jueves, 13 de febrero de 2014
EL GOBIERNO DE ARAGÓN INSTRUMENTALIZA A LAS CORTES DE ARAGÓN PARA AVALAR SU INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES.
Lo
sucedido esta mañana en el Pleno de las Cortes de Aragón trasciende con mucho
el trámite de convalidación de un Decreto-ley del Gobierno de Aragón para
simbolizar uno de los comportamientos más graves en que puede incurrir un
Gobierno en un Estado de Derecho, como es la resistencia al cumplimiento de las
sentencias de los Tribunales, acudiendo para ello, de forma injustificada, a la
potestad extraordinaria de dictar normas con valor de ley en caso de
extraordinaria y urgente necesidad –como son los Decretos-leyes- y forzar así a
las Cortes de Aragón, en el trámite de convalidación, a avalar el incumplimiento
de lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Debemos
recordar que el Gobierno de Aragón no ejecutó voluntariamente las citadas
sentencias, a pesar de la petición que esta Asociación dirigió en tal sentido
al Consejero de Hacienda y Administración Pública, José Luis Saz, en el año 2012,
petición a la que nunca se dio respuesta. Es evidente que no existía voluntad
real de cumplimiento. Sólo al instarse ante el Tribunal Superior de Justicia de
Aragón, en abril de 2013, la ejecución forzosa de las sentencias, y forzado por
los autos de ejecución dictados por el Tribunal en julio de 2013, el Gobierno
de Aragón se ha visto “forzado” a dar cumplimiento a dichas sentencias. Pero
tampoco ha sido capaz de ajustarse a lo ordenado por el Tribunal, y lo peor de
todo es que ha escogido el peor camino posible para vestir su incumplimiento de
aparente cumplimiento.
Al
acudir indebidamente a la potestad de dictar Decretos-leyes, para un caso que
ni requiere norma de rango legal ni reúne la circunstancia de extraordinaria y
urgente necesidad, lo que verdaderamente ha pretendido el Gobierno ha sido
colocarse fuera del control del Tribunal, al interponer entre éste y el Ejecutivo
una norma legal y buscar el respaldo en dicha estrategia del Parlamento aragonés,
contraponiendo de manera irresponsable la legitimidad democrática al principio
de legalidad y a la separación de poderes que fundamenta todo Estado de
Derecho.
Se
equivocan quienes piensan que los Parlamentos lo pueden todo, pues si no podían
convertir a un hombre en mujer, como se decía del Parlamento de Westminster,
tampoco pueden convertir en legalidad una ilegalidad, pues por encima de los
Parlamentos está la
Constitución y no se pueden tomar decisiones contra ella. Ese
detalle lo parecen haber olvidado esta mañana dos Grupos Parlamentarios de la Cámara, cuya credibilidad
queda necesariamente en entredicho al igual que la del Gobierno al que han
prestado su auxilio en esta irregular maniobra.
Esta
Asociación, en ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva, en el que
se comprende la correcta ejecución de las sentencias judiciales, va a velar por
el verdadero restablecimiento del derecho de acceso a la función pública.
El
valor de la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010 va más allá
del caso concreto considerado, pues por vez primera declara conculcado el
derecho de acceso a la función pública cuando un Decreto de Oferta de Empleo Público
no incluye la totalidad de las plazas vacantes ocupadas por funcionarios
interinos. Es importante –irrenunciable- que se lleve a cabo su ejecución en el
caso que afecta al Gobierno de Aragón y a las Ofertas de 2007 y 2011, pero ese
criterio ha de respetarse también en las nuevas Ofertas que cada año
corresponde aprobar al Gobierno de Aragón y a los órganos de gobierno del
conjunto de las Administraciones Públicas, incluida lógicamente la Administración
General del Estado. Esto parecen querer olvidarlo,
interesadamente, los responsables del Gobierno de Aragón. No están
restableciendo un derecho vulnerado, pues lo están vulnerando nuevamente en la
presente legislatura, al no aprobar las correspondientes Ofertas de Empleo Público.
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2 comentarios:
Lo de hoy es todo un logro, a pesar del resultado final. El Gobierno se ha quedado sin argumentos, en evidencia. Solo le quedaban los votos.
Enhorabuena por lo conseguido y por plantar cara a la Administración cuando hay que hacerlo y como hay que hacerlo, en los tribunales.
Me imagino que ya se habrán enterado de que esta misma semana el Departamento de Educación ha cambiado la OEP docente hasta en dos ocasiones. No voy a entrar a valorar el perjucio que la Consejería ha estado y está haciendo a los opositores a lo largo de los últimos meses, ni tampoco la asombrosa contestación que dió el equipo de la Sra. Consejera cuando en una de las mesas técnicas respondieron a los sindicatos que Dolores Serrat no sabía nada de esa sentencia (dictada en julio de 2013) hasta diciembre de 2013-Enero de 2014.
Mi pregunta es mucho más directa. A la vista de los acontecimientos de los últimos meses y la consiguiente poca confianza que nos puede transmitir a los interinos la Consejería de Educación y tras la ( supuesta ) última y definitiva OEP de este 14 de febrero de 2014 repartiendo dicha oferta entre 2014 y 2015 o 2016,¿Creen Uds. que los Servicios Jurídicos que tiene la Administración pueden estar en lo cierto cuándo afirman que existe seguridad jurídica para convocar parte de la OEP de la sentencia más allá de 2014? Visto lo visto, creo que Uds. nos pueden dar más seguridad al colectivo interino que la propia Administración. ¿Es posible que si siguen adelante con este planteamiento tengan que desconvocarse las oposiciones por no cumplir este mismo año 2014 con la oferta de al menos las 385 plazas de la sentencia? Supongo que se harán cargo de la premura que tenemos los interinos para disipar todos estos interrogantes.
Muchas gracias por todo. Saludos
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