jueves, 24 de marzo de 2011

LA TRANSPARENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, A EXAMEN.

Esta tarde, respondiendo a una invitación de la Fundación Progreso y Democracia, esta Asociación participará en un coloquio público, celebrado en el Salón de actos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Zaragoza, con el fin de aproximarse a la transparencia como necesidad ética de la democracia.

Al margen de los siempre necesarios planteamientos teóricos, esta Asociación expondrá en dicho acto un resumen de supuestos de falta de transparencia detectados en el ejercicio de la acción del Ejecutivo autonómico, como resultado de las iniciativas llevadas a cabo a lo largo de los cuatro años de existencia y actividad de la Asociación.

Los supuestos seleccionados no pueden considerarse menores, pues son un claro ejemplo del preocupante nivel de transparencia existente en el actuar del Gobierno de Aragón.

Todos los supuestos referidos constituyen, lógicamente, un abuso o ejercicio indebido del poder político, es decir, una manifestación de mal gobierno, como cabe apreciar a continuación:

a) Falta de información sobre la realidad de la función pública.

Desde la Asociación para la Defensa de la Función Pública hemos solicitado, de forma reiterada, aunque sin resultado, que el Gobierno de Aragón elabore un boletín estadístico sobre la función pública aragonesa, con las magnitudes fundamentales de sus diferentes elementos. Aunque la Administración Pública la dirige el Gobierno, no es propiedad del Gobierno. La Administración Pública es, en última instancia, una organización de los ciudadanos y al servicio de los ciudadanos. Lo público es de todos y ese todos no es sinónimo de nadie. Velar por el buen estado de lo que es de todos, además de una responsabilidad del Gobierno, es una facultad de cada ciudadano.

Por ello, consideramos que el Gobierno debe informar a los ciudadanos, de forma periódica y suficiente, sobre el estado de la administración y la función pública, sobre su dimensión y su coste, sobre su composición. Eso hoy no se hace en Aragón y, lo que es peor, se ha rechazado el hacerlo. El Gobierno no facilita datos sobre la dimensión, el coste y la composición de la función pública.

Uno de los datos que no se facilita y que nos parece particularmente significativo –al margen del coste presupuestario- es el de la tasa de interinidad en los puestos de personal funcionario y laboral.

Nos parece fundamental dicha información porque es imprescindible para controlar el respeto al derecho de acceso a la función pública que reconoce a los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución. Tal y como señalan las leyes de función pública, los puestos vacantes ocupados por funcionarios interinos –y lo mismo cabe decir para los ocupados por personal laboral eventual o temporal- han de incluirse en la oferta de empleo público a aprobar anualmente por el Gobierno de Aragón.

Estamos, por lo tanto, hablando de una información básica para asegurar el respeto a un derecho fundamental de los ciudadanos. Dicha información se nos ha negado reiteradamente desde el Gobierno de Aragón, y sólo cabe obtenerla en vía de prueba documental al impugnar en la vía contencioso-administrativa los decretos que aprueban la Oferta de Empleo Público.

Hay que señalar que, recientemente, el Tribunal Supremo en una relevante sentencia, en la que anula la Oferta de Empleo Público de 2007, señala la obligación de incluir tales puestos en la Oferta y declara que su no inclusión constituye una vulneración del derecho de acceso a la función pública.

En este supuesto, la falta de información ha posibilitado o ayudado a la vulneración del derecho fundamental de los ciudadanos a acceder a la función pública. Afortunadamente, el Tribunal Supremo ha venido a desautorizar la práctica consolidada en un gran número de Administraciones de hurtar a los ciudadanos puestos de trabajo en el sector público, impidiendo con ello que puedan acceder a los mismos los que mayor mérito y capacidad acrediten.

b) Falta de publicación de acuerdos relevantes obtenidos en el marco de la negociación colectiva.

Tanto la normativa anterior al Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado en abril de 2007, como éste, introducen la exigencia de la transparencia para el desarrollo de la negociación colectiva en el seno de las Administraciones Públicas. El artículo 33 del Estatuto Básico dispone que “la negociación colectiva de condiciones de trabajo de los funcionarios públicos.. estará sujeta a los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia”. Es necesario que en las mesas de negociación haya también “luz y taquígrafos”, para que los acuerdos obtenidos en ellas no se conviertan en un permanente pacto en perjuicio de los ciudadanos.

