viernes, 30 de junio de 2017

CONVOCATORIA DE REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: 3 DE JULIO DE 2017.



De acuerdo con lo decidido por la Asamblea General de la Asociación, y con el fin de posibilitar la máxima participación de los socios en los debates de sus órganos directivos, la celebración de las reuniones de la Junta Directiva se hallan abiertas a la participación de todos los socios que deseen asistir a las mismas, en las que podrán participar con voz pero sin voto en el debate de los diferentes puntos del orden del día propuesto.

Además, y con el fin de asegurar la máxima transparencia en la actividad de la Asociación, de cara al conjunto de sus socios y de la ciudadanía en general, las convocatorias de la Junta Directiva son objeto de publicación en el blog de la Asociación, permitiendo con ello no sólo el conocimiento general de los asuntos a tratar, sino también la aportación de ideas y comentarios a los puntos incluidos en el orden del día, enriqueciendo con ello el debate interno de la Junta Directiva.

En consecuencia, se procede a la convocatoria de la reunión de la Junta Directiva de la Asociación, correspondiente al lunes 3 de julio

CONVOCATORIA:

De acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de los Estatutos, se convoca reunión de la Junta Directiva, a celebrar el próximo día 3 de julio, a partir de las 19:00 horas, en local sito en C/ Doctor Cerrada, 23, proponiéndose para dicha el desarrollo de la reunión el siguiente



Orden del día:


  1. Aprobación, si procede, del orden del día.
  2. Aprobación, si procede, del acta de la reunión anterior.
  3. Constitución de la Junta Directiva resultante de la XI Asamblea ordinaria de la Asociación.
  4. Establecimiento de prioridades de la actividad de la Asociación, según acuerdos adoptados en la XI Asamblea.
  5. Ruegos y preguntas.


Zaragoza, 29 de junio de 2017.
El PRESIDENTE DE LA ASOCIACION
Julio Guiral Pelegrín

jueves, 29 de junio de 2017

BALANCE DE ACTIVIDAD DESARROLLADA POR LA ASOCIACIÓN A LO LARGO DE 2016.



Con motivo de la asamblea anual de la Asociación celebrada el martes 27 de junio, se hace público el documento que resume la actividad desarrollada a lo largo del último año, tras la asamblea celebrada el 29 de marzo de 2016, agrupando las iniciativas en atención a su naturaleza:

ESCRITOS Y PETICIONES

1.- Petición de información pública al Consejero de Hacienda y Administración Pública sobre percepción del complemento de alto cargo en la Administración autonómica. 2.- Petición de información pública al Consejero de Hacienda y Administración Pública sobre volumen de interinidad existente en los diferentes sectores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. 3.- Requerimiento al Consejero de Hacienda y Administración Pública sobre aprobación de Oferta de Empleo Público para 2016. 4.- Reiteración de petición al Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza sobre aplicación del procedimiento de concurso de méritos para cubrir puestos de funcionarios con habilitación de carácter nacional. 5.- Requerimiento al Alcalde de Zaragoza sobre aprobación de Oferta de Empleo Público para 2017. 6.- Solicitud de información pública al Rector de la Universidad de Zaragoza sobre volumen de interinidad existente en dicha Universidad. 7.- Petición de información pública a los Alcaldes de las tres capitales aragonesas sobre volumen de interinidad existente en dichas entidades locales. 8.- Escrito a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón para instar acciones favorables a la ejecución de las sentencias del TSJA sobre ofertas de empleo público de 2014 y 2015 del Gobierno de Aragón. 9.- Escrito al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, rechazando la oferta de formular alegaciones al texto del Anteproyecto de Ley de Función Pública de Aragón. 10.- Escrito a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón solicitando acciones para retirada recursos de casación interpuestos por el Gobierno de Aragón contra sentencias del TSJA sobre ofertas de empleo público de 2014 y 2015. 11.- Petición a la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales sobre necesidad de cumplir obligaciones de publicidad activa en relación con los Decretos de Oferta de Empleo Público. 12.- Escrito a los Grupos Parlamentarios del Gobierno de Aragón comunicando la interposición de recurso judicial frente a la Oferta de Empleo Público para 2016 del Gobierno de Aragón. 13.- Escrito a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón sobre necesidad de establecer un procedimiento reglado para nombramiento de los miembros de los Tribunales de oposición. 14.- Escrito al Presidente del Gobierno de Aragón sobre incumplimiento del plazo de presentación del Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2017. 15.- Escrito de petición a la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales sobre dimisión o cese del Presidente del Consejo de Transparencia de Aragón por incumplimiento de obligaciones de transparencia como alto funcionario de la Diputación Provincial de Zaragoza. 16.- Escrito a los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón sobre incumplimientos legales en que incurre el Presidente del Consejo de Transparencia de Aragón.

ACTOS PÚBLICOS

1. Conmemoración del Día Internacional contra la Corrupción, con la proyección del documental “Corrupción: organismo nocivo” realizado por Pandora Box TV, el 13 de diciembre, en el Centro Joaquín Roncal.- 2.- Acto conmemorativo del X aniversario de la Asociación, celebrado el 15 de febrero, en el salón de actos de la Biblioteca Pública de Aragón, con proyección del documental “Corrupción: organismo nocivo”, y posterior coloquio con la presencia de Julio Guiral, Manuel Contreras, Teresa Soler y José Manuel Aspas.

COMPARECENCIAS PARLAMENTARIAS

Comparecencia ante la Comisión de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas de las Cortes de Aragón, el 17 de junio de 2016, para expresar la situación del derecho de acceso en la Administración de la Comunidad Autónoma y reclamar la ejecución de las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en relación con las ofertas de 2014 y 2015 del Gobierno de Aragón.

