nombramientos y ceses, desvinculándose de forma injustificada la eficacia de dichos nombramientos y ceses del requisito legal de publicación, y solicitó por ello la intervención del Justicia de Aragón, para asegurar el cumplimiento del ordenamiento jurídico aragonés.

El Justicia de Aragón resolvió favorablemente la queja de esta Asociación y remitió, con fecha 16 de diciembre de 2009, una sugerencia al Gobierno de Aragón, instándole a dar publicidad al nombramiento y cese de los Directores, Jefes y demás miembros de los Gabinetes del Gobierno de Aragón mediante la publicación de la disposición por la que se acuerda dicho nombramiento o cese, dando con ello cumplimiento debido a lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Al no aceptarse la sugerencia del Justicia de Aragón y persistir el Gobierno de Aragón en su irregular práctica, esta Asociación impugnó en vía contencioso-administrativa sendos anuncios de publicidad de personal eventual de los Departamentos de Presidencia y de Ciencia, Tecnología y Universidad, recurso estimado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Zaragoza, en sentencia de 5 de mayo de 2012, cuyo fallo señalaba: "se anulan los anuncios de las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos citados, en cuanto que no se procedió a la publicación de las resoluciones de los nombramientos y ceses del personal eventual, debiendo procederse  a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de las correspondientes resoluciones".

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Existe contumacia en este tema

Anónimo dijo...

Parece que este Gobierno está empeñado en reeditar todos los errores del anterior.

Anónimo dijo...

El esfuerzo desplegado en este asunto es digno de mejor causa, pero es posible que no haya otra opción que insistir.