domingo, 1 de septiembre de 2013

¿PARA CUÁNDO LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE FUNCIÓN PÚBLICA?



Hace ocho meses ya, la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, incluyó, como modificación significativa del régimen de función pública, la sustitución -como órgano técnico de coordinación e información sobre la ordenación y gestión del personal-, de la actual Comisión de Personal por una nueva Comisión Interdepartamental de la Función Pública, con carácter netamente administrativo, al no preverse la presencia en la misma de representantes sindicales.

 

La citada Ley incorporaba un nuevo artículo 13 en la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma, estableciendo la finalidad, composición y funciones de la nueva Comisión Interdepartamental,  y disponiendo, finalmente que, “el Gobierno de Aragón dictará las normas de organización y funcionamiento de esta Comisión”.

Ocho meses después, el Gobierno de Aragón no ha dictado todavía las normas de organización y funcionamiento de la nueva Comisión, por lo que nos encontramos con una situación de excepcionalidad en la gestión de la función pública, al no existir ya la Comisión de Personal –suprimida por la citada Ley 10/2012, de 27 de diciembre- ni haber entrado en funcionamiento la Comisión Interdepartamental creada para sustituirla.

 

Suponemos que el Departamento de Hacienda y Administración Pública, en este periodo, ha entendido que el Decreto 13/1988, de 9 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Personal, quedó sin vigencia y, por lo tanto, la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, a lo largo de estos meses, se ha visto liberada de la obligación de someter al criterio e informe preceptivo, en su caso, de los restantes Departamentos de la Administración autonómica determinadas decisiones en materia de política de personal.

 

De este modo, la aparente voluntad de crear un órgano colegiado e interdepartamental en materia de gestión de personal –medida que ha apoyado esta Asociación en todos sus documentos de propuestas de buena administración- ha dado como resultado una gestión estrictamente unilateral por parte de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, ante la falta de impulso de la regulación y de la puesta en funcionamiento de la nueva Comisión. 

 

Creemos que el caso ejemplifica de forma clara la parálisis que sufre este Gobierno en numerosas áreas de gestión, donde no hay agilidad alguna para la toma de decisiones ni, para una vez tomadas, proceder a su ejecución. Nos preguntamos si alguien, desde algún ámbito del Gobierno, vela por que se cumplan los mandatos normativos que contienen las leyes o si estamos ante una irresponsabilidad generalizada en la ejecución de las normas.

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