QUEJAS,  RECLAMACIONES Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS

1. Queja al Justicia de Aragón por anomalías producidas en el proceso selectivo de Administrativos. 2.- Reclamación ante el Consejo de Transparencia de Aragón por el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa de los Decretos de Oferta de Empleo Público. 3.- Escrito de petición al Justicia de Aragón relativo a la evaluación del funcionamiento de la Institución y propuesta de mejoras.

ACTUACIONES JUDICIALES

1. Interposición de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional frente a sentencia del Tribunal Supremo sobre Oferta de Empleo Público de la Administración General del Estado de 2014, con el fin de cuestionar la constitucionalidad de las tasas de reposición previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 2.- Impugnación, por la vía especial de protección de los derechos fundamentales, de la Oferta de Empleo Público para 2016 del Gobierno de Aragón, tanto en el ámbito de administración general como de personal estatutario del servicio de salud.

martes, 27 de junio de 2017

OPORTUNIDAD DE IMPULSAR UN INSTRUMENTO DE INFORMACIÓN Y CONTROL SOBRE EL DERECHO DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: UN OBSERVATORIO DEL DERECHO.



El pasado día 10 de junio, en el marco del Congreso Estatal de Empresas de Formación, celebrado en la ciudad de Burgos, intervino un representante de nuestra Asociación para plantear a los asistentes a dicho Congreso la idea de impulsar un Observatorio del Derecho de acceso a la función pública, de ámbito estatal, cuya actividad de control abarque los tres niveles de la Administración española: estatal, autonómico y local. Con un proceso de diseño e implantación gradual que vaya facilitando su consolidación. Dicha idea tuvo una buena acogida por parte de los asistentes y esperamos poder iniciar las tareas para su organización y puesta en marcha a partir de este próximo otoño.

La observación es un mecanismo de control, mediante el que poder detectar y señalar los incumplimientos y las demoras en que incurren las diferentes Administraciones Públicas  y hacerlo públicamente es una manera de incidir en sus decisiones, en su preocupación por cumplir con las normas, en su interés en no ser señalados como incumplidores.

Acaso, por aquello que decía Jeremías Bentham, y que cita con frecuencia el profesor Manuel Villoria (así, en el documental “Corrupción: organismo nocivo”) a propósito del control y de la actitud vigilante sobre el comportamiento tanto público como privado: “cuanto más te observo, mejor te comportas”.

Qué tipo de observatorio proponemos desde nuestra Asociación:

Una plataforma de colaboración entre todo tipo de entidades interesadas en que se respete el derecho de acceso a la función pública, en la que caben las academias de formación y preparación, las asociaciones que tienen entre sus objetivos el buen funcionamiento de la función pública y los particulares o profesionales dispuestos a aportar su esfuerzo y su conocimiento al desarrollo de esta labor de control.

Qué debemos observar:

-      Debemos observar, en primer lugar, que las Administraciones Públicas aprueban anualmente la correspondiente oferta de empleo público.

-         En segundo lugar, debemos hacer un seguimiento de la convocatoria y realización de los procesos selectivos que se corresponden con cada una de las ofertas aprobadas.

-  Debemos, a su vez, evaluar cualitativamente, conforme a los criterios que establezcamos de manera consensuada, el comportamiento de las Administraciones, con el objeto de estimular un buen comportamiento y buenas prácticas.

-       Debemos separar lo que es información, de lo que es control activo, requerimientos concretos realizados a las Administraciones para que corrijan sus incumplimientos.

-    Debemos fomentar una actitud de exigencia entre los particulares afectados, fomentando la creación de plataformas de interesados.

-    Debemos controlar la evolución de los niveles de interinidad existentes en las diferentes Administraciones, haciendo uso para ello del derecho de acceso a la información pública y reclamando calidad en los boletines estadísticos de personal que se elaboren en cada Administración.

-    Debemos crear la red oportuna de recogida de información, y establecer una estructura de la misma que permita su consulta fácil por todos los ciudadanos, y sirva para ejercer el control activo por las asociaciones dispuestas o llamadas a ejercerlo.

-      Debemos establecer los contactos necesarios con el conjunto de instituciones y órganos que han de velar por la adecuada aplicación de las normas, especialmente el Defensor del Pueblo y figuras análogas existentes en las Comunidades Autónomas.

-         Debemos igualmente sensibilizar, con la información recopilada y los documentos elaborados, a los responsables de función pública en los diferentes niveles de gobierno y a los Parlamentos, en particular a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y del Senado, que vienen estableciendo límites al derecho de acceso y a la oferta de empleo público en las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

Este proyecto de Observatorio del Derecho de acceso a la función pública es una de las iniciativas que se someterán a debate en la asamblea de la asociación que se celebrará en la tarde de hoy en los locales de la Junta Municipal Centro del Ayuntamiento de Zaragoza.

lunes, 26 de junio de 2017

ANTE LA XI ASAMBLEA DE LA ASOCIACIÓN.



Mañana, 27 de junio, se celebrará la XI Asamblea de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, lo que supone culminar diez años de actividad, desde la creación en febrero de 2007. Poco han cambiado las circunstancias de la Administración desde entonces, pues ni siquiera se ha producido el desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público, ni en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ni en la Administración General del Estado.

