miércoles, 30 de octubre de 2013

PETICIÓN A LOS RESPONSABLES DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.



Desde la Asociación nos dirigimos hoy, en sendos escritos de petición, a los Secretarios de Estado de Administraciones Públicas y de Presupuestos y Gastos, así como a los Directores Generales de la Función Pública y de Costes de Personal y Pensiones Públicas, todos ellos altos cargos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para solicitarles, al amparo del artículo 29 de la Constitución Española, que se proceda a analizar y revisar la ordenación de la oferta de empleo que se establece anualmente en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado con la previsión de tasas de reposición, de modo que se garantice el ejercicio por parte de los ciudadanos del derecho fundamental de acceso a la función pública que corresponde a los ciudadanos, en los términos contemplados en el Estatuto Básico del Empleado Público.

A todos ellos, se les adjunta el documento elaborado por esta Asociación con el título “ANÁLISIS DE LA INADECUACIÓN CONSTITUCIONAL DE LA TÉCNICA DE LAS TASAS DE REPOSICIÓN DE EFECTIVOS, PREVISTAS EN LAS LEYES DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, POR LA LESIÓN AL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA, remitido igualmente al Presidente y a los distintos portavoces parlamentarios en la Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados, en la que actualmente se analiza el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014.

Creemos necesario que desde el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, pero también desde los diferentes Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y del Senado, así como desde otras instituciones –como el Defensor del Pueblo, institución a la que se dirigirá próximamente esta Asociación para trasladarle igualmente los argumentos jurídicos que cuestionan la aplicación de tasas de reposición de efectivos como límite al régimen de acceso a la función pública-, se proceda a una reflexión rigurosa sobre la necesidad de asegurar el modelo constitucional de Administración y de función pública, como elemento esencial de nuestro Estado social y democrático de Derecho, lo que exige una garantía efectiva del sistema de ingreso en la función pública –a través de procesos selectivos que aseguran el derecho de acceso en condiciones de igualdad, conforme a principios de mérito y capacidad- y un aseguramiento de la estabilidad e inamovilidad de los servidores públicos, para que ejerzan con la debida imparcialidad sus tareas.

En próximos días, desde la Asociación nos dirigiremos también a los miembros de los órganos estatales de coordinación de la función pública que contempla el Estatuto Básico del Empleado Público, como son la Conferencia Sectorial de Administración Pública y la Comisión de Coordinación del Empleo Público, toda vez que la primera de las funciones que la Ley atribuye a este segundo órgano es “impulsar las actuaciones necesarias para garantizar la efectividad de los principios constitucionales en el acceso al empleo público”, justamente lo que viene demandando esta Asociación desde el momento mismo de su creación.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

LOABLE labor la de los miembros de la Asociación.

Anónimo dijo...



Guiral tiene un mérito excepcional para mantener vivo este proyecto.