Como
venimos informando en las últimas notas de este blog, la Asociación viene
realizando desde el pasado mes de julio una campaña de información a los
responsables de las distintas instituciones públicas aragonesas sobre el
resultado de los incidentes de ejecución forzosa de las sentencias firmes
obtenidas en materia de Oferta de Empleo Público, al entender que el respeto a
la legalidad en el funcionamiento de la Administración
autonómica incumbe a todos los responsables institucionales de la Comunidad Autónoma.
Estos, en el ejercicio de sus respectivas funciones, debieran contribuir a que
el ordenamiento jurídico se respete y que los ciudadanos vean respetados sus
derechos fundamentales, incluido el de acceso a la función pública en
condiciones de igualdad.
En
particular, en el escrito remitido ayer al Presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón,
Antonio Laguarta, se insiste en la obligación que corresponde a los órganos de
fiscalización del gasto público de velar por la legalidad del gasto personal,
debiendo advertir y requerir al Gobierno de Aragón para que ajuste su política
de selección de personal a las exigencias constitucionales y a la normativa
legal de función pública, en los términos que han quedado establecidos por la
reciente sentencia del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010.
El
sometimiento de todos los poderes públicos al principio de legalidad hace de
todos ellos agentes activos para asegurar el respeto del ordenamiento jurídico,
algo de lo que deben ser conscientes los titulares de las diferentes
instituciones y que esta Asociación se ha permitido recordarles en relación con
el régimen de acceso de los ciudadanos a la función pública, cuyo
incumplimiento ha quedado puesto de manifiesto por distintos pronunciamientos
de los Tribunales.
Se
reproduce, a continuación, el texto íntegro del escrito remitido al Presidente
de la Cámara
de Cuentas de Aragón:
“Zaragoza,
21 de agosto de 2013.
Estimado
señor:
Le
dirijo el presente escrito, en mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, para
informarle de que, recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, a
través de sendos autos dictados con motivo de los incidentes de ejecución
forzosa promovidos por esta Asociación, ha requerido al Gobierno de Aragón para
que, en el plazo de seis meses, adopte todas las medidas necesarias para
proceder a la aprobación de nuevos Decretos de Oferta de Empleo Público de los
años 2007 y 2011, en los que se incluyan, respectivamente, todas las plazas
vacantes a 31 de diciembre de 2006 y 31 de diciembre de 2010, que se hallen
cubiertas por funcionarios interinos, salvo que se prevea su efectiva
amortización o estén reservadas a funcionarios de carrera con destino
definitivo.
Dichos
autos de ejecución forzosa se refieren a las sentencias firmes obtenidas por
esta Asociación, como resultado de los recursos judiciales promovidos a través
del procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, como
son la Sentencia
de 29 de octubre de 2010, del Tribunal Supremo, por la que se anuló el Decreto
de Oferta de Empleo Público para 2007, y la Sentencia de 10 de
febrero de 2012, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, por la que se
anuló el Decreto de Oferta de Empleo Público para 2011.
En
ambas resoluciones judiciales se concluyó que la Oferta de Empleo Público
aprobada por el Gobierno de Aragón vulneraba el derecho fundamental de acceso a
la función pública, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución
Española, al no incluir la totalidad de las plazas vacantes
ocupadas por funcionarios interinos, de acuerdo con lo exigido tanto por el
Estatuto Básico del Empleado Público como por la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Pese
a que esta Asociación se dirigió en septiembre del pasado año al Consejero de
Hacienda y Administración Pública, para solicitar la ejecución voluntaria de
ambas sentencias firmes, la falta de respuesta de dicho Consejero nos obligó a
acudir a los Tribunales el pasado mes de abril para instar la ejecución forzosa
judicial, dando lugar así a los dos autos citados, dictados el pasado mes de
julio, en los que se requiere al Gobierno de Aragón dicha ejecución mediante la
aprobación de nuevas Ofertas de Empleo Público para 2007 y 2011 en el plazo de
seis meses.
Creemos
que el conjunto de resoluciones judiciales dictadas, resultantes de la acción
de defensa del acceso a la función pública llevada a cabo por esta Asociación,
constituyen una clara desautorización de la política seguida en esta materia
por parte del Gobierno de Aragón, y debiera dar lugar a una profunda reflexión
de todos los órganos competentes en materia de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma
sobre la necesidad de respetar la legalidad y garantizar el pleno ejercicio de
los derechos fundamentales de los ciudadanos que afectan a la función pública.
Consideramos,
asimismo, que la legalidad del gasto de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma,
cuyo control corresponde efectuar a esa institución, solo puede producirse
dentro del respeto a las normas de selección de personal, pues los créditos de
personal, al igual que los restantes créditos presupuestarios, han de
ejecutarse de conformidad con las normas que regulan la materia y ello exige,
necesariamente, que los perceptores de retribuciones públicas hayan accedido a
sus puestos de trabajo a través de los procedimientos reglados de ingreso en la
función pública, lo que exige la aprobación de Ofertas de Empleo Público en las
condiciones que fija el ordenamiento jurídico, como ha recordado el Tribunal
Supremo en su sentencia de 29 de octubre de 2010.
Tenemos
plena confianza en que, desde esa Institución, a través de la relevante función
de control de la legalidad y eficiencia del gasto público –dentro del cual
revisten particular importancia los créditos de personal-, se contribuya a la
restauración del derecho, así como a la garantía futura del derecho de acceso a
la función pública, velando para que la aprobación y el contenido de las
Ofertas de Empleo Público se ajusten a lo previsto en la Ley, en los términos señalados
por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 29 de octubre de 2010.
Agradeciéndole
de antemano su atención, reciba nuestro más atento saludo.
Julio
Guiral Pelegrín. Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función Pública Aragonesa".
ResponderEliminarEsperemos algún tipo de reacción desde la Cámara de Cuentas.
Se puede contar con ella?
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