Ni en materia de legalidad o cumplimiento de las normas de función pública –con elevadas tasas de interinidad resultantes de la falta de aprobación de ofertas de empleo público suficientes, acordes a las necesidades reales y respetuosas del derecho de acceso de los ciudadanos- ni en materia de profesionalidad –donde la discrecionalidad en la provisión de puestos sigue dominando sobre el mérito de los candidatos, creando una estructura sumisa y clientelar hacia los diferentes partidos políticos- hemos obtenido avances significativos.

La sociedad cambia, la realidad cambia, pero la función pública persiste con la inercia de todas sus disfunciones, carente de un horizonte definido y de un proyecto de puesta al día, que le asigne el imprescindible papel que le corresponde en la gestión eficaz de los servicios públicos y en la realización diaria de todas las garantías que supone el Estado de Derecho para los ciudadanos. Quienes trabajan en la Administración no tienen, al parecer, más remedio que aceptar el estado de cosas existente, adecuar sus pautas de conducta a las reglas no escritas que rigen el funcionamiento real de la organización, y buscar el equilibrio adecuado entre la aplicación y la inaplicación de las normas, que normalmente se traduce en lo que todos conocemos como “voluntad política”. Justamente frente a todo ello quiso reaccionar esta Asociación, pero es evidente que su actividad y el esfuerzo desplegado durante esta pasada década han tenido pocos logros, aunque cabe pensar que acaso, sin ello, el deterioro podría haber sido mayor aún.

Las políticas de calidad que fueron formuladas en la anterior legislatura carecen del más mínimo impulso político, y lo mismo cabe augurar a las pretendidas normas de integridad y ética pública recientemente aprobadas, pues no es posible imaginar ninguna calidad ni ética en la gestión de los asuntos públicos que no se cimente en el principio de legalidad, lo que hoy sigue siendo el mayor y más grave déficit de nuestras Administraciones.

Son numerosas las normas que ni se aplican ni se desarrollan –el ejemplo del Estatuto Básico del Empleado Público es manifiesto, pero hay otras muchas normas que resultan papel mojado, devaluando con ello el valor de la ley, lo que es de una gravedad enorme en un Estado de Derecho- y, así, son numerosos los casos en los que las Administraciones se apartan de las obligaciones y mandatos que señalan las leyes: ni siquiera el Gobierno de Aragón se siente vinculado por el Estatuto de Autonomía de Aragón, y se permite incumplir los plazos marcados para la remisión del Proyecto de Ley de Presupuestos a las Cortes de Aragón, sin que nadie formule reproche alguno.

Si las instituciones no cumplen las normas, dónde queda su legitimidad para exigir su cumplimiento a los ciudadanos. Frente a la pérdida de legitimidad de las instituciones –por su olvido del principio de legalidad- propugnamos un creciente activismo ciudadano que contribuya a recuperar el necesario respeto a las normas y el sometimiento de todos los poderes públicos a las mismas. Y en esa reacción cívica han de desempeñar un papel especial los servidores públicos, pues son quienes por su posición están llamados a hacer respetar las normas y garantizar el interés general de manera objetiva.

Por ello, esta Asociación reafirma su compromiso con los principios que inspiraron su creación y se compromete a seguir actuando en defensa de los valores de legalidad, profesionalidad y ética pública en el seno de la Administración Pública y del conjunto de las instituciones, contribuyendo con ello a la fortaleza de nuestra democracia, y a la dignificación de la función pública.

martes, 20 de junio de 2017

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA DE LA ASOCIACIÓN: 27 DE JUNIO DE 2017.



Según lo acordado en reunión de la Junta Directiva de la Asociación, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Asociación, se convoca la 11ª Asamblea Ordinaria de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, que tendrá lugar el próximo día 27 de junio en los locales de la Junta Municipal Centro del Ayuntamiento de Zaragoza (C/ Hernán Cortés, 33,  Zaragoza), a las 19:00 horas en primera convocatoria (segunda convocatoria a las 19:30 horas), de acuerdo con la siguiente propuesta de Orden del Día:


ASAMBLEA ORDINARIA:

1. Aprobación, si procede, del orden del día
2. Aprobación, si procede, del Acta de la asamblea anterior.
3. Informe sobre actividades desarrolladas durante el ejercicio 2016.
4. Presentación y aprobación, si procede, del balance económico.
 5. Estrategia de actuación futura: Actualización del Documento de Propuestas para la Legislatura: impulso de un Observatorio del Derecho de Acceso a la Función Pública.
6. Renovación parcial de cargos de la Junta Directiva, incluyendo Presidente y Tesorero
7. Ruegos y preguntas.

Zaragoza, 19 de junio de 2017
EL PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN
Julio Guiral Pelegrín



Nota: Con respecto al punto 6º de la propuesta de Orden del Día, se recuerda que, de acuerdo con los Estatutos de la Asociación, es posible tanto la presentación de candidaturas conjuntas (incluyendo Presidente, Tesorero y vocales), como la postulación de forma individual para cualquiera de los cargos de necesaria renovación.

viernes, 2 de junio de 2017

LA CALIDAD DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA: UNA CONDICIÓN INDISPENSABLE DE LA TRANSPARENCIA.



La publicidad activa, de la que es un claro ejemplo la información estadística oficial, entre la cual se deben incluir los boletines estadísticos de personal que elaboran y difunden las diferentes Administraciones Públicas, es uno de los pilares de la transparencia pública, pero para cumplir la verdadera finalidad que tiene dicha publicidad, la información puesta a disposición de los ciudadanos ha de cumplir exigencias de claridad y de calidad.

Tales exigencias de claridad y calidad no se cumplen por el boletín estadístico de personal confeccionado por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, con periodicidad semestral, tal y como esta Asociación ha puesto de manifiesto de manera reiterada a los responsables de la función pública del Gobierno de Aragón y a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón.

