domingo, 23 de febrero de 2014

LOS NOMBRAMIENTOS PÚBLICOS NO PUBLICADOS.



Resulta difícilmente comprensible la reiteración con que los miembros del Gobierno de Aragón –da igual el color político del mismo- ignoran la obligada publicación de los nombramientos y ceses del personal eventual que nutre los órganos de apoyo inmediato a Presidente y Consejeros del Gobierno de Aragón, que se establece en el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

La resistencia a cumplir la ley en algo tan sencillo como garantizar la previa publicación de los nombramientos que supongan el ejercicio de una función pública –como es el caso del personal eventual- muestra una carencia patológica de nuestros responsables políticos para someter sus hábitos o inercias de funcionamiento a la norma legal, algo que no tiene cabida en un Estado de Derecho.

Los cambios en los puestos públicos –como ha sucedido recientemente en la jefatura del Gabinete del Consejero de Política Territorial e Interior- pueden reflejarse en los periódicos, pero es claro que la noticia periodística carece de valor jurídico y que la única publicación que puede otorgar eficacia a un nombramiento público es la realizada en el Boletín Oficial, justamente la que no se ha producido hasta la fecha, lo cual, al parecer, no ha impedido el inicio del desempeño del puesto y, lógicamente, el devengo de derechos económicos, algo que debiera haber evitado el órgano de control competente.

Desde esta Asociación nos hemos dirigido al Consejero de Política Territorial e Interior para recordarle la obligación de publicación que establece el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, entendiendo que si el desempeño de funciones se anticipa a dicha publicación nos hallamos ante un supuesto irregular de “funcionario de hecho”.

Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido al Consejero de Política Territorial e Interior:

“Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial e Interior
Gobierno de Aragón
Edificio Pignatelli
P.º María Agustín, 36
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 20 de febrero de 2014.

Estimado señor:

En mi condición de Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, entidad comprometida con los valores de la legalidad, la profesionalidad y la ética pública en el conjunto de las Administraciones Públicas, deseo trasladarle nuestra preocupación por la posible infracción en que ha podido incurrirse en cuanto al deber de publicación de nombramientos y ceses de personal eventual que establece el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Conforme a dicho precepto legal, “el nombramiento y cese de los Directores, Jefes y demás miembros de los Gabinetes, así como del resto de órganos de asistencia y apoyo, serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de Aragón”. Dicha obligación, establecida en 2009, viene siendo sistemáticamente incumplida por los miembros del Gobierno de Aragón, a pesar de la sugerencia realizada por el Justicia de Aragón y de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, que declararon improcedentes los anuncios de publicidad que, de forma diferida, vienen insertándose en el Boletín tratando de suplir con ello la verdadera publicación de la resolución de nombramiento y cese de dicho personal.

A juicio de esta Asociación, la publicación de los nombramientos de personal eventual constituye un requisito de eficacia del propio nombramiento, de manera que sin satisfacer tal exigencia no es posible que la persona nombrada pueda iniciar el desempeño de función pública alguna ni percibir retribución con cargo a los presupuestos públicos, al deberse considerar como “funcionario de hecho” con nombramiento carente de validez por la falta de publicación que exige la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

De acuerdo con cierta información aparecida en prensa, se han producido recientemente cambios en la composición de su Gabinete sin que en el Boletín Oficial de Aragón se haya producido la publicación de ningún nombramiento o cese, lo que de haberse producido supondría una clara infracción del artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Por todo ello, y al amparo del derecho de petición previsto en el artículo 29 de la Constitución Española, le solicito que imparta las instrucciones oportunas para que los nombramientos y ceses de personal eventual de ese Departamento se ajusten estrictamente a lo señalado en la propia Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, asegurando el deber de publicación legalmente previsto.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”.

viernes, 21 de febrero de 2014

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (y 7).



Concluimos la publicación de las diferentes intervenciones en el debate del Pleno de las Cortes de Aragón celebrado el pasado 13 de febrero para la convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012.

El contenido de las intervenciones se corresponde con las transcripciones provisionales hechas públicas en la página web de las Cortes de Aragón.


VOTACIÓN Y EXPLICACIÓN DE VOTO DE LOS DIFERENTES GRUPOS PARLAMENTARIOS.

El señor PRESIDENTE:

Señorías vamos a someter a votación la convalidación del decreto Ley, estén atentos, ocupen sus escaños. Señorías comienza la votación. Finaliza la votación. Votos emitidos sesenta y cuatro. A favor de la convalidación treinta y tres. En contra treinta. Queda en consecuencia aceptada la convalidación del Decreto Ley.

Como entiendo que un grupo parlamentario al menos ha solicitado su tramitación, como proyecto de Ley, concretamente el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Vamos a someter a votación dicha petición a la Cámara. Señorías comienza la votación. Finaliza la votación. Votos emitidos sesenta y cinco. A favor cuatro. En contra sesenta y uno. Queda rechazada la tramitación como Proyecto de Ley de dicha convalidación.

Pasamos al turno de explicación de votos, señor Barrena tiene la palabra.

El señor diputado BARRENA SALCES:

Gracias señor presidente.

Lamentablemente el Gobierno ha optado por la prepotencia, ha optado por el rodillo de la mayoría absoluta que tiene y ha optado como al final, sacar adelante lo que desde nuestro punto de vista, así lo hemos trasladado desde la tribuna, es una burla del mandato impuesto por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Lo cual, bueno pues deja bien a las claras, cuál es el talante del Gobierno, deja bien a las claras, cómo interpreta lo que es la relación parlamentaria y deja bien a las claras, lo poco que respeta la separación de poderes. Eso es lo que en definitiva ha pasado hoy aquí.

Les habíamos dado la opción de retirarlo, puesto que ya que incumplen, pues que hagan las cosas bien, había posibilidades que lo retiraran y de que cumpliendo la sentencia sacaran los decretos de oferta de empleo público, del año 2007 y 2011. La otra alternativa era que aceptaran tramitarlo como proyecto de ley, y por lo tanto en el trámite de enmiendas se podían subsanar los problemas e irregularidades que tiene, pero ustedes al final han optado por la suya. Y la suya es demostrar que hacen lo que consideran, que en definitiva acaba siendo lo que quieren pero están dando un lamentable y penoso ejemplo a la ciudadanía.

¿Por qué el Gobierno de Aragón puede incumplir las sentencias judiciales, y al ciudadano que le desahucian de una casa no? ¿Por qué el Gobierno puede dejar de cumplir su obligación y el ciudadano y ciudadana no? Eso es lo que, yo creo que deberían de hacérselo replantear y por mucho que en su discurso hayan dicho que esto era un ejercicio democrático, no señorías. Lo que ha sido esto hoy, una utilización perversa de un parlamento democrático como este. Gracias.

El señor PRESIDENTE:

Gracias señor Barrena.

Señor Soro puede intervenir.

El señor diputado SORO DOMINGO:

Gracias señor presidente.

Expresar que lamentamos desde Chunta Aragonesista, lo que acaba de ocurrir, creo que queda fuera de toda discusión que es evidente que el auto, los autos del 12 de julio no se han cumplido, porque el Gobierno de Aragón no ha aprobado un decreto de oferta de empleo público, señora Vallés que este decreto de Ley no aprueba la oferta de empleo público. Que dice que la tendrá que aprobar los decretos, es que la realidad es la que es, podemos hacer la interpretación, la valoración que queramos pero la realidad es la que es. Se incumple de una forma flagrante y contumaz lo que dicen los autos, y eso es negarse abiertamente a darle el debido cumplimiento a una resolución judicial.

Señor Ruspira no acuso a nadie de que esté cometiendo delito, en absoluto, en absoluto. Simplemente digo que haya cada uno con su conciencia, pero que lo que han hecho ustedes hoy poniendo al servicio del Gobierno de estas Cortes para pitorrearse como he dicho antes de los jueces, es muy grave. Y allá cada uno con su conciencia, por supuesto que no acuso a nadie de nada.

Por último, respetando por supuesto la opción del Grupo de Izquierda Unida, de plantear la tramitación como proyecto de Ley, hemos votado en contra por coherencia, entendíamos que no procedía a interponer este decreto ley, entre los autos y los decretos que habrá que aprobar. Entendemos que con las enmiendas no se podía mejorar lo que nace ya viciado y sin ningún sentido y por eso no hemos apoyado con todo respeto, no hemos apoyado la iniciativa de tramitar como proyecto de ley. No sabemos qué enmienda se podría haber hecho algo que sencillamente no se debería haber traído a estas Cortes a convalidar, lo que se debería haber aprobado antes del día 15 eran los decretos de convocatoria, cosa que no se ha hecho.

