De acuerdo con lo decidido por la Junta Directiva de la Asociación, en su reunión
del pasado martes, se ha dirigido escrito a la Mesa de las Cortes de Aragón solicitando la
comparecencia de representantes de la Asociación ante la Comisión de
Comparecencias y Peticiones Ciudadanas, con el fin de poder exponer ante los
diferentes Grupos Parlamentarios la situación en que se encuentra el derecho de
acceso a la función pública en la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón, solicitando de los Grupos una acción decidida para que el Gobierno
de Aragón retire el recurso de casación planteado contra la sentencia del
Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre la Oferta de Empleo Público de
2015, en la que se declaraba la necesidad de su ampliación, incorporando la
totalidad de los puestos vacantes ocupados por funcionarios interinos.
Frente al silencio institucional –tanto de los
Grupos Parlamentarios, a los que ya nos dirigimos para solicitarles posibles
iniciativas dirigidas a asegurar la ejecución de la sentencia, como del propio
Consejero de Hacienda y Administración Pública, que no ha dado respuesta alguna
a la petición que le dirigimos en el mismo sentido-, nos sentimos obligados a
comparecer ante las Cortes de Aragón y trasladar de manera directa a los
diferentes Grupos Parlamentarios todos los argumentos que, a lo largo de estos
años, nos han llevado a pelear ante los Tribunales por el respeto del derecho
de acceso a la función pública, frente a Gobierno de uno y otro signo.
Cuando todos los partidos políticos incluyen en sus
programas medidas tendentes a la regeneración institucional, resulta
sorprendente la falta de iniciativa de unos y otros –ya ocupen
responsabilidades de gobierno o se encuentre en la oposición parlamentaria-
para avanzar de manera decidida en la mejora y profesionalización de la Administración Pública,
impulsando de manera prioritaria la aprobación de ofertas de empleo público que
garanticen el ejercicio efectivo del derecho fundamental de acceso a la función
pública que corresponde a los ciudadanos.
La reciente sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Aragón, relativa a la oferta de empleo público de 2015, es la
cuarta sentencia que declara contraria a Derecho una oferta aprobada por el
Gobierno de Aragón, todas ellas por idéntico motivo, como es la no inclusión de
la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, según
exige el artículo 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Púiblico.
Tal situación hace inexplicable que, pese a ello,
las sucesivas Oferta sigan sin atenerse a dicha exigencia legal –recordada en
sus sentencias tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón como por el
Tribunal Supremo-, pero aún resulta menos justificable que el actual Gobierno
de Aragón, frente a la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón, decida plantear recurso de casación ante el Tribunal Supremo, con la
pretensión, al parecer, de defender la licitud de contravenir los derechos de
los ciudadanos, algo que resulta totalmente censurable y contrario al
sometimiento de todos los poderes públicos a los derechos fundamentales.
Tal decisión debiera ser objeto de estricto control
por el Parlamento autonómico, de manera que se instase al Gobierno de Aragón a
desistir de tal iniciativa contraria a los derechos de los ciudadanos, y en su
lugar admitir y dar cumplimiento al fallo judicial favorable al derecho de
acceso a la función pública, favoreciendo así el restablecimiento del derecho
vulnerado y la tutela judicial efectiva del mismo por parte del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón.
Se reproduce a continuación el contenido íntegro de
la solicitud de comparecencia dirigida a las Cortes de Aragón:
“Mesa de las
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-ZARAGOZA
Zaragoza, 18
de febrero de 2016.
Estimados señores:
En
mi condición de Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa, entidad que viene reivindicando desde el
año 2007 el respeto al derecho de acceso a la función pública que reconoce a
todos los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución
Española, me dirigí recientemente a los diferentes Grupos
Parlamentarios de las Cortes de Aragón para informarles de la reciente
resolución judicial adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón
respecto a la oferta de empleo público para 2015 aprobada por el Gobierno de
Aragón, declarándola contraria a Derecho por omitirse en ella la totalidad de
las plazas vacantes cubiertas por funcionarios interinos, inclusión que no
puede verse restringida por las previsiones presupuestarias.
Dicha
sentencia obliga al Gobierno de Aragón a modificar los Decretos de Oferta
aprobados el 5 de mayo de 2015, para incluir en los mismos aquellas plazas de
los diferentes ámbitos de la
Administración de la Comunidad Autónoma
(administración general, administración educativa y administración sanitaria)
cubiertas por personal interino.
El
Tribunal Superior de Justicia de Aragón se pronuncia claramente en cuanto a la
obligación de respetar lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público
–con independencia de las previsiones o limitaciones de la Ley de Presupuestos Generales
del Estado, al limitar sus efectos a puestos vacantes no ocupados por
interinos-, y establece una interpretación favorable al respeto del artículo
23.2 de la Constitución
Española. Señala el Tribunal, en los siguientes términos: “Si
la Administración
amparándose en esa prohibición de incorporación de nuevo personal, no tuviese
la obligación de incorporar las plazas de interinos, estaría –como se dice en
la demanda- desnaturalizando la estructura de nuestro sistema de incorporación
en condiciones de mérito e igualdad a la función pública, permitiendo que el
personal interino se mantenga indefinidamente en su puesto de trabajo, sin
permitir que adquiera la condición de funcionario quien tiene más mérito y
capacidad y así lo acredita en un proceso en condiciones de igualdad”.
Esta
Asociación se dirigió al Consejero de Hacienda y Administración Pública, como
responsable de función pública, para solicitarle que no plantease recurso de
casación ante el Tribunal Supremo, con el único fin de evitar la firmeza y
efectividad del fallo judicial, y que, en su lugar, procediera a la correcta
ejecución de la sentencia dictada, asegurando con ello el pleno
restablecimiento del derecho de acceso a la función pública dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Aragón.
Nuestra
petición no ha recibido respuesta alguna –ni siquiera el preceptivo acuse de
recibo- por parte del citado Consejero, al tiempo que los Servicios Jurídicos
del Gobierno de Aragón han anunciado al Tribunal su intención de interponer el
citado recurso de casación, iniciativa que valoramos como una decisión
claramente lesiva para el respeto del derecho de acceso a la función pública
autonómica.
Entendemos
conveniente que las Cortes de Aragón puedan recibir de manera directa información
sobre el actual funcionamiento del régimen de acceso a la función pública –tras
cuatro sentencias judiciales anulatorias de ofertas de empleo público del
Gobierno de Aragón- y la escasa voluntad del actual Ejecutivo autonómico para
corregir las irregularidades señaladas, como lo demuestra al promover recurso
de casación contra la última de las sentencias dictadas por el Tribunal
Superior de Justicia de Aragón, con el fin de impedir o demorar la restauración
del derecho vulnerado.
En consecuencia, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 56.4 del Reglamento de las Cortes de Aragón,
formulamos solicitud de comparecencia de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, inscrita
en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, con nº 01-Z-1989-2007,
ante la Comisión
de Comparecencias y Peticiones Ciudadanas al objeto de poder exponer una
valoración global sobre la situación del derecho de acceso a la función pública
de la Administración
de la Comunidad Autónoma
de Aragón, y la necesidad de que el Gobierno de Aragón asuma la sentencia
dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en relación con la Oferta de Empleo Público
para 2015.
Julio Guiral
Pelegrín.Presidente de la
Asociación para la
Defensa de la Función
Pública Aragonesa”
1 comentario:
De alguna manera hay que corregir la sordera institucional ...
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