Entre todos los datos que hoy carecen de la debida precisión, y que conllevan una negación de la calidad y claridad exigibles a toda publicidad activa por parte de los poderes públicos, figuran los relativos al número de plazas ocupadas por funcionarios interinos y personal temporal en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicho número es esencial para conocer las tasas reales de temporalidad en la función pública autonómica y para juzgar la suficiencia o no de las ofertas anuales de empleo público que corresponde aprobar al Gobierno de Aragón.

Las Administraciones han de poner a disposición de todos los ciudadanos los elementos necesarios para que éstos puedan ejercer con plenitud los derechos que les reconoce el ordenamiento jurídico. El derecho de acceso a la función pública, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución, requiere como primera premisa de transparencia pública que los ciudadanos dispongan de información clara y precisa de las plazas que anualmente han de incluirse en las ofertas de empleo público, pudiendo así controlar la suficiencia y regularidad de las mismas.
Un boletín estadístico que no aporte información válida para el aseguramiento de los derechos de los ciudadanos, para la planificación o para el conocimiento público de la dimensión y situación real de la función pública, incumple las exigencias básicas de cualquier elemento de publicidad activa, es decir, de transparencia de la actividad pública.

Se reproduce a continuación el escrito dirigido al Consejero de Hacienda y Administración Pública:

“JULIO GUIRAL PELEGRIN, mayor de edad y con D.N.I. número  17.130.593, en nombre de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, inscrita en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, con número 01-Z-1989-2007, y con domicilio, a efectos de notificaciones, en C/ León XIII, 21, 4º Centro, 50008-ZARAGOZA, comparece ante ese Departamento y formula, al amparo del derecho fundamental reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, en relación con el Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón, la siguiente petición:

1.     El objetivo de un boletín estadístico de personal, como el que se confecciona periódicamente por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, ha de ser doble: por una parte, constituye un ejercicio de publicidad activa, en el marco de la política de transparencia de la actividad pública, y por otra parte, constituye un elemento ineludible de información para la planificación de la política de personal y la toma de decisiones en dicha materia.

La consecución de ambos objetivos requiere, en cualquier caso, una adecuada calidad en la estructura y en el contenido de la información de tales boletines estadísticos, y una condición esencial de los datos contenidos en ellos es que su enunciado o agrupación se corresponda con las categorías señaladas en la normativa vigente de función pública.

En tal sentido, debe subrayarse que el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, contiene en su artículo 8 la clasificación de los empleados públicos, estableciendo las siguientes categorías: a) Funcionarios de carrera.; b) Funcionarios interinos; c) Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal y d) Personal eventual.

El  Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su actual configuración,  no se ajusta a tales categorías, como cabe comprobar al observar su apartado 3.3,  ya que no considera la información sobre los Funcionarios Interinos, lo que constituye una omisión que impide conocer  la plantilla real de empleados públicos de Aragón.

Debiera, además, diferenciarse entre los funcionarios interinos que ocupan puesto de trabajo reservado a funcionario de carrera y los que ocupan puesto vacante, por la incidencia que tal circunstancia revista de cara a la aprobación de las ofertas anuales de empleo público.

2.     En varias ocasiones hemos solicitado al Consejero responsable de Función Pública que se corrigiese esa y otras disfunciones en que incurre el citado Boletín. Incluso en una comparecencia parlamentaria durante de la pasada legislatura,  el Consejero responsable se comprometió a una mejora del citado Boletín.

Visto que en el último boletín publicado con datos de diciembre de 2016, ya bajo su responsabilidad como Consejero no se han  adoptado mejoras, ni se incluyen los Funcionarios Interinos como una de las cuatro clases de empleados, ni tampoco se utiliza como información el Registro de Personal como fuente fidedigna y oficial de la información sobre personal, nos vemos en la necesidad de reiterar nuestra demanda de mejora.

Por ello, le solicitamos, de acuerdo con el derecho reconocido en la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición, que en el próximo Boletín estadístico correspondiente a junio de 2017:

1. La estructura del conjunto de personal ha de reflejar las diferentes categorías de empleados públicos, citándose expresamente la clase de Funcionario Interino.

2. Los datos que sirven de base a la confección del boletín han de extraerse, como señala la normativa, del correspondiente Registro de Personal, tal y como se hace en el Boletín confeccionado por la Administración General del Estado.

3. Debe incorporarse información sobre los puestos de trabajo ocupados en comisión de servicios y otras adscripciones temporales, indicándose la duración media de las comisiones de servicio otorgadas.

4. Debiera contenerse en el Boletín una tabla que especifique los gastos de personal, y que identifique el volumen de los gastos de personal que corresponde a cada Departamento y cada uno de los sectores de la Administración, como son Administración General, Educación y Sanidad.

5. Debiera igualmente valorarse como mejora futura  la oportunidad de un boletín estadístico de actualización mensual, que permita seguir las variaciones y modificaciones del empleo público a lo largo del tiempo en plazo inferior al ahora semestral

6. Por último, debiera alcanzarse una mejor coordinación con la Administración General del Estado, para que se subsanen las diferencias, a veces abultadas (52.730 frente a 44.823 para junio de 2016), entre los datos del empleo público total que se publican en el Boletín estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas, confeccionado por el Registro Central de Personal, y el Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón, elaborado por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Zaragoza, 29 de mayo de 2017.”

jueves, 25 de mayo de 2017

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACION: 20 DE JUNIO DE 2017.



La Junta Directiva de la Asociación, reunida el pasado martes 23 de mayo, decidió proceder a la convocatoria de la Asamblea anual de la Asociación para el próximo 20 de junio de 2017, una vez superadas las circunstancias que han demorado tal decisión.

