viernes, 7 de marzo de 2014

ARBITRARIEDAD ADMINISTRATIVA: ADECUACIÓN DE LOS REQUISITOS DE LOS PUESTOS A LOS CANDIDATOS PREDETERMINADOS.



Toda función pública, sea de la Administración que sea, descansa sobre dos elementos básicos: los puestos de trabajo, como elemento objetivo que determina el perfil o los requisitos de especialización de los funcionarios públicos que requiere la organización administrativa para el desarrollo de sus funciones, y los empleados públicos, como elemento subjetivo seleccionado para el desempeño de las tareas que corresponden a dichos puestos de trabajo. Existen criterios generales para la clasificación de los puestos de trabajo, de manera que puestos de iguales características establezcan similares requisitos  o condiciones de desempeño, provisión o retribución, sin incurrir en diferencias injustificadas, que resultarían discriminatorias o arbitrarias.

Al comienzo del pasado mes de febrero se publicaban en el Boletín Oficial de Aragón las relaciones de puestos de trabajo de los diferentes Departamentos y Organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo análisis ha llevado a esta Asociación a plantear la necesidad de reaccionar frente al uso abusivo e indiscriminado de la libre designación en la provisión de puestos de trabajo, al configurar una Administración escasamente profesionalizada, ya que el acceso a puestos de responsabilidad administrativa queda exclusivamente a merced de la discrecionalidad política que, vía relación de puestos de trabajo, se reservan los diferentes Consejeros de cada Departamento.

Pero como vamos a ver, no basta la libre designación para satisfacer el control político de la provisión de los puestos de trabajo, si la definición de los requisitos de desempeño del puesto, además, no permite designar a cualquier funcionario de cualquier Administración Pública que goce del respaldo político adecuado, aunque ello suponga violentar las reglas de definición de los puestos e incorporar a la organización administrativa  a profesionales extraños o cuya trayectoria en modo alguno justifica la designación pretendida. La confirmación de tal inadecuación viene acreditada, normalmente, por la necesidad de modificar la relación de puestos de trabajo con carácter previo a su adscripción, para adecuar los requisitos de desempeño del puesto a las concretas características del candidato previamente  elegido por el responsable político.

Imaginemos un silogismo, como es la provisión de puestos de trabajo, donde la premisa mayor siempre se sitúa, gracias a la arbitrariedad política, a merced de la premisa menor, para adecuarla a ésta siempre que resulte necesario, y así poder obtener en todo caso la conclusión pretendida, transformando la irracionalidad en racionalidad, lo imposible jurídicamente en posible, con solo publicar una Orden en el Boletín Oficial de Aragón que modifique el puesto de trabajo, es decir, que cambie la premisa mayor y ajuste la regla a la voluntad política.

Desde esta Asociación rechazamos este tipo de gestión de los recursos humanos presidida por la arbitrariedad y el sometimiento de las normas a la voluntad política de quien gobierna en cada momento. Tan grave como vulnerar las normas es manipular las normas y adecuarlas a la concreta decisión política, cada vez que interesa, sin criterio objetivo alguno, sin norma general que valga para casos idénticos, pues se busca únicamente hacer viable lo que a priori resulta impracticable, por impedirlo la norma.

Ejemplo palmario de esta forma arbitraria y repudiable de gestionar los recursos humanos lo tenemos en la Orden de 17 de febrero de 2014, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se modifican las relaciones de puestos de trabajo del Departamento de Hacienda y Administración Pública y del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 5 de marzo, en la que se modifican los requisitos de desempeño de dos puestos de trabajo cualificados, de libre designación, para posibiliar su desempeño por funcionarios de Administración Local.

Particularmente grave resulta la modificación del puesto de Secretario/a General del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, ya que se modifican innecesariamente sus requisitos de desempeño exclusivamente para habilitar su desempeño por una funcionaria de administración local, para la que ya, hace poco más de un año, se habilitó otro puesto de libre designación, el puesto de Jefe/a de Servicio de Centros y Acción Concertada, con el único fin de posibilitar su incorporación a la Administración autonómica desde una entidad local aragonesa, a la que acababa de incorporarse como primer destino.

El desempeño de los puestos de responsabilidad administrativa requieren de un nivel de competencia debidamente acreditado, pero también exigen un acceso claro y acorde a las normas, sin que resulte aceptable que los puestos se sometan a intereses individuales y los criterios objetivos de la organización administrativa cedan una y otra vez ante la voluntad arbitraria de los responsables políticos, capaces de creer en el Estado de Derecho únicamente si son ellos quienes determinan lo que es Derecho.

Esta Asociación analizará las posibles acciones a adoptar ante los cambios publicados en el BOA de 5 de marzo de 2013, en los que se evidencia una clara desviación de poder por parte del Consejero de Hacienda y Administración Pública, José Luis Saz, reclamando el control parlamentario por parte de los diferentes Grupos de las Cortes de Aragón y valorando la procedencia de promover acciones judiciales contra la misma, con exigencia de las responsabilidades personales en que hayan podido incurrir los diferentes altos cargos de la Administración que han intervenido en las decisiones adoptadas, comenzando por la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, Cristina Gavín, a la que necesariamente corresponde la propuesta de tal modificación.

4 comentarios:

Alfonso dijo...

Excelente y muy acertado comentario.

Aunque clamemos en el desierto, seguiremos haciéndolo hasta que se nos escuche o queden destrozadas nuestras voces.

Saludos.

Anónimo dijo...



Predicar en desierto, sermón perdido, he oído decier a mis mayores toda la vida.

Anónimo dijo...

Pues, ¿para qué predicas tú? Consejos traigo que para mi no tengo. Se te ve el plumero...

Anónimo dijo...

Y lo mismo ocurre con los procesos derivados del inaem, un cachondeo total. Auténtico paripe en el que, por ejemplo, se hace una lista de reservas nueva cada vez que se quiere coger a alguien a dedo, cambiando los requisitos y méritos para cada ocasión.