Los pactos y acuerdos alcanzados en el ámbito de la negociación colectiva han de ser remitidos al Registro u Oficina Pública que se establezca –cometido que normalmente se atribuye a la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma- y los responsables de esta Oficina velarán por su publicación en el Boletín Oficial.

La cláusula de revisión salarial que se pactó en la Mesa General de Negociación de la Administración autonómica en el año 2004 omitió todos los requisitos de publicidad exigidos –no fue remitida a la Oficina Pública de registro de pactos y convenios ni fue publicada en el Boletín Oficial- con la deliberada finalidad de evitar su conocimiento por parte de la Administración General del Estado y su eventual impugnación, por vulnerar la legalidad presupuestaria y de función pública.

Vemos, en este caso, como la vulneración de las normas de transparencia tiene como finalidad posibilitar la aplicación de acuerdos contrarios a la legalidad. Aquí se trata de eludir los controles públicos, buscando además la aquiescencia del conjunto de los empleados públicos, supuestamente beneficiados por la medida irregular.

c) Falta de publicación de los nombramientos y ceses del personal eventual del Gobierno de Aragón.

La tradicional opacidad en relación con los nombramientos del personal eventual del Gobierno de Aragón –es decir, el personal de confianza política de los gabinetes de los miembros del Gobierno-, dada la falta de publicación de tales nombramientos, hacía que su conocimiento sólo resultase posible a través de las preguntas de control parlamentario de los grupos de la oposición en las Cortes de Aragón. La no publicación –es decir, la falta de transparencia- había generado fundadas sospechas de la utilización de tales puestos de trabajo, adjudicados en una parte importante a personas afines a los partidos en el poder, como mera prebenda política.

La aprobación en el año 2009 de la nueva Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón incluyó la obligatoriedad de publicar en el boletín oficial de aragón el nombramiento y cese de los miembros de los gabinetes y del resto de órganos de asistencia y apoyo a los miembros del Gobierno de Aragón (artículo 25.5 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón).

Dicho precepto se ha venido incumpliendo desde su misma entrada en vigor, al sustituir el deber de publicación por la inserción de unos anuncios de publicidad –no toda publicidad satisface el deber de publicación-, o, directamente, omitir la publicación de tales ceses o nombramientos, con fórmulas tan improcedentes como la de que dicho personal “permanece, sin solución de continuidad, en los puestos de trabajo que venía desempeñando”. Así, en el último cambio de gobierno, la nueva titular del Departamento de Presidencia, Eva Almunia, en octubre de 2010, nombró en puestos propios de personal eventual a 51 personas y se dio publicidad, que no publicación, exclusivamente al nombramiento de 5 personas.

Aquí la falta de transparencia tiene como razón última evitar que los ciudadanos conozcan el volumen del personal eventual adscrito a un Departamento, evitando con ello el coste político que pueda suponer tal publicidad, especialmente en momentos de crisis económica como los actuales.

d) Falta de publicidad de la información sobre actividades declaradas por los altos cargos de la Administración.

Conforme al régimen de incompatibilidades establecido para los altos cargos de la Administración autonómica, éstos han de declarar actividades y bienes al Registro de Actividades, Intereses y Bienes de Altos Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma, cuya gestión se atribuye a la Secretaría General Técnica de la Presidencia.

Dicho Registro –regulado por un Decreto de la Presidencia del Gobierno de Aragón de 4 de septiembre de 2007- tiene carácter reservado y a él sólo pueden acceder los grupos parlamentarios, los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal.

Dicho carácter reservado contrasta llamativamente con la regulación establecida en la Administración General del Estado, ya en 2006, cuyo Registro de Actividades, Bienes y Derechos Patrimoniales de Altos Cargos es de carácter público en lo que afecta a actividades, y en lo que afecta a bienes y derechos patrimoniales se procede a la publicación de un resumen en el Boletín Oficial del Estado.

e) Falta de respuesta al derecho de petición y falta de publicación de la memoria anual del derecho de petición ejercido ante el Gobierno de Aragón.

Un cualificado incumplimiento del deber de transparencia por parte de las autoridades públicas es la falta de respuesta ante el ejercicio por parte de los ciudadanos del derecho fundamental de petición, reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española y regulado por la Ley Orgánica 4/2001.