La citada Asamblea, de acuerdo con lo señalado en los Estatutos, conocerá de la memoria de actividades del año concluido, así como del balance económico de dicho periodo, y procederá a la renovación parcial de los miembros de la Junta, incluidos los cargos de Presidente y Tesorero.

De acuerdo con lo decidido en la reunión del pasado martes, la Asamblea del próximo mes de junio habrá de servir para realizar un documento de estrategia de la Asociación, revisando las pautas de actuación que se han seguido en los diez años de actividad que ahora concluyen, y deberá igualmente revisarse y actualizarse el Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración aprobado al comienzo de la actual legislatura, si bien todas sus propuestas siguen conservando gran parte de su vigencia, a la vista de los escasos progresos –por no hablar de retrocesos- habidos en materia de legalidad, profesionalidad y ética en la función pública.

Especial atención, en la nueva estrategia a seguir por la Asociación, merece el objetivo de permanente defensa del derecho fundamental de acceso a la función pública, ante la preocupante involución de la posición adoptada por el Tribunal Supremo en sus más recientes pronunciamientos sobre ofertas de empleo público, en las que parece haberse ignorado el contenido esencial del derecho, al admitir su total disponibilidad por parte de las leyes de presupuestos.

En tal sentido, esta Asociación está dispuesta a promover, junto con otras entidades privadas, un Observatorio del Derecho de Acceso al Empleo Público, desde el que poder realizar un completo seguimiento del respeto por parte de las Administraciones Públicas del régimen de acceso al empleo público –en especial, la aprobación de oferta anual de empleo público, la realización de los procesos selectivos autorizados en el plazo marcado por las normas, y la realización de las pruebas de selección con las garantías adecuadas para asegurar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad-, con la consiguiente eliminación de las actuales tasas de interinidad que han desfigurado y degradado nuestro modelo constitucional de función pública.

Estamos convencidos de la necesidad de que los servidores públicos cuenten con un instrumento como esta Asociación para la promoción y defensa de los valores de la función pública, y para contribuir activamente, en ejercicio de su responsabilidad cívica, a la calidad institucional y a la vigencia plena de los principios democráticos.

jueves, 18 de mayo de 2017

CONVOCATORIA DE REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: 23 DE MAYO DE 2017.



De acuerdo con lo decidido por la Asamblea General de la Asociación, y con el fin de posibilitar la máxima participación de los socios en los debates de sus órganos directivos, la celebración de las reuniones de la Junta Directiva se hallan abiertas a la participación de todos los socios que deseen asistir a las mismas, en las que podrán participar con voz pero sin voto en el debate de los diferentes puntos del orden del día propuesto.

Además, y con el fin de asegurar la máxima transparencia en la actividad de la Asociación, de cara al conjunto de sus socios y de la ciudadanía en general, las convocatorias de la Junta Directiva son objeto de publicación en el blog de la Asociación, permitiendo con ello no sólo el conocimiento general de los asuntos a tratar, sino también la aportación de ideas y comentarios a los puntos incluidos en el orden del día, enriqueciendo con ello el debate interno de la Junta Directiva.

En consecuencia, se procede a la convocatoria de la reunión de la Junta Directiva de la Asociación, correspondiente al próximo martes 23 de mayo

CONVOCATORIA:

De acuerdo con lo señalado en el artículo 17 de los Estatutos, se convoca reunión de la Junta Directiva, a celebrar el próximo día 23 de mayo de 2017, a partir de las 19 horas, en los locales de la Junta Municipal Centro, sita en la calle Hernán Cortés, 33, proponiéndose el siguiente


Orden del día:


  1. Aprobación, si procede, del orden del día.
  2. Aprobación, si procede, del acta de la reunión anterior.
  3. Informe de actividad del Presidente.
  4. Estado actual y perspectivas de recursos judiciales.
  5. Preparación de la asamblea anual de la Asociación.
  6. Situación del Consejo de Transparencia de Aragón.
  7. Ruegos y preguntas.


Zaragoza, 17 de mayo de 2017.
El PRESIDENTE DE LA ASOCIACION
Julio Guiral Pelegrín

miércoles, 10 de mayo de 2017

TOMARSE EN SERIO EL DERECHO DE ACCESO.



Un Estado de Derecho se caracteriza, necesariamente, por el reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Precisamente, la proclamación de los mismos es uno de los contenidos necesarios de toda norma constitucional, lo que permite situarlos en la cúspide del ordenamiento jurídico. Por ello, los derechos fundamentales, como contenido propio de la norma constitucional, vinculan tanto a poderes públicos como a ciudadanos, y su contenido resulta indisponible, de manera que el legislador al aprobar las normas de desarrollo y ejercicio del derecho no puede afectar a su contenido esencial, no puede cercenarlo ni menoscabarlo, no puede dejarlo vacío de contenido.

A pesar de lo anterior, hemos contemplado durante años como las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado han limitado y suspendido, año tras año, la plena vigencia del derecho de acceso a la función pública, ignorando el contenido fijado para dicho derecho en el Estatuto Básico del Empleado Público -al excluir o limitar la aprobación de oferta de empleo público-, y resultado de ello ha sido la negación del derecho de acceso a los ciudadanos, y la generación de niveles de temporalidad e interinidad dentro de la función pública que han puesto seriamente en crisis el funcionamiento de las Administraciones Públicas y han desfigurado el modelo profesional diseñado por nuestra Constitución.