El señor PRESIDENTE:

Gracias señor Soro. El turno al señor Ruspira.

El señor diputado RUSPIRA MORRAJA:

Sí, muchas gracias señor presidente.

Insisto, si desde Izquierda Unida hablan de que estamos mangoneando el Parlamento Aragonés, es un sinónimo de utilización perversa señor Barrena. Pues que quiere que le diga, usted utiliza adjetivos habitualmente y tenemos que escucharle sus adjetivos y usted no puede escuchar mis verbos o mis adjetivos, tendrá que adaptarse usted a la democracia, aunque usted diga que aquí no hay democracia, señor Barrena, tenga la amabilidad de respetar mi turno de palabra, que yo no he abierto la boca en el suyo.

Y cuando además el señor de Chunta Aragonesista habla de pitorreo a los jueces, pues la verdad es que empieza a ser un pelín serio ya. Empieza a ser un pelín serio y habrá que empezar a hacérselo mirar, porque desde luego aquí, todo lo que se hace en este Parlamento es democrático y respetando las mayorías absolutas, y eso o lo tenemos claro todos, tanto los que apoyamos al Gobierno como los que estamos en la oposición o empezaremos a tener un problema serio, y si este es el camino que tenemos que llevar hasta final de la legislatura, tendremos que tenerlo claro todos porque también podremos adjetivar intervenciones dela oposición. Algo que desde el Partido Aragonés no hemos hecho nunca y hemos procurado ser lo suficientemente moderados como para no molestar a nadie, ni faltar al respeto. Yo no estoy diciendo que nadie esté acusando a nadie, señor Soro. Yo lo único que estoy diciendo es que se ha dicho especialmente desde el Partido Socialista y el suyo, que se incumplen sentencias judiciales y esto es muy grave. Bueno pues si es tan grave y ustedes están convencidos de esto, tendrán que acudir a los juzgados y denunciarlo, es que no hay otro camino, las cosas son como son.

Mire señor consejero, para terminar señor presidente y disculpe, ponga en marcha los decretos complementarios de forma inminente en el 2014 y este debate políticamente habrá terminado. Ahora, si quieren llevarlo a los juzgados ellos son muy libres por supuesto, y además, desde el Partido Aragonés lo respetaremos.

El señor PRESIDENTE:

Gracias señor Ruspira. Señora Fernández puede intervenir.

La señora diputada FERNÁNDEZ ABADÍA:

Gracias señor presidente.

Brevemente, solo para lamentar que se haya aprobado al final este decreto ley, absolutamente innecesario como ya he expuesto en mi intervención, y señora Vallés la oferta de empleo del 2007 y 2011 no ha sido aprobada por este decreto ley, no, no ha sido aprobada por este decreto de ley, parece que no se lo haya leído, es solo una hoja, o sea se lo podía haber leído. El artículo 1 dice: “El Gobierno de Aragón aprobará los decretos de ofertas de empleo público complementarios, los citados decretos establecerán las medidas” oiga, es que lo dice el artículo 1, por lo tanto este decreto de ley no aprueba. El Gobierno tiene que aprobar decretos, utilizar su potestad reglamentaria, que es lo que el juez ha dicho que tiene que hacer. Y por lo tanto, este decreto de ley, no aprueba las ofertas de empleo público y de nuevo, y sin acritud, señor Ruspira, el Gobierno está incumpliendo una sentencia y no son palabras gruesas.

Gracias.

El señor PRESIDENTE:

Gracias, señora Fernández. Señora Vallés, puede intervenir.

La señora diputada VALLÉS CASES:

Gracias, señor presidente.

Yo empezaré con una frase “Democracia es parlamento, parlamento es democracia, parlamento son mayorías”. Y eso es lo que tendría que aprender algunos cuando califican las acciones de determinados grupos políticos o de cuando se toman decisiones por parte de quien es en estos momentos representa la mayoría de representación del pueblo aragonés.

Yo quiero decir que con este decreto ley, lo que estamos dando solución a un problema a que se creó con el Gobierno del señor Marcelino Iglesias, que aprobó dos decretos. Dos ofertas de empleo público la del 2007 y 2011, que han sido declaradas ilegales por dos sentencias judiciales, una de octubre del 2010, que no fue cumplida tampoco por el anterior Gobierno y otra ya durante este Gobierno. Los autos de sentencia establecen que seis meses se aprobará la oferta de empleo público, eso es lo que ha hecho este decreto ley, establecer el marco jurídico para la oferta de empleo público y en breves saldrán los decretos de convocatoria del propio proceso y si no ya lo veremos señora Fernández, quien tiene o no la razón en este caso.

Podemos discutir sobre quien o no cumple la sentencia, eso fundamentalmente unos tienen otra opinión y otros lo decidirán también como no, porque se ha presentado recurso por parte de una asociación, que es del recurso que ustedes han utilizado para defender su propia postura, en los propios tribunales y seguramente resolverá esa cuestión.

Lo importante es que con este decreto ley este Parlamento da cumplimiento, repone de derecho a los aragoneses para poder acceder a las ofertas de empleo público del 2007-2011 ofertas de empleo público que se hicieron de manera ilegal, como ha quedado claramente demostrado por las sentencias judiciales, y eso es lo que ha votado el Partido Popular, si alguien considera que estamos incumpliendo la sentencia, como ha dicho el señor Ruspira, yo también le aplaudo, acudan a los tribunales, allí nos veremos, seguramente alguien tendrá más razón que otros.

Muchas gracias.

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (6).



Proseguimos con la publicación de las diferentes intervenciones en el debate del Pleno de las Cortes de Aragón celebrado el pasado 13 de febrero para la convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012.

El contenido de las intervenciones se corresponde con las transcripciones provisionales hechas públicas en la página web de las Cortes de Aragón.


INTERVENCIÓN DE LA PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR.

La señora diputada VALLÉS CASES:


Pues bien señor Ruspira, a mí me pasaba lo mismo, yo esperaba tener una breve intervención habida cuenta que se trata simplemente de convalidar un Decreto Ley para el cumplimiento de dos sentencias judiciales, dos sentencias judiciales que anulaban dos Decretos Ley, dos Decretos perdón, de materia de personal de ofertas de empleo público del 2007 y 2011 aprobados durante un Gobierno Socialista, un Gobierno del señor Marcelino Iglesias.

Pero atendiendo a las intervenciones, pues creo necesario establecer, porque creemos que es necesario un Decreto Ley para aprobar y para regularizar estas ofertas de empleo público y también pues aclarar o desmentir algunas afirmaciones erróneas, falsas o mal intencionados sobre la gestión del personal por parte del actual Gobierno. Señora Fernández dice que si solo sacamos, sacamos mediante decreto de Ley lo que queremos es simplemente sacar aquellas plazas que queríamos. Pues no sé qué hizo el Gobierno Socialista de Marcelino Iglesias el 2007 y 2011. Porque evidentemente han sido anuladas judicialmente por sentencias del Tribunal Supremo, el Tribunal Supremo de Justicia. Yo creo que simplemente usted ha utilizado como argumento, lo que realmente ejecutan cuando son gobiernos.

Analizar y comparar políticas de materias de personal, entre un Gobierno como el Partido Popular y un Gobierno de carácter Socialista es muy fácil. Es muy fácil porque la actual situación, la que nos ahora nos obliga mediante decreto de ley a dar cumplimiento de sentencias judiciales, algunas dictadas durante el Gobierno Socialista, que no cumplió ese mandato, supone simplemente reponer un derecho de acceso a la función pública por parte de todos los ciudadanos. Supone simplemente, cumplir con principios de oportunidad, el libre acceso recogidos en nuestra propia Constitución.

