lunes, 7 de abril de 2008

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA CONSIDERA SUFICIENTE LA PRUEBA DOCUMENTAL APORTADA POR FUNCIÓN PÚBLICA EN EL RECURSO ESPECIAL

Zaragoza, 2 de abril de 2008.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha rechazado el recurso de revisión promovido por esta Asociación contra la forma en que se había practicado, por parte de la Dirección General de la Función Pública, la prueba documental solicitada dentro del recurso contencioso formulada contra el Decreto de Oferta de Empleo Público para el 2007, aprobada por el Gobierno de Aragón, conforme al procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales.

La Sala del Tribunal que tramita el procedimiento considera la prueba practicada “suficiente a los fines pretendidos”, rechazando por lo tanto la petición de esta Asociación de que la Administración repitiese la práctica de la prueba, aportando un informe, conforme a los datos obrantes en el Registro de Personal, sobre el número total de interinos de cada Escala y Clase de especialidad en puestos de trabajo vacantes no afectados por reserva. Tal información se solicitó en su día por escrito a la Dirección General de la Función Pública y nos fue denegada, con el argumento de que tal información había de solicitarse al Tribunal en el momento procesal oportuno.

Pues bien, solicitada en el periodo de prueba, ya hemos visto el resultado obtenido y el proceder de la Dirección General de la Función Pública, aportando la información de la forma menos manejable y comprensible posible, aportando datos no procesados, agrupados ni estructurados (cuatrocientos folios con una prolija relación de puestos de trabajo, carente de sistemática y orden). Lo que nosotros creemos que es una actitud de falta de colaboración con la Administración de justicia, de utilización sesgada de la información administrativa y de entorpecimiento a la labor de enjuiciamiento, sin embargo, no ha sido considerado así por la propia Sala juzgadora, aunque ello no deje de sorprendernos.

Tampoco deja de sorprender e indignar lo señalado en su escrito de oposición por la Letrada de los Servicios Jurídicos, cuyas afirmaciones son dignas de ser transcritas: “Frente a las alegaciones vertidas de contrario cabe señalar que la Administración ha cumplido diligentemente el trámite de prueba con la remisión de la documentación pertinente ya que viene a recoger lo solicitado por la actora en cuanto se refleja, de la lectura de la Relación de Puestos de Trabajo, las plazas que en la actualidad se encuentran desempeñadas por funcionarios interinos con y sin reserva de plaza, ya que, con el actual soporte informático esta es la única manera que tiene la Administración para responder a lo solicitado, sin perjuicio de indicar a la Sala, a la que tengo el honor de dirigirme, que se está trabajando desde esta Administración con una nueva aplicación informática que permitirá la remisión de los datos de manera más detallada, pero actualmente y, a mayor abundamiento, teniendo en cuenta la envergadura de la prueba documental que de contrario se ha solicitado, entiende esta representación procesal, la suficiencia de cuanto se ha puesto en conocimiento de las partes”. Tampoco para Comisiones Obreras, como parte personada en el procedimiento, hay nada que objetar a la documentación aportada por la Administración. Esta posición es la que menos sorprende a esta Asociación, a la vista de las manifestaciones realizadas por este Sindicato a lo largo de todo el proceso.

Frente a lo actuado y alegado por la Administración en esta materia –dentro y fuera del ámbito procesal-, el que conozca mínimamente el funcionamiento de la aplicación de explotación del Registro de Personal sabe que lo afirmado por la Letrada de la Administración autonómica no se ajusta en modo alguno a la realidad. ¿Es una simple equivocación o hay voluntad de confundir a la Administración de Justicia? ¿Se ha pretendido hurtar a los Tribunales una información clara que permita contrastar el número de plazas vacantes y el número de plazas incluidas en la Oferta? La Administración, creemos, sigue dando muestras evidentes de no querer someterse a la ley ni posibilitar un verdadero control jurisdiccional de su actuación, actitud que lamentamos doblemente, como servidores públicos y como ciudadanos.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Siempre he creído en la separación de poderes, pero lo que se está viendo de un tiempo a esta parte en Aragón es preocupante. Si el proceso de integración de la Justicia en las Instituciones Aragonesas le hace perder parte de su independencia, podemos acabar teniendo sentencias a la carta. No olvidemos que también se está intentando legislar de encargo en algunos temas.

Anónimo dijo...

No nos desanimemos por este tipo de contratiempos. Hay que perseverar en nuestras exigencias de legalidad, que prosperarán obligatoriamente si prolongamos el esfuerzo en el tiempo.

Anónimo dijo...

Mientras no dispongamos de unos responsables de función pública comprometidos con la legalidad y con una gestión transparente, esta Administración no va a poder estar nunca a la altura de las exigencias de un Estado de Derecho y los principios constitucionales de objetividad o eficiencia van a ser sólo aspiraciones, cada día más distantes de la realidad.

Anónimo dijo...

Habría que tratar de aclarar si lo dicho por la Letrada es falso o no y actuar en consecuencia. No debiéramos permitir que funcionarios públicos actúen en los procesos desvirtuando o falseando la realidad.

Anónimo dijo...

El lío de la Administración -léase el artículo de Angel Garcés publicado hoy en Heraldo de Aragón-es tan morrocotudo que no creo que haya Guiral que lo arregle. Pero está bien el intentarlo. Es más, estamos obligados a ello.

Anónimo dijo...

Esperemos que no. Además en los Tribunales están acostumbrados a investigar y desentrañar información de pruebas documentales mucho más farragosas que ésta. Confiemos en la Justicia, por el bien del Estado de Derecho.