Esta Asociación ha tratado de reaccionar, durante los últimos diez años, frente a dicho estado de cosas, reclamando de los responsables de la función pública estatal y autonómica, de las Cortes Generales y de las Cortes de Aragón, de los Tribunales (Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional), y de las instituciones de defensa de los derechos fundamentales (Defensor del Pueblo y Justicia de Aragón), un respeto escrupuloso a la legalidad constitucional en materia de acceso al empleo público, sin que falaces argumentos de ahorro económico y contención del gasto público en materia de personal –absolutamente inconsistentes- vaciaran de contenido el derecho fundamental establecido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.

El balance de estos años ha sido desigual: hemos cosechado importantes pronunciamientos judiciales, obtenido victorias parciales, pero el resultado final no deja de ser claramente insatisfactorio, pues no hemos logrado corregir una doctrina jurisprudencial claramente desfavorable para la garantía del derecho, ya que el Tribunal Supremo, tras un pronunciamiento garantista del derecho, ha dado marcha atrás, y ha retomado su peor doctrina, a la que cabe achacar la degradación que han vivido nuestras Administraciones durante las últimas décadas. Es necesario seguir trabajando para corregir la situación.

Por ello, esta Asociación va a mantener su presión ante el conjunto de las instituciones para reclamar el respeto del derecho de acceso a la función pública, como derecho fundamental de los ciudadanos indisponible por parte de los poderes públicos, y no como resultado de la discrecionalidad política o de los acuerdos alcanzados en el marco de la negociación colectiva. Es lo que exige y reclama un Estado de Derecho, en el que los ciudadanos son titulares de los derechos que establecen las normas, y el respeto a dichos derechos es guía de comportamiento de la totalidad de los poderes públicos.

martes, 2 de mayo de 2017

COMPROMISO NECESARIO.



Razones de diferente índole han venido retrasando la celebración de la asamblea anual de la Asociación, en la que, además de renovar parcialmente la Junta Directiva –incluidos los cargos de Presidente y Tesorero-, deberemos proceder a revisar los contenidos del Documento de Propuestas de Buen Gobierno y Buena Administración que aprobamos al comienzo de la presente legislatura, y cuyas propuestas siguen siendo válidas en su práctica totalidad, dados los escasos avances institucionales que se han producido en materia de regeneración democrática y profesionalización de la función pública.

Frente a quienes sufren la tentación de desistir al observar la lentitud de los avances, por dificultades objetivas o por falta de verdadera voluntad política, o al detectar incluso retrocesos en el funcionamiento de la función pública y en la calidad democrática de nuestras instituciones, que lleva a pensar en la inutilidad de cualquier esfuerzo que pueda realizarse para invertir la tendencia actual, desde esta Asociación insistimos en la necesidad de mantenernos firmes en nuestras exigencias y planteamientos, aunque los vientos no soplen a favor. Justamente, en circunstancias adversas es cuando más necesario resulta mantener el rumbo y perseverar en el esfuerzo, tanto personal como colectivo.

Los ciudadanos –entre los que debemos entendernos incluidos los servidores públicos-, las organizaciones de la sociedad civil y los medios de comunicación hemos de procurar que las organizaciones políticas y los responsables institucionales incluyan en sus objetivos prioritarios y en sus modos de actuación y desempeño el fortalecimiento de todos los valores democráticos y la indispensable regeneración institucional.

Hemos de reclamar que los “corruptos” que han desvirtuado el papel que corresponde a la política en la búsqueda de soluciones a los problemas comunes y han deslegitimado en gran medida a nuestras instituciones democráticas, instrumentalizándolas al servicio de sus intereses personales y de su afán de lucro ilegítimo, sean expulsados de la vida pública, juzgados por todos sus abusos, inhabilitados y obligados a reintegrar todo el dinero público del que se han apropiado. Esa obligación de reintegro debe alcanzar también a las organizaciones (en particular, partidos políticos) que se han beneficiado de la gestión irregular de sus cargos políticos.

La corrupción es amplia y ramificada y la lucha contra la arbitrariedad del poder político –en cualquiera de los campos en que se produzca- es una contribución válida en la estrategia global contra la corrupción, en la que debemos sentirnos involucrados todos los ciudadanos, pues nuestra actitud es el más poderoso anticuerpo de la democracia para imponerse frente a quienes hacen de la actividad política mera oportunidad para el enriquecimiento personal y la degradación de nuestras instituciones públicas.

La defensa de la legalidad, es decir, la exigencia de que todos los poderes públicos actúen con pleno sometimiento a la ley, sin excepciones, es la primera y principal contribución a la prevención y lucha contra la corrupción, y en ello está y seguirá estando comprometida esta Asociación, al margen de que sus actuaciones e iniciativas puedan resultar más o menos acertadas, puedan obtener  o no algún resultado. Defender la legalidad es un compromiso ineludible para todo servidor público y debiera serlo para todo ciudadano que desea contribuir a la calidad de la democracia.

sábado, 29 de abril de 2017

ESCRITO A LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE LA SITUACIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA DE ARAGÓN.



Después de dirigirnos a la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, para exponerle las circunstancias que a nuestro juicio invalidan al actual Presidente del Consejo de Transparencia de Aragón, Jesús Colás, para continuar al frente de dicho órgano de supervisión e impulso de las medidas de transparencia del conjunto de las instituciones autonómicas, nos hemos dirigido a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón.

En dicho escrito sugerimos a los diferentes Grupos la posibilidad de que  impulsen iniciativas de control sobre dicha situación, incluida la posible comparecencia parlamentaria del máximo responsable del Consejo de Transparencia, para ofrecer a los parlamentarios las explicaciones sobre el grado de cumplimiento de la normativa de transparencia, como alto funcionario de la Diputación Provincial de Zaragoza y como responsable de la aplicación de la normativa de transparencia en dicha Institución.