Y algunos que la reclaman pues llevar a cabo una nueva ordenación o establecer más planificación o provisión y ordenación, realmente no son los responsables, sino los culpables de la actual situación y que ha obligado a tomar medidas importantes, como la necesidad de llevar a cabo una recalificación de todos los puestos laborales, recientemente se ha aprobado la RPT de la Administración General de la Comunidad Autónoma, a una elevada interinidad que ha paralizado ofertas de empleo público posteriores, por la asistencia de ofertas de empleo público como la que ahora estamos mencionando, que se encuentran bloqueadas por sentencias judiciales y la paralización por ilegales -como decía- de dos ofertas de empleo público, la del 2007 y la del 2011. Escasas, parciales e impugnadas ofertas de empleo público, es la herencia recibida que ahora el Gobierno ha puesto solución, ¿y cómo le ha puesto solución? Pues una solución acorde con la complejidad del proceso, acorde con la legislación laboral aplicable en el 2007 y 2011, acorde con la actual situación económica y presupuestaria. Que sigue constitucionalmente, principio de estabilidad presupuestaria y también medidas de racionalización del empleo público y acorde con el principio constitucional y básico de la seguridad jurídica.

Porque eso es solo lo que se pretende y las razones que han llevado a este decreto Ley, que como decía atenta a regularizar estas ofertas de empleo público, que coartan y limitan ofertas posteriores. Decía acorde con la complejidad del proceso y así nos lo ha expuesto el propio consejero, porque no ha sido fácil, ni es determinar con la debida precisión, cuál era el número de plazas vacante ocupado por el personal interino, el 31 de diciembre del 2006 y a 31 de diciembre del 2010. Y que permanecen así en la actualidad en la Administración General, en Educación y en Sanidad.

Recordar que en estos seis o dos años respectivamente, ha habido procesos selectivos, habido nuevas ofertas de empleo público, habido reordenación, habido amortización de plazas y se ha llegado a un acuerdo y a una negociación con los sindicatos pertenecientes a la función pública. De ese estudio-análisis en la cual han participado los sindicatos representados en la función pública, pues se derivan las cifras con real decreto de ley que yo no voy a repetir. Cifras que incluyen un total de dos mil setecientas ochenta y tres plazas, que son plazas no reservadas a funcionarios de carrera, actualmente ocupadas por personal interino, que no tienen previstas su amortización y con la correspondiente reserva tanto para la promoción interna, como para personas que tienen diversidad funcional, como también señora Fernández, para personas víctimas del terrorismo. Porque yo creo evidentemente, que merecen todo el respeto y lo único que se hace con este decreto de Ley es cumplir con una norma, que ha salido y ha emanado de estas Cortes también, con un respeto que tenemos respectoa las víctimas del terrorismo.

Así el decreto complementario establece, como decía las plazas correspondientes para el 2007 y para el 2011, recogiendo cómo no la oferta de empleo público del 2007 y 2008. Eso es lo que se está aprobando con el decreto de Ley, las ofertas del empleo público del 2007 y 2008. Un decreto de Ley acorde con la legislación laboral aplicable en aquel momento, que es señoría, el Estatuto Básico en la función pública del 2007 y la Ley Aragonesa. Y en el artículo 70 de ese Estatuto de Función Pública, establece que la incorporación del personal de nuevo ingreso, se realizará a través de la correspondiente oferta de empleo público, que es lo que se está aprobando con el decreto, la oferta del empleo público lo que dice el auto de la sentencia que se aprueben las ofertas de empleo público. Y que posteriormente, establecerá un plazo de tres años, un plazo ¿improrrogable? De tres años, para que se inicien los procesos selectivos, que es lo que se tiene que producir a partir de ahora señorías, la aprobación de los decretos que convoquen los procesos selectivos.

Condicionantes y regulación del decreto de ley que establece como decía esos plazos. Plazos que se han cumplido señorías, porque el plazo de ejecución de sentencia era el 23 de enero y el decreto de Ley se aprobó el 10 de febrero, y produce efectos desde el día siguiente de su publicación, es decir desde el 11 de febrero. Y por tanto, la oferta de empleo público complementario del 2007 y 2011 ha sido aprobada por el decreto de Ley, que ahora va ser objeto de convalidación. Acorde también con la actual situación económica y presupuestaria que como decía, recoge los principios de estabilidad presupuestara, que ha establecido limitaciones y condicionantes en la oferta de empleo público, que ha supuesto la obligación de las leyes presupuestarias de obligado cumplimiento de no ampliar la oferta de empleo público, a la cual evidentemente al tratarse de ampliación y tal como ha dicho el auto de la sentencia, porque fue reclamado por parte del propio Gobierno de Aragón. Pues evidentemente no le afecta, pero claro, aquí tenemos nuestra, señor Soro nuestro conocimiento de derecho, usted tiene formación jurídica y sabe y conoce lo que es la estructura jurídica de nuestro propio ordenamiento. Y conoce que cuando existen leyes de rango legal que puedan perjudicar el cumplimiento de una sentencia, una disposición como tiene la normativa de decreto, para evitar en esos casos impugnaciones no ya de las personas afectadas, sino estos órganos superiores, lo importante es darla de rango legal y por tanto lo que hemos hecho dotarle para mayor seguridad jurídica y para mayor garantía, de que este proceso selectivo se va ya a desarrollar dotarla de rango legal. Rango legal que evidentemente ha adoptado el nombre decreto Ley. ¿Por qué adoptado el decreto Ley? Porque como decía ha sido un proceso complejo, teníamos seis meses para cumplir la propia sentencia y lo que era importante es cumplirla.

Y como eso es lo importante, cumplir una sentencia y que se reponga los derechos en la función pública el Gobierno ha optado por el instrumento que es más acorde con el mismo. Un rango de ley por decreto, un rango legal por decreto Ley de urgente necesidad para dar cumplimiento a la sentencia. Evidentemente se tramitaba por Ley ordinaria, es imposible dar cumplimiento a la sentencia.
Hace siete años y dos años...

El señor PRESIDENTE:

Termine señora Vallés.

La señora diputada VALLÉS CASES:

apoyar en breve en estas Cortes vamos a dar solución, cumplimiento, seguridad y compromiso con la legalidad. Y vamos a reponer el derecho a todos los aragoneses de poder acceder a la función pública.

Muchas gracias

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (5).



Proseguimos con la publicación de las diferentes intervenciones en el debate del Pleno de las Cortes de Aragón celebrado el pasado 13 de febrero para la convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012.

El contenido de las intervenciones se corresponde con las transcripciones provisionales hechas públicas en la página web de las Cortes de Aragón.


INTERVENCIÓN DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ARAGONÉS.

El señor diputado RUSPIRA MORRAJA:

Señor presidente buenos días.

La verdad es que yo creía que subía a esta tribuna para un trámite parlamentario, con todo el respeto a los trámites parlamentarios, para la convalidación de un Decreto Ley y creía que el debate político no iba a ser de este calado y miren no es habitual porque la verdad es que los que me conocen no suelo subir preocupado por ningún tema a esta tribuna porque “el que va de cara y habla las cosas con confianza y con sinceridad es dueño de sus palabras, es esclavo de sus palabras y dueño de sus silencios” . Yo hablo a veces más de la cuenta.

Les voy a decir claramente una cosa la verdad es que estoy muy preocupado con lo que acabo de oír en esta tribuna, con la intervención de los tres partidos, porque gestión “torticera” por parte de Izquierda Unida, “mentira podrida”, “ilegalidad”, “incumplimiento de sentencias”. Ha terminado diciendo que “es gravísimo que vamos a ser cómplices”. Es que no sé si tengo que ir a buscar cobertura legal para protegerme de esta situación, porque la verdad es que y no estoy frivolizando, estoy hablando con toda honradez y no estoy frivolizando ni muchísimo menos, no sé si me la dará el Parlamento o mi grupo parlamentario, pero la verdad es que estoy muy preocupado. Porque desde luego cuando habla la señora Fernández de que aparentamos cumplir sentencias judiciales, que vestimos el cumplimiento de sentencias judiciales, esto son palabras muy gruesas al respecto y me gustaría que los partidos de la oposición en este sentido después de los discursos que acabo de escuchar señor consejero y me dirijo a usted especialmente, espero y deseo que denuncien de forma inmediata al Gobierno de Aragón.

