viernes, 18 de enero de 2008

EL DEFENSOR DEL PUEBLO ACUSA RECIBO DE LAS QUEJAS FORMULADAS POR LA ASOCIACIÓN.

Zaragoza, 18 de enero de 2008.

Al igual que en todas las ocasiones en que esta Asociación se ha dirigido al Defensor del Pueblo para formular quejas con motivo de alguna actuación de los órganos superiores o directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Defensor del Pueblo en fecha reciente ha dirigido a esta Asociación escrito por el que acusa recibo de la queja formulada con motivo del anuncio aparecido en la prensa aragonesa de una convocatoria de selección de personal laboral fijo realizada por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, entidad de Derecho público adscrita al Departamento de Presidencia, sin contar con la necesaria autorización en la Oferta de Empleo Público aprobada por el Gobierno de Aragón, tal y como se exige en el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Defensor del Pueblo, al igual que el Justicia de Aragón, con la remisión de tal acuse de recibo no hace sino dar cumplimiento a lo que establece su Ley reguladora, como expresamente señala en su escrito.

Tal respeto escrupuloso a la obligación de efectuar acuse de recibo contrasta con el reiterado y generalizado incumplimiento de similar obligación por parte de los miembros del Gobierno de Aragón y los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón –Secretarios Generales Técnicos y Directores Generales-, actitud que esta Asociación no va a dejar de poner de manifiesto en todas y cada una de las ocasiones en que se produzca, pues la primera y más básica obligación de un responsable público es respetar el libre ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos, entre los cuales figura el derecho de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución.

La Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición, no sólo establece el deber de acusar recibo de las peticiones recibida por parte de todas las autoridades e instituciones, sino también el de resolver sobre su admisión o inadmisión y el de contestar y notificar la contestación aquellas peticiones admitidas.

Esta Asociación, en fechas próximas, va a recordar a todos los miembros del Gobierno de Aragón y demás Altos Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón las obligaciones que les corresponden frente al ejercicio del derecho fundamental de petición ejercido por los ciudadanos y va a poner en conocimiento del Justicia de Aragón y del Defensor del Pueblo, pero también del Director General de Participación Ciudadana del Departamento de Presidencia, el generalizado incumplimiento de tales obligaciones que ha podido constatar esta Asociación con motivo de las numerosas peticiones formuladas.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Bien, no hay que dejar que se ignoren de este modo los derechos fundamentales, pues entonces es que no nos los merecemos.

Anónimo dijo...

Sobre todo hay que intentar que las leyes, sobre todo las que regulan derechos de los ciudadanos, no sean letra muerta, como algunos parecen pretender.

Anónimo dijo...

Tal vez el responsable de Participación Ciudadana puedar mediar en esta cuestión y hacer cambiar la actitud tan desconsiderada del Gobierno de Aragón, que ha olvidado la más elemental de las cortesías hacia los ciudadanos, como es acusar recibo de sus escritos de petición.
Lo cortés no quita lo valiente, pero lo prepotente sí que quita lo cortés.