lunes, 3 de marzo de 2014

REUNIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: CONVOCATORIA DE ASAMBLEA E IMPUGNACIÓN DE RELACIONES DE PUESTOS.



El pasado jueves por la tarde, en los locales de la Junta Municipal Centro del Ayuntamiento de Zaragoza, se celebró, conforme al orden del día establecido, una nueva reunión de la Junta Directiva de la Asociación.

Tras la aprobación del orden del día propuesto y la aprobación del acta correspondiente a la anterior reunión de la Junta, el Presidente, Julio Guiral, informó de las principales actividades realizadas: en primer lugar, aludió a la campaña contra las tasas de reposición de efectivos previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, dentro de la cual se han dirigido escritos de petición tanto a los Defensores del Pueblo autonómicos como a los Parlamentos de todas las Comunidades Autónomas, para solicitar la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 21 de la citada Ley, al considerar que tales previsiones vacían de contenido el régimen de acceso al empleo público que regula el Estatuto Básico del Empleado Público y, por lo tanto, vulneran el contenido esencial del derecho fundamental de acceso a la función pública de cada Comunidad Autónoma; en segundo lugar, valoró positivamente el debate parlamentario con motivo de la convalidación del Decreto-ley 1/2014, para la ejecución de las sentencias judiciales que anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, pues supuso la introducción de una de las principales cuestiones del régimen de función pública, como es el acceso de los ciudadanos al empleo público, en la agenda parlamentaria, debiendo realizar esta Asociación los esfuerzos necesarios en el futuro para que el respeto a dicho derecho y el buen funcionamiento de la función pública continúe presente en la labor de control e impulso del Parlamento; en tercer lugar, aludió a las actuaciones realizadas respecto a la oferta docente resultante del Decreto-ley 1/2014, entre las que destaca la remisión de escritos de petición al conjunto de los titulares de los Departamentos de Educación de las Comunidades Autónomas para que garanticen mediante Oferta anual el acceso regular a la función docente, cuestión que ha dado lugar también a diferentes consultas y contactos con responsables sindicales de dicho sector como son STEA y CGT Enseñanza; en cuarto lugar, hizo mención del escrito dirigido a la Directora General de Participación Ciudadana, solicitando que el Gobierno de Aragón elabore la memoria anual sobre actuaciones derivadas del derecho de petición que prevé la Ley Orgánica 4/2001, reguladora de dicho derecho; y finalmente, se refirió a los escritos dirigidos tanto al Consejero de Política Territorial e Interior y a la Interventora General en relación con la irregular publicidad de los nombramientos y ceses del personal eventual del Gobierno de Aragón, al no respetarse el deber de publicación de las resoluciones administrativas de nombramiento y cese que establece el artículo 25.5 de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Seguidamente, se abordó la necesidad de convocar la Asamblea anual de socios, para proceder a la renovación parcial de los integrantes de la Junta Directiva que corresponda, de acuerdo con las previsiones estatutarias, y marcar objetivos y líneas de trabajo para los próximos meses de actividad de la Asociación. Se acordó como fecha de celebración de la Asamblea el martes 25 de marzo, en los propios locales de la Junta Municipal Centro, para cuya preparación se convocará una Junta Directiva específica, en la que poder determinar el orden del día y posibles propuestas de estrategia futura, entendiéndose necesario revisar aspectos clave como la comunicación de la actividad de la Asociación –con el posible apoyo de las redes sociales-, el ámbito de actuación y denominación de la Asociación, para reflexionar sobre la idoneidad de ampliar su ámbito territorial, o la posible adopción de roles más formalizados como organización de la sociedad civil ante organismos internacionales en la lucha contra la corrupción pública y el impulso de la calidad democrática, el buen gobierno y la buena administración.

A continuación, se analizó someramente el proceso de ejecución de las sentencias judiciales que anularon las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, que se ha venido a concretar en estos dos últimos meses en el Decreto-ley 1/2014 y los cuatro Decretos de Oferta complementaria a las de 2007 y 2011. A partir de una valoración positiva del logro que supone haber forzado al Gobierno a su aprobación, tras solicitar la ejecución forzosa de ambos fallos al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, la Asociación ha entendido improcedente el Decreto-ley aprobado, cuya única funcionalidad en este proceso es la de fijar el número de plazas a convocar mediante norma con rango de ley, lo que impide o dificulta su cuestionamiento o discusión, y establecer un plazo para el desarrollo de los procesos selectivos muy superior al fijado por la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma. En tal sentido, se entiende oportuno dotar de seguridad jurídica al proceso de ejecución, y limitar el debate sobre el número de plazas al control parlamentario de lo actuado por el Departamento de Hacienda y Administración Pública y a las previsiones y compromisos para corregir la interinidad en futuros ejercicios, a través de nuevas Ofertas de Empleo Público, debiéndose solicitar la aprobación de la correspondiente a 2014.