Porque desde luego, si este Decreto Ley incumple la forma, de la forma que se ha transmitido desde esta tribuna, el problema es muy serio y el primer personaje que tendrá ese problema será usted señor consejero. Por lo tanto yo que no tengo conocimientos jurídicos y lo he dicho en muchas ocasiones. La verdad es que lo primero que quiero decirle es que desde luego el Partido Aragonés recibiendo el Decreto Ley está convencido de que la garantía jurídica de lo que se esta realizando esta avalada por los propios servicios jurídicos del Gobierno de Aragón. Porque sino entonces es cuando empezaran a temblarme las piernas de verdad y me tendré que apoyar mÁs todavía si cabe en esta tribuna.

Dicho esto, yo creo que aquí la clave son cuatro o cinco claves. La primera: Es que estamos hablando de la reposición de la lesión, aquí tenemos dos sentencias judiciales, habrá que cumplirlas, pero no aparentar cumplirlas, será cumplirlas. ¿Con este Decreto Ley se cumplen, si o no?, la respuesta es afirmativa y eso es lo que usted nos acaba de transmitir en esta tribuna, “esclavos de nuestras palabras”. Nosotros creemos en su palabra en la del Gobierno de Aragón y por tanto apoyamos en esta dirección. Segundo mensaje: Usted nos habla de que esto aporta seguridad jurídica, el párrafo dice “que con el fin de dotar de una mayor seguridad jurídica la ejecución de la sentencia, es preciso aprobar una norma con rango legal, que otorgue amparo jurídico a los decretos de oferta de empleo público que el Gobierno de Aragón apruebe”. Esto loacabo de leer en el Decreto Ley, por lo tanto si hay seguridad jurídica vamos a votar a favor. Tercero: Hace usted en el Decreto Ley del Gobierno de Aragón por supuesto señor consejero la definición cuantitativa, dos mil setecientas ochenta y tres plazas, ni dos mil setecientas ochenta y dos, ni dos mil setecientas ochenta y cuatro. Me imagino que la complejidad para llegar a este extremo es el que nos ha ocupado estos seis meses el trabajo que se ha realizado. Esas dos mil setecientas ochenta y tres plazas están definidas una a una, me imagino. Si no, no aparecería esta cifra aquí, estamos hablando del 6% aproximadamente de la plantilla de empleados públicos del Gobierno de Aragón, de eso estamos hablando. Es que la decisión es muy importante, no podemos frivolizar con estas circunstancias. A mí personalmente que haya rango de ley y que estemos dando esta seguridad jurídica cuando estamos hablando del 6% de la población de empleados públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón es para tomárselo muy en serio, no para decir que es gravísimo, que somos cómplices o que estamos ante una circunstancia de incumplimiento de sentencias.

Y por último: La voluntad política esta clara, aquí extraemos en rango de ley, un Decreto Ley para que se ponga en marcha este proceso. Mire desde el Partido Aragonés lo que le transmitimos es lo siguiente: Es que lo que queremos y usted lo ha dicho aquí y vuelvo a la “esclavitud de nuestras palabras” “que los decretos son inminentes”, creo que es el adjetivo que ha utilizado señor consejero. Eso es lo que quiere el Partido Aragonés, la mejor forma de zanjar este debate político me imagino que es político y no jurídico, porque si no insisto me tendré que avalar de otra forma, esta clarísimo que si el debate es político esto se zanja con los decretos inminentes.

En el momento en que los decretos estén publicados efectivamente la ley que hay que cumplir marcara los plazos y esto quedará resulto en el año 2014. Me parece muy bien que se pongan tres años, pero si los decretos son inminentes quedara resuelto antes de que termine la legislatura y además otro tema muy importante yo no sé si está dotado o no esta dotado presupuestariamente en el capítulo I, pero este no es un problema político que nos ocupa, tendrá que poner usted los mecanismos adecuados para dotarlo correspondientemente en el capítulo I. Estamos hablando de vacantes ocupadas por interinos, todos los grupos parlamentarios aquí presentes estamos de acuerdo de que hay que reducirla provisionalidad en los empleados públicos de nuestra Comunidad Autónoma de Aragón, por lo tanto “blanco y en botella”. Aquí de lo que se trata sencillamente de que reponemos las lesiones provocadas. Dos, aportamos seguridad jurídica. Tres, definimos cuantitativamente algo muy importante y cualitativo como es el 6% de la estructura de la masa salarial de empleados públicos del Gobierno de Aragón. Cuatro, que hay una voluntad política muy clara y cinco, un mensaje desde el Partido Aragonés que esto tiene que ser ejecutado en tiempo y forma y para nosotros el tiempo y forma es inminencia, como usted ha utilizado en su expresión.

Por lo tanto si esto se cumple, los representantes sindicales están informados al respecto y los decretos complementarios se aprueban de forma repito inminente. No sé dónde está el debate político, los partidos de la oposición han sido muy duros, no voy a decir crueles, porque cada uno políticamente transmite el mensaje que estima oportuno desde esta tribuna. Especialmente el señor de Chunta Aragonesista, el señor Soro y presidente del partido. La verdad es que la opción la tienen muy clara, tienen que acudir al juzgado, porque si lo que estamos haciendo es incumplir sentencias esto solo tiene un camino y el respeto a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial tiene que estar fuera de lugar a dudas desde esta tribuna, porque sino flaco favor hacemos a la democracia en nuestra Comunidad Autónoma de Aragón.

Nada más y muchas gracias, nuestro voto será favorable.

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (4).



Proseguimos con la publicación de las diferentes intervenciones en el debate del Pleno de las Cortes de Aragón celebrado el pasado 13 de febrero para la convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012.

El contenido de las intervenciones se corresponde con las transcripciones provisionales hechas públicas en la página web de las Cortes de Aragón.


INTERVENCIÓN DE LA PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA.

La señora diputada FERNÁNDEZ ABADÍA:

Buenos días señorías

Señor Saz usted hoy no tenía que haber traído este tema aquí a debate este Decreto Ley, hoy no tenía que estar aquí usted. Lo que tenía que haber hecho a fecha de hoy es cumplir las sentencias de los tribunales. Ha tenido seis meses de plazo, ahora ya han pasado siete porque estamos hablando de julio del año 2013. El tribunal dijo al Gobierno de Aragón que en seis meses tenía que tener aprobados los Decretos Complementarios a las ofertas de empleo público de 2007 y 2011 y usted no ha cumplido. No tiene esos decretos y además nos trae un trámite aquí innecesario, un Decreto Ley para además auto darse ustedes como gobierno un plazo mayor al que está marcado en la normativa, tres años, máximo en tres años sacaremos las plazas dicen ustedes en el Decreto Ley que hoy estamos debatiendo. Por lo tanto el Gobierno no ha cumplido con ese plazo, los tres años ¿Por qué se dan ustedes tres años?, podían haber hablado de cuatro de cinco.
.
Con este Decreto Ley desde nuestro punto de vista el Gobierno lo que trata es de aparentar que cumple, aparentar que cumple las sentencias. El auto del 11 de julio de 2013 les fue notificado el día 15 de julio, por lo tanto el 15 de enero de este año 2014 finalizaba ese plazo de seis meses concedido para aprobar ese nuevo decreto de la oferta de empleo público complementario. Si este decreto se convalida hoy aquí, entiendo que así será con los votos de los dos grupos que apoyan al Gobierno, podría también no ser válido señor Saz. Porque usted conoce que hay un escrito de alegaciones presentado por parte de la asociación de defensa de la función pública y que si el Tribunal se pronuncia en contra, lo que estamos haciendo hoy aquí pues no servirá. Igual que se han pronunciado en contra de las ofertas de empleo publico de 2007 y 2011.

Estamos hablando de un tema muy importante, porque son dos mil setecientas ochenta y tres plazas y en los momentos que estamos viviendo con las tasas de reposición cero prácticamente impuestas por el Gobierno Central, pues la verdad es que este número de plazas es muy importante hay muchas personas que están pendientes de estas convocatorias y una vez que tenemos sentencias de los tribunales pues esas personas sí que tienen esa expectativa de derecho de poder presentarse. Pero claro ustedes con este Decreto Ley no nos dicen cuándo, ni cómo, ni qué plazas, no están cumpliendo en absoluto con lo que les están mandatando los tribunales.

