martes, 10 de septiembre de 2013

POR UNOS PRESUPUESTOS EN PLAZO QUE ASEGUREN LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS.



De acuerdo con lo que señala el Estatuto de Autonomía de Aragón, el Gobierno de Aragón ha de aprobar el proyecto de ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma a lo largo de este mes de septiembre, para proceder a su remisión a las Cortes de Aragón con anterioridad al 1 de octubre, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 111.4 de la norma estatutaria. Esta exigencia temporal no ha sido respetada por el Gobierno de Luisa Fernanda Rudi hasta el momento, ni en este ejercicio ni en el anterior.

Las Leyes de Presupuestos, aprobadas por las Cortes de Aragón, determinan las prioridades del gasto público –la asignación de los recursos, más allá de su componente técnico o contable, constituye la expresión del programa político de un gobierno-, por lo que la Ley anual de Presupuestos representa la principal decisión política de cada ejercicio y su aprobación es la constatación de que existe una mayoría política en el Parlamento que respalda dicho programa de acción de gobierno.

Pero el gasto público no responde solo a una decisión de oportunidad o preferencia política –fijando las inversiones públicas prioritarias o primando aquellos servicios públicos que favorecen el bienestar y la cohesión social de la población-, sino que debe asegurar la realización del Estado de Derecho, garantizando a los ciudadanos el ejercicio o disfrute de los derechos que les reconocen las leyes. La Ley de Presupuestos, como norma instrumental de dotación económica, no puede servir para limitar o cercenar derechos económicos o sociales reconocidos legalmente a los ciudadanos por la vía de la dotación insuficiente.

Los recursos disponibles han de atender, de forma prioritaria, los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico a los ciudadanos, entre los cuales sigue figurando el derecho de atención a la situación de dependencia, regulado en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas  en situación de dependencia. El carácter ampliable de los créditos presupuestarios destinados a atender dicho derecho, expresamente señalado en las normas presupuestarias, constituye precisamente la cautela para que, en el caso de una estimación de gasto insuficiente, los créditos puedan incrementarse para asegurar el acceso a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia a todos los beneficiarios a los que se reconozca tal derecho.

Cuando un Gobierno no dota de manera suficiente en el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma las partidas presupuestarias que han de atender los derechos de los ciudadanos, y, con posterioridad, una vez detectada tal insuficiencia, no procede a la ampliación de los créditos presupuestarios necesarios para atenderlos, no nos hallamos ante una política de austeridad o contención del gasto, ni ante una simple crisis o deterioro del régimen de atención a las personas dependientes, por ser estas prestaciones las afectadas. Nos encontramos ante una quiebra manifiesta del sometimiento de los poderes públicos al ordenamiento jurídico y ante un desconocimiento del principio de legalidad como rasgo que identifica a todo Estado de Derecho.

El Proyecto de Ley de Presupuestos que apruebe el Gobierno de Aragón, por lo tanto, ha de cumplir en primer lugar con las exigencias del Estado de Derecho y la discrecionalidad política del gasto ha de operar una vez que hayan quedado atendidos financieramente los derechos que corresponden a los ciudadanos, entre los cuales se encuentran, aunque alguien parezca haberlo olvidado, las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

1 comentario:

Anónimo dijo...


ORDE de 9 de xullo de 2012, do Conselleiro de Industria e Innovación, pola que se dispón o cumprimento da sentenza firme dictada polo Xulgado do Contencio xo-Administrativo número 5 de Zaragoza, no recurso contencioso administrativo 509/2010-AB, promovido pola "Asociación para a Defensa da Función Pública Ara gonesa".

¿Qué será esto?