miércoles, 30 de octubre de 2013

DAR A CONOCER AL PARLAMENTO AUTONÓMICO LA CAMPAÑA EMPRENDIDA A FAVOR DEL DERECHO DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.



A pesar de que la reciente campaña contra las tasas de reposición de efectivos, con motivo de la aprobación por el Gobierno del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, se ha centrado en las instituciones estatales, y en particular en las Cortes Generales y la Administración General del Estado, nos ha parecido oportuno informar también de la iniciativa puesta en marcha a los diferentes Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, pues consideramos importante que la reflexión sobre la necesidad de restablecer la plena vigencia del derecho de acceso a la función pública –algo que se impide en estos momentos con las tasas de reposición de efectivos- se lleve a cabo en los diferentes niveles de gobierno, tanto estatal como autonómico.

Al mismo tiempo, hemos aprovechado para poner en conocimiento de los Grupos Parlamentarios la reciente impugnación, por la vía especial de protección de derechos fundamentales, del Decreto 155/2013, de 24 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modificaba el Decreto 49/2013, de 2 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013 de personal docente no universitario. Esta impugnación se fundamenta, precisamente, en la aplicación que viene a realizar el Departamento de Hacienda y Administración Pública de las tasas de reposición previstas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, al entenderlas como un límite cuantitativo al número de plazas que cabe incluir en Oferta de Empleo Público, inaplicando con ello las previsiones del Estatuto Básico del Empleado Público.

Se reproduce a continuación el texto íntegro del escrito dirigido al Grupo Parlamentario Partido Aragonés, idéntico al remitido al resto de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón:

“Grupo Parlamentario Partido Aragonés
Cortes de Aragón
Palacio de la Aljafería
50071-ZARAGOZA

Zaragoza, 24 de octubre de 2013.

Estimados señores:

Como organización comprometida con la defensa y promoción de los principios constitucionales que ordenan la función pública, entre los que figuran de forma destacada los de legalidad, profesionalidad y ética pública, les informamos que la semana pasada nos dirigimos a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, con motivo de la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, para expresarles nuestra preocupación por el grave deterioro que viene sufriendo en el conjunto de las Administraciones Públicas el ejercicio del derecho de acceso a la función pública que reconoce a todos los ciudadanos el artículo 23.2 de la Constitución Española y que regula el Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por las Cortes Generales el año 2007.

Las elevadas tasas de interinidad existentes en la mayor parte de las Administraciones no solo evidencian un claro incumplimiento del régimen de acceso a la función pública, conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad que establecen los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española, sino que suponen un claro factor de deterioro de las condiciones previstas para el desempeño de la función pública, toda vez que el régimen de inamovilidad que se prevé para los funcionarios de carrera en el Estatuto Básico del Empleado Público constituye la necesaria garantía para el deber de imparcialidad de los servidores públicos, circunstancia que se ve directamente comprometida con tasas de interinidad que fluctúan, en muchas Administraciones, entre el 25 y el 30% de sus efectivos.

Creemos que las previsiones que, en materia de oferta de empleo público, han venido incluyendo las Leyes de Presupuestos Generales del Estado en pasados ejercicios, y que vuelven a contemplarse en el artículo 21 del actual Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, con exclusión de incorporación de personal de nuevo ingreso durante 2014, con la única excepción de la prevista tasa de reposición del 10% en determinados ámbitos o sectores de la Administración, han desconocido de forma indebida el derecho de acceso a la función pública de los ciudadanos y contribuido, de manera directa, al deterioro de la función pública, provocando gran parte de su volumen de interinidad, con la consiguiente quiebra del derecho fundamental de acceso de los ciudadanos y del régimen de garantía que para el desempeño de la función pública supone la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.

Ambos resultados constituyen un menoscabo de nuestro Estado de Derecho, lo que aconseja revisar la idoneidad y constitucionalidad de la concepción y aplicación de tales medidas. Consideramos necesario que las previsiones en materia de oferta del Proyecto de Ley de Presupuestos, actualmente en tramitación, se ajusten al régimen establecido en el artículo 10.4 del Estatuto Básico del Empleado Público, de manera que se incluyan en la Oferta anual el conjunto de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos, salvo que se proceda a su amortización.

Los objetivos de contención del gasto público, a los que necesariamente han de quedar vinculadas las previsiones en materia de incorporación de nuevo personal que pueda establecer la Ley de Presupuestos, han de operar sobre la dimensión de las plantillas de las Administraciones o sobre el volumen de la masa salarial de cada Administración, pero no deben suponer o conllevar obstáculo alguno al ejercicio de un derecho fundamental de los ciudadanos, como es el de acceso a la función pública (artículo 23.2 CE) ni ha de excepcionar el régimen de garantías del estatuto jurídico de los servidores públicos, previsto para asegurar el desempeño de sus funciones al servicio del interés general y con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho.

Por tales razones, hemos solicitado que por parte de dichos Grupos Parlamentarios se proceda a revisar el contenido del artículo 21 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, de manera que quede plenamente salvaguardado el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la función pública que corresponde a los ciudadanos, en los términos contemplados en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Dado que las citadas previsiones del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado se califican como norma básica, vinculando por ello, en el caso de aprobarse, a la totalidad de las Administraciones Públicas –incluida la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón-, hemos considerado oportuno poner en su conocimiento la iniciativa impulsada por esta Asociación ante el Congreso de los Diputados y que, de resultar necesario, se proseguirá ante el Senado y, con posterioridad, ante otros órganos constitucionales del Estado.

Aprovechamos, asimismo, para informarles que esta Asociación ha interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón recurso contencioso-administrativo, por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, contra el Decreto 155/2013, de 24 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modificaba el Decreto 49/2013, de 2 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013 de personal docente no universitario. Tal iniciativa no sólo prosigue la línea de defensa del derecho de acceso a la función pública –que ha dado lugar a la anulación de las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011, por parte del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, respectivamente, al no incluirse la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios interinos-, sino que inicia, en vía judicial, una estrategia dirigida a cuestionar la constitucionalidad de las tasas de reposición de efectivos contenidas cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, con argumentos similares a los que se han trasladado a los diferentes Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados.

Agradeciéndoles su atención, y quedando a su disposición para cualquier aclaración o ampliación que puedan desear en relación con los temas señalados, reciban un atento y respetuoso saludo.

Julio Guiral Pelegrín. Presidente de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa”

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