martes, 21 de octubre de 2014

QUEJA ANTE EL JUSTICIA DE ARAGÓN POR EL INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO QUE ESTABLECE EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS.



Esta Asociación, por las razones que se han venido exponiendo en recientes notas de este blog, en las que se ha puesto de manifiesto el incumplimiento del calendario legalmente establecido para la elaboración y tramitación del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma  en que han incurrido tanto el Gobierno de Aragón como las propias Cortes de Aragón, dirigió ayer escrito de queja al Justicia de Aragón, al entender que el caso constituye un claro incumplimiento del ordenamiento jurídico aragonés y del propio Estatuto de Autonomía, norma institucional básica de la Comunidad Autónoma, cuya supervisión y control se atribuye a la institución del Justicia.

Para no reiterar las razones ya expuestas en anteriores notas, recogidas necesariamente en el escrito de queja formulado, nos limitamos a reproducir el contenido íntegro del escrito remitido al Justicia de Aragón:


“JULIO GUIRAL PELEGRIN, mayor de edad y con D.N.I. nº 17.130.593, en nombre de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, inscrita en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, con nº 01-Z-1989-2007, y con domicilio, a efectos de notificaciones, en C/ León XIII, 21, 4º Centro, 50008-ZARAGOZA, comparece ante esa Institución y, al amparo de lo previsto en el artículo 59 del Estatuto de Autonomía de Aragón y en la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, se formula el presente escrito de queja relativo al incumplimiento del Estatuto de Autonomía de Aragón por parte del Gobierno de Aragón en cuanto al plazo previsto para la aprobación y remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad a las Cortes de Aragón, fundando la queja en las razones siguientes:

  1. El procedimiento de elaboración y aprobación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como el de su posterior ejecución y control, están parcialmente previstos en el Estatuto de Autonomía de Aragón, señalándose la responsabilidad que en el mismo compete tanto al Gobierno de Aragón como a las Cortes de Aragón y a la Cámara de Cuentas.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, según la redacción resultante de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, dedica su Título VII a la Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma, y su artículo 111, relativo a los Presupuestos, dispone que corresponde al Gobierno de Aragón la elaboración y ejecución del presupuesto y a las Cortes su examen, enmienda, aprobación y control.

En concreto, y al objeto de ordenar temporalmente la tramitación parlamentaria de la Ley de Presupuestos de cada ejercicio, el apartado cuarto del artículo 111, establece que “el Gobierno remitirá a las Cortes de Aragón el proyecto de presupuesto antes del último trimestre del ejercicio en curso”, lo que significa que el correspondiente Proyecto de Ley ha de ser aprobado por el Gobierno de Aragón y remitido a las Cortes de Aragón con anterioridad al 1 de octubre.

Dicho requisito temporal se reitera en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo  1/2000, de 29 de junio, cuyo artículo 37 dispone: “El Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para cada ejercicio y la documentación complementaria deberá presentarse a las Cortes antes del último trimestre del ejercicio anterior, para su examen, enmienda y, en su caso, aprobación”.


  1. Pese a la claridad del mandato normativo, al ordenar los plazos de elaboración y aprobación de la Ley de Presupuestos que fijan tanto el Estatuto de Autonomía de Aragón como la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, es notorio para todos los ciudadanos que el Gobierno de Aragón a fecha de hoy, y pese a hallarnos ya en el último trimestre del ejercicio, no ha aprobado ni remitido a las Cortes de Aragón el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2015.

Dicho incumplimiento, claramente contrario al obligado sometimiento de los poderes públicos al conjunto del ordenamiento jurídico, como expresamente señala el artículo 9.1 de la Constitución Española, constituye un incumplimiento de la norma institucional básica de la Comunidad Autónoma, que configura y ordena sus distintas instituciones.

  1. De conformidad con lo expresamente establecido en el Estatuto de Autonomía de Aragón, corresponde al Justicia de Aragón la tutela del ordenamiento jurídico aragonés –del que forma parte la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma- y la defensa del Estatuto de Autonomía de Aragón.

El cualificado incumplimiento en que incurre el Gobierno de Aragón de ambas normas, al no remitir a los Cortes de Aragón por tercer año consecutivo el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma dentro del plazo estatutariamente señalado, justifica en nuestra opinión la necesaria intervención de esa Institución para recordar y reclamar que el Ejecutivo autonómico ajuste su actuación a los términos establecidos por el Estatuto de Autonomía y la Ley de Hacienda.