No responder a las propuestas de los ciudadanos, formuladas al amparo de un derecho fundamental de participación directa en los asuntos públicos, como es el derecho de petición, no sólo debe considerarse un supuesto de falta de transparencia, sino una vulneración del derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, con la que parece quererse dejar claro que éstos son un monopolio de la clase política.

Como resultado de esta falta de respeto al derecho de petición ejercido desde nuestra Asociación, hemos formulado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra dos acuerdos de la Mesa de las Cortes de Aragón y un recurso contencioso, en vía especial de protección de derechos fundamentales, contra el Presidente del Gobierno de Aragón, Marcelino Iglesias.

f) Falta de información al Justicia de Aragón sobre las quejas tramitadas por la Institución.

Y para acabar con esta ejemplificación de supuestos de falta de transparencia en el funcionamiento de las instituciones públicas, cabría citar la falta de respuesta por parte de autoridades públicas a peticiones de información realizadas por el Justicia de Aragón o el Defensor del Pueblo con motivo de la tramitación de quejas presentadas por los ciudadanos ante dichas instituciones.

El Departamento de Presidencia, por ejemplo, no informó al Justicia de Aragón sobre la aplicación de la cláusula de revisión salarial establecida como resultado de la negociación colectiva –archivándose la queja- y el Departamento de Medio Ambiente negó al Justicia información sobre la falta de tramitación de las denuncias formuladas por los Agentes para la Protección de la Naturaleza con motivo de infracciones medioambientales.

De la gravedad de este comportamiento –constitutivo de una manifiesta deslealtad institucional- da idea el hecho de que esté tipificado como delito contra las instituciones públicas en el vigente Código Penal.


¿Qué conclusiones podemos extraer de los casos de falta de transparencia señalados? Que la falta de transparencia está claramente arraigada en la práctica de algunas de nuestras instituciones públicas, y que esa falta de transparencia constituye hoy un elemento de cobertura a actuaciones irregulares y un obstáculo manifiesto al ejercicio de los mecanismos de control institucional y al control democrático del poder público por parte de los ciudadanos.

La falta de transparencia hoy no sólo constituye una insuficiencia de nuestro ordenamiento, sino también un evidente incumplimiento del mismo. Al amparo del secretismo y la opacidad cabe pensar que se cultivan prácticas corruptas, lo cual nos permite afirmar que la falta de transparencia menoscaba la confianza de los ciudadanos en la actividad de las instituciones públicas: la confianza, no hay que olvidarlo, es el principal elemento de la ética política.

10 comentarios:

Anónimo dijo...

Tranquilos, mañana será otro día.

Anónimo dijo...

Mañana es hoy.

Anónimo dijo...

Hoy es ya mañana.

Anónimo dijo...

Ya es otro día.

Anónimo dijo...

¡Vaya transparencia!

Anónimo dijo...

Dto 140/1996, art. 5 . 1 Las relaciones de puestos de trabajo actualizadas se publicarán anualmente en el Boletin Oficial de Aragon,

Anónimo dijo...

Crónica de la jornada:

Crónica de la conferencia "La transparencia: necesidad ética de la Democracia"
Ramón José Gil
25 de Marzo de 2011

Rigor. El Catedrático de Derecho Civil José Luis Moreu puso el toro en los medios, introdujo la cuestión situándonos ante la perspectiva jurídica de este tan biensonante concepto: la Transparencia. En un mundo como el del Derecho, donde casi todo está inventado, la Transparencia se ha ido abriendo paso en los últimos quince años como una novedad irrefrenable, como una necesidad que clama frente a la creciente opacidad del poder público. A pesar de esta inmediatez, la transparencia aparece ya implícita en numerosos preceptos de nuestra Constitución, desde aquellos que posibilitan la participación del ciudadano, como el art. 23, hasta los que hablan del acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, como el art. 105. La Transparencia estaba ya pues intuida, prefigurada en nuestra Carta Magna. Pero ¿Cuál es el estado de la cuestión? Escuchemos al resto de ponentes.



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Anónimo dijo...

Brillantez. El profesor Guillermo Fatás, con brío y sin zarandajas nos introdujo en el, a tenor de sus palabras, proceloso mundo de los medios de comunicación. La tramoya que existe tras unas publicaciones en ocasiones enfrentadas ideológicamente y sin embargo pertenecientes al mismo grupo. Lo que se dice y lo que se calla, las relaciones entre medios de comunicación y Administraciones Públicas, las claves de la carta de navegación que un lector crítico debe conocer para manejarse entre información abundante pero seleccionada. Tras un lector crítico se esconde un ciudadano crítico, un ciudadano no indiferente, y a muchos nos sonaba que UPyD había surgido del impulso de muchos ciudadanos críticos, críticos y activos. Brillante como he dicho Guillermo Fatás, pero también desenvuelto y cercano.