Posteriormente, se debate la oportunidad que la reciente publicación de las relaciones de puestos de trabajo de los diferentes Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ofrece para suscitar un control de legalidad sobre la utilización de la libre designación en la provisión de puestos de trabajo, al entender que la aplicación de tal fórmula a la totalidad de las jefaturas de servicio y a otros muchos puestos de menor responsabilidad resulta contraria o contradictoria con la exigencia de profesionalidad e imparcialidad de la Administración Pública y la ordenación de la carrera administrativa de los funcionarios públicos conforme a principios de mérito y capacidad. La libre designación ha dado amparo no solo a la discrecionalidad política en los nombramientos de responsables de órganos y unidades administrativas, sino a una clara arbitrariedad en la selección de candidatos, primando en muchas ocasiones elementos ajenos al mérito y capacidad profesional y menoscabando en todo caso la fortaleza de la estructura administrativa para garantizar el interés general y la legalidad frente a otro tipo de intereses. La libre designación ha sido cuestionada en numerosas Comunidades Autónomas por destacadas sentencias judiciales y resulta necesario que dichos criterios jurisprudenciales se hagan valer frente a la realidad que presenta la función pública aragonesa, donde los puestos de libre designación han pasado a considerarse botín propio del equipo de gobierno de cada momento, tratando de sustituir indebidamente los valores de profesionalidad y lealtad por los de fidelidad y confianza. Por todo ello, se acuerda proceder a la impugnación judicial de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración autonómica, para eliminar el uso indiscriminado de la libre designación como forma de provisión de puestos de trabajo.

A continuación, se conviene en la oportunidad de aprovechar las próximas elecciones europeas de mayo para la elaboración de una propuesta en materia de prevención y lucha contra la corrupción que se pueda hacer llegar a las fuerzas políticas que concurran a dichas elecciones en España, utilizando para ello las previsiones de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003, ratificada por España en 2006, y los recientes informes de la Comisión Europea y de Naciones Unidas en los que se realizan diversas recomendaciones a España en esta materia, incluyendo el establecimiento de sistemas que permitan a los funcionarios públicos denunciar supuestos de corrupción que puedan detectar en el ejercicio de sus funciones, permitiendo con ello que la función pública y el conjunto de los servidores públicos sean un elemento activo y comprometido en la prevención y denuncia de la corrupción pública, tanto política como administrativa.

No habiendo más puntos que tratar, se dio por concluida la sesión de la Junta Directiva, quedando emplazados para una futura sesión preparatoria de la Asamblea anual.

7 comentarios:

Anónimo dijo...



Es hora de revisar el abuso de la libre designación, como principal factor de arbitrariedad administrativa.

Anónimo dijo...



Dos jueces reúnen indicios que sitúan en casi 30 millones el saqueo de Plaza.

EPA

Anónimo dijo...


El consejero de Sanidad y Bienestar Social, Ricardo Oliván, es un fenómeno. Su personalidad y estilo encarnan a la perfección una manera de actuar delirante, ineficaz y destructiva... pero a la vez desenfadada, sarcástica e inmune a cualquier exigencia habitual en los sistemas democráticos. Sus declaraciones públicas son tan inauditas y su actos tan contrarios al interés general y a la simple lógica, que en un escenario político normal ya hubiese tenido que dimitir o habría sido cesado para evitar males mayores. ¡Ah!, pero hoy la normalidad es anormal. Vivimos en un lugar extraño, donde los usos y costumbres se han pervertido más allá de la imaginable.

J.L. Trasobares

Anónimo dijo...


Zaragoza.- La consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, Dolores Serrat, ha asegurado que hay tres años para el cumplimiento de la sentencia en materia de empleo público. Serrat responde así a la petición de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa de que convocara las 600 plazas de educación en un solo año y no de manera progresiva hasta 2016.

Para la consejera, es una buena noticia que se convoquen 200 plazas en diez especialidades este año porque es una situación que no se daba desde 2010. No obstante, ha reiterado su intención de cumplir con la sentencia a lo largo de los tres años que concede la ley de la Función Pública.

Aragon digital

Anónimo dijo...


Esto aparecía en el orden del día de la Mesa del Parlamento de Navarra de 17 de febrero:

- Escrito de petición relativo a la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 21 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, presentada por la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa.

Anónimo dijo...

Este el directorio de blogs de la asociación de alumnos de la Universidad de Salamanca:

El presente Directorio de Blogs jurídicos españoles ( entendiendo por tales los que se ocupan del análisis, comentario o referencia al Derecho español) incluye el enlace a los sitios webs mas significativos en cuanto a su presencia e influencia. Hay que partir de que ni está completo ni podrá estar actualizado a tiempo real, dado el dinamismo de los blogs que nacen y mueren con distinto ritmo de crecimiento.

Anónimo dijo...

4. DERECHO ESTATUTARIO Y DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOSblog de funcionarios

Asociación para la defensa de la Función Pública Aragonesa (ADFPA)

Blog Funcionarios Hoy ( Marcelino Ollé)

Canal del Funcionario (Miguel Hernández)

Errepeté: Blog sobre empleo público local ( Fernando Mora Bonguera)

Funcionarios eficientes (Mario Mosquera Verea, Luis Alonso Padín y Jesús Sastre)

Gestores Públicos (Rodrigo Martín y Luis Barbado)

Responsables personal de Ayuntamientos ( Iratxe Pikaza)