viernes, 5 de marzo de 2010

PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL: EL JUSTICIA DE ARAGÓN RECOMIENDA AL GOBIERNO SU DEROGACIÓN POR CONSIDERARLA ILEGAL.

El Justicia de Aragón, en el ejercicio de su función de tutela del ordenamiento jurídico aragonés, ha formulado una recomendación al Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, para que proceda a suprimir el mecanismo de promoción interna temporal que fue introducido en el régimen de provisión de puestos de trabajo de la Administración autonómica a través del Decreto 118/2009, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón.

Dicho Decreto vino a regular una fórmula de provisión nueva, denominada "comisión de servicios en distinta escala o clase de especialidad", mediante la cual se quería posibilitar la "promoción interna temporal" pactada con las organizaciones sindicales en el marco de la negociación colectiva. Dicha fórmula posibilita que los puestos de cada Cuerpo o Escala puedan ser desempeñados por funcionarios del Cuerpo o Escala inferior, de forma temporal, mediante comisión de servicios, sin necesidad de respetar las condiciones de desempeño de los puestos. Un auxiliar administrativo puede desempeñar funciones propias de administrativo, un administrativo las de un técnico de gestión, y éste las de un funcionario superior.

Tal diseño ha sido analizado por el Justicia de Aragón, en una actuación de oficio, en ejercicio de sus funciones de tutela del ordenamiento jurídico aragonés, al considerar que tal regulación suponía una vulneración de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuya estructura de Cuerpos y Escalas y régimen de clasificación de puestos, con intervalos de niveles asignados a los diferentes Grupos de titulación, hace antijurídica e inviable la fórmula pactada entre Administración y sindicatos y aprobada por el Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Presidencia, Javier Velasco.

Considera el Justicia de Aragón en su resolución que "equiparar un mecanismo de provisión de plazas, como es la comisión de servicios, a la promoción interna, -tal y como parece hacer la Administración en el decreto analizado-, supone una adulteración de la naturaleza jurídica de ambas figuras; en tanto la comisión de servicios no puede considerarse propiamente un derecho de los empleados públicos", naturaleza que cabe predicar de la promoción interna.

La resolución del Justicia de Aragón también considera antijurídico el régimen retributivo previsto para dicha fórmula de provisión, por entenderlo contrario a la legislación básica estatal, como ya se señaló en un informe elaborado por la propia Intervención General del Gobierno de Aragón.

La recomendación formulada por el Justicia de Aragón al Gobierno de Aragón, para que se proceda a la derogación del régimen de promoción interna temporal introducido por el Decreto 118/2009, por contravenir lo previsto en la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma, ha de ser publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", por exigencia expresa de la Ley del Justicia de Aragón.

Esta Asociación acoge con satisfacción la recomendación realizada por el Justicia de Aragón, pues desde el primer momento alertó sobre el carácter ilegal de la fórmula aprobada por el Gobierno de Aragón y procedió a su impugnación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Igualmente, esta Asociación ha denunciado ante el Tribunal de Cuentas y otras instituciones del Estado la inconstitucional previsión contenida en el artíclo 19.2 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2010, dirigida a reconocer a los funcionarios "promovidos" el derecho a percibir unas retribuciones básicas superiores a las que les corresponde por aplicación de la legislación básica estatal.

La decisión del Justicia de Aragón, como el anterior pronunciamiento de la Intervención General del Gobierno de Aragón, pone claramente de manifiesto la nefasta e irregular política de personal impulsada por el Departamento de Presidencia, incapaz de respetar reglas tan básicas del Estado de Derecho como son los principios de legalidad y jerarquía normativa. También los sindicatos de la función pública aragonesa debieran reflexionar sobre su equivocada estrategia, al impulsar constantemente medidas contrarias al ordenamieno jurídico, lo cual contraviene la esencia misma de la función pública.

11 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Y Brun? ¿Tan campante? ¿Como si nada?

Anónimo dijo...

Parecen disimularlo de mil maravillas.

Anónimo dijo...

¿A los funcionarios les importa algo la legalidad?

Anónimo dijo...

Si no gustan los interinos, que convoquen oposiciones, pero que no se inventen comisiones de servicios ilegales para los de dentro.

Anónimo dijo...

¿Qué más hace falta para que cesen a Brun?

¿Cabe acumular un mayor historial de iniciativas descabelladas o directamente contrarias a Derecho?

Anónimo dijo...

¿Por qué cada vez más la función pública es como la selva, sin ningún camino claro?

Anónimo dijo...

Comentario:

El mejor favor que se le puede hacer a la democracia y lo mejor que se puede y se debe de hacer, para seguir creyendo que es el menos malo de todos los sitemas de gobierno posible, es LA TRANSPARENCIA. y mientras desde distintos sectores sociales se afanan en meter "caña" con los sueldos de los políticos etc(que está muy bien) nadie se acuerda de la opacidad de las empresas mixtas públicas-privadas, de cuanta gente trabaja en las mismas quienes son, quienes vana a trabajar y quien nó, a cuanto ascienden las millonarias nóminas de los cargos que ocupan etas empresas. En fín no hay transparencia, y sí complicidad entre los que tienen la obligación de sacar a la luz que está sucediendo con el dinero público.

Anónimo dijo...

Comentario:

Las empresas públicas no son necesariamente malas. Tampoco es malo que se financien con fondos ajenos (esto es, que estén endeudadas), como parecía deducirse del artículo del Heraldo de ayer, ya que cualquier empresa se financia mediante deuda si con ello obtiene más beneficio que haciéndolo con fondos propios o de otro modo. Lo que no es aceptable es la falta de transparencia de algunas de ellas y del grupo en su conjunto, su falta de rentabilidad, los criterios seguidos en algunas ocasiones para la selección de sus directivos (que tampoco están especialmente bien pagados), más políticos que profesionales (ojo, no en todos los casos), y el hecho de que no se asuman responsabilidades (mediante ceses o dimisiones) cuando se mete la pata con dinero público. Heraldo debería profundizar más en estos aspectos y profundizar más en el análisis de estas empresas (si hay infomración para poder hacerlo) y no limitarse a simplismos como el de ayer, afirmando que la deuda, por si misma, es mala. Animo a Heraldo a seguir avanzando en esta línea: creo que para el público es beneficioso tener información y que los políticos se sepan controlados por unos medios de comunicación veraces e independientes.

Anónimo dijo...

Volvéis a salir en el Heraldo. ¿Les pagáis comisión?

Anónimo dijo...

Comentario:

Otra metedura de pata del Director Gral. de la Función Pública. Y van... ¿Nadie considera opotuno, e incluso altamente necesario, cesarle? ¿Tiene alguna noción de Derecho Administrativo este hombre? ¿No tiene unos servicios jurídicos que le asesoren?

Anónimo dijo...

¿Qué hay detrás de este afán por promocionar a los funcionarios pero sólo de forma temporal? ¿Debo pensar mal?