miércoles, 16 de octubre de 2013

UN BOLETÍN ESTADÍSTICO MANIFIESTAMENTE MEJORABLE.



La semana pasada, en rueda de prensa ante los medios de comunicación, el Consejero de Hacienda y Administración Pública, José Luis Saz, presentaba el primer “Boletín estadístico del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón”, confeccionado al parecer por el Instituto Aragonés de Estadística a partir de la base de datos del Sirhga, aplicación informática de gestión de recursos humanos del Gobierno de Aragón.

Sin negar el valor que tiene el esfuerzo técnico realizado para presentar una información estructurada sobre la realidad del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma, deben destacarse las graves carencias que presenta el documento presentado, por su evidente indefinición, que merman notablemente su utilidad para conocer la realidad de la función pública aragonesa.

Al margen de carecer de una presentación adecuada, como exigiría la elaboración de un primer boletín, del que nada se dice sobre su finalidad, periodicidad o metodología de confección, se carece igualmente de una precisión adecuada sobre los términos o conceptos empleados, de manera que el uso y abuso de la expresión “empleados”· no permite identificar con suficiente seguridad los colectivos de personal englobados en cada caso.

No es posible, por ejemplo, que el personal del Departamento de Presidencia y Justicia cuente 1.544 empleados en diciembre de 2012, pues lógicamente el personal al servicio de la Administración de Justicia no puede computarse como personal al servicio de la Administración General, en la que se integran Departamentos y Organismos autónomos. Resulta igualmente imposible conocer el número del personal docente no universitario dependiente del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte –al computarse de manera indiferenciada el total del personal adscrito a dicho Departamento-, y se desconoce igualmente si dicha cifra incorpora al personal de la Universidad de Zaragoza. Estos datos no son una excepción en el contenido del Boletín, sino la norma en un documento incapaz de clarificar de forma adecuada la estructura de los recursos humanos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por otra parte, la elaboración de este Boletín no puede ignorar los datos que, respecto a la Comunidad Autónoma de Aragón, incorpora el Boletín elaborado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a partir de los propios datos facilitados por el Registro de Personal de la Administración de la Comunidad Autónoma. Dicho Boletín (de enero de 2013) indica que el número total de efectivos de la Administración de la Comunidad Autónoma es de 42.319, número ampliamente alejado del ofrecido por el Boletín Estadístico del Gobierno de Aragón, que eleva dicho número a 49.652. Una disparidad de más de 7.000 empleados requeriría una explicación suficiente en la presentación del propio Boletín, al tiempo que debería procurarse que los Boletines estadísticos de las distintas Administraciones se elaboren con metodologías homogéneas para que sus datos resultes congruentes.

La clasificación de los empleados según tipo de personal (sic), al margen de la improcedente inclusión de la categoría de “alto cargo”, claramente ajena a la estructura de la función pública, no permite conocer las categorías de personal que se incluyen en cada rúbrica: “estatutario”, “funcionario”, “otro personal”, “personal eventual de confianza” y “personal laboral”, en el que el personal funcionario interino y el personal laboral temporal queda claramente indeterminado, sin que resulte suficiente identificar este personal, de forma agregada, sin diferenciación de régimen jurídico ni ámbito funcional, bajo un epígrafe de “empleados de carácter temporal”, cuyo número alcanza los 17.341 efectivos, que representa un 34.7% de la plantilla. No sabemos, sin embargo, la realidad de la temporalidad, pues debieran diferenciarse los distintos supuestos que prevé el Estatuto Básico del Empleado Público, identificando con claridad el personal temporal, funcionario y laboral, que ocupa plazas vacantes.

Nada se dice sobre la estructura de niveles ocupados por el personal ni sobre la adscripción a grupos de titulación o cuerpos y escales, información indispensable para conocer la composición real del personal de la Administración, sin que dicha información puede ser sustituida, como se hace en el Boletín, por el nivel de formación o el grupo de cotización a la Seguridad Social. Tampoco parece admisible, sin una adecuada definición, la clasificación de los empleados por “puestos definitivos”, “puestos provisionales” y “puestos de sustitución”, pues no cabe deducir de dicha clasificación los supuestos a que responde cada categoría, si bien parece interesante que el tipo de ocupación de puestos de trabajo y la forma de provisión prevista para ellos sea objeto de análisis, para conocer el peso de la libre designación en el conjunto de la organización, así como las tasas de provisionalidad, resultante de la utilización de la comisión de servicios o la adscripción provisional, que afectan a la cobertura de los puestos de trabajo.

En suma, el Boletín presentado requiere una profunda revisión, para la que debiera tomarse como referente el consolidado Boletín semestral que elabora el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a partir de la información del Registro Central de Personal, y debiera corresponder la responsabilidad de su elaboración a los servicios de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, sin perjuicio del apoyo técnico que pueda prestarle el Instituto Aragonés de Estadística.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Por qué se hacen las cosas tan mal!

Anónimo dijo...



¿No hay nadie dispuesto a hacer bien las cosas?

Anónimo dijo...



¿Y estos son los que promueven la calidad de los servicios?