Anónimo dijo...

Claridad. Profesionalidad. Félix Gracia Romero, secretario de la Asociación para la Defensa de la Función Pública en Aragón, es un ejemplo de que la sociedad civil se mueve. Y de que a nuestros políticos al uso no le gusta. Nos presentó un panorama interno de nuestra Administración Autonómica donde se producen situaciones como que la “publicación” respecto a cargos de confianza establecida por la Ley del Presidente de Aragón es sustituida por la simple “publicidad”, y esto no es meramente una diferencia terminológica. Dónde si solicitan información se les exhorta a que presenten recurso ante los tribunales para que sean estos los que se la faciliten. Ya no es que no se les entregue dicha información, es que se les mira mal, es que resultan incómodos. Incómodos por defender los principios de la función pública frente a quienes debían de ser garantes de ellos. Si después de oír esto uno no se preocupa, es que la sensibilidad se nos está embotando.

Anónimo dijo...

Frescura. Trabajo. Cuando Cristina Andréu, candidata de UPyD a las Cortes de Aragón, fue desgranando las numerosas iniciativas llevadas a cabo para obtener información de las Administraciones, información que nos es debida, y sus resultados, uno no podía ocultar una sensación entre indignada y divertida. Sin noticias de Gurb, se titulaba el libro de Mendoza. Sin noticias de las Comarcas, podría titularse el resultado de las demandas de información dirigidas a las mismas para conocer los criterios establecidos para regular el copago de servicios sociales. Un año y tres meses de silencio administrativo. Pero tras la falta de transparencia se encuentra tanto un deseo de ocultación como en ocasiones una pura y desnuda ignorancia. En el Ministerio de Educación, expuso Cristina, preguntados al respecto no saben cuántas leyes de educación rigen en España. Quizá ni les importe. Las notas de humor no ocultaban la gravedad que todo esto encierra. Y la reacción de unos y otros, PSOE y PP, cuando una institución como el Tribunal de Cuentas les saca los colores es la misma: acusarlo de estar politizado, disparar al órgano ante el que deberían dar cuenta. No puedo sino quedarme con la reflexión final de Cristina: en las democracias el poder es transparente y la vida privada de los ciudadanos debe ser opaca; en los sistemas totalitarios la vida de los ciudadanos es transparente y el poder es opaco. ¿Hacia dónde caminamos? Tristemente… ¿de dónde estamos hoy más cerca?

Tras la exposición de los cuatro ponentes se abrió un debate en el que los asistentes plantearon no solo sus preguntas sino también sus posiciones. Dos preocupaciones sobrevolaron repetidamente el auditorio. Una el incumplimiento reiterado, descarado, de la ley. Es decir, la quiebra de la seguridad jurídica, quiebra que se ha acentuado en los últimos años y que no es baladí, pues sin seguridad jurídica no hay democracia. Y en segundo lugar y sobre todo, la impunidad. La sensación de que ocultar, negar información, saltarse las obligaciones impuestas al respecto, es gratuito, no conlleva ni responsabilidad ni reprobación. Esta sensación que tiene la gente, la gente normal, no es que sea un estado de ánimo, es que es una marea. En nuestras manos está encauzar esa percepción, esa marea, para que sea una marea magenta. Probablemente sea cierto que hay mucha gente caminando por ahí que son de UPyD y todavía no lo saben. Habrá que darles la noticia.

El coloquio, interesante y de ritmo sostenido, adquirió viveza con puntuales divergencias no exentas de complicidad entre Guillermo Fatás y Cristina Andreu, discrepancias sobre quizá un fondo común. Reseñar finalmente que hubo que lamentar la ausencia por un contratiempo familiar de José Luis Piñar Mañas, exdirector de la Agencia Española de Protección de Datos, que sin duda hubiera ampliado un campo de visión que ayer nos quedó bastante diáfano.

Que nos echan, que suenan las nueve y media y el tiempo se escapa. La gente quiere saber, la cosa pública debe serlo: pública y accesible. En esa lucha estamos