Con fecha 12
de junio de 2014, nos dirigimos a la Presidenta del Gobierno de Aragón, Luisa Fernanda
Rudi, para solicitarle que adoptase las medidas oportunas para asegurar la
aprobación por parte del Gobierno de Aragón de la Oferta de Empleo Público
para 2014, en los términos previstos por el Estatuto Básico del Empleado
Público y la Ley
de Ordenación de la Función Pública,
conforme a la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, es decir,
incluyendo la totalidad de los puestos de trabajo vacantes ocupados por
funcionarios interinos.
En dicho
escrito se insistía en que el respeto a los derechos fundamentales de los
ciudadanos y la ejecución de las leyes constituye la primera obligación de todo
órgano de gobierno en un Estado de Derecho como es el establecido por la Constitución
Española, sin que los
ajustes presupuestarios ni la grave crisis económica que padece nuestro país
sean razón suficiente para suspender el respeto y la vigencia de los derechos
fundamentales reconocidos en la
Constitución, entre los que se encuentra el de acceso a la
función pública en condiciones de igualdad y en los términos previstos en la
ley.
Señalábamos
que la no aprobación de Oferta de Empleo Público y la consecuente precarización
laboral del personal de la Administración Pública aragonesa –fenómeno que ha
puesto de relieve el Justicia de Aragón en su informe sobre el empleo público
en nuestra Comunidad Autónoma-
constituyen uno de los más graves menoscabos al Estado de Derecho, tanto
en lo que se refiere a la garantía de los derechos fundamentales de los
ciudadanos como al debilitamiento del principio de legalidad al que ha de
someterse la actuación de las Administraciones y que ha de quedar garantizado,
precisamente, por funcionarios públicos seleccionados conforme a los requisitos
constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Puntualizábamos,
además, que las medidas adoptadas para proceder a la ejecución de las
sentencias firmes que anularon las ofertas de empleo público de 2007 y 2011 del
Gobierno de Aragón no pueden eximir de la obligación legal de aprobar la oferta
anual de empleo público de 2014, aunque sea en los estrictos términos
establecidos por la Ley
de Presupuestos Generales del Estado, ya que el cumplimiento de sentencias
judiciales por haber vulnerado el régimen de oferta de empleo público no
disculpa ni justifica nuevas vulneraciones como la que supondría la falta de
aprobación de oferta de empleo público correspondiente a 2014.
A
todo ello, tras derivarse desde la Presidencia la petición realizada al Departamento
de Hacienda y Administración Pública, viene ahora a contestar el titular de la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios con un paupérrimo escrito, en el que señala que
dicha Dirección General está sometida al cumplimiento estricto del compromiso
de reducción del déficit público, y que en tal sentido la Ley de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2014 señala que a lo largo de dicho ejercicio no se
procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal.
Es
manifiesta la orfandad creciente de argumentos que padece la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios para justificar su gestión. Tras una hueca invocación
al déficit público, que no guarda relación alguna con el sistema de selección
de personal de las administraciones públicas, sino con su volumen y su coste,
sobre el que apenas se está actuando, viene a citarse de manera parcial y
sesgada la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, pretendiendo justificar que
la misma excluye cualquier incorporación de nuevo personal a las
Administraciones Públicas. Habría que preguntarse entonces por la legalidad de la Oferta de Empleo Público
aprobada para la Administración
General del Estado por Real Decreto 228/2014, de 4 de abril,
así como por la aprobada para este mismo ejercicio por otras Administraciones,
amparándose precisamente en lo señalado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Podría
sorprender que el Director General de la Función Pública y Calidad de
los Servicios olvide en su respuesta toda referencia al Estatuto Básico del
Empleado Público y a la Ley
de Ordenación de la Función Pública
de la Comunidad Autónoma
de Aragón, pues es evidente que el acceso a la función pública no viene
regulado en las leyes anuales de presupuestos, pero raya el despropósito el que
en su escrito se invoque de manera falaz la Ley de Presupuestos Generales del Estado, pues en
su artículo 21 se indica expresamente que, pese a la indicada exclusión de
incorporación de nuevo personal, se exceptúa de tal limitación una serie de
sectores y administraciones, respeto de los cuales se determina una tasa de
reposición de hasta un máximo del 10 por ciento. Todo ello, sin citar el deber legal que afecta a los puestos vacantes cubiertos por funcionarios interinos.
Lo
que evidencia la respuesta dada por la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, y que debemos entender que se da por buena por
parte de la Presidenta
del Gobierno de Aragón, no es un compromiso con la reducción del déficit público,
cuyos objetivos precisamente se están incumpliendo, como ha señalado el Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, sino una total falta de compromiso con la
reducción del déficit de legalidad que viene sufriendo, en materia de función pública,
nuestra Comunidad Autónoma desde hace muchos años. Poco crédito merece quien no
solo no cumple las leyes, sino que no duda en mutilar y alterar su contenido,
para hacernos creer que lo ilegal es legal. El déficit de legalidad parece
querer combatirse acomodando la cita de la ley al incumplimiento en que se
incurre. No es posible imaginar una mayor degradación del Estado de Derecho que
la burda respuesta que se nos ha dado por los responsables de función pública,
quienes parecen haber perdido todo respeto por la ley cuando se atreven a citarla
de una manera tan falaz.
Se
reproduce a continuación el contenido íntegro de la respuesta dada por el
Director General de la Función Pública
y Calidad de los Servicios:
“En
relación a su escrito de fecha 12 de junio de 2014 por el que se solicita la
aprobación de la Oferta
de Empleo Público para el año 2014, procede informar lo siguiente:
El
Departamento de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General
de la Función Pública
y Calidad de los Servicios, está sometido al cumplimiento estricto del
compromiso de reducción del déficit público con el objeto de contribuir a la
consecución de la estabilidad presupuestaria derivado del marco constitucional,
de la Unión Europea,
y de la legislación vigente en la materia, como son la
Ley Orgánica 2/2002, de 17 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y de la Ley 5/2012, de 7 de junio, de
Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
En
este sentido, la Ley
22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2014 establece en su artículo 21 que “a lo largo del ejercicio 2014 no se
procederá en el sector público (…) a la incorporación de nuevo personal, (…)
respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de
gastos de personal”.
Zaragoza a 17 de julio de 2014
EL DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS
Ignacio Murillo García-Atance”
3 comentarios:
Ahora ya no solo no se cumple la ley sino que se trata de manipular su contenido. Penoso!
Me parece un comportamiento indecente.
Es la respuesta que se podía esperar de un Director General y su corte de palmeros que incumple sistemáticamente la legalidad.
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