jueves, 22 de agosto de 2013

ESCRITO AL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ARAGÓN: LA LEGALIDAD DEL GASTO REQUIERE LEGALIDAD DEL SISTEMA DE SELECCIÓN.



Como venimos informando en las últimas notas de este blog, la Asociación viene realizando desde el pasado mes de julio una campaña de información a los responsables de las distintas instituciones públicas aragonesas sobre el resultado de los incidentes de ejecución forzosa de las sentencias firmes obtenidas en materia de Oferta de Empleo Público, al entender que el respeto a la legalidad en el funcionamiento de la Administración autonómica incumbe a todos los responsables institucionales de la Comunidad Autónoma. Estos, en el ejercicio de sus respectivas funciones, debieran contribuir a que el ordenamiento jurídico se respete y que los ciudadanos vean respetados sus derechos fundamentales, incluido el de acceso a la función pública en condiciones de igualdad.

En particular, en el escrito remitido ayer al Presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón, Antonio Laguarta, se insiste en la obligación que corresponde a los órganos de fiscalización del gasto público de velar por la legalidad del gasto personal, debiendo advertir y requerir al Gobierno de Aragón para que ajuste su política de selección de personal a las exigencias constitucionales y a la normativa legal de función pública, en los términos que han quedado establecidos por la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010.

El sometimiento de todos los poderes públicos al principio de legalidad hace de todos ellos agentes activos para asegurar el respeto del ordenamiento jurídico, algo de lo que deben ser conscientes los titulares de las diferentes instituciones y que esta Asociación se ha permitido recordarles en relación con el régimen de acceso de los ciudadanos a la función pública, cuyo incumplimiento ha quedado puesto de manifiesto por distintos pronunciamientos de los Tribunales.

Se reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito remitido al Presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón:



“Zaragoza, 21 de agosto de 2013.


Estimado señor:

Le dirijo el presente escrito, en mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, para informarle de que, recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, a través de sendos autos dictados con motivo de los incidentes de ejecución forzosa promovidos por esta Asociación, ha requerido al Gobierno de Aragón para que, en el plazo de seis meses, adopte todas las medidas necesarias para proceder a la aprobación de nuevos Decretos de Oferta de Empleo Público de los años 2007 y 2011, en los que se incluyan, respectivamente, todas las plazas vacantes a 31 de diciembre de 2006 y 31 de diciembre de 2010, que se hallen cubiertas por funcionarios interinos, salvo que se prevea su efectiva amortización o estén reservadas a funcionarios de carrera con destino definitivo.

Dichos autos de ejecución forzosa se refieren a las sentencias firmes obtenidas por esta Asociación, como resultado de los recursos judiciales promovidos a través del procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, como son la Sentencia de 29 de octubre de 2010, del Tribunal Supremo, por la que se anuló el Decreto de Oferta de Empleo Público para 2007, y la Sentencia de 10 de febrero de 2012, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por la que se anuló el Decreto de Oferta de Empleo Público para 2011.

En ambas resoluciones judiciales se concluyó que la Oferta de Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón vulneraba el derecho fundamental de acceso a la función pública, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española, al no incluir la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, de acuerdo con lo exigido tanto por el Estatuto Básico del Empleado Público como por la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Pese a que esta Asociación se dirigió en septiembre del pasado año al Consejero de Hacienda y Administración Pública, para solicitar la ejecución voluntaria de ambas sentencias firmes, la falta de respuesta de dicho Consejero nos obligó a acudir a los Tribunales el pasado mes de abril para instar la ejecución forzosa judicial, dando lugar así a los dos autos citados, dictados el pasado mes de julio, en los que se requiere al Gobierno de Aragón dicha ejecución mediante la aprobación de nuevas Ofertas de Empleo Público para 2007 y 2011 en el plazo de seis meses.

Creemos que el conjunto de resoluciones judiciales dictadas, resultantes de la acción de defensa del acceso a la función pública llevada a cabo por esta Asociación, constituyen una clara desautorización de la política seguida en esta materia por parte del Gobierno de Aragón, y debiera dar lugar a una profunda reflexión de todos los órganos competentes en materia de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre la necesidad de respetar la legalidad y garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos que afectan a la función pública.

Consideramos, asimismo, que la legalidad del gasto de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma, cuyo control corresponde efectuar a esa institución, solo puede producirse dentro del respeto a las normas de selección de personal, pues los créditos de personal, al igual que los restantes créditos presupuestarios, han de ejecutarse de conformidad con las normas que regulan la materia y ello exige, necesariamente, que los perceptores de retribuciones públicas hayan accedido a sus puestos de trabajo a través de los procedimientos reglados de ingreso en la función pública, lo que exige la aprobación de Ofertas de Empleo Público en las condiciones que fija el ordenamiento jurídico, como ha recordado el Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de octubre de 2010.

Tenemos plena confianza en que, desde esa Institución, a través de la relevante función de control de la legalidad y eficiencia del gasto público –dentro del cual revisten particular importancia los créditos de personal-, se contribuya a la restauración del derecho, así como a la garantía futura del derecho de acceso a la función pública, velando para que la aprobación y el contenido de las Ofertas de Empleo Público se ajusten a lo previsto en la Ley, en los términos señalados por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 29 de octubre de 2010.

Agradeciéndole de antemano su atención, reciba nuestro más  atento saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa".

2 comentarios:

Anónimo dijo...


Esperemos algún tipo de reacción desde la Cámara de Cuentas.

Anónimo dijo...

Se puede contar con ella?