El impulso de la calidad democrática no puede delegarse por completo en los poderes públicos, sino que ha de ser asumido como prioridad por el conjunto de la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil, ejerciendo el papel vigilante que corresponde en toda democracia a cada ciudadano, para reclamar de todas las instituciones un desempeño correcto de sus funciones y un respeto estricto a las normas por parte de todos sus responsables.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido al Grupo Parlamentario Partido Aragonés:

“Grupo Parlamentario Partido Aragonés
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-Zaragoza

Zaragoza, 28 de abril de 2017.

Estimados señores:

En mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, entidad que defiende los principios de legalidad, profesionalidad y ética pública en el seno de la función pública y promueve un conjunto de medidas de buen gobierno y buena administración que contribuyan a mejorAR la calidad democrática de nuestras instituciones, deseo expresarles nuestra preocupación por la situación del Consejo de Transparencia de Aragón, órgano llamado a velar por el cumplimiento de las obligaciones de transparencia institucional y garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

La credibilidad de las medidas de regeneración democrática, como es el caso de las medidas de transparencia de la actividad pública, exige que las personas llamadas a asegurar su aplicación, y en particular los miembros del Consejo de Transparencia de Aragón, acrediten el estricto cumplimiento de las obligaciones legales de transparencia a las que estén directamente sujetos por la normativa vigente así como su diligente actuación en la materia en el ejercicio de las responsabilidades públicas propias del cargo que ocupen en sus respectivas instituciones.

Tal credibilidad no concurre en el caso del actual Presidente del Consejo de Transparencia de Aragón, pues el mismo incurre en claro incumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia, al no hacer públicas las declaraciones de actividades y de causas de incompatibilidad, así como las de bienes patrimoniales, a las que se halla obligado por la Disposición Adicional 15.ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, no constando tampoco la obligada publicidad activa a la autorización de compatibilidad por el Pleno de la Diputación Provincial de Zaragoza para ejercicio de segunda actividad en el sector público, incumpliendo con ello los términos del artículo 8.1.g) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Entendemos que el máximo responsable del órgano encargado de velar por el cumplimiento de la normativa de transparencia, como es el Presidente del Consejo de Transparencia de Aragón, no puede hallarse incurso en flagrantes incumplimientos de las obligaciones que impone la normativa en materia de transparencia, resultando directo responsable del incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa en el ámbito de su institución a la que pertenece, como es la Diputación Provincial de Zaragoza.

Esta Asociación se ha dirigido a la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, al ser el Departamento al que se encuentra adscrito el Consejo de Transparencia de Aragón, para poner en su conocimiento los incumplimientos en que incurre el Presidente de dicho órgano, y solicitar de la misma las actuaciones pertinentes para investigar dicha situación de vulneración de la normativa y proceder, en su caso, a promover su dimisión o cese como responsable máximo del citado Consejo. Les damos traslado de una copia del citado escrito.

Consideramos igualmente oportuno, desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, informar a ese Grupo Parlamentario de la citada situación, dada la función de control e impulso de la acción de gobierno que institucionalmente le corresponde, de manera que puedan promover en su caso iniciativas parlamentarias dirigidas a clarificar la situación en que se encuentra el Presidente del Consejo de Transparencia de Aragón, incluida la oportuna comparecencia parlamentaria al objeto de que dicho responsable institucional ofrezca las oportunas explicaciones sobre su situación, y someterse así al oportuno control democrático que corresponde ejercer a las Cortes de Aragón.

Agradeciendo de antemano su atención, reciban un atento y respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa

jueves, 27 de abril de 2017

EL TRIBUNAL SUPREMO ESTIMA RECURSO DE CASACIÓN PROMOVIDO POR EL GOBIERNO DE ARAGÓN CONTRA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN FAVORABLE AL DERECHO DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.



Mediante sentencia de 21 de abril de 2017, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación promovido por el Gobierno de Aragón contra sentencia de 23 de marzo de 2016, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en la que, estimando el recurso planteado por esta Asociación, se condenaba al Gobierno de Aragón a aprobar oferta de empleo público de 2014, en el ámbito de Administración General, incluyendo en la misma el conjunto de vacantes ocupadas por funcionarios interinos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Pública, como norma directamente vinculada al derecho fundamental de acceso a la función pública reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Acogiendo los argumentos esgrimidos por los Servicios Jurídicos de la Administración autonómica, respaldados por el Ministerio Fiscal, el Tribunal Supremo viene a confirmar su línea más regresiva en materia de acceso a la función pública, desvinculándose radicalmente de la tesis sostenida en su Sentencia de 29 de octubre de 2010, obtenida por esta Asociación frente a la Oferta de Empleo Público de 2007 aprobada por el Gobierno de Aragón.

Olvidando el contenido esencial propio del derecho fundamental, claramente establecido en la citada sentencia de 29 de octubre de 2010, e ignorando por completo la planteada ilicitud de utilizar la Ley de Presupuestos Generales del Estado para introducir límites o acordar la suspensión temporal de un derecho fundamental, como ha venido sucediendo en materia de acceso al empleo público, durantes los últimos años, el Tribunal concluye que la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) no respetó los límites fijados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Ahora bien, obvia el Tribunal Supremo, en su pronunciamiento, que el análisis y razonamientos del TSJA no fue de legalidad de la oferta aprobada, sino de constitucionalidad de los límites de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, acudiendo a la interpretación más favorable a la realización del derecho afectado.