El cumplimiento de las normas no es solo un rasgo propio de todo Estado de Derecho, caracterizado por el imperio de la ley o afirmación del principio de legalidad, sino que es un requisito de actuación legítima de los poderes públicos, en particular cuando el cumplimiento de las normas afectan a los derechos de los ciudadanos o al ejercicio de competencias de otras instituciones, como es el presente caso.

La no aprobación  y remisión en plazo afecta directamente al plazo de tramitación parlamentaria de la Ley de Presupuestos, e incide en su estudio, enmienda y aprobación por los representantes del pueblo aragonés, lo que afecta al funcionamiento democrático de las instituciones, pues el Ejecutivo, con su demora en la aprobación y remisión, reduce la deliberación del Parlamento sobre las cuentas públicas del nuevo ejercicio presupuestario.

Creemos que ambas razones, propias del correcto funcionamiento de las reglas que imponen tanto el Estado de Derecho como el Estado democrático, motivan suficientemente la intervención del Justicia de Aragón para evitar que se consolide una mala práctica política del Gobierno de Aragón manifiestamente contraria al Estatuto de Autonomía de Aragón.

Igualmente debería recogerse la incidencia que en tal incumplimiento pueda tener la tardía aprobación de las Cortes de Aragón de sus propias cuentas de gatos e ingresos, las cuales, conforme al artículo 36.1 de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma, debieran remitirse al Gobierno, para su inclusión en el respectivo Proyecto de Ley de Presupuestos, antes del 15 de septiembre del ejercicio en curso.


En virtud de todo lo señalado, y al considerar que los hechos señalados resultan un cualificado incumplimiento de una obligación impuesta por el Estatuto de Autonomía de Aragón al Gobierno de Aragón, como es la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma a las Cortes de Aragón antes del último trimestre del ejercicio, obligación que se viene desatendiendo de manera reiterada por el Ejecutivo autonómico, formulamos el presente escrito de queja ante esa Institución para que, en el ejercicio de su función de defensa del Estatuto de Autonomía de Aragón y de tutela del ordenamiento jurídico aragonés, se lleven a cabo las actuaciones oportunas para recordar al Gobierno de Aragón la necesidad de adecuar su actuación al principio de legalidad, y ajustar la aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma y su remisión a las Cortes de Aragón a los plazos estatutariamente establecidos.

Zaragoza, 20 de octubre de 2014.

EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN PARA LA DEFENSA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ARAGONESA, Julio Guiral Pelegrín”.

5 comentarios:

Anónimo dijo...



Esto es algo que hay que hacer sencillamente porque nadie más lo haría.

Anónimo dijo...



Un comentario en el café no es suficiente.

Anónimo dijo...

¿Van a controlar los funcionarios a las Cortes de Aragón?

Anónimo dijo...



UPyD pide revisar la figura de El Justicia por su alto coste y su escasa utilidad.

epa

Anónimo dijo...


EFE 22/10/2014

El Partido UPyD ha pedido hoy revisar El Justicia de Aragón, una institución que tiene un coste de más de dos millones de euros que, a su juicio, es excesivamente elevado teniendo en cuenta la coyuntura actual y "su escasa utilidad".

El partido ha advertido en un comunicado de que "resulta sorprendente" que el titular de la institución, que se elige por su trayectoria de excelencia en el mundo del derecho, necesite trece asesores que cuestan más de 650.000 euros al año.

"Personal de libre designación y que cuestan a los aragoneses más de 650.000 euros al año de salario, a lo que hay que sumar un complemento de más de 2.000 euros por persona", señala el partido.

Por ello, y ante el proceso de elección del nuevo titular de la institución, Carlos Aparicio, coordinador de UPyD, ha exigido a las Cortes de Aragón una reforma integral al entender que no se puede mantener una institución "que sólo sirve para hacer recomendaciones, que en su mayor parte son ignoradas por el Gobierno de Aragón o los ayuntamientos".

Tras expresar que está a favor de mantener las instituciones históricas, "pero no a costa de un gasto desproporcionado", el dirigente político ha señalado que se hace necesario determinar los límites en el gasto del dinero público y suprimir las figuras de los asesores.