El Justicia de Aragón, según comunicación trasladada por el titular de la Institución a esta Asociación, ha admitido a trámite una queja formulada frente al conjunto de los titulares de las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de la Administración aragonesa –a excepción del correspondiente al Departamento de Industria, Comercio y Turismo-, por no responder a la petición formulada por esta Asociación relativa a la inclusión en el proyecto de ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2008 de la cláusula de revisión salarial pactada en la Mesa de la Función Pública por Administración y Sindicatos. Dicha petición, como se señalaba expresamente en los escritos remitidos a todos y cada uno de los titulares de las Secretarías Generales Técnicas, se formulaba al amparo del derecho fundamental reconocido por el artículo 29 de la Constitución y regulado por la Ley Orgánica 4/2001.
En dicha comunicación del Justicia de Aragón se señala lo siguiente: “Examinada detenidamente, y al amparo de las facultades que me confiere el artículo 2.3 de la Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón, he resuelto admitir su queja a supervisión y dirigirme a los Departamentos de Presidencia, Economía, Hacienda y Empleo, Salud y Consumo, Educación, Cultura y Deporte, Medio Ambiente, Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Agricultura y Alimentación, Servicios Sociales y Familia, Ciencia, Tecnología y Universidad y Vicepresidencia de la Diputación General de Aragón, para que me informe sobre las cuestiones que plantea. En el momento en que tenga noticias al respecto me comunicaré de nuevo con usted”.
Consecuentemente, el sistema de garantías del respeto de los derechos fundamentales que establece el Estatuto de Autonomía de Aragón se ha puesto en marcha, a instancia de esta Asociación. Los responsables de las Secretarías Generales Técnicas que han desconocido las obligaciones legales que les conciernen respecto al derecho de petición ejercido por esta Asociación, deberán exponer las razones que les han llevado a adoptar una actitud, prácticamente unánime, de conculcación de un derecho fundamental, ejercido en este caso, además, para asegurar la legalidad presupuestaria de las retribuciones del conjunto de los empleados públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Esta Asociación considera que el papel que corresponde jugar, individual y colegiadamente, a los titulares de las Secretarías Generales Técnicas es clave para asegurar el buen funcionamiento de la Administración autonómica y, por ello, se ha focalizado en ellos gran parte de las iniciativas promovidas, obteniéndose un balance claramente negativo de la actitud de todos ellos, tanto en lo que afecta al fondo como a la forma de las peticiones y propuestas planteadas.
El resultado de tales iniciativas supone un clarísimo indicador del estado actual de inanidad de la Administración autonómica, pero ello no puede tener otro efecto que el de redoblar los esfuerzos para superar la situación de parálisis que se percibe en numerosas áreas fundamentales para la modernización y necesaria mejora de los servicios públicos aragoneses. Se equivocan quienes creen que la actual estrategia de los responsables de la Administración autonómica va a desmotivar a esta Asociación para proseguir el camino emprendido.
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