Por otro lado también se ha dicho en anteriores intervenciones en la exposición de motivos de este Decreto Ley, el Gobierno justifica emplear este decreto en las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad. No es cierto señor Saz, no se dan circunstancias de urgente necesidad, ustedes han dejado transcurrir seis meses y parece que lo que pretenden es que su inacción que durante esos seis meses ha tenido tiempo, lo que pretenden es que su inacción se convierta en urgencia, ahora es urgente porque ustedes no han hecho lo que tenían que hacer durante todo este tiempo, pues no, no es urgente. Ustedes tenían que tener aprobados los Decretos complementarios a las ofertas y ya tener colocadas las plazas a las que están obligados. Lo que quieren ustedes evidentemente es dilatar la convocatoria, lo que ustedes pretenden es sacar las plazas que les vienen bien, o que les vengan bien o que puedan o que consideren y el resto bueno de aquí a tres años ya habrá otro gobierno, ya pues bueno que decidan en relación con la plazas que queden, pero eso es incumplir la sentencia de los Tribunales.

Mire el auto este del 15 de julio del 2013 del que estamos hablando, finalizaba el plazo de seis meses concedido el 15 de enero. Les daba a ustedes según la Ley de Ordenación de la Función Pública, porque claro usted habla del Estatuto Básico del Empleo Público que no está desarrollado en nuestra comunidad autónoma, precisamente no disponemos de esa Ley de la Función Pública o del Empleo Público en Aragón, cuestión que ustedes  se comprometieron a traer inmediatamente desde que entraron en el Gobierno y ya llevamos tres años y todavía no tenemos al Ley de Función Pública y usted ahora argumenta en base al Estatuto Básico del Empleo Público, ¡no! señor Saz ¡no, no! La norma vigente es la Ley de Ordenación de la Función Pública, que da tres meses y seis para ejecutar, lo cual nueve meses para finalizar el proceso, incumplimiento absoluto, ustedes dicen que en tres años. Nos parece realmente irresponsable absolutamente por parte de su Gobierno, que intenten con este Decreto Ley decir que están cumpliendo con las sentencias de los Tribunales. Ustedes difieren, la palabra esta diferido les gusta mucho a los del Partido Popular, difieren a un futuro y tampoco explicitan nada en este Real Decreto. Porque claro fijan un cupo para las personas con diversidad funcional de un 7% pero luego hablan de un cupo para víctimas del terrorismo donde no especifican, ¿qué cupo va a ser ese, un uno o un veinte? y habla usted de seguridad jurídica. No sé en qué se basa para hablar de seguridad jurídica, no hay absolutamente ninguna seguridad jurídica, la habría si ustedes tuvieran ya aprobados los Decretos Complementarios de las ofertas de 2007 y 2011 que es a lo que están obligados y si ya el Gobierno de Aragón no respeta las sentencias de los Tribunales, no sé qué estamos haciendo aquí señor Saz.

Entiendo que son los primeros que debieran de cumplir con esas sentencias, bueno pues nuevo incumplimiento, ¿harán lo mismo también con las sentencias que les obligan a pagar la parte devengada de la paga extraordinaria del 2012 que ya hay sentencias, aquellos empleados públicos que han recurrido y les han dado la razón?, seguramente no. ¿También lo dejarán en diferido? Porque claro usted cuando hace los presupuestos, no prevé este tipo de cuestiones, ¿ese fondo de contingencias sirve para esto o no?, no prevé, si hay una sentencia y yo tengo que cumplir tengo que tener dinero para poder cumplirla y usted esto no lo tiene en cuenta. Ni lo uno ni lo otro, por lo tanto el Grupo Parlamentario Socialista no va a convalidar este Decreto Ley, va a votar en contra, porque consideramos que no es el mecanismo legal necesario, ni oportuno, porque ustedes están incumpliendo y porque lo que tenían que haber hecho, es haber aprobado los decretos que es lo que el Tribunal les dice que tenían que tener aprobado a fecha 15 de enero del año 2014 y con esto lo único que pretenden ustedes es diferir, dilatar y hacer lo que quieran con las plazas de la oferta de empleo público que están obligados a convocar.

Gracias.

jueves, 20 de febrero de 2014

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (3).




Proseguimos con la publicación de las diferentes intervenciones en el debate del Pleno de las Cortes de Aragón celebrado el pasado 13 de febrero para la convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012.

El contenido de las intervenciones se corresponde con las transcripciones provisionales hechas públicas en la página web de las Cortes de Aragón.


INTERVENCIÓN DEL PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CHUNTA ARAGONESISTA.

El señor diputado SORO DOMINGO:

Yo tengo claro que el señor consejero sabe perfectamente lo que esta haciendo, pero no sé si el resto de los treinta y siete, digo treinta y siete porque la Presidenta no ha llegado, pero como tiene a continuación la comparecencia, supongo que vendrá para cumplir la comparecencia. No sé si tienen claro los treinta y siete diputados y diputadas lo que van a votar hoy, no sé si tienen claro que lo que van a hacer es colaborar para que una legalidad parezca legal. Que es lo que van hacer, no sé si tienen claro que van a ser cómplices de un ataque gravísimo al principio de separación de poderes y por tanto un ataque gravísimo a la democracia.

No sé si tienen claro, señores y señoras del Partido Popular y del Partido Aragonés que hoy si votan a favor de la convalidación van a ser un instrumento para que el poder ejecutivo utilice, se aproveche del poder legislativo para pitorrearse del poder judicial, eso es, señor consejero lo que usted esta haciendo, -le hace mucha gracia-, me parece muy bien, le hace mucha gracia estar machacando el principio de separación de poderes. Vamos a ver, si ustedes hoy convalidan este Decreto Ley, lo que van hacer es negarse abiertamente el debido cumplimiento a una resolución judicial. Lo repito, negarse abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial. Y repito esto porque esto esta en el Código Penal, -yo no acuso a nadie-, ¡eh! Pero digo que el Código Penal, en el 410 tipifica eso el negarse abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial, cuando lo hace una autoridad o funcionario lo condena, lo tipifica como delito de desobediencia judicial y esto es gravísimo.

Lo que van hacer ustedes hoy es gravísimo. ¿Por qué? Se lo explico. En el 2010, el Supremo anula como se ha explicado la oferta de empleo público del 2007. La presidenta toma posesión en julio del 2011, constituye su gobierno y a partir de ese momento ya estaban ustedes obligados a cumplir esa sentencia. Desde que toman posesión al Gobierno y se pone en funcionamiento en el 2011. Después en el 2012 en febrero, el Tribunal de Justicia de Aragón, anula la siguiente la del 2011. Y a partir de ese momento ya estaban ustedes, ya estaban obligados a cumplir esa sentencia. No la cumplen y como no la cumplen, la actora, la demandante, la Asociación de Defensa de Función Pública, abre un incidente de ejecución y pide que se cumpla, y ahí, hay alegaciones. “Es que seis meses es poco”, ya lo dijeron ustedes y la otra parte al final el Tribunal decide. Y deciden dos autos de 11 de julio de 2013 que es la clave de todo este embrollo. Los dos autos del 11 de julio de 2013. ¿Qué dicen literalmente? “Requerir al Gobierno de Aragón para que en el plazo de seis meses se aprueben nuevos decretos de oferta de empleo público complementarios al 2007 y 2011 con todas las plazas de interinos”.

Es decir, ¿A quién le requiere? Al Gobierno de Aragón, no a estas Cortes, al Gobierno de Aragón. ¿El qué tiene que hacer? Decreto, no Decreto Ley, un Decreto, un Decreto Ley no tiene nada que ver, se parecen en el nombre, pero no tienen nada que ver. Le obliga, le condena a que dicte dos decretos, en un plazo muy claro seis meses. La pregunta es: ¿El Gobierno de Aragón ha dictado dos decretos en seis meses? Que es lo que dice lisa y llanamente los autos de julio de 2013. ¡No, no!, con lo cual repito se están ustedes negando abiertamente a ¿darle? debido cumplimiento a una resolución judicial y por eso repito “esto es tan grave”.

