lunes, 9 de septiembre de 2013

SI EL PROBLEMA ES QUE NO SE CUMPLE LA LEY, HA DE SANCIONARSE A QUIEN LA INCUMPLE.



“El problema es que muchas Administraciones no aprueban anualmente sus ofertas de empleo público y, por ello, tienden a cubrir sus necesidades de personal con funcionarios interinos y contratados temporales”, señala el profesor Sánchez Morón, al analizar la Oferta de Empleo Público, en su obra “Derecho de la Función Pública”.

El objetivo del Estatuto Básico del Empleado Público trató de atajar dicho incumplimiento, al obligar su artículo 10.4 a incluir las vacantes cubiertas por interinos en la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento o, si no fuera posible, en la siguiente, salvo amortización de la plaza. Nada de eso ha sucedido, y las Administraciones han continuado con un sistemático incumplimiento del sistema de selección de personal funcionario y, por ello, con la correspondiente vulneración del derecho de acceso a la función pública que la Constitución reconoce a los ciudadanos.

Parece que el impugnar las ofertas de empleo público que incumplen el mandato legal –como aconseja el propio profesor Sánchez Morón- es una carga que no corresponde trasladar a los ciudadanos, pues los propios poderes públicos tienen una obligación expresa de actuar con sometimiento al ordenamiento jurídico y de asegurar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales. Se puede acudir a los Tribunales cuando se discrepa del modo en que se aplica la ley –cuando los poderes públicos proceden a su ejecución-, pero no parece que los ciudadanos deban ser quienes una y otra vez reiteren a los poderes públicos la necesidad de cumplir las normas, cuando éstas se ignoran de manera total y reiterada.

Cuando los titulares del poder ejecutivo no se preocupan de aplicar las normas –como es el caso en materia de Oferta de Empleo Público-, no deben enjuiciarse las Ofertas de Empleo Público sino que resulta necesario atacar directamente la conducta del titular del poder público que, por acción u omisión, lesiona los derechos fundamentales de los ciudadanos, como sucede al negarse el ejercicio del derecho de acceso a la función pública.

Consecuentemente, esta Asociación estudiará la adopción de medidas jurídicas para exigir la responsabilidad en que puedan incurrir, a título personal, los responsables políticos de impulsar y aprobar la Oferta anual de Empleo Público, conscientes de que el simple control de legalidad de los actos administrativos se ha revelado insuficiente para corregir la crisis de legalidad denunciada. Pese a las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón anulando las Ofertas de Empleo Público de 2007 y 2011 aprobadas por el Gobierno de Aragón, por inconstitucionales, la respuesta del propio Gobierno de Aragón ha sido justamente la de no aprobar Oferta de Empleo Público ni en 2012 ni en 2013, llevando la lesión del derecho de acceso al máximo nivel posible, al negar con carácter absoluto el propio ejercicio.

Entendemos que la lesión de los derechos fundamentales de los ciudadanos por parte de los titulares de los poderes públicos constituye un caso cualificado de responsabilidad y la conducta de los miembros del Gobierno de Aragón –y, en particular, de su Consejero de Hacienda y Administración Pública- parecen hacer necesario que deba apelarse a la responsabilidad personal de los cargos públicos para remediar una situación de degradación inadmisible, como hace pocos días hemos podido contemplar en el ámbito de la educación, con la selección de miles de docentes interinos para el aseguramiento de la actividad académica en los niveles de educación primaria y secundaria. La responsabilidad, lógicamente, no se circunscribe solo a los actuales miembros del Gobierno de Aragón, pero los alcanza igualmente, vista la nula voluntad que han demostrado para corregir la situación ilegal en materia de oferta de empleo público.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Buena línea para que las cosas empiecen a czmbiar. El que no aplica las leyes que asuma las consecuencias de sus actos como hacemos cualquier ciudadano.

Anónimo dijo...



No sancionar es otra manera de incumplir o inaplicar la ley. Acaso igual o más grave que vulnerarla.

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo