viernes, 15 de mayo de 2015

UNA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO INACEPTABLE: EL GOBIERNO DE ARAGÓN DE RUDI OFRECE ÚNICAMENTE 48 PLAZAS DE ACCESO LIBRE, EN EL ÁMBITO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, EN TODA LA LEGISLATURA.



Ayer se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el Decreto 75/2015, de 5 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2015 en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. No está de más señalar que el Decreto publicado ayer contiene la única Oferta aprobada por este Gobierno a lo largo de toda la legislatura, pues las complementarias de 2007 y 2011 ni corresponden a una decisión propia del Gobierno –sino a requerimientos reiterados del Tribunal Superior de Justicia de Aragón- ni afectan a las plazas vacantes generadas a lo largo de la actual legislatura, pues se correspondían exclusivamente con las plazas ocupadas por interinos a 31 de diciembre de 2006 o 31 de diciembre de 2011. El cumplimiento de la normativa de función pública y el respeto al derecho de acceso a la función pública, a lo largo de esta legislatura, ha sido, por lo tanto, la excepción y el incumplimiento de la legalidad ha sido la norma. Pobre balance para quienes anunciaban la vuelta a la legalidad y al respeto del Derecho.

El contraste entre la parte expositiva y la parte normativa del Decreto aprobado no puede ser mayor: afirmar que la oferta de empleo público constituye un elemento imprescindible para asegurar la profesionalidad de los empleados públicos y la calidad del funcionamiento de los servicios públicos y para garantizar el derecho constitucional de acceso en condiciones de igualdad a las funciones públicas, como se afirma retóricamente en el texto del Decreto, poco o nada tiene que ver con las cifras en que se concreta la oferta de empleo aprobada, en la que se incluyen solo 48 plazas de turno libre, es decir, ofrecidas a los ciudadanos para acceso a la función pública como funcionarios de nuevo ingreso.

La política de selección de personal del Gobierno de Aragón sigue envuelta en la más absoluta opacidad. Alguien debería explicar la razón de que la tramitación del Decreto de Oferta no conste en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón, y consecuentemente no dispongamos del acceso a ninguno de los documentos preceptivos para su elaboración y aprobación. Tampoco podemos hallar información fiable y válida en el Boletín estadístico de personal que confeccionan la Dirección General de la Función Pública y el Instituto Aragonés de Estadística, cuyas deficiencias de diseño y contenido lo invalidan totalmente como herramienta de información.

Volvemos a constatar el claro desequilibrio entre el número de plazas de acceso libre (48) y las reservadas a promoción interna (64), algo que no resulta en modo alguno congruente con la situación de una plantilla que cuenta con una tasa de temporalidad que se aproxima al 40% de los efectivos (según los datos del Boletín estadístico  de diciembre de 2014, de la propia Dirección General de la Función Pública). Tal situación no merece la menor reflexión en la parte expositiva del Decreto aprobado, y el “importante déficit de efectivos” que se destaca respecto a las plazas de Técnicos de Gestión General pretende afrontarse con tres plazas de promoción interna. La racionalidad y la congruencia parecen criterios ausentes en el Decreto aprobado, lo que lleva necesariamente a rechazar cualquier atisbo de funcionalidad en la Oferta aprobada para programar y ordenar las necesidades de personal de la Administración autonómica. La valoración de la inclusión de plazas de la Clase de especialidad de Interventores e Inspectores Financieros –desconectada de cualquier reordenación interna de la Intervención General, que al menos se conozca- merecerá un comentario aparte.

Con todo ello, el Gobierno de Aragón sigue actuando con una arbitrariedad impropia de un Estado de Derecho, en el que las decisiones que afectan y limitan el ejercicio de un derecho fundamental de los ciudadanos han de contar con una particular motivación, que despeje cualquier duda de lesión al mismo. Ningún documento avala las cifras de plazas de la Oferta, por lo que resulta imposible conformarse con las mismas sin renunciar a la exigibilidad del respeto a los derechos fundamentales y a la indisponibilidad de los mismos por parte de los poderes públicos. El Gobierno de Aragón sigue obligándonos a apelar a los Tribunales para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la función pública, pues ni siquiera en los márgenes establecidos por las tasas de reposición de la Ley de Presupuestos Generales del Estado –cuya aplicación seguimos combatiendo en el terreno político y judicial- es capaz de ofrecer la garantía sobre la corrección de sus actuaciones en materia de oferta de empleo público. Está visto que nada ha aprendido en toda esta legislatura, con el proceso de ejecución de las sentencias que anularon las Ofertas de 2007 y 2011.

Al margen del ridículo número de plazas incluido en la oferta de empleo aprobada, debemos rechazar la posibilidad que contempla el artículo 7 de la oferta de empleo público sobre el condicionamiento de la adjudicación de primer destino a la previa modificación de la relación de puestos de trabajo, pues el Gobierno de Aragón debe sujetar la oferta a los términos de las relaciones de puestos de trabajo, y no al revés. Los puestos son los que marcan las necesidades de selección de personal, y no al revés.

Por todo ello, esta Asociación habrá de valorar la procedencia de promover nuevamente un recurso judicial contra la Oferta aprobada, para evitar que se siga ignorando por el Gobierno de Aragón el derecho de acceso a la función pública que la Constitución Española reconoce a todos los ciudadanos en su artículo 23.2. Sin respeto a la legalidad constitucional, cualquier programa de regeneración que se formule será falaz e inconsistente.

1 comentario:

Anónimo dijo...



¿Estamos condenados a repetir cada año la exigencia de respeto a la legalidad?