viernes, 18 de septiembre de 2015

LAS CONDICIONES DE INTEGRACIÓN DEL PERSONAL DEL CASAR EN EL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD HAN DE DETERMINARSE EN EL PLAN DE EMPLEO PENDIENTE DE APROBACIÓN.



Esta Asociación se dirigió días atrás al Consejero de Sanidad para recordarle la necesidad de elaborar el Plan de Empleo que prevé la Ley 12/2014, de 18 de diciembre, de medidas para la efectiva integración del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución en el Servicio Aragonés de Salud, cuyo contenido ha de asegurar tanto el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma en el proceso de disolución del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución (CASAR) como el respeto a los principios constitucionales de acceso a la función pública.

Queremos creer que las decisiones tomadas hasta ahora en materia de incorporación se limitan exclusivamente a dar cumplimiento al deber de subrogación que corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma en las relaciones jurídicas propias del CASAR –destacando las relaciones laborales con el personal contratado por el mismo-, pero dichas medidas no pueden predeterminar la necesaria regularización de la situación jurídica de dicho personal, que solo pueden acceder a la condición de empleado público a través de procesos selectivos que respeten los principios de igualdad, mérito y capacidad, como señalan los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española y desarrolla el Estatuto Básico del Empleado Público.

La aprobación del Plan de Empleo, para armonizar las diferentes obligaciones legales a las que ha de sujetarse la Administración de la Comunidad Autónoma en el proceso de integración del CASAR en el Servicio Aragonés de Salud, ha de figurar necesariamente entre las tareas prioritarias del Departamento de Sanidad, por respeto al conjunto de derechos que se ven afectados en dicho proceso.

Por ello, hemos creído oportuno reclamar su aprobación al Consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, aportando al mismo las respuestas recibidas por esta Asociación, tanto del Defensor del Pueblo como del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en las que, pese a rechazar el planteamiento del recurso de inconstitucionalidad solicitado contra la Ley 12/2014, de 18 de diciembre, se pronuncian muy claramente sobre la necesidad de que, a través del previsto Plan de Empleo, se garantice el respeto a los principios constitucionales de acceso a la función pública.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido al Consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón:

“Excmo. Sr. Consejero de Sanidad
Departamento de Sanidad
C/ Vía Universitas, 36
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 3 de septiembre de 2015.



Estimado señor:

En mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, entidad comprometida con los valores de la legalidad, la profesionalidad y la ética pública en el conjunto de las Administraciones Públicas, deseo trasladarle nuestra preocupación por las situaciones contrarias al ordenamiento constitucional en materia de acceso a la función pública que puedan haberse producido con motivo de la extinción del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución y la incorporación de su personal al Servicio Aragonés de Salud, adquiriendo con ello la condición de empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


La Ley 12/2014, de 18 de diciembre, de medidas para la efectiva integración del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución en el Servicio Aragonés de Salud, aprobada por las Cortes de Aragón conforme al procedimiento de lectura única, fue fruto de una iniciativa legislativa del Gobierno de Aragón, que contó con informes negativos tanto de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de Servicios como de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, en los cuales se advertía de posibles defectos de inconstitucionalidad de sus previsiones.

Esta Asociación se dirigió, en su momento, a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, para expresarles su oposición al texto remitido por el Gobierno de Aragón, y tras su aprobación, a la vista de los aspectos señalados por los distintos informes emitidos en el procedimiento de elaboración del Proyecto de Ley, se solicitó tanto del Defensor del Pueblo como del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la interposición del oportuno recurso de inconstitucionalidad para depurar aquellos aspectos de la Ley que pudieran vulnerar los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española en relación con las condiciones de acceso a la función pública, y el artículo 149.1.18.ª, al contravenirse la legislación básica estatal en materia de empleo público, contenida en el Estatuto Básico del Empleado Público.

En las respuestas dadas por ambas instituciones a las peticiones realizadas por esta Asociación, pese a descartar la interposición del recurso de inconstitucionalidad solicitado, expresan claramente la necesidad de que el futuro Plan de Empleo que prevé la citada Ley 12/2014, en el apartado quinto de su artículo único, incluya las medidas oportunas para asegurar que la incorporación del personal procedente del Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución se ajuste a las exigencias constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en materia de acceso a la función pública.

Por todo ello, y en ejercicio del derecho de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, le solicito que adopte las medidas oportunas para impulsar la aprobación del Plan de Empleo a que remite la Ley 12/2014, de diciembre, recogiendo en el mismo las previsiones necesarias para asegurar el estricto respeto a las condiciones de acceso a la función pública por parte del personal procedente del suprimido Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución, tomando en consideración los criterios expresados en las resoluciones adoptadas sobre el tema por parte del Defensor del Pueblo y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Agradeciéndole de antemano su atención, reciba un atento y respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”



2 comentarios:

Anónimo dijo...


Una verdadera patata caliente, que no se puede dejar correr sin más.

Anónimo dijo...


A ver cómo se afronta.