Lo que hacen ustedes es aprobar un Decreto Ley, un Decreto Ley que no tiene nada que ver en esto, y es más, incumplen los plazos de la legislación aragonesa. Dice el señor consejero: “es que el Estatuto Público, el Estatuto Básico del Empleado Público, establece tres años” ya lo sé y ¿Qué? Pero porqué aplica usted el Estatuto Básico del Empleado Público si lo que hay que aplicar es la Ley de la Ordenación de la Función Pública de Aragón del 91, señor consejero, es que me parece tal desfachatez. Vamos a ver, apliquemos las sentencias y la Ley. La sentencia le dice “Usted en seis meses, el Decreto” usted aprueba el Decreto, le dice la ley, la aragonesa, la que rige, la que rige ya sé que a usted le gusta más España, pero lo que dice Aragón, la Ley Aragonesa que a los tres meses del Decreto hay que convocar las pruebas selectivas. Hasta el 15 de abril, pero hasta el 15 de abril, deberían haber convocado ustedes las pruebas selectivas y después sigue diciendo la Ley Aragonesa “y en seis meses desde esa convocatoria tienen que concluir las pruebas selectivas” es decir, 15 de octubre. Aplicando los autos de ejecución de las sentenciasy aplicando la legislación aragonesa no la que usted quiere, ¡aplique la Noruega! Igual con la noruega o con la finlandesa tiene usted más plazo para hacer lo que le da la gana, y no cumplirla ley, aplicando la legislación aragonesa, repito tres meses. Desde los decretos, para hacer las convocatorias mediante órdenes de los consejeros y desde ese momento, seis meses, tope máximo 15 de octubre. Y ustedes lo dejan abierto, porque lo de los tres años tampoco es cierto, porque ni siquiera establecen ningún plazo para aprobar los decretos.

Ustedes dicen en el Decreto Ley, “el Gobierno de Aragón aprobará”. Alguien ha matado a alguien, ¡aprobará! No dicen cuándo. Esos decretos que deberían aprobarse en seis meses desde el 15 de julio, usted dice que se aprobará y una vez que se aprueben dicen que en el plazo improrrogable de tres años, es decir Ley inaplicable que es la Ley Básica que no se aplica en esta cuestión, en ese plazo cuando ustedes quieran pues ya irán convocando. Llegados a este punto ¿Por qué traen ustedes este decreto ley a estas Cortes?, yo creo que es claramente lo que pretenden es que seamos todos cómplice, repito de esta ilegalidad que intenta revestir de legal, lo que es claramente ilegalidad.

Es una “mentira podrida” que se esté dando mayor seguridad jurídica a la ejecución de la sentencia, si no hace falta, si jamás han traído una ley, ni un proyecto de ley, ni un decreto de ley. Jamás lo han traído, jamás ustedes ni ningún Gobierno lógicamente para aprobar una oferta de empleo público, jamás, porque no hace falta, es que no hace falta es que deberían ser los Decretos de convocatoria y así se debatió ya en el incidente de ejecución en el Tribunal Superior, es ahí donde deberían fijarse las plazas y las condiciones
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Por lo tanto no hace ninguna falta, no hay mayor seguridad jurídica, a partir de ahora siempre nos traerán Decretos Leyes cuando piensen hacer oferta de empleo público, saben que esto no tiene ningún sentido. ¿Qué es lo que pretenden?, que estas Cortes sean cómplices de esta actitud del Gobierno de Aragón, eso es simple y llanamente lo que ustedes pretenden y algo que nos parece todavía más perverso, es imposibilitar... ustedes arrasan el derecho de los ciudadanos al acceso a la función pública, pero quieren también por otro lado arrasar el derecho constitucional al acceso a los Tribunales Ordinarios. Se lo explico: Usted sabe muy bien que “un Decreto, sin en un Decreto del Gobierno de Aragón no convocaran todas las plazas, lo hicieran tarde no cumplieran el auto de ejecución de la sentencia eso podría ser recurrible a los tribunales, un Decreto eso de hecho es lo que ha ocurrido aquí, puede ser objeto de recurso ante la jurisdicción ordinaria ante el contencioso”. Muy bien. ¿Qué hacen ustedes?, aprueban una ley, nos traen una ley y saben muy bien que este Decreto Ley una vez que se convalide tiene rango de Ley y por tanto no puede ser recurrido ante la jurisdicción ordinaria. Que solo cabe un recurso de inconstitucionalidad y sabe que ninguno de los legitimados que al Presidente del Gobierno que es de su partido, a los cincuenta diputados, cincuenta senadores jamás va a recurrir esto al Tribunal Constitucional. Sabe usted, se asegura que va a ser firme, que nadie va a poder recurrir este Decreto Ley y de esa manera tiene ese paraguas legal para que si en el futuro alguien recurre nuevamente los decretos que incumplan la ley, que la están incumpliendo la ley y que incumplan la resolución judicial, ustedes buscan que tenga ese paraguas. Como le digo están siendo absolutamente perversos con este planteamiento y desde Chunta Aragonesista no vamos a ser cómplices en absoluto y vamos a votar en contra de la convalidación del Decreto Ley.

Dicho esto, además es que no concurre el supuesto habilitante, en absoluto, en absoluto. Otra cosa es que ustedes no hagan las cosas y quieran hacerlo en el último momento y entonces tengan que recurrir al Decreto Ley que es lo que hacen siempre desde su Gobierno. Vamos a ver, extraordinaria y urgente necesidad. La sentencia que anula la oferta del 2007 se dicta en octubre del 2010, hace cuarenta meses. Ustedes no gobernaban, ya queda menos en “añico” y medio ya se irán. Pero desde que ustedes entran a gobernar ya tenían obligación de cumplir esa sentencia, han tenido dos años y medio para cumplirla. La siguiente es de febrero de 2012 hace dos años, es que han tenido más de dos años para cumplir las sentencias y ahora tienen que correr ¿Por qué?, porque hay un auto que les da un plazo concreto de seis meses, repito un plazo que fija la sala, que fija el Tribunal Superior de Justicia después de oír a la parte recurrente y a la recurrida hacen alegaciones verdad, hacen alegaciones y al final la sala decide bueno pues oídas las partes digo que en seis meses se dicten los decretos con la oferta de empleo público.

Por lo tanto si ese es el plazo que fija la sala han tenido ustedes tiempo de sobra en seis meses, han tenido dos años y pico pero desde que se dicta el auto han tenido seis meses, tiempo de sobra para hacer lo que manda el auto “el aprobar los decretos”. Así que en absoluto señor consejero concurre este supuesto de extraordinaria y urgente necesidad.

En definitiva señor consejero, votaremos en contra de la toma en consideración yo les invito a quienes van a apoyarlo, que tengan en cuenta si de verdad quieren negarse abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial, si de verdad lo hacen de forma consciente y voluntaria lo que ustedes van a votar porque repito lo que van hacer ustedes es machacar la separaron de poderes, permitir al ejecutivo que nos utilice, que utilice a las Cortes de Aragón para incumplir, para pitorrearse del Poder Judicial. Lo que van hacer es utilizar el Estatuto de Autonomía el artículo 44 y en definitiva además van a aplicar una Ley Estatal para incumplir la Ley Aragonesa y todo eso por su decisión de incumplir una resolución judicial. Esto es gravísimo y es un precedente gravísimo que dice mucho de su Gobierno.

Muchas gracias.

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (2).




Proseguimos con la publicación de las diferentes intervenciones en el debate del Pleno de las Cortes de Aragón celebrado el pasado 13 de febrero para la convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012.

El contenido de las intervenciones se corresponde con las transcripciones provisionales hechas públicas en la página web de las Cortes de Aragón.


INTERVENCIÓN DEL PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE IZQUIERDA UNIDA.

El señor diputado BARRENA SALCES:

Señorías.

Estamos ejerciendo el turno en contra y empezaré por donde ha pretendido terminar el señor Consejero de Hacienda diciendo que “esto lo que daba era mayor seguridad jurídica”. No da mayor seguridad jurídica esto. Lo primero, señor consejero, porque el rango, el rango de una determinada decisión no garantiza la seguridad jurídica. Lo que garantiza la seguridad jurídica es cumplir la ley y ustedes no están... [Corte automático de sonido]... con lo que hoy traen aquí a someter a votación. Mire, en primer lugar, incumplen el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de Aragón. Ustedes prepotentemente utilizan un decreto ley, que fíjese, está establecido para situaciones de necesidad, urgente y extraordinaria. Gracias a esto, ustedes consideran una necesidad urgente y extraordinaria un mandato que conocen ustedes, desde julio del 2013, desde el julio del 2013, y que ustedes han sido incapaces de cumplir la sentencia. Y como han sido incapaces de cumplir la sentencia, recurren a esta fórmula para luego venir aquí a decir que “con esto dan seguridad jurídica al tema”. No dan seguridad jurídica al tema, no dan seguridad jurídica al tema.