El debate jurídico planteado por esta Asociación, y fijado en los reiterados pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, se refiere a que las plazas vacantes ocupadas por interinos no pueden ver impedida su inclusión en las ofertas anuales de empleo público, pues su cobertura provisional excluye cualquier objetivo de ahorro en gastos de personal, debiéndose aplicar los límites de número de puestos ofertados a las vacantes netas, es decir, a aquellos puestos no ocupados por personal interino o que, estándolo, se encuentren reservados a funcionarios de carrera.

Constituye un gravísimo pronunciamiento jurisprudencial, desde el punto de vista de delimitación del contenido propio del derecho fundamental de acceso a la función pública, la tesis ahora mantenida por el Tribunal Supremo en cuanto a que el artículo 23.2 de la Constitución Española, se limita a prohibir la posible discriminación en las condiciones de acceso a las plazas, sin afectar dicho derecho al número de plazas incluidas en las ofertas. Dicha tesis es radicalmente contraria a la expresada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de octubre de 2010, donde se vino a decir que no hay mayor lesión del derecho fundamental que no ofertar a los ciudadanos las plazas vacantes cuya convocatoria viene exigida por la Ley, como es el caso de las plazas ocupadas por personal interino.

Resulta incomprensible que los poderes públicos –y nos referimos tanto al Gobierno de Aragón como al Tribunal Supremo- puedan promover y amparar interpretaciones que vacían de eficacia nuestra norma constitucional.

Si la ilegalidad puede ser legalidad, por el mero hecho de que trata por igual a todos, habremos de reconocer que la igualdad en la ilegalidad es la antítesis de todo Estado de Derecho. El respeto al contenido esencial del derecho fundamental proclamado por la Constitución vincula a todos los poderes públicos, entre los que se encuentran el poder ejecutivo, legislativo y judicial. Entendemos que, frente a ello, el derecho fundamental de acceso a la función pública ha venido siendo reiteradamente vulnerado por ejecutivos –al no aprobar las ofertas de empleo público-, legislativos –al introducir límites al derecho en las normas presupuestarias, cuando tal limitación no se contempla ni en la Constitución ni en el Estatuto Básico del Empleado Público- y por los Tribunales, cuando éstos lejos de amparar el derecho fundamental vulnerado, vienen a sancionar y confirmar todas las prácticas lesivas contra el derecho, dejando al ciudadano en la más completa indefensión y privando de eficacia a la norma constitucional.

Triste victoria la obtenida por el Gobierno de Aragón y sus Servicios Jurídicos, quienes han empleado los recursos públicos facilitados por los ciudadanos para cercenar el ejercicio de un derecho fundamental de los propios ciudadanos. Frente a la lucha por el derecho, que nos permite alcanzar cotas crecientes de calidad democrática, tenemos patente ahora, ante nuestros ojos, los resultados de la estrategia de aquellos que persiguen mermar el alcance de los derechos de los ciudadanos, reducir su contenido y eficacia, y lograr que los poderes públicos puedan someter los derechos constitucionales reconocidos a merced de sus arbitrarias decisiones.

Esta Asociación abrirá un periodo de reflexión sobre la orientación que deba darse a futuras iniciativas en defensa del derecho de acceso a la función pública, cuyo respeto tan poco interés ha suscitado en quienes debieran ser principales defensores del mismo.

viernes, 21 de abril de 2017

EXIGENCIA ÉTICA.



No es posible admitir que, al frente de los órganos llamados a preservar la transparencia de la actividad pública o a impulsar la lucha contra la corrupción, se encuentren personas cuya conducta contradice el cometido propio del órgano que dirigen. Lo es en el caso de la Fiscalía Anticorrupción y también en el Consejo de Transparencia de Aragón. La legitimidad de origen y de ejercicio en todos los órganos diseñados para reforzar la calidad democrática institucional ha de ser especialmente preservada por quienes desempeñan dichas funciones, y exigida por la sociedad civil, por el conjunto de la ciudadanía, y lógicamente por las instituciones de control político –como es el Parlamento- y de control de legalidad.

Por ese motivo, esta Asociación no puede sino sumarse a todas las voces que reclaman una rectificación inmediata en el seno de la Fiscalía Anticorrupción, mostrando con total claridad que cualquier comportamiento dirigido  obstruir la investigación o el esclarecimiento de supuestos de corrupción ha de tener una respuesta clara e inmediata, de sanción o de remoción. Lo más pernicioso para una sociedad es la sospecha de que los órganos llamados a combatir el delito o la corrupción, o los llamados a controlar la legalidad, son transigentes con el delito y con la ilegalidad, desatendiendo su principal compromiso ético con la ciudadanía.

Lo mismo exigimos en la Comunidad Autónoma de Aragón para quienes ejercen las máximas responsabilidades de órganos recientemente constituidos para impulsar medidas de transparencia, entendiéndola como un elemento de calidad democrática, de reforzamiento de la confianza de los ciudadanos en las instituciones o de rendición de cuentas por parte de éstas ante la ciudadanía. No es admisible la falta de ejemplaridad y de credibilidad de quienes dirigen esos órganos, como sucede en el Consejo de Transparencia de Aragón, pero es evidente que muchos que apoyan la creación de esas estructuras de vigilancia e impulso de la transparencia no creen verdaderamente en su virtualidad y carecen del menor interés en su funcionamiento real y en la credibilidad de las personas que las dirigen. Ese es un grave síntoma de desistimiento ético que no podemos compartir, y frente al cual debemos reaccionar de forma enérgica, aunque nadie esté interesado en escucharnos ni en poner remedio a la situación señalada.