Los datos sobre el empleo público autonómico
–es decir, sobre el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón- son lo suficientemente relevantes como para merecer un debate
parlamentario en el que quepa examinar el contenido, la estructura y la calidad del Boletín estadístico del personal
al servicio de la Comunidad Autónoma
de Aragón, elaborado por la Dirección
General de la Función
Pública y Calidad de los Servicios y el Instituto Aragonés de
Estadística.
Son dos las entregas ya publicadas del
citado Boletín estadístico, y esta Asociación no puede ocultar su preocupación
por la deficiente estructura y calidad de sus datos, lo que convierte un
pretendido instrumento de transparencia en un elemento de confusión y
desinformación.
No comprendemos las razones que
justifican que su contenido y estructura no se homologue a la del Boletín Estadístico del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas, que viene confeccionando desde el año
1990 la Administración
General del Estado, a partir de los datos del Registro
Central de Personal, y en el que es posible obtener información sobre el empleo
público de Aragón que no consta en el Boletín de la Comunidad Autónoma,
como es, por ejemplo, la relativa al personal de la Universidad de
Zaragoza.
No resulta aceptable, sencillamente,
que el Boletín estadístico de la Comunidad
Autónoma, de cuya elaboración es responsable la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, carezca del rigor necesario en aspectos tan básicos
como la clasificación del personal funcionario –al que no cabe atribuir la
calificación de fijo o temporal, sino la de funcionario de carrera o personal
interino- o la estructura del personal en grupos de titulación –a los que
indebidamente se califica como nivel formativo, concepto que poco tiene que ver
con la titulación exigida en las pruebas de acceso-, por no hablar de la
clasificación según tipo de destino, en el que de manera incomprensible e
inexplicada se distinguen los puestos definitivos, puestos provisionales y puestos
de sustitución, a los que se añaden un enigmático otros -¿acaso los mal
llamados “puestos bolsa”?- o de la clasificación de los empleados según grupo
de cotización de la seguridad social bajo el epígrafe “datos según relación con
la Administración”,
o la inclusión de los altos cargos como tipo de empleados públicos, o la falta
de información sobre los puestos de trabajo y los niveles de complemento de
destino que tienen asignado o la omisión de información de interés económico
sobre los complementos específicos atribuidos a los puestos y los grados
personales consolidados o los complementos de alto cargo reconocidos a
funcionarios, etc.
Especial dificultad reviste el empeño
de identificar el número de funcionarios interinos existentes en el conjunto de
la Administración
autonómica y resulta tarea imposible conocer si los mismos ocupan puesto
vacante o reservado o desarrollan funciones fuera de relación de puestos de
trabajo, de acuerdo con las distintas posibilidades que contempla el Estatuto Básico del Empleado
Público. Esta información no sólo resulta básica para la programación de las
ofertas de empleo público, sino que es de particular interés para quienes
desean ejercer su derecho de acceso a la función pública, pues les permite
conocer el volumen de puestos que han de ser ofertados anualmente por la Administración
autonómica. Si toda transparencia es deseable en la gestión pública, la que
afecta al ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos es
doblemente obligada. Poner a disposición de los ciudadanos dicha información
constituye el primer requisito para garantizar el ejercicio del derecho.
Dado que, además de las carencias
señaladas, el Boletín adolece de una seria de inconsistencias en su propia
configuración y permite albergar dudas más que razonables sobre la fiabilidad y
la calidad de la información que contiene, esta Asociación se ha dirigido a los
diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón para hacer una serie
de sugerencias en relación con dicho Boletín, considerando oportuno que se
celebre una comparencia parlamentaria del Consejero de Hacienda y Administración
Pública, José Luis Saz, para exponer las razones que puedan justificar la
deficiente estructura del Boletín editado y el poco rigor de su información,
que desvirtúan cualquier pretensión de transparencia que pueda perseguirse con
su publicación.
Baste señalar que el volumen de
efectivos que registra el Boletín estadístico elaborado por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, referido a diciembre de 2012, cifra el número total
de empleados en 49.652, mientras que el informe sobre el empleo público
elaborado por el Justicia de Aragón, referido a similar periodo, y con los
datos extraídos del Registro de Personal en 48.163 efectivos, con
significativas disparidades en lo relativo al personal de los ámbitos de
Administración General y Sanidad. Peor es la discordancia de datos entre el
Boletín Estadístico de la Comunidad Autónoma
y los datos recogidos en el Boletín
Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, elaborado
por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a partir de los
datos del Registro Central de Personal, donde se cifra el empleo público de la Comunidad Autónoma
de Aragón en 42.319 efectivos. ¿Es irrelevante que dos estudios oficiales sobre
el personal de la
Administración autonómica difieran en 1.500 efectivos? ¿Y cómo
explicar las alejadas cifras del Boletín autonómico y el Boletín estadístico
estatal? ¿Soportaría un hecho así cualquier otra organización mínimamente
responsable? Ese dato, pero otros muchos más, justifican la oportunidad de una
comparecencia parlamentaria del Consejero de Hacienda y Administración Pública,
José Luis Saz, para explicar la calidad de la información estadística sobre el
empleo público y su rendición periódica al Parlamento para hacer efectivo el
control de la sociedad sobre un elemento esencial del sector público.
