viernes, 26 de marzo de 2010

ESCRITO DE CONCLUSIONES EN EL CONTENCIOSO DE LA PROMOCIÓN INTERNA TEMPORAL.

En los primeros días de la semana próxima, esta Asociación formulará ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, escrito de conclusiones en el procedimiento seguido contra el Decreto 118/2009, del Gobierno de Aragón, por el que se introdujo, en el régimen de provisión de puestos de trabajo de la Administración autonómica, la atípica e irregular figura de la "comisión de servicios en diferente escala o clase de especialidad", establecida para dar cauce a la llamada "promoción interna temporal" pactada entre Administración y Sindicatos en el marco de la negociación colectiva.

El escrito de conclusiones elaborado, al tratarse de un mero debate jurídico -en el que no existen hechos a probar, sino simples argumentos jurídicos a contraponer-, viene a reformular las tesis fundamentales del escrito de demanda formulado en su momento, al tiempo que trata de rebatir los argumentos esgrimidos por la Letrada de la Administración en su escrito de contestación a la demanda.

Se trata, en primer lugar, de rechazar la causa de inadmisión planteada por la Letrada de la Administración, invocando la falta de legitimación de la Asociación, por carecer de interés legítimo para la impugnación realizada. Una vez más, como ya se nos tiene acostumbrados, la Administración trata de evitar que los Tribunales entren a juzgar sobre la cuestión de fondo, poniendo trabas e impedimentos al control jurisdiccional de la actividad administrativa -en este caso, de naturaleza normativa- y negando, de forma contumaz, el interés que corresponde a esta Asociación -pese a ser su estricta razón de ser- en combatir la regulación de la función pública que contravenga los principios ordenadores a que ha de ajustar necesariamente su contenido, como es, en el presente caso, la sujeción a la legislación básica estatal y al principio de jerarquía normativa.

La estrategia de la Administración, con su constante apelación a la falta de legitimación de esta Asociación, sólo ha prosperado en supuestos referentes a actos administrativos concretos, y nunca en lo referente a disposiciones generales -como fue el caso de la Oferta de Empleo Público de 2007 y es el presente caso-, por lo que confiamos en que dicha estrategia procesal fracase de nuevo. Además, el escrito de conclusiones se refuerza con el escrito de alegaciones de la Fiscalía del Tribunal Supremo, correspondiente al recurso de casación planteado en relación con la Oferta de 2007, en el que se defiende la legitimación de la Asociación. El criterio de la Fiscalía del Tribunal Supremo nos parece una opinión particularmente autorizada.

En cuanto a los argumentos de fondo aportadas por la Letrada en su oposición al escrito de demanda, todos ellos extraordinariamente endebles, basta con contrastarlos con el contenido de la normativa vigente para que queden desvirtuados: no cabe decir que los requisitos de las relaciones de puestos de trabajo no son de aplicación a las fórmulas de provisión temporal, como las comisiones de servicio, pues tal exigencia de respeto la establecen expresamente el reglamento de provisión de puestos y la norma reguladora de las relaciones de puestos de trabajo. Tampoco resulta mínimamente sostenible invocar la titulación académica ostentada por el funcionario para habilitarle a acceder a puestos de grupo de titulación superior, pues la titulación relevante a tales efectos no es la que se posea sino la exigida en las pruebas de acceso en que se haya adquirido la condición de funcionario de carrera. Y, por último, obviar la diferenciación entre retribuciones básicas y complementarias, para afirmar la lógica de cobrar las retribuciones básicas del puesto desempeñado, si éste corresponde a grupo de titulación superior, constituye simplemente el inevitable e ilógico colofón a una serie de sofismas jurídicos con los cuales parece querer subordinarse la legalidad a los acuerdos arbitrarios de la negociación colectiva.

