También es sabido que la práctica totalidad de los escritos de petición formulados no han sido objeto de acuse de recibo ni de respuesta, tal y como exige la Ley Orgánica 4/2001, lo que ha motivado la formulación de numerosas quejas, ante el Defensor del Pueblo y el Justicia de Aragón, por lo que consideramos una clara vulneración de un derecho fundamental.
Dicha situación, sorpresivamente, se ha visto modificada por la actitud adoptada por el Director General de la Función Pública, Antonio Brun,, quien, finalmente, ha optado por ajustarse a la legalidad y dar respuesta a los escritos de petición que tenía pendientes de respuesta, reconociendo expresamente en sus respuestas el derecho de petición que corresponde a esta Asociación.
No es momento ahora de analizar el contenido de las respuestas, tarea que habrá que abordar en fechas próximas, sino de celebrar el hecho, significativo por lo insólito, de que un alto cargo de la Administración autonómica opte por dar respuesta a las peticiones de esta Asociación y declarar expresamente su respeto al derecho de petición ejercido.
Dicha actitud, única admisible en un sistema democrático y un Estado de Derecho como el proclamado por nuestra ordenamiento constitucional, no debiera llamar la atención, pues debiera ser el comportamiento esperable de todo cargo público. Sin embargo, y dado el contumaz incumplimiento de la legalidad por parte de todos los miembros del Gobierno de Aragón, con su Presidente en primer término, por el conjunto de los Secretarios Generales Técnicos de los Departamentos de la Administración autonómica y por la mismísima Mesa de las Cortes de Aragón, no cabe sino reconocer el ejemplo que constituye la actitud adoptada por el actual Director General de la Función Pública, marcando la diferencia no sólo con sus antecesores sino con el resto de los altos cargos de la Administración autonómica.
Cabrá luego entrar a debatir y razonar sobre los términos, en su mayor parte evasivos, de las respuestas dadas a las peticiones de esta Asociación, pero de momento ha de destacarse el ejemplo de coherencia democrática que supone el respeto del derecho fundamental de petición por parte del Director General de la Función Pública.
Esta Asociación va a expresarle su satisfacción por el hecho de haber adoptado una actitud de expreso respeto al derecho de petición ejercido, al tiempo que va a seguir formulando quejas ante el Defensor del Pueblo y el Justicia de Aragón frente a quienes, como el Consejero de Presidencia, Javier Velasco, vulneran sistemáticamente las obligaciones de respuesta que les impone la regulación del derecho fundamental de petición.
4 comentarios:
¿A qué se debe tanta loa? ¿Con esto es suficiente, nos damos por conforme? Por favor, no os creais casi nada.
Imagino que la loa no es por lo que contesta, sino por el mero hecho de contestar. Con qué poco nos conformamos? No creo que sea suficiente, pero es un cambio cualitatitvo frente a quienes no tienen ningún rubor de dejar sin respuesta todos los escritos de petición que se les dirigen. Primero se celebrar recibir respuesta a los escritos, y luego procederá el análisis y la réplica.
Marcará diferencias con según quien, a mí no me ha contestado a una carta que le envié antes de empezar el verano, pidiéndole información sobre el trámite de la solicitud presentada el 30 de enero de este año para un cambio de escala por motivos de salud. Un serio incumplimiento del acuerdo de 2006 del que nadie habla ni nadie sabe nada. Solo los que sufrimos ese retraso injustificado sabemos lo que estamos pasando. Por no contestar ni al Justicia que pidió en mi nombre información del caso le han contestado. Penoso de verdad. Y mientras pensando que esquina será buena para ponerme a pedir en un par de meses, lo que me duren el resto de los 4 euros que tenía...
Pura imagen, tal vez.
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