Se reproduce a continuación el texto íntegro
del escrito dirigido a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón:
“Grupo
Parlamentario Popular
Cortes de
Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-ZARAGOZA
Zaragoza,
7 de marzo de 2014.
Estimados
señores:
En
mi condición de Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa, como entidad comprometida con las ideas de
buen gobierno y buena administración en el ámbito de nuestra Comunidad
Autónoma, deseo expresarles nuestro interés por la información cualitativa y
cuantitativa sobre los empleados
públicos en la Comunidad Autónoma, y en especial en la Administración Pública de la CAA.
Hace
ya algunos años propusimos a los responsables de la función pública la
realización de un Boletín estadístico que permitiese conocer regularmente, con
periodicidad semestral, el volumen y la estructura funcional del empleo
público, siguiendo el modelo plenamente consolidado del Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas que, a partir de la información del Registro Central de Personal,
elabora el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En
la página web de la
Dirección General de la Función Pública y
Calidad de los Servicios se informa que “En el marco de la promoción de la
información y transparencia que lleva a cabo el Gobierno de Aragón, el
Departamento de Hacienda y Administración Pública, en colaboración con el
Instituto Aragonés de Estadística ha puesto en marcha el proyecto de
elaboración de un Boletín Estadístico de Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón” Hasta el momento se han
confeccionado y están disponibles en dicha página en formato pdf dos boletines, cuya información se refiere a
la situación del empleo público en diciembre de 2012 y en junio de 2013.
Con
independencia de la desfavorable opinión que mantiene esta Asociación respecto
a la estructura y calidad del contenido de los Boletines publicados por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, y en el contexto
de la necesidad de disponer de información de calidad, que permita evaluar el
respeto al derecho de acceso a la función pública en los términos establecidos
por el Estatuto Básico del Empleado Público, o si, en concreto, el Departamento
de Hacienda y Administración Pública se ha ajustado al elaborar el Decreto-ley
1/2014, de 9 de enero, y aprobar posteriormente los Decretos de ofertas
complementarias de 2007 y 2011, en ejecución de de las sentencias judiciales
del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que anuló
las Ofertas de 2007 y 2011 del Gobierno de Aragón, nos parece necesario
plantear a ese Grupo Parlamentario la oportunidad de solicitar la comparecencia
del Consejero competente en materia de Función Pública para que aclare y explique
a la Cámara
las siguientes cuestiones:
Primera.-
Razones por las que el Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma
de Aragón, elaborado por la Dirección
General de la Función
Pública y Calidad de los Servicios y el Instituto Aragonés de
Estadística, no se ajusta a las categorías de empleados públicos reguladas en
el Estatuto Básico del Empleado Público y a la estructura interna de la función
pública que establece esta norma.
Segunda.-
Razones por las que el Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma
de Aragón no cuenta con una estructura e información homologables al Boletín Estadístico del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas, publicación semestral que es continuación
del Boletín estadístico del Registro Central de Personal que inició su
publicación en el año 1990, cuyo último número publicado es de julio de 2013.
No resulta comprensible que el Boletín de la Administración
autonómica no incluya una información que, sin embargo, facilita al Registro
Central de Personal y figura en el Boletín Estadístico elaborado por la Administración
General del Estado.
Tercera.-
Razones por las que el Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma
de Aragón no contiene información precisa sobre el nivel de temporalidad del
empleo público y las diferentes
categorías de personal interino y temporal que establece el Estatuto Básico del
Empleado Público, a partir de las cuales la Administración ha
de confeccionar la oferta anual de empleo público y los ciudadanos han de poder
conocer las plazas que corresponde ofertar en procesos selectivos públicos,
garantizando el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la función pública
que reconoce a los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución
Española.
Cuarta.-
Razones sobre las elevadas discrepancias que se constatan entre las cifras que
incluye el Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma
de Aragón y la reflejada en el Informe del Justicia de Aragón “El empleo
público en la
Administración autonómica aragonesa” (diciembre 2012), presentado
en su día a las Cortes de Aragón, cuando, al parecer, la información de ambos
documentos procede de la misma fuente y resulta casi coincidente en las fechas
a que se refieren uno y otro.