Segunda cuestión por la que estamos ejerciendo el turno en contra, ustedes, y especialmente usted, señor consejero, no respeta lo que afirma en esta tribuna ni lo que firma como respuesta a los grupos parlamentarios. Usted en esta tribuna afirmó, a pregunta mía, que cumplirán las sentencias en estricto cumplimiento, eso es lo que usted dijo aquí. La sentencia le dice, que saque usted una oferta de empleo público complementaria al año 2007 y al año 2011, que no está. No está en el decreto ley que trae usted a convalidar, no está lo que le manda el Tribunal, no está haciendo cumplimiento estricto de lo que le manda el Tribunal. Está usted desacatando al Tribunal y eso es muy grave en un Consejero de Hacienda y más en un Gobierno que encima trae a ratificar eso aquí, eso es lo que usted está haciendo.

La sentencia que usted dice que cumplirá en estricto cumplimiento le dice que “en el plazo máximo de seis meses saque esas plazas”. No es eso que hacen ustedes tampoco. Hacen una especie de novela por entregas, dilatan a tres años lo que el Tribunal le dice, lo que el Tribunal le dice que cumpla en el plazo máximo de seis meses. Eso no es serio tampoco. No se juega con el empleo. No se convierte en un serial. No sirve para que se hagan fotos de seis en seis meses diciendo lo que van a hacer. Usted incumple señor consejero una respuesta por escrito que usted me da firmada en la que dice, que “pondrá en marcha los instrumentos normativos para ejecutar las ofertas de empleo público” ¿Dónde están? ¿Dónde están? Si usted mismo acaba de decir que a partir de ahora empezarán a poner en práctica esos decretos, que además están empezando a negociarlos con las organizaciones sindicales. No los tienen, no los tienen. Además de que los dilatan a tres años, no los tiene, señor consejero.

Señor consejero, y usted viene aquí a decir que han hecho esto por dar garantía y seguridad jurídica mayor, no es cierto. Ustedes han hecho esto porque no tienen ninguna voluntad de cumplir. Ustedes han hecho esto porque quieren, como siempre, cumplir las obligaciones del déficit, ustedes han hecho esto porque no tienen en absoluto garantía, porque están ya los presupuestos de poder atender, si no modifican los presupuestos al incremento del capítulo I que tendrían estas nuevas plazas. ¡No lo han contemplado! Señor consejero. Por eso hablan ustedes de empezar a hacer oposiciones, allá por el mes de junio, a plazos, a tiempo, por unas especialidades sí otras no, en lo que se refiere a educación, por, para unas categorías sí para otras no, lo que se refieren a los otros y en definitiva lo que están haciendo ustedes es dilatar el mandato del Tribunal. Eso es lo que están haciendo ustedes. Y a partir de ahí, lo de la Seguridad Jurídica ya me explicará usted dónde la encuentra, porque creo que usted sabe igual que yo que quienes incoaron el expediente ante el Tribunal Superior de Justicia, han incoado otro por incumplimiento de sentencia. Y como no es la primera vez, que al final la judicatura, los tribunales, la justicia tumban decretos, pues asegúrense muy bien de lo que van a hacer.

Porque lo que van hacer, al final, señor consejero, es una ¡irresponsabilidad!, que además de estar jugando con lo que en un gobierno democrático debería ser, que es demostrar la seriedad, que es demostrar que gestionan, que es demostrar que son los primeros interesados en cumplir la normativa y además cuando hay ya un mandato judicial.

Lo que no puede ser es que ustedes vengan aquí con estos ejercicios “trileros” que es lo que hoy nos traen aquí a someter a aprobación para incumplir la sentencia y encima explicar lo que solo hacen porque así dan más rango a una decisión, porque al final lo que ustedes quieren hacer es con la decisión de no cumplir, la decisión de no cumplir, quieren ya pervertir la democracia hasta el final para que con la mayoría absoluta de la que disfrutan, encima darle la pátina democrática de que se aprueba una aberración como esa en una cámara democrática, en un parlamento democrático.

Están a tiempo, señorías, están a tiempo de no culminar lo que están planteando aquí hoy, ¡están a tiempo! Y si al final se van a empeñar en convalidar este Decreto Ley, pues ya le anticipo que pediremos que se tramite como proyecto de Ley, porque queremos seguir siendo responsables, porque queremos tener posibilidad de aportar ideas, propuestas, resoluciones, en combinación y coordinación con los representantes de los trabajadores y trabajadoras, en combinación y representación con los ciudadanos y ciudadanas que son quienes en definitiva están obligados a cumplir, cosa que el Gobierno no hace.

Y por lo tanto, desde ese punto de vista, señorías, si no van a retirar esto, al final, lo que les planteamos es que acepten la tramitación como Proyecto de Ley, para por la vía de las enmiendas resolver los problemas que esta decisión que ustedes nos han traído aquí hoy van a tener. De paso, y para completar y para demostrar que son un Gobierno serio y riguroso, ¿dónde están las ofertas de empleo público del año 2013? ¿Del año 2014? ¿Dónde están? ¿Cuándo las van a presentar? ¿Cuándo las van a sacar? Y les recuerdo que es lo otro que argumenta el que no están cumpliendo la sentencia y que refuerza nuestra posición, es que las ofertas de empleo público que les mandata el Tribunal que saquen, que saquen complementarias a 2007 y a 2011, la normativa, digo yo, que usted sabrá que establece que una oferta de empleo público se aprueba con un Decreto. Decisión del Gobierno, Decreto que para eso está, no tiene que recurrir al Decreto Ley -que insisto- no se puede llegar a pervertir una figura como la que tiene nuestro Estatuto, para que al final el Gobierno lo utilice torticera e interesadamente, cuando le interesa.

No puede aceptarse en un Gobierno, salvo que sea irresponsable que considere una necesidad urgente y extraordinaria, cumplir una sentencia, que se le notificó en julio. Por que ustedes con este Decreto, no cumplen la sentencia. Ustedes con este Decreto abren un plazo, lo dilatan, lo utilizan pero no cumplen la sentencia que es lo que tienen que hacer.

Por lo tanto, señorías, ese es el llamamiento que les hace Izquierda Unida. A la responsabilidad y al respeto al juego democrático, cosa que hasta ahora ustedes hacen muy poquito.

Gracias.

DEBATE DEL PLENO DE LAS CORTES DE ARAGÓN SOBRE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2014, PARA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EN MATERIA DE OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (I).



Por el interés que reviste el debate del Pleno de las Cortes de Aragón, celebrado el pasado jueves 13 de febrero, sobre convalidación del Decreto-ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012, y una vez hechas públicas en la página web del Parlamento aragonés las transcripciones provisionales de las diferentes intervenciones en el mismo, hemos considerado oportuno reflejarlas en nuestro blog, para su constancia y posible lectura, para su análisis y comentario, con la perspectiva que el tiempo da para juzgar las cosas.

Valoramos muy positivamente el simple hecho de que un tema del máximo interés para la configuración de la función pública autonómica, como es la selección del personal a través de oferta de empleo público, haya sido objeto de un intenso y tenso debate en las Cortes de Aragón, aunque lamentamos que haya debido producirse como resultado de las sentencias judiciales que condenaron al Gobierno de Aragón por vulnerar el derecho de acceso a la función pública, pues la función pública requiere un escrupuloso respeto a las normas por parte de sus responsables máximos, algo que ni se ha producido en el pasado ni se produce en el presente, como queda perfectamente constatado en el debate celebrado el 13 de febrero de 2014 en el Pleno de las Cortes de Aragón.

Ofrecemos la transcripción del debate, en notas independientes que recogen las intervenciones del Consejero de Hacienda y Administración Pública, para llevar a cabo la presentación y defensa del Dccreto-ley, y las posteriores intervenciones de los portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios.


PRESENTACIÓN Y DEFENSA DEL DECRETO-LEY POR EL CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

El señor PRESIDENTE:

Pasamos al siguiente punto del orden del día, que es debate y votación sobre la convalidación del Decreto Ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de Medidas para la Ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo del 29 de octubre del 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, del 10 de febrero de 2012. Para la presentación del decreto ley, tiene la palabra el señor Consejero de Hacienda y Administración Pública por tiempo de diez minutos.

