viernes, 24 de octubre de 2014

FORMALIZADO ESCRITO DE DEMANDA CONTRA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL ESTADO, CON NUESTRAS RAZONES DE IMPUGNACIÓN.



El pasado viernes 17 de octubre, esta Asociación presentó ante el Tribunal Supremo escrito de demanda correspondiente al recurso contencioso-administrativo promovido contra el Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014.

En dicho escrito de demanda, por las razones jurídicas que se desgranan en el mismo, se solicita: que se declare vulnerado el derecho al acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, establecido en el artículo 23.2 CE, por parte del Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014; que se declare contrario a Derecho y nulo el citado Real Decreto 228/2014; que ordene a la Administración demandada una obligación de hacer, consistente en aprobar una nueva Oferta de Empleo Público para el año 2014, que incluya todas las plazas reservadas a funcionarios cubiertas por funcionarios interinos, a fecha 31 de diciembre de 2014, sin que afecte el límite de la tasa de reposición de efectivos del diez por ciento, como máximo; subsidiariamente, en el caso de no aceptarse las dos pretensiones anteriores, que se ordene a la Administración General del Estado una obligación de hacer, consistente en aprobar una Oferta de Empleo Público complementaria para el año 2014, que incluya todas las plazas reservadas a funcionarios cubiertas por funcionarios interinos a fecha 31 de diciembre de 2013, sin que afecte el límite de la tasa de reposición de efectivos del diez por ciento, como máximo; que condene en costas a la Administración demandada.

Igualmente se pide al Tribunal, en el supuesto de que el fallo pueda quedar determinado por las “tasas de reposición de efectivos” previstas en el artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, que se plantee una cuestión de inconstitucionalidad respecto a la citada norma, por vulnerar el derecho al acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, establecido en el artículo 23.2 CE.

La demanda ha sido dada por formalizada, mediante diligencia de ordenación dictada por el órgano judicial, y se ha dado traslado de la misma, junto con el expediente administrativo, al Abogado del Estado para que en el plazo de veinte días pueda formular su contestación. 

Las razones que fundamentan el escrito de demanda formulado recogen las tesis que esta Asociación ha venido manteniendo en notas, escritos y acciones judiciales previas, y creemos que son suficientemene conocidas, pues nos hemos esforzado ampliamente en su difusión, dentro de nuestra campaña permanente a favor del derecho de acceso a la función pública, ignorado de manera generalizada por el conjunto de las Administraciones Públicas.

Confiamos en que dichas razones, que ya resultaron válidas al Tribunal Supremo para anular la Oferta de Empleo Público de 2007 aprobada por el Gobierno de Aragón, sean favorablemente acogidas por el Tribunal también en el actual proceso o, en su caso y de estimarse necesario, se eleve al Tribunal Constitucional el control sobre la constitucionalidad de las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado –exclusión de oferta, salvo en determinados sectores, con sujeción a una limitada tasa de reposición de efectivos-, lo que daría la oportunidad a dicho Tribunal de restablecer el respeto al contenido esencial del derecho, en la forma en que ha sido definido por el Estatuto Básico del Empleado Público, y desautorizar con contundencia la irracional y antijurídica técnica de las “tasas de reposición de efectivos”.

3 comentarios:

Anónimo dijo...



Que haya suerte en este importante recurso.

Anónimo dijo...



Este asunto de interés general debería haber sido promovido por más entidades, pero al parecer no quisieron acomapañar a esa asociación.

Anónimo dijo...

Suerte!