lunes, 29 de noviembre de 2010

EL LARGO SILENCIO DEL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL.

El pasado mes de febrero, la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa se dirigió al Tribunal de Cuentas, a las Cortes Generales y a diferentes Ministerios del Gobierno de España, para solicitar de todos ellos, en el ámbito de su respectiva responsabilidad, el oportuno control sobre la previsión contenida en el artículo 19.2 de la Ley 12/2009, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2010.

En dicho precepto se preveía una regulación retributiva específica para los supuestos de comisión de servicios en puestos de trabajo de distinta escala o clase de especialidad –la llamada “promoción interna temporal”- con el objeto de posibilitar la percepción de las retribuciones básicas del grupo de titulación superior al del interesado objeto de promoción interna temporal, vulnerando con ello la naturaleza de las retribuciones básicas, tal y como aparecen definidas en el artículo 22.2 del Estatuto Básico del Empleado Público, y venían ya reguladas en la Ley 30/1984. Las retribuciones básicas no se hallan vinculadas al puesto de trabajo, sino al grupo o subgrupo al que corresponda el cuerpo o escala a que pertenece cada funcionario. Consecuentemente, ninguna fórmula de provisión de puestos puede conllevar el efecto de modificar las retribuciones básicas, pues las mismas no están vinculadas al puesto desempeñado.

Ante la manifiesta vulneración de la legislación básica estatal, lo que constituye un vicio de inconstitucionalidad del precepto, esta Asociación instó su oportuno control por las instituciones del Estado, con desiguales resultados. El Tribunal de Cuentas abrió un expediente de investigación que, finalmente, archivó, no por entender que la medida fuese legal, sino por el hecho de que no había supuesto menoscabo a los fondos públicos dada su inaplicación. ¿Quién debe ahora velar sobre la posible aplicación de una norma ilegal?¿No es acaso contraria a derecho la vigencia de una norma contraria a la Constitución, con independencia de su aplicación? ¿Por qué no instó a las Cortes Generales su control, como se solicitaba? La Comisión de Peticiones del Congreso de los Diputados archivó la petición, sin ofrecer motivación alguna, lo que motivó nuestra queja al Presidente de la Cámara y su decidida intervención para que se nos trasladasen las razones de tal archivo. Al menos, logramos hacer respetar el derecho de petición, que no es poco. Por su parte, la Comisión de Peticiones del Senado acordó, en el mes de junio, dar traslado de la petición al Ministerio de Política Territorial. Finalmente, los diferentes Ministerios a los que nos dirigimos –Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Economía y Hacienda y Ministerio de Justicia-, formularon, en el mes de marzo, acuse de recibo y comunicaron que daban traslado de la misma al Ministerio de Política Territorial, al considerarlo competente sobre la cuestión planteada.

Por lo tanto, al Ministerio de Política Territorial se le ha trasladado la cuestión planteada tanto por el Senado como por aquellos Ministerios a los que inicialmente nos dirigimos, sin que hasta la fecha dicho Ministerio haya comunicado a esta Asociación ni acuse de recibo ni contestación sobre el contenido de nuestra petición.

Rebasados sobradamente los tres meses que señala la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho de Petición, a las autoridades públicas como plazo para dar respuesta a las peticiones que se les dirijan al amparo del derecho fundamental reconocido en el artículo 29 de la Constitución Española, esta Asociación va a recordar la obligatoriedad de tal respuesta –como contenido esencial del derecho ejercido- no sólo al Ministerio de Política Territorial al que se han remitido las restantes instituciones, sino a estas mismas instituciones, al entender que no basta canalizar un escrito de petición sin el posterior seguimiento para asegurarse de que tal escrito recibe la atención adecuada, ya que estamos hablando de un derecho fundamental de participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos.

En todo caso, llama la atención el hecho de que el esfuerzo realizado ante las Instituciones del Estado para instar la defensa de la legislación básica estatal frente a una vulneración por parte del Gobierno de Aragón y de las Cortes de Aragón, a través de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2010, reciba, como respuesta, un tratamiento tan poco diligente, como si con ello se quisiese trasladar a nuestro ánimo la convicción del escaso resultado que cabe esperar de iniciativas de este tipo y, así, desincentivar el papel activo de la sociedad civil en la defensa del Estado de Derecho. Si ese fuera el mensaje que se quiere trasladar, en esta Asociación no nos damos por enterados, de modo que reiteraremos nuestros escritos tantas veces como lo consideremos necesario para ejercer nuestro compromiso en la defensa de la legalidad constitucional.

15 comentarios:

Anónimo dijo...

¿No se ha dicho que la actual crisis económica mundial es debida, entre otros factores, a la ausencia de controles (sobre las entidades financieras norteamericanas, por ejemplo) o la ineficacia de los existentes?

Desgraciadamente, también fallan en España, estrepitosamente, los controles establecidos: fiscalías, Tribunales y Cámaras de Cuentas, inspecciones de trabajo, Cortes Generales o de Aragón, etc.

Lo más fácil y cómodo es mirar hacia otro lado y conceder un "largo silencio ...". Así nos va, y ahora todo son lamentos.

Anónimo dijo...

Así nos va, muchos controles y ninguno actúa.

Anónimo dijo...

Un país de pandereta.

Anónimo dijo...

¿Se dice algo en la ley de presupuestos de este año?

Anónimo dijo...

Por favor, estaría bien aclararlo.

Anónimo dijo...

En su resolución 58/4 del 31 de octubre de 2003, la Asamblea General proclamó el 9 de diciembre Día Internacional contra la Corrupción. Esta decisión se tomó con la finalidad de aumentar la sensibilización respecto de la corrupción, así como del papel que puede desempeñar la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción para combatirla y prevenirla.

La Asamblea instó a todos los Estados y a las organizaciones regionales de integración económica competentes a que firmen y ratifiquen lo antes posible la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción a fin de lograr su rápida entrada en vigor.

Anónimo dijo...

Se acerca el día.

Anónimo dijo...

¿Se piensa hacer algo?

Anónimo dijo...

¿Se anunciará en el portal del empleado?

Anónimo dijo...

¿O la corrupción no es un accidente?

Anónimo dijo...

La corrupción también mata.

Anónimo dijo...

GRUPO DE TRABAJO CONTRA LA CORRUPCIÓN.

Somos una red vigilancia y propuesta compuesta por diversas instituciones preocupadas por la problemática de la corrupción en el Perú y su impacto en el desarrollo del país.

Apostamos por la necesidad de un efectivo Sistema Nacional de Lucha Contra la Corrupción como una manera de reducir este grave problema.

Realizamos campañas y acciones de difusión de casos emblemáticos para generar opinión pública así como también propuestas de políticas públicas sobre este tema.

El Grupo de Trabajo Contra la Corrupción está compuesto por:

Forum Solidaridad Perú
Consorcio Justicia Viva
Red Jubileo Perú
Instituto de Defensa Legal (IDL)
Red Perú
Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)
Movimiento Ciudadano Para Que No Se Repita (PQNSR)
CARE
Grupo Propuesta Ciudadana
Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS)
Centro Interamericano para la Gobernabilidad
Instituto Bartolomé de las Casas
DESCO
Servicios Educativos Rurales
FOVIDA
Instituto de Ética y Desarrollo de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya

Anónimo dijo...

¿Existe algo en España?

Anónimo dijo...

¿Y en Aragón?

Anónimo dijo...

Hay que conectarse con el mundo --con quienes trabajan por la ética pública en este mundo globalizado.