Además del señalado escrito de la Fiscalía del Tribunal Supremo, en que se sostiene la legitimación de esta Asociación para impugnar normas de función pública dictadas por el Gobierno de Aragón, el escrito de conclusiones formulado se refuerza con la recomendación formulada por el Justicia de Aragón para que se derogue el régimen de "promoción interna temporal" establecido, por ser contrario a la Ley de Ordenación de la Función Pública, y el escrito de la Intervención General del Gobierno de Aragón en el que se advierte que el régimen retributivo previsto en el artículo 19.2 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2010, aplicable a la promoción interna temporal, es contrario a la legislación básica estatal.

Quedamos, por lo tanto, a la espera del fallo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, salvo que el Gobierno de Aragón acepte la recomendación efectuada por el Justicia de Aragón y elimine, de oficio, la regulación aprobada, lo cual nos parece altamente improbable.

12 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Y el Estado va a consentir la vulneración en materia retributiva?

Anónimo dijo...

¿Qué ocurriría si se inadmitiese por falta de legitimación? ¿Tampoco se admitiría la recomendación del Justicia?

Anónimo dijo...

¿Cuándo puede tardarse en dictar sentencia?

Anónimo dijo...

¿Y no recurrirá la DGA al Tribunal Supremo sólo para demorar el fallo y consumar la aplicación de la norma?

Anónimo dijo...

¿Qué sentido tiene luchar por el derecho en estas condiciones?

Anónimo dijo...

Y pese a todo ello, hay que seguir.

Anónimo dijo...

No hay que desistir.

Anónimo dijo...

A pesar de las tentaciones que asaltan todos los días.

Anónimo dijo...

SEBASTIÁ VERD La retirada del pasaporte al ex president Matas y la millonaria fianza que han pedido los fiscales para que –a la espera de ser juzgado– eluda la cárcel, se corresponden, sin duda, a la gravedad de los delitos que se le imputan. Nada más y nada menos que tres millones de euros, toda una marca en los anales de la fiscalía anticorrupción de Balears, superando con creces la que fue impuesta a su antigua socia, Maria Antònia Munar, y a todos los políticos que han sido investigados hasta el momento. Pero, sobre todo, estamos ante una fianza ejemplar, millonaria, para quién presidió Illes Balears de manera nada ejemplar. Los ciudadanos en general, los medios de comunicación, los partidos que forman el gobierno y hasta algunos dirigentes del PP, con la boca pequeña –eso sí – hace tiempo que pedían al ex president que despejara todas las dudas sobre el origen de su incremento patrimonial y del alto nivel de vida que llevaba, pero ante el juez el imputado quiso escurrir el bulto, responsabilizando de las irregularidades a sus subordinados y justificando su riqueza en herencias familiares y cobro de alquileres en negro.
En definitiva, que Matas ha preferido pasar como defraudador de Hacienda, buscando la complicidad del lado más oscuro de la sociedad mallorquina, antes que reconocer su participación o siquiera responsabilidad en el descontrol del Palma Arena, el mayor despilfarro de dinero público de nuestra historia autonómica. Jaume Matas ha confesado ser un defraudador de Hacienda y, paralelamente, un pésimo gestor de los dineros públicos. ¿En qué queda ahora su pretendido prestigio de buen administrador, como político que, se dijo, fue capaz de poner al día las infraestructuras de Balears? Es evidente que si su comportamiento como ciudadano, que debe pagar religiosamente sus impuestos, dejó mucho que desear, no muy diferente debió ser como presidente. Como mínimo, no es de recibo que sea incapaz de explicar cómo se duplicó el presupuesto del velódromo, del mismo modo que es inaceptable que responsabilice de todo a quién fue su hombre de confianza, el ex director de deportes, Pepote Ballester.

DIARIO DE MALLORCA.

Anónimo dijo...

es un riesgo que hay que correr,ya que tarde o temprano las asociación será reconocida tanto en los tribunales como socialmente por su trabajo y la orientacion ética de sus planteamientos.Asi que a seguir trabajando y razonando libremente ...

Anónimo dijo...

Claro, esos es impensable.

Anónimo dijo...

¿Cómo se va a aceptar la recomendación del Justicia de Aragón? ¿Sería reconocer estar al margen de la ley?