El señor consejero de Hacienda y Administración Pública (SAZ CASADO):

Gracias presidente. Señorías.

Comparezco en nombre del Gobierno para la convalidación del Decreto Ley 1/14, en relación con ofertas públicas del año 2005 y 2007 en ejecución de sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Haciendo una somera visión retroactiva, recordemos que en el año 2007 se hace una convocatoria de la oferta pública del empleo, y en el año 2011 también, pero éstas son anuladas; primero convalidada, o mejor dicho, desestimada la demanda del Tribunal Superior de Justicia en el 2008, pero posteriormente en recurso al Tribunal Supremo en el año 2010 se anula la convocatoria pública de la oferta publica del año 2007 y como consecuencia de esa anulación del Supremo, en otro juicio que había similar respecto a la oferta pública de empleo del año 2011 inicialmente planteado también se anula. Por lo tanto, quedaron anuladas las ofertas públicas de empleo de los años 2007 y 2011 con el motivo de que no se había incluido en esas ofertas públicas las plazas vacantes que estaban cubiertas por interinos. Por tanto, eso era el argumento de la sentencia y el argumento que hizo que se anulasen esas ofertas públicas de empleo de los años 2007 y 2011.

Como consecuencia de ello, en ejecución de esa sentencia, en incidente de ejecución y en explicación en el trámite procesal correspondiente con el Tribunal Superior de Justicia se consigue un plazo de seis meses a instancia del incidente de ejecución para poder poner en marcha lo que supone la medida de anulación de la oferta pública de empleo público. El incidente, téngase en cuenta que había pasado desde el año 2007, casi cinco años, y desde el año 2011, tres años. Por lo tanto, la situación era complicada porque había que agregar plazas, había que identificar qué plazas se veían afectadas por la medida de anulación de la oferta pública de empleo. Había que analizar cuáles eran las plazas que quedaban en este momento en vigor vivas, por decirlo de alguna forma, ocupadas por interinos y que estaban en aquel momento en vigor en diciembre del 2006, 31 de diciembre del año 2006 y 31 de diciembre del 2010 por lo tanto, es un proceso muy laborioso. El plazo que se otorga el Gobierno de Aragón es de seis meses para poder definir cuáles serian las plazas afectas y se nos dice por parte de la sentencia que tenemos que incluir, por lo tanto las plazas vacantes en esas fechas, a 31 de diciembre del 2006 y a 31 de diciembre del 2010, salvo las que estén reservadas a funcionarios de carrera, salvo las amortizadas y salvo las que estén pendiente de amortización. Por lo tanto, una vez realizado ese proceso complicado que se ha realizado con un diálogo por parte de los representantes de los trabajadores donde se han analizado los procesos, téngase en cuenta que ha habido procesos de redistribución de plazas como consecuencia de reorganización de consejerías. La estructura de los departamentos no es exactamente igual que en el año 2005-2007, ha habido procesos de amortización, ha habido concursos posteriores que se han cubierto determinadas plazas.

Por lo tanto, la definición de las plazas, de las dos mil setecientas ochenta y tres plazas que se ven sometidas a este proceso de una oferta complementaria para el año 2005 y 2007, el Gobierno aprobó el 9 de enero del 2014 un acuerdo por el cual ponía en marcha este decreto ley que hoy venimos aquí a convalidar. Se trata de dos mil setecientas ochenta y tres plazas distribuidas de la siguiente manera: mil treinta y cuatro Administración General, trescientos ochenta y cinco Personal Docente y mil trescientas sesenta y cuatro Personal Estatutario. Y si desglosamos por convocatoria de ofertas de empleo público, quinientas cincuenta y ocho son de la oferta del 2007, dos mil doscientas veinticinco de la oferta de empleo público de 2011, siendo que la oferta de empleo público del 2007 era únicamente Administración General mientras que la oferta de empleo público del 2011 afectaba a la Administración General, al Personal Docente y al Personal Estatutario.

Por lo tanto, esas son las plazas que se han determinado, la cuantificación viene recogida y la distribución por las tres áreas en este decreto que venimos a convalidar. Decreto que venimos a convalidar, primero mediante el instrumento de decreto ley, ¿por qué? Porque en nuestro caso, es decir, ya sólo la definición de las dos mil setecientas ochenta y tres plazas es un proceso que ha durado varios meses hasta poder determinar cuáles eran desbrozar, cuáles eran realmente las plazas que se veían afectadas. Proceso que se ha mantenido en conversación con los representantes de los trabajadores y téngase en cuenta, insisto, que los departamentos no son los mismos: ha habido determinados procesos concursales, ha habido amortizaciones, etc. Por lo tanto, llegar a determinar las plazas, las dos mil setecientas ochenta y tres plazas, ha seguido un proceso complicado, pero al que había que llegar y de hecho se ha llegado.

En consecuencia, es urgente que para poder cumplir el plazo, es decir, el 9 de enero, el Gobierno aprueba su acuerdo de dos mil setecientas ochenta y cuatro plazas, que sale publicado en el Boletín el 15 de enero, dentro del plazo de los seis meses queda manifestada la intención del Gobierno. A continuación vendrán los decretos, que les advierto a ustedes que van a ser inminentes, es decir, continuamos manteniendo relaciones con los representantes de los trabajadores y va a ser inminente la aprobación de los decretos de convocatoria. Pero, lo que sí que es cierto es que había que dotar de un rango legal por ser de mayor garantía jurídica esta oferta complementaria como consecuencia además de que era una ejecución judicial por parte del Supremo y por parte del Tribunal Superior de Justicia respecto del 2011.

Por lo tanto, mayor seguridad jurídica, rango legal, mayor cobertura, ejecución en el plazo de tres años, que es el plazo que hay. Que no es un auto plazo que la Administración se impone a sí misma, sino que es un plazo que viene recogido en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado para todas las ofertas de empleo público, incluso para las complementarias. No obstante, el Gobierno va a poner en marcha ya, vamos a ver este año, vamos a poner en marcha la ejecución de estas ofertas.

En realidad, ¿de qué se trata? En realidad de lo que se trata es que durante determinados años han estado lesionados el derecho de los ciudadanos para acceder a la función pública, ha habido una lesión a determinados valores y principios, algunos de ellos constitucionales. Es decir, la libertad de oportunidades quedó lesionada mediante las ofertas de empleo público del año 2005 y 2007. El derecho fundamental de acceso a la función pública, fundamental insisto, derecho fundamental, artículo 23 de la Constitución. El acceso de cualquier ciudadano en condiciones de igualdad a la función pública, que daba de alguna manera lesionado en aquellas ofertas de empleo público. Y los principios, por supuesto, de administrativo no constitucionales de mérito y de capacidad. Por lo tanto, mediante esta medida, el Gobierno lo que va a realizar es la reposición de la lesión de aquellos derechos por supuesto en ejecución de las sentencias, adecuadamente cumplidas, y va a permitir el acceso a la función publica de muchos ciudadanos, algunos de ellos jóvenes, que podrán aspirar al desarrollo de una carrera profesional y por lo tanto, eso es un aspecto que hay que tener en cuenta.

Como parte a destacar también, señalaré, que hay una reserva de las plazas para aquellas personas con diversidad funcional, un 7% por lo tanto, tienen esa reserva en las convocatorias queda perfectamente reflejado en el decreto y ley, y también una reserva para aquellos opositores que pudieran ser víctimas del terrorismo. Esto es una novedad y por lo tanto, lo vamos a destacar.

En conclusión, el Gobierno de Aragón con este decreto ley que pone en marcha, donde manifiesta su voluntad dentro de los seis meses correspondientes donde repone el derecho lesionado fundamental de acceso a la función pública en situación de igualdad, va a permitir que ciudadanos puedan acceder a esas dos mil setecientas ochenta y tres plazas de Sanidad, de Educación o de Administración General, juristas, economistas, ingenieros, etcétera. Diversos administrativos, auxiliares, profesores de secundaria. Es decir, personal hasta la cifra de dos mil setecientos ochenta y tres, que este mismo año vamos a poner ya en marcha las ejecuciones, que los decretos van a ser inminentes y que por lo tanto se va a reparar esta situación de lesión al derecho de acceso a la función pública que mediante la ejecución de sentencias el Gobierno cumple.

Muchas gracias.