Quinta.-
Previsiones del Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno
de Aragón para revisar la estructura y contenido del actual Boletín estadístico
del personal al servicio de la Comunidad
Autónoma de Aragón, incorporando al mismo datos precisos
correspondientes a las diferentes categorías de personal que establece el
Estatuto Básico del Empleado Público y homologando su estructura a la del Boletín Estadístico del Personal al Servicio
de las Administraciones Públicas, reflejando igualmente la metodología
seguida para la confección del Boletín y la posibilidad de presentación de cada
nueva edición ante la
Comisión correspondiente de las Cortes de Aragón, para poder
conocer las líneas de evolución del empleo público, su adecuación a los
compromisos adquiridos por el Gobierno, la garantía de los derechos de los
ciudadanos que puedan verse afectados por tal gestión y los resultados de las
medidas de racionalización impulsadas en materia de personal.
Agradeciéndoles
de antemano su atención, y confiando en que dicho Grupo pueda valorar la
oportunidad de esta iniciativa en materia de control parlamentario, aprovecho
para expresarles nuestro máximo respeto y consideración.
Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”
8 comentarios:
La verdad es que el Boletín es un pésimo producto.
Y nadie lo cuestiona.
El Gobierno de Aragón ha convocado, según apareció publicado en el BOA del pasado 24 de febrero, tres plazas de Agente de Protección de la Naturaleza (APN) cuando, según denuncia la Asociación de Agentes de Protección de la Naturaleza de Aragón, actualmente hay 64 vacantes en la comunidad. La asociación asegura que el cuerpo "ya no puede cumplir todos sus cometidos de protección del medio ambiente debido a la falta de medios y de efectivos" por los recortes llevados a cabo en los últimos años.
Por ello, la agrupación ha registrado sendos escritos en Función Pública y en el Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, instando a la corrección de los decretos. "Esta asociación quiere pensar que se trata de un error, pues no es de recibo la convocatoria de oposiciones para cubrir tan solo tres plazas de APN, cuando podría hacerlo con la totalidad de las vacantes", explicó la agrupación a través de un comunicado.
En él detallan carencias como el "ridículo parque de vehículos viejos e inseguros, visitantes asiduos del taller y sin combustible". Aseguran también que cuentan con "equipos de protección individual incompletos", sin botas, cascos o chalecos. Y atacan "sobre todo, un escaso interés" por parte deDepartamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en solucionar los problemas del cuerpo.
EPA.
Luego, la calidad de los datos es fundamental para el control de las decisiones en materia de empleo público, como puede verse.
EFE 10/03/2014
El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha admitido a supervisión la queja presentada por la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa por el reiterado incumplimiento del deber de publicación en el BOA de las resoluciones de nombramiento y cese de personal eventual del Gobierno autonómico.
El motivo de la queja fue el anuncio del pasado 11 de febrero de la Secretaría General Técnica de Política Territorial e Interior que daba publicidad a nombramientos y ceses de personal eventual en el gabinete del consejero del área, unos anuncios que, según la asociación, "no son la forma en que ha de asegurarse la publicidad a que quedan sometidos nombramientos y ceses del personal eventual".
El colectivo ha añadido en un comunicado que resulta "incomprensible" que los distintos Departamentos sigan manteniendo una práctica "irregular expresamente desautorizada por los tribunales".
En concreto, la publicación de estas resoluciones se prevé por la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, en su artículo 25.5, donde se recoge que serán objeto de publicación "en el Boletín Oficial de Aragón".
Dicho precepto, incorporado en 2009, ha sido y sigue siendo "sistemáticamente incumplido" por los miembros del Gobierno de Aragón, ha insistido la asociación.
Ello, pese a la sugerencia realizada por el Justicia de Aragón y a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que anuló los anuncios de publicidad que, de forma diferida, se insertan en el BOA a modo de "sucedáneo" de la verdadera publicación de la resolución de nombramiento y cese de dicho personal, según la agrupación.
A este respecto, ha añadido que el hecho de que este personal sea nombrado de forma directa y discrecional por el titular de cada Departamento, sin necesidad de convocatoria, no exime del deber de publicación de la resolución de nombramiento.
Pienso, luego insisto. Bien por la Asociación.
Comentario:
Quién dice que el Justicia no vale para nada?
Yo lo digo. A ver si alguien se cree que el que admita a supervisión una queja va a cambiar algo. Sólo faltaba que no lo admitiera y que directamente dijera "no trabajo que soy un gorrón que vivo a vuestra costa por la jeta".
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