viernes, 16 de mayo de 2014

EL CONTROL DEL GASTO HA DE COMENZAR POR EL PROPIO DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: LA AUSENCIA DE MEMORIA ECONÓMICA DEL PROYECTO DE LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA DE ARAGÓN.



El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, se desmiente a sí mismo en cuanto a la declarada voluntad de someter a control el gasto público, pues no ha tenido inconveniente alguno en elevar al Gobierno de Aragón la aprobación del Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón, a pesar de que el mismo no cuenta con la preceptiva memoria económica que se exige para todo proyecto legislativo.

El Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón afecta directamente al capítulo de gastos de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma, pues modifica tanto el modelo de carrera profesional de los empleados públicos –con previsiones que implican un notable incremento de gasto, como es la carrera horizontal aplicable a todo el personal de la Administración- como el modelo retributivo, incorporando nuevos conceptos cuya estimación económica tampoco se lleva a cabo.

No es posible eludir la obligada estimación de gasto con la simplista afirmación de que el coste de la aprobación de la Ley solo se concretará a lo largo de la próxima legislatura, o limitando la aplicación de dicho modelo de carrera a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, como si las retribuciones o derechos económicos del personal pudieran quedar condicionados a la correspondiente habilitación de créditos presupuestarios.

La legislación de estabilidad presupuestaria aplicable a la Administración de la Comunidad Autónoma obliga a evaluar el posible impacto económico de cualquier iniciativa legislativa en ejercicios futuros, de manera que el hecho de que el coste de la aplicación de una norma pueda quedar diferido en el tiempo no exime de la obligación de justificar que dicho coste es asumible financieramente y respeta los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Con independencia de la más que fundada sospecha respecto a la inviabilidad económica del Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón aprobado este martes por el Gobierno de Aragón, debemos insistir en que su misma aprobación, sin la obligada estimación del coste económico derivado de su futura aplicación, supone un abierto incumplimiento de la normativa presupuestaria y de estabilidad presupuestaria, que pone en entredicho la credibilidad del Consejero de Hacienda y Administración Pública, Javier Campoy, dispuesto a controlar el gasto de los demás Departamentos más allá de lo que establecen las leyes al tiempo que se exime a sí mismo del obligado cumplimiento de los controles fijados en la ley. El hecho resulta suficientemente elocuente para constatar la falta total de coherencia y consistencia del control de gasto anunciado y la nula ejemplaridad y responsabilidad mostrada por el titular del Departamento de Hacienda y Administración Pública.

Se reproduce a continuación el contenido íntegro del escrito dirigido por esta Asociación al Consejero de Hacienda y Administración Pública:

“Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Administración Pública
Departamento de Hacienda y Administración Pública
Plaza de los Sitios, 7
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 15 de mayo de 2014.

Estimado señor:

La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha tenido conocimiento de la aprobación este pasado martes, por parte del Gobierno de Aragón, del Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón, desconociendo el texto resultante del proceso de consulta desarrollado, en el que participó esta Asociación, y de los diferentes informes y dictámenes emitidos por diferentes órganos administrativos sobre su contenido.

Esta Asociación expresó sus numerosas discrepancias con el modelo formulado, por considerarlo muy alejado de los objetivos de profesionalización a los que debería tenderse para superar las graves disfunciones actualmente existentes, pero tenemos serias dudas de que nuestras observaciones hayan sido suficientemente sopesadas.

Al margen de las observaciones de fondo, en las que no consideramos oportuno insistir en este momento, una vez aprobado el correspondiente Proyecto de Ley por parte del Gobierno de Aragón, nos gustaría expresarle nuestra sorpresa ante el hecho incomprensible de que el proyecto normativo, en el que se establece un nuevo modelo de la función pública y se innova el régimen retributivo del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma, carezca de la más básica estimación relativa a su coste económico, como se destaca en el dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Aragón.

Entendemos difícilmente admisible que, en el contexto actual de las cuentas públicas de la Comunidad Autónoma, el Departamento de Hacienda y Administración Pública pueda elevar al Gobierno de Aragón un proyecto normativo de la trascendencia que representa el Proyecto de Ley de Función Pública, cuya ordenación tiene una directa incidencia en el coste del Capítulo I del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, sin contar con una evaluación del coste que representa su aplicación.

Tal ausencia de valoración económica resulta particularmente grave a la luz de la normativa sobre estabilidad presupuestaria a la que ha de ajustarse la actividad de todas las Administraciones. No solo la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, en su artículo 37, dispone que la preparación de todo anteproyecto de ley ha de contar con una memoria económica que contenga la estimación del coste a que dará lugar, obligación que se desatiende en este caso, sino que, además, la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014, en su artículo 13.1, dispone que “todo proyecto normativo cuya aplicación pueda comportar un incremento de gasto en el ejercicio del año 2014, o de cualquier ejercicio posterior, deberá incluir una memoria económica en la que se pongan de manifiesto las repercusiones presupuestarias derivadas de su ejecución y la forma en que se financiarán los gastos derivados de la nueva normativa, así como el informe preceptivo del Departamento de Hacienda y Administración Pública”.

Asimismo, la Ley 5/2012, de 7 de junio,  de Estabilidad Presupuestaria de Aragón, en su artículo 7.3, establece que “en la fase de elaboración y aprobación de las disposiciones legales y reglamentarias, de los actos administrativos, contratos y convenios de colaboración y de cualquier otra actuación que suponga mayores gastos o menores ingresos, los órganos gestores habrán de valorar sus repercusiones y efectos financieros y no podrán comprometer el cumplimiento de los objetivos marcados de estabilidad y sostenibilidad financiera”.

Entendemos que la ausencia de una memoria económica que lleve a cabo una adecuada valoración del coste derivado del modelo retributivo y de carrera que establece el Proyecto de Ley de Función Pública de Aragón, constituye un claro incumplimiento de todos los preceptos legales señalados. Tal incumplimiento del ordenamiento jurídico resulta contrario a los principios de buen gobierno que establece la Ley  19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, cuyas previsiones son directamente aplicables a todos los altos cargos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El anunciado control que va a asumir el Departamento de Hacienda y Administración Pública respecto al conjunto de propuestas de gasto de los distintos Departamentos, organismos públicas y empresas de la Comunidad Autónoma, debiera comenzar precisamente por exigir la elaboración de las obligadas memorias económicas que proyectos de disposición legal como el recientemente aprobado por el Gobierno de Aragón deben necesariamente incorporar. No parece admisible que el Departamento competente en asegurar los objetivos de estabilidad presupuestaria sea el primero en desatender las obligaciones que, en tal materia, se imponen en lo que respecta a la elaboración y aprobación de los proyectos de disposición legal. Entendemos que la ausencia de dicha valoración podría impedir a las Cortes de Aragón la tramitación de la iniciativa legislativa indebidamente aprobada.

Por tal motivo, consideramos oportuno que el Gobierno de Aragón reconsidere la aprobación del Proyecto de Ley de la Función Pública de Aragón, dada la ausencia del imprescindible estudio económico del coste que conlleva la aplicación de dicha Ley, haciendo uso en su caso de la facultad de retirar el Proyecto de Ley que prevé el Reglamento de las Cortes de Aragón en su artículo 142.

Agradeciéndole de antemano su atención, reciba un atento saludo.


Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Es algo increible que se actúe de esta forma tan poco seria.

Anónimo dijo...

Hay que predicar con el ejemplo.