jueves, 10 de octubre de 2013

UN NUEVO PASO EN LA MISMA DIRECCIÓN.



Esta Asociación está empeñada en profundizar en sus diferentes líneas de acción, tanto en la defensa del derecho de acceso a la función pública como en el refuerzo de los valores de legalidad, profesionalidad y ética pública en el conjunto de la acción pública, incluyendo no solo la desplegada por las Administraciones sino también la del conjunto de las instituciones públicas, pues no es posible abordar de manera independiente los niveles políticos y administrativos, pues forman un “continuo” de la actividad de los poderes públicos que es preciso abordar de modo conjunto.

Este mes de octubre vamos a dar un nuevo paso en la reivindicación del respeto al derecho de acceso a la función pública, planteando un conjunto de medidas tendentes a cuestionar, en todos los niveles de gobierno, el establecimiento y aplicación de las tasas de reposición de efectivos que, cada año, vienen estableciendo con carácter básico las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, obligando con ello a todas las Administraciones Públicas.

Ante los distintos responsables de los Gobiernos de España y de Aragón, ante las Cortes Generales y las Cortes de Aragón, ante el Defensor del Pueblo y el Justicia de Aragón, y obligadamente ante los Tribunales –el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, si fuera preciso-, vamos a expresar nuestras razones para que se abandone o invalide una fórmula de restricción de la Oferta de Empleo Público que carece de eficacia y de justificación.

El redimensionamiento de las plantillas de las Administraciones Públicas no puede limitarse, como parece hacerse, a un mero objetivo de contención del gasto corriente, pues la planificación de recursos humanos ha de contemplar otros muchos factores que inciden en la eficacia y en la calidad del funcionamiento de los servicios públicos. Los objetivos de contención del gasto pueden y deben perseguirse sin afectar negativamente al derecho de acceso al empleo público, mediante técnicas que optimicen los recursos disponibles y concreten las dotaciones precisas para cada función, procediendo seguidamente a su cobertura conforme a los principios constitucionales.

La política de recursos humanos no puede seguir viéndose lastrada por las tasas de reposición de efectivos, en las que parece primar exclusivamente, sin apenas matices, el “cuánto” sobre el “qué” y el “cómo”, y dichas tasas no pueden en modo alguno venir a suspender o limitar indebidamente el ejercicio de un derecho fundamental, en cuyo respeto está además comprometida la fortaleza de nuestro Estado de Derecho.

2 comentarios:

Anónimo dijo...


Lo decisivo es saber mantener el rumbo.

Anónimo dijo...

Es un paso de mucha